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“Solicito al presidente la inmediata expulsión de los extranjeros por invasión territorial y contaminación de mercurio en la sangre de toda la población del Nanay”

  • Dijo Johnny Huaymacari Yuyarima, presidente de la federación de comunidades campesinas y nativas de la cuenca del Nanay.

Anunció que el día 5 de diciembre los miembros principales de la federación, se dirigirán al alto Nanay, a la zona de Alvarenga para hacer un barrido de los ilegales.
Dicha federación tiene afiliadas a 33 comunidades, 4 de ellas nativas y 29 campesinas. Comunidades que vienen participando en el control territorial de la cuenca, que ya lleva más de 30 días en lucha pacífica. Johnny Huaymacari, hizo uso de la palabra en el CORESEC desarrollado el día de ayer en el auditorio del gobierno regional de Loreto.
“Llevamos más de 30 días en nuestra lucha pacífica, con el cierre del río Nanay que está dando buenos resultados. Así es cuando el pueblo se une. No se deja de lado la acción de la Marina, policía y fiscalía, pero hay mucha falencia, poco presupuesto, poco tiempo.
Las comunidades buscamos justicia y atención de las instituciones públicas para acabar con la minería ilegal. Y más aún el medio millón de personas de Iquitos que buscan ese objetivo ya que del Nanay se capta agua para luego ser consumida.
Muchos parecen no saber la magnitud que está ocasionando la minería ilegal en nuestra cuenca, y de la exposición de mercurio que tenemos en nuestro organismo. Hay una invasión territorial por parte de extranjeros que va desde Diamante Azul, Ungurahual, Pucaurco, siendo Alvarenga que prácticamente cuenta con un 80% de ellos.
Les pido ponerse la mano al pecho y decir que sí podemos actuar en defensa de nuestra área de conservación regional. La Marina tiene poco presupuesto, la FEMA igual y ha sido agredida en algunas comunidades, esto porque el Estado no llega a la zona. Los extranjeros ya tienen convenios con varias comunidades. Necesitamos trabajar para una reconciliación con las comunidades, hay que recuperar su confianza con proyectos productivos atractivos que reemplacen a la minería ilegal.
La policía ejerce un control débil. Hace poco fue detenido un sujeto que era buscado por la justicia, estuvo en la comisaría por 2 horas y media, a las 3 horas lo pusieron en libertad porque unos cuantos moradores pedían su salida.
Salió pese a que sería una de las cabezas principales de la minería ilegal. Fue custodiado por los pobladores de Alvarenga. Y por dar a conocer todo esto, han enviado a sus matones a amenazarme de muerte, pero no tengo miedo mientras la mayor parte de las comunidades me den su respaldo, acá estamos presentes dando la cara” remarcó Johnny, haciendo una síntesis de los resultados de varios estudios que dan positivo a metales pesados en el organismo de un 80% de pobladores. “En la cuenca un 80% de personas estamos contaminadas”.
Continuó: “En mi calidad de presidente de la federación de comunidades campesinas y nativas del Nanay, solicito en este encuentro la inmediata expulsión de los extranjeros por invasión territorial y contaminación de mercurio en la sangre de toda la población de la cuenca del Nanay.
Quiero anunciar que el 5 de diciembre estaremos yendo a la última comunidad del alto Nanay, Alvarenga para hacer un barrido de los ilegales. Esperamos que la Marina, la policía, la fiscalía de materia ambiental, tomen conciencia en torno a lo manifestado. Pido a esta mesa técnica de trabajo, que no olviden a las familias del Nanay, quienes demandan justicia” concluyó Huaymacari.

Presidente de la Corte de Loreto participó en la VI Sesión Ordinaria del CORESEC

El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto participó activamente en la VI Sesión Ordinaria del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), realizada la mañana de ayer del jueves 27 de noviembre en las instalaciones del Gobierno Regional de Loreto.
La reunión contó con la presencia del Gobernador Regional de Loreto, así como de los titulares y representantes de las diferentes entidades que integran el citado comité, quienes abordaron temas claves para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana a nivel regional.
La sesión que en un primer momento se efectuó en campo abierto, se realizó la demostración de las acciones del dron de la Central de Monitoreo para la Seguridad Ciudadana, como parte del proyecto “Loreto Seguro”. Se visualizó su trayecto en tiempo real, así como las herramientas que posee, tales como la identificación de placas de vehículos, reconocimiento de rostro y auto tracking (seguimiento de unidades vehiculares en movimiento), herramientas fundamentales para la articulación interinstitucional en armonía con el entorno digital que beneficiará considerablemente a la protección de sus habitantes y en la disminución de los índices de inseguridad de nuestra ciudad.
Durante la sesión, el Secretario General del CORESEC comunicó las acciones efectuadas en el marco de la última reunión; y por su parte, la Marina de Guerra del Perú, el Ministerio Público, la Gerencia General del Ambiente y la CONACCUNAY expusieron la crítica situación actual que compromete al recurso hídrico debido a las acciones de minería ilegal en la cuenca del Alto Nanay.
El Dr. Reynaldo Elías Cajamarca Porras en su intervención, se sumó al pedido de contar con una estrategia que permita combatir este flagelo que afecta al agua que consumimos. A la luz de los últimos informes periodísticos, resulta necesaria una pronta acción de las autoridades locales que además involucre la participación del Poder Ejecutivo, considerando que es un problema de carácter social que afecta especialmente a zonas vulnerables y fronterizas. En ese sentido, como parte de los acuerdos adoptados se dispuso la creación de una Mesa de Trabajo permanente en contra de la minería ilegal para la defensa de los ríos y los bosques, y establecer en ella un criterio técnico que permita trazar una estrategia de intervención.
La Corte de Loreto se mantiene firme en su compromiso con la ciudadanía con acciones interinstitucionales.

Babys Colibrí, la sensación en el voley de menores

  • Niñas entre 6 y 8 años apuntan a los títulos en los torneos sub 08

¡Saque y punnntooo para Babys Colibrí..! Esa frase ya se hizo una constante en los torneos de las ligas de vóley de Iquitos y de Punchana donde vienen participando las niñas demostrando todo lo aprendido en este año que ya termina.
Y es que las Babys Colibrí se han convertido en la sensación de las competencias que los fines de semana se juegan en el coliseo cerrado, cancha de calentamiento y La Champions, debido a sus ganas y buen juego que las ponen ahora como favoritas a llevarse los títulos antes de navidad.
Esto no es de ahora, es de un trabajo y responsabilidad de meses por parte de la reconocida entrenadora Katiuscca Paz que formó a las niñas que ahora tienen entre 6 y 8 años de edad, y que se enfrentan a sus rivales de 8 años cumplidos, dejando la desventaja de edades para ponerlas a la par de cualquier equipo.
Elena Contreras, Camila Fonseca, Lea López, Leila Paima, Elizabeth Uribe, Amaya Montesinos, Naia Flores y Alix Ríos son los nombres de este puñado de niñas que nos hacen confiar en que el vóley loretano tiene para rato ser potencia nacional y Dios mediante a una de ellas las veamos defendiendo a la selección peruana como ya lo vienen haciendo algunas hijas de nuestra tierra.

Una lucha permanente

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Las velas encendidas con lazos rojos nos traerán a la mente cuántas vidas perdidas por la enfermedad del SIDA, que, a pesar de tenerlo en el mundo desde hace más de treinta años, no se ha dado a conocer sobre algún medicamente o vacuna que la pueda curar o prevenir, a diferencia del Covid19 que se pudo en gran medida neutralizarlo, aunque si bien hay medicinas que sostienen a los pacientes con sida son muchos que no resisten y se van físicamente.
Este uno de diciembre se conmemorará una fecha más de la lucha contra el Sida, que para los especialistas implica más la concienciación, la prevención, tratamiento y apoyo a las personas que luchan contra la enfermedad en su día a día. Por lo tanto, el objetivo también es eliminar el estigma y mejorar la calidad de vida de los pacientes.
En esa línea, una muestra de enorme humanidad y amor al prójimo para este tipo de enfermos lo dio el padre Raymundo Portelli y el grupo que está trabajando con él, al crear la casa “Algo bello para Dios”, donde justamente los enfermos terminales de Sida encontraron un espacio para digamos tener una muerte digna, dentro de todos los dolores que implican esta última fase, donde también hay casos de enfermos abandonados por sus familiares. Es un acto de amor al prójimo que debe seguir teniendo respuestas de solidaridad en las necesidades de los albergados.
Recordemos que el Día Mundial del SIDA, que se conmemora cada año es un evento que busca sensibilizar a la población sobre el VIH/SIDA y apoyar a quienes viven con esta enfermedad. La cura total algún día lo tendremos, aunque existen también tratamientos con vegetales que son experiencias asiladas, en ciertos casos con resultados favorables, en realidad falta mucho por conocer sobre su curación.
Siempre recordemos que la prevención es el primer paso, y que todos estamos expuestos, y no como se pensaba cuando se dieron los primeros casos de la erradamente llamada “peste rosa” porque se asociaba a una enfermedad de los gays, eso se aclaró y sabemos que todos estamos expuestos, y no solamente por la transmisión sexual, sino por otras formas donde el contacto sanguíneo pueda transmitir la enfermedad, secreciones vaginales, y otros

JUZGADO UNIPERSONAL

EDICTO
EXPEDIENTE: 02248-2021-60-1903-JR-PE-05
JUEZ: SILVA MORE ANA ELIZABETH
ESPECIALISTA: SANTANA SAKIRAY NEREA MAYA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALI ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL LORETO NAUTA
IMPUTADO: URACO AHUANARI EMERSON DARVI
DELITO: EXTRACCIÓN DE ESPECIES ACUÁTICAS PROHIBIDAS.
DELITO: TRÁFICO ILEGAL DE ESPECIES ACUÁTICAS DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDAS
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO
Por disposición Superior del Juez del Segundo Juzgado Unipersonal de Maynas, cita, llama y emplaza a la acusada JENE ALCIDES VILCHEZ VILCHEZ, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Segundo Juzgado Unipersonal de Maynas, para el día VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE Y VEINTE DE LA MAÑANA (09:20 AM), al haberse dispuesto en el expediente N° 02248-2021-60-1903-JR-PE-05, seguido en su contra, por el presunto delito de EXTRACCIÓN DE ESPECIES ACUÁTICAS PROHIBIDAS, en agravio del ESTADO. Enlace: meet.google.com/eik-masq-fsa; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 25 de noviembre de 2025
V-3(28, 01 y 02)

JUZGADO DE INVESTIGACION

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00274-2024-81-1901-JR-PE-01
JUEZ: MARK ANTONY COSTA CASIQUE
ESPECIALISTA: ESAU JACOB GRANDEZ LOPEZ
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA PENAL PROVINCIAL CORPORATIVA DE LORETO – NAUTA
IMPUTADO: ALDYN PINEDO BARCIA
DELITO: HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA
AGRAVIADA: INSTITUCIÓN EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DE LORETO NIVEL PRIMARIA
ESP. DE AUDIENCIAS: LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL ACUSACIÓN
I.INTRODUCCIÓN. Siendo las OCHO HORAS CON VEINTISIETE MINUTOS DEL DÍA MIÉRCOLES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, presentes en el la Sala del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Loreto – Nauta y mediante aplicativo google meet, a cargo del señor Juez – MARK ANTONY COSTA CASIQUE, asistido por la Especialista de Audiencias – LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA a efectos de llevarse a cabo la audiencia de CONTROL ACUSACION, recaída en el Expediente N° 00274-2024-81-1901-JR-PE-01, proceso que se sigue contra ALDYN PINEDO BARCIA, como AUTOR del Delito Contra el Patrimonio, en su figura penal de HURTO AGRAVADO EN GRADO TENTATIVA, previsto y sancionado en el primer párrafo numerales 1, 2 y 5 del artículo 186° y 185° (tipo base) del Código Penal, en concordancia con el artículo 16° del mismo código sustantivo, en agravio de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DE LORETO NIVEL PRIMARIA. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio cuya grabación demostrará la forma y circunstancias de cómo se desarrolla la misma para cuyo efecto se solicita la acreditación de los sujetos apersonados en el presente proceso. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, cuya grabación demostrará el modo cómo se desarrolla dicho acto procesal, conforme lo establece el Artículo 361°, numeral 2) del Nuevo Código Procesal Penal y el Artículo 26° del Reglamento General de Audiencias, pudiéndose acceder a la copia de dicho registro; por tanto, en este acto se solicita a los sujetos procesales procedan oralmente a identificarse para que conste en el registro correspondiente y se verifique la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia. II. ACREDITACIÓN. 1. MINISTERIO PUBLICO: Dr. JONI NILVER NEYRA ROJAS, Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto – Nauta, con domicilio procesal en calle Jorge Bardales Ruiz N° 229 Nauta, con número celular 942771433, con casilla electrónica 45786, con correo electrónico abogadoneyra27@gmail.com. Queda registrado en audio. 2. REPRESENTANTE DE LA PARTE AGRAVIADA – SHEIRLY INDIRA RODRIGUEZ LLACTA: Con DNI N° 06447153, con domicilio en Pasaje Iquitos N° 168 – Nauta. Queda registrado en audio. III. DESARROLLO DE AUDIENCIA. JUEZ: Estando a la inconcurrencia de la defensa técnica de la parte imputada, se pide razón a la especialista de audiencias, a fin de que informe si se encuentran debidamente notificado o alguna otra incidencia. Queda registrado en audio. ESPECIALISTA DE AUDIENCIAS: Señor magistrado, doy cuenta a usted, informar que la defensa pública se encuentra de paro nacional desde el día de hoy 26 y el día de mañana 27 de noviembre del presente año, podemos encontrar la notificación en la casilla electrónica del Dr. Luis Enrique Maita Quispe, en su casilla electrónica a fojas 51, eso es todo lo que informo. Queda registrado en audio. JUEZ: Respecto de la inconcurrencia de la defensa pública, se corre traslado al Sr. Fiscal. Queda registrado en audio. FISCAL: Atendiendo a las razones expuestas en situación de que existe pues un paro nacional y escapa ello pues a la responsabilidad del propio defensor público que es único en Nauta, en ese sentido, considero que la inconcurrencia resultaría justificada atendiendo esa situación excepcional, por lo que se solicita se reprograme la presente audiencia sin hacer efectivos los apercibimientos decretados. Queda registrado en audio. JUEZ: Este despacho va a proceder a tomar la siguiente decisión estando a la inconcurrencia por parte del defensor público, Dr. Luis Enrique Maita Quispe, quien patrocina al imputado de autos, asimismo, estando a lo manifestado por la especialista de audiencias, quien señala que, desde el día de hoy, 26 y 27 de noviembre, la defensa pública está en un paro nacional, en tal sentido, a efectos de no dilatar más este proceso esta audiencia va a ser reprogramada para el día LUNES DIECINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, quedando el representante del Ministerio Público, así como la representante de la Institución Educativa Nuestra Señora de Loreto, nivel primario, válidamente emplazados en acto de audiencia. Se dispone, se notifique la presente acta al defensor público, Dr. Luis Enrique Maita Quispe, así como al domicilio real del imputado Aldyn Pinedo Barcia, precisar que ante la inconcurrencia de las partes procesales, se mantiene efectivo los apremios de la Res. N° 01, e fecha 22 de mayo del 2025. Decisión que se pone a conocimiento de las partes procesales concurrentes. MINISTERIO PÚBLICO: CONFORME. Queda registrado en audio. REPRESENTANTE LEGAL: CONFORME. Queda registrado en audio. CONCLUSIÓN. Siendo las 08:34 minutos de la mañana se da por concluida la presente diligencia y por cerrada la grabación de audio. Lo que doy fe.
V-3(28, 01 y 02)

JUZGADO MIXTO

EDICTO JUDICIAL – TUTELA
EXPEDIENTE N° 00176-2025-0-1905-JM-FC-01
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.
Requena, 27 de octubre de 2025.
AUTOS y VISTOS. Dado cuenta con el Cargo de Ingreso de Escrito N° 306-2025, de fecha 23 de octubre de 2025, presentado por la demandante CARMEN GRACIELA MACEDO MACUYAMA, a fin de subsanar la inadmisibilidad advertida mediante RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, de fecha 03 de octubre de 2025, obrante en autos a fojas 25/27; siendo ello así, a su contenido, AGRÉGUESE a los autos, a lo manifestado, y siendo el estado y naturaleza del presente proceso, SE RESUELVE: 1) TENER POR SUBSANADA la inadmisibilidad advertida mediante RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, de fecha 03 de octubre de 2025 (fs. 25/27); en consecuencia, 2) ADMITIR A TRÁMITE la demanda incoada por CARMEN GRACIELA MACEDO MACUYAMA sobre TUTELA LEGÍTIMA de los menores Christin Azumy hidalgo Zumaeta (17 años), Jade Luisa Soria Zumaeta (15 años), Ariana Aysha Saori Arévalo Zumaeta (14 años), Rey Miquias Angulo Zumaeta (06 años), y Vanessa De Los Ángeles Angulo Zumaeta (04 años), con emplazamiento del Ministerio Público – Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Requena; la misma que se tramitará en la Vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. 3) TÉNGASE POR OFRECIDOS los medios probatorios que se indican, reservándose su admisión y actuación en su determinado estadío procesal. 4) CÓRRASE TRASLADO a la representante del Ministerio Público – Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Requena, con la copia de la Demanda y Anexos, Auto Admisorio, y Escrito de Subsanación, en su dirección domiciliaria sito en Calle Vargas Guerra S/N con José San – Requena, a fin de que, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES de notificada con la presente resolución, formule contradicción en caso de considerarlo necesario; en atención al artículo 753° del Código Procesal Civil. 5) Siendo el estado del proceso, y teniendo en cuenta la Agenda Judicial del Juzgado y carga procesal del mismo, SEÑÁLESE FECHA Y HORA para la realización de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACION JUDICIAL para el día JUEVES DIECIOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, HORA EXACTA; diligencia que llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Requena, ubicado en calle Recreo S/N (ref. frente al cementerio), bajo la MODALIDAD PRESENCIAL, es decir, con la concurrencia física del Magistrado, y Especialista Judicial adscrito y demás partes procesales, debiendo concurrir los mismos con diez (10) minutos de anticipación, bajo apercibimiento de declararse concluido el proceso en caso de inconcurrencia de las partes, conforme lo dispuesto in fine del artículo 203° del Código Procesal Civil, que dice “Si a la audiencia concurre una de las partes, esta se realizará sólo con ella. Si no concurren ambas partes, el Juez dará por concluido el proceso.”; asimismo, de manera excepcional, podrá desarrollarse la diligencia mediante el aplicativo Google Meet, siempre que las partes lo soliciten en el plazo minino de TRES DÍAS HÁBILES antes del desarrollo de la audiencia, sin perjuicio de coordinar con el Especialista Judicial, Abg. Rolly Asipali Gracia, al teléfono N° 065-581212, Anexo: 30625, en el horario de 08 a 10 de la mañana. 6) OFÍCIESE al MÓDULO DE FAMILIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO, a fin de que practique VISITA SOCIAL en el domicilio real de la demandante CARMEN GRACIELA MACEDO MACUYAMA, ubicado en Localidad de Iberia, distrito de Alto Tapiche, provincia de Requena, región Loreto; y Fecho, remitir el INFORME correspondiente. 7) OFÍCIESE al CENTRO DE SALUD DE LA LOCALIDAD DE IBERIA – ALTO TAPICHE, a efectos de que practique EVALUACIÓN PSICOLÓGICA a los menores Christin Azumy hidalgo Zumaeta (17 años), Jade Luisa Soria Zumaeta (15 años), Ariana Aysha Saori Arévalo Zumaeta (14 años), Rey Miquias Angulo Zumaeta (06 años), y Vanessa De Los Ángeles Angulo Zumaeta (04 años), así como a la demandante CARMEN GRACIELA MACEDO MACUYAMA, quienes deberán acudir al mencionado nosocomio a fin de que se les practique la mencionada evaluación; y Fecho, remitir el INFORME correspondiente, o Razón en caso de inconcurrencia de los mencionados, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento. Para lo cual, la representante-abuela de los menores o abogado de la misma, deberá constituirse a este juzgado, en el horario de atención de 8:00 a 10:00 de la mañana, en el término de CINCO DÍAS HÁBILES de notificados con la presente resolución, a fin de recabar el cargo de Oficio respectivo; bajo apercibimiento de prescindirse de la mencionada evaluación y tener en cuenta su conducta procesal al momento de resolver. 8) OFÍCIESE al CENTRO DE SALUD DE LA LOCALIDAD DE IBERIA – ALTO TAPICHE, a fin de que los menores Christin Azumy hidalgo Zumaeta (17 años), Jade Luisa Soria Zumaeta (15 años), Ariana Aysha Saori Arévalo Zumaeta (14 años), Rey Miquias Angulo Zumaeta (06 años), y Vanessa De Los Ángeles Angulo Zumaeta (04 años), concurran al mencionado nosocomio, en compañía de su representante-abuela, a efectos de que se les practique EXAMEN DE NUTRICIÓN Y CONTROL DE NIÑO Y/O ADOLESCENTE SANO (Integridad Física y Nutricional), y Fecho, remitir el INFORME correspondiente, o Razón en caso de inconcurrencia de los citados menores; bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento. Para lo cual la representante-abuela de los menores en mención o abogado de la misma, deberá constituirse a este juzgado, en el horario de atención de 8:00 a 10:00 de la mañana, en el término de CINCO DÍAS HÁBILES de notificado con la presente resolución, a fin de recabar el cargo de Oficio respectivo; bajo apercibimiento de prescindirse de la mencionada evaluación y tener en cuenta su conducta procesal al momento de resolver. 9) CUMPLA la demandante con poner en conocimiento del Juzgado, en el plazo de TRES DÍAS HÁBILES de notificado con la presente resolución, EL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL, PRIMARIA Y/O SECUNDARIA donde los menores Christin Azumy hidalgo Zumaeta (17 años), Jade Luisa Soria Zumaeta (15 años), Ariana Aysha Saori Arévalo Zumaeta (14 años), Rey Miquias Angulo Zumaeta (06 años), y Vanessa De Los Ángeles Angulo Zumaeta (04 años), cursan estudios en el presente año 2025; bajo apercibimiento de tener en cuenta su conducta procesal al momento de resolver. 10) TÉNGASE por nombrado como abogado de la demandante al letrado Juan Alejandro Lam Pajuelo, con Registro ICAL N° 1114, y Casilla Electrónica SINOE N° 85624, debiendo otorgarse al mismo las facultades generales de representación conforme al artículo 80° y 74° del Código Procesal Civil, a fin de que ejerza la defensa técnica de la demandante en el presente proceso.
Abg. ROLLY SLY ASIPALI GARCIA
Especialista Judicial de juzgado
Juzgado Mixto, en adición Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de la Provincia de Requena
V-3(28, 01 y 02)

JUZGADO PENAL

EXPEDIENTE: 02789-2020-17-1903-JR-PE-04
ESPECIALISTA: SONIA PATRICIA GUTIÉRREZ TAFUR
IMPUTADO: ROLANDO MURAYARI RENGIFO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADA: MENOR DE INICIALES L.V.Z.A.
EDICTO PENAL
Por disposición superior notifíquese al imputado ROLANDO MURAYARI RENGIFO, la resolución Numero dieciocho de fecha 14 de noviembre del 2025 (Sentencia de Vista), que resuelve, DECLARAR: PRIMERO: FUNDADA LA APELACIÓN formulada por el representante del Ministerio Público contra la sentencia contenida en la Resolución Número Tres de treinta de mayo de dos mil veintidós, que absuelve a ROLANDO MURAYARI RENGIFO de la acusación fiscal por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual de menor de edad tipificado en el artículo 173 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales L.V.Z.A. REVOCA la misma, REFORMÁNDOLA CONDENA A ROLANDO MURAYARI RENGIFO como autor del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual de menor de edad tipificado en el artículo 173 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales L.V.Z.A. IMPONE A ROLANDO MURAYARI RENGIFO la pena privativa de libertad de cadena perpetua. DISPONE la búsqueda, ubicación, captura e internamiento de ROLANDO MURAYARI RENGIFO en el establecimiento penal de varones que disponga el Instituto Nacional Penitenciario – INPE. IMPONE LA PENA DE INHABILITACIÓN por el plazo de 10 años, en atención a lo que preceptúan los incisos 2, 3 y 4 del artículo 36 y 38 del Código Penal. FIJA LA REPARACIÓN CIVIL en la suma de cinco mil Soles (S/. 5,000.00). DISPONE que ROLANDO MURAYARI RENGIFO sea sometido a un tratamiento terapéutico a fin de facilitar su readaptación social. SEGUNDO: ORDENA se remitan copias de lo actuado a Oficina Desconcentrada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, en atención a lo advertido en esta sentencia. TERCERO: PÓNGASE la presente sentencia en conocimiento de todas las autoridades que corresponda, oficiándose. Léase, notifíquese y publíquese.
V-3(28, 01 y 02)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00059-2011-0-1901-JR-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: FRANCISCO PEZO PIÑOLA, ROBERTO PINEDO HIDALGO Y OTROS
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: EL ESTADO
ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 24/11/25. LUNES VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, SE LLEVA A CABO la audiencia de Juicio Oral en el Expediente N°59-2011-0, seguido contra FRANCISCO PEZO PIÑOLA Y OTROS.la intervención de los señores Jueces Superiores: ALDO NERVO ATARAMA LONZOY, GUILLERMO ARTURO BENDEZÚ CIGARÁN, MELINA VARGAS ASCUE. Fiscal: Respecto a los emplazados inconcurrentes, solicito que de conformidad con la resolución que cita a juicio, se les declare reos contumaces.En este estado, el Colegiado por intermedio del Señor Director de Debates dispone lo siguiente: Respecto a FRANCISCO PEZO PIÑOLA Y ROBERTO PINEDO HIDALGO, SE CITA A JUICIO EL DIA MARTES DOS DE DICIEMBRE 10:00AM, si no se presentan serán declarados reos contumaces.Firmó lo que certifico, de acuerdo al artículo 291° del Código de Procedimientos Penales. ALDO N. ATARAMA LONZOY JUEZ SUPERIOR – PRESIDENTE.
V-3(28, 01 y 02)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01700-2023-3-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Se emplaza a los imputados WILGER RENGIFO ZUMBILLA, y MARLON JARWEY HERNANDEZ CANAYO, con la Resolución N° 05, del 11/10/2025; que dispone: Dado cuenta al escrito 50374-2025 que contiene la subsanación al requerimiento de acusación presentada por el representante del Ministerio Público, procediéndose en conformidad con lo establecido en el art. 352 numeral 2 del Código Procesal Penal, póngase a conocimiento de la subsanación del requerimiento acusatorio a todos lo demás partes procesales para su absolución oral en acto de audiencia; y para efectos de reanudar la audiencia, CITESE A LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día 09 DE MARZO DEL 2026 a HORAS 2:00 DE LA TARDE. Notifíquese.
V-3(29, 01 y 02)

EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01565-2018-44-1903-JR-PE-03
Resolución Nro. Veintiséis Iquitos, veintiséis de noviembre De dos mil veinticinco. –Dado cuenta: Que, si bien se programó audiencia de juicio oral para el día 12 de noviembre de 2025, cierto es que dicha audiencia no se llevó a cabo por cuanto la especialista de audiencia Dayana Andía Alosilla, que asistió al colegiado en la última audiencia en la que se reprogramó el juzgamiento, omitió registrar la fecha en la agenda judicial (SIJ) de audiencias, produciéndose entonces que otras causas sean programadas en la fecha indicada. Así entonces, dicha omisión además de producir un cruce de causas con audiencias programadas, devino en la inevitable frustración de este juzgamiento. En consecuencia: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTISIETE (04/08/2027), A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/ebd-ferz-ohf). NOTIFÍQUESE Al acusado JORIS JAVIER MURAYARI FLORES.
Iquitos, 27 de noviembre del 2025
V-3(28, 01 y 02)

EDICTO JUDICIAL
En Audiencia pública del Expediente N° 00302-2025-99-1905-JR-PE-01-, de fecha 12 de noviembre del 2025 a horas 09:00am, se declaró FRUSTRADA LA AUDIENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA, disponiendo SE NOTIFIQUE a las partes del proceso inconcurrentes a sus respectivos domicilios reales, y sin perjuicio SE NOTIFIQUE mediante EDICTO al imputado: ANANIAS PEREIRA TAMANI, con resolución N° 02, por ser las más pertinentes en el debido proceso.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena
EXPEDIENTE: 00302-2025-99-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: OLORTEGUI VELA SARA MILUSKA
MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE REQUENA ,
REPRESENTANTE: SILVANO IHUARAQUI, LLENI EDITH
IMPUTADO: PEREIRA TAMANI, ANANIAS
DELITO: VIOLACION SEXUAL
AGRAVIADO: M S, E
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (02)
Requena, doce de noviembre del dos mil veinticinco.
Parte Resolutiva: Por estas consideraciones, el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Requena, RESUELVE: DECLARA FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA y la misma se REPROGRAMA PARA LLEVARSE A CABO EL DÍA 27 DE ENERO DEL 2026 A HORAS 14:30 PM. QUEDAN NOTIFICADOS en este acto todas las partes intervinientes, fiscalía penal, fiscalía de familia, el perito psicólogo y el abogado defensor público, debiendo cursar las notificaciones al imputado y a la parte agraviada con su representante en sus respectivos domicilios reales, diligencia que se realizara en los ambientes de la cámara Gessell ubicado en la fiscalía penal, calle Constitución N° 168 de esta ciudad de Requena.
V-3(28, 01 y 02)

JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO
El Juez del Juzgado de Paz Letrado de Punchana ordenó en el Exp. N°00803-2025-0-1903-JP-CI-04, se publique lo siguiente y es como sigue un extracto de la solicitud de Sucesión Intestada interpuesto por doña YOLA LUCY CASANOVA BARDALES del causante HILDEBRANDO CASANOVA DEL AGUILA, para que se le declare su heredera universal a la solicitante antes citada, en línea sucesoria del 4t° Grado de consanguineidad. Asimismo, se ordenó se publique un extracto de la Res. 01, de fecha veintidós de agosto del 2024, y es como sigue: AUTOS Y VISTOS (…) SE RESUELVE: ADMITIR a tramite la solicitud de sucesión intestada peticionada por YOLA LUCY CASANOVA BARDALES, sobre SUCESION INTESTADA del causante Hildebrando Casanova del Águila, fallecido el 15 de diciembre del 2023, y se tramita en la vía del proceso no contencioso, y se DISPONE la ANOTACION PREVENTIVA de la solicitud de sucesión intestada en el Registro de Sucesión Intestada y de Mandatos y Poderes, conforme lo establece el numeral 2. Del artículo 833° del Código Procesal Civil. PUBLÍQUESE un extracto de la solicitud de sucesión intestada en el Diario Judicial Local (diario de los anuncios judiciales), conforme lo establece el numeral 1, del artículo 833° del Código Procesal Civil; además de un extracto de la solicitud de sucesión intestada en el Servicio de Edicto Judicial Electrónico, conforme lo establece el articulo 167° del Código Procesal Civil, para lo cual deberá de adjuntar el arancel judicial por derecho de edicto electrónico.
Iquitos, 27 de noviembre de 2025
Abg. DINO ZAMORA PEZO
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Punchana
V-1(28)B/6763
S/57.00

PRESCRIPCION

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DOMINIO
ANTE MÍ: JORGE ISIDORO CAVIDES LUNA, NOTARIO DE MAYNAS, CON OFICIO NOTARIAL EN CALLE EDILBERTO VALLES N° 702 (EX PIURA) PUNCHANA, DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, COMUNICA QUE, ALBERTO AUGUSTO SERRUBIO RUIZ Y MIRTHA NORIEGA MORENO, AMPARADOS EN LA LEY 27157, D.S. 008-2000-MTC Y LEY 27333, SOLICITA LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE UNA PARTE DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE MOORE // JR JOSE GALVEZ NUM 586-588 (CONSIGNADO EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS COMO JR. MOORE 1377), IQUITOS-MAYNAS-LORETO INSCRITA EN LA PARTIDA N° 00011188 DE LA IV ZONA REGISTRAL DE IQUITOS; DEJANDO CONSTANCIA QUE SOLO SE ESTA PRESCRIBIENDO UN AREA DE 81.58 M2, POR LA PRESENTE SE EMPLAZA A: HERMELINDA CONDE AJON Y PORFIRIO RAVINES CALDERON, PARA QUE CONCURRAN ANTE MI OFICIO NOTARIAL. LO QUE SE PUBLICA CONFORME A LEY. PUNCHANA.
JORGE I. CAVIDES LUNA
ABOGADO – NOTARIO DE MAYNAS
V-1(28) F/12509
S/99.00