EDICTO
Expediente N° 03221-2022-98-1903-JR-PE-05
Por disposición Superior del Juez del Juzgado Penal Colegiado Supra Provincial Transitorio de Maynas, cita, llama y emplaza a: MANUEL GARCIA SALVINO, en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supra Provincial Transitorio Maynas o conectarse al enlace (rskmeet.google.com/kpj-vgsi-fvi), para el día 14 DE JULIO DEL 2026, A HORAS: 11:30 DE LA MAÑANA, al haberse dispuesto en el Expediente N° 03221-2022-98-1903-JR-PE-05 seguido contra los MANUEL GARCIA SALVINO, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO, en agravio de SUNAT.
Iquitos, 20 de mayo del 2026
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00340-2025-78-1903-JR-PE-01
SENTENCIA ABSOLUTORIA RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS Iquitos, viernes veinte de febrero Del año Dos Mil Veintiséis DECISION:, FALLA: ABSOLVER a los acusados DUAN DAHUA CONDO y MILLER TORREJON ROSERO, como coautores del delito Contra el patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO CON MUERTE SUBSECUENTE, ilícito penal previsto y sancionado en los numerales 1), 2) y 4) del primero párrafo, numeral 8) del segundo párrafo y tercer párrafo del Artículo 189° del Código Penal concordante con el Artículo 188° del mismo cuerpo normativo, en agravio de quien en vida fuera Sinecio Rengifo Arellano. II. SE DECLARA INFUNDADA la reparación civil solicitada por el Ministerio Público, y estando a los argumentos expuestos y que se consideran demostrados. III. COSTAS, sin el pago de costas. IV. CONSENTIDA y/o EJECUTORIADA que quede la presente, ARCHIVESE la causa debiéndose previamente anular los antecedentes penales o judiciales que se hubiera podido generar contra los procesados por este proceso, asimismo remitir los actuados al Juzgado de Investigación Preparatoria para el trámite que corresponda. Notifíquese A LOS PROCESADOS DAN DAHUA CONDO Y MILLER TORREJON ROSERO. Iquitos, 04 de mayo 2026
V-3(21, 22 y 23)
Expediente: N° 2906-2021-73
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, ARMAS CHAPIAMA, sé dispuso se notifique la sentencia a la parte sentenciada FERNANDO CASTRO HUAMAN, JAVIER ARTURO NAVARRO LOPEZ Y KARLA VIVIANA LOPEZ PEÑA, ordenado así en el presente proceso que se les sigue por el delito COLUSION AGRAVADA; en agravio DE LA PROCURADURIA PUBLICA ANTICORRUPCION DESCENTRALIZADA DEL DISTRITO JUDICIAL DE LORETO. DECISION: Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, FALLA POR UNANIMIDAD: ABSOLVER a los acusados JAVIER ARTURO NAVARRO LÓPEZ, FERNANDO HUAMÁN CASTRO, KARLA VIVIANA LÓPEZ PEÑA, LUIS ALBERTO BAYLON DEZA, WILLY HERRERA GARCÍA Y JORGE ALEJANDRO DÁVILA RUAS, como presuntos Autores, y a los acusados JORGE ANIANO RUIZ ROJAS Y OSWALDO CARRASCO IPANAQUE, como presuntos Cómplices Primarios Extraneus; por el Delito contra la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONADOS PÚBLICOS, en la modalidad de COLUSIÓN AGRAVADA, ilícito penal previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 384° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JENARO HERRERA. DECLARAR INFUNDADO el pago de la reparación civil. Consentida o ejecutoriada que resulte la presente resolución, se ARCHIVE DEFINITIVAMENTE la presente causa, y se proceda a la anulación de los antecedentes policiales y judiciales de los acusados JAVIER ARTURO NAVARRO LÓPEZ, FERNANDO HUAMÁN CASTRO, KARLA VIVIANA LÓPEZ PEÑA, LUIS ALBERTO BAYLON DEZA, WILLY HERRERA GARCÍA, JORGE ALEJANDRO DÁVILA RUAS, JORGE ANIANO RUIZ ROJAS Y OSWALDO CARRASCO IPANAQUE, que se hayan originado a consecuencia de esta causa. SIN COSTAS. Notifíquese.
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO
Expediente N° 03228-2019-62-1903-JR-PE-02, Especialista de Audiencia: Abg. Ana Chamoli Ruiz
Por disposición Superior del Juez del Juzgado Penal Colegiado Supra Provincial Transitorio de Maynas, cita, llama y emplaza a: LUIS SILVANO ARIMUYA, en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supra Provincial Transitorio Maynas o conectarse al enlace meet.google.com/afw-icbv-ndn, para el día JUEVES 16 DE JULIO DEL 2026 A LAS 09:00 DE LA MAÑANA, al haberse dispuesto en el Expediente Nº 03228-2019-62-1903-JR-PE-02, seguido contra LUIS SILVANO ARIMUYA, como presunta AUTOR del delito contra la libertad – indemnidad sexual, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR, previsto en el artículo 173° del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales R.I.G.
Iquitos, 11 de mayo del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1797-2025-51
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 1er JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JOSE NEIL CHUMBE SILVA sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: SEGUNDO ELVIS VARGAS VASQUEZ por el delito de Huro Agravado, CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día NUEVE DE JULIO DEL DOS MIL VEINTISEIS (09/07/2026), A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https://meet.google.com/bby-eoya-von). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 18 de mayo del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0692-2026-64
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 1er JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JOSE NEIL CHUMBE SILVA sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: CERGIO OSVALDO HUAMAN VASQUEZ por el delito de Micro comercialización de drogas, CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día ONCE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISEIS (11/06/2026), A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (08:30 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https://meet.google.com/pbg-skah-hmz). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 14 de mayo del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Exp. N° 02892-2019-22-1903-JR-PE-05- “Cuaderno de Debate”
Esp. de Audiencia: Ana Chamoli Ruiz
JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO DE MAYNAS
EDICTO
Por el presente, el COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL TRANSITORIO DE MAYNAS, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 02892-2019-22-1903-JR-PE-05, se dispuso Notificar a los acusados MIFLE AQUILES GARCÍA RAMÍREZ Y JORGE DEL ÁGUILA BOCANEGRA; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia Pública de Juicio Oral en la presente causa, para el día VIERNES 17 DE JULIO DEL 2026, A HORAS 12:00 DEL MEDIODIA, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO, sito en Sala de Audiencia del Colegiado Penal Transitorio Supraprovincial de Maynas – sito en Av. Cáceres/Moore – 2do Piso – Modulo Penal Central, y/o meet.google.com/hxv-uauv-jiy; proceso seguido contra MIFLE AQUILES GARCÍA RAMÍREZ Y OTROS, como AUTOR DIRECTO de la comisión del DELITO DE RESPONSABILIDAD FUNCIONAL E INFORMACIÓN FALSA, EN LA MODALIDAD DE RESPONSABILIDAD POR INFORMACIÓN FALSA CONTENIDA EN INFORMES (GTF) y como AUTOR MEDIATO de la comisión del Delito Medio Ambiental – contra los Recursos Naturales, en la modalidad de TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES, tipificado en el primer párrafo del artículo 310°-A del Código Penal , tipificado en el primer párrafo del artículo 314-B° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano – Procuraduría Pública Especializada en Materia Ambiental. (antes de ser modificado por el DL Nro.1237, Pub.26/09/2015). Así firma el Señor Juez, de lo que como especialista de audiencia certifica. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 15 de abril de 2026.
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0245-2020-28
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique la sentencia a la parte agraviada SAIDA SANDI HUALINGA, ordenado así en el presente proceso que se sigue al condenado FEDERICO GARCIA SANDI por el delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en agravio de MENOR DE INICIALES MARS. DECISION: Por los fundamentos expuestos, valorando las pruebas y juzgando los hechos según la sana crítica, en especial conforme a los principios de la lógica y la experiencia, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, administrando justicia a nombre de la Nación, FALLA: 1. CONDENAR A FEDERICO GARCÍA SANDI, identificado con D.N.I. N° 05707637 como autor de la comisión del delito contra la libertad sexual en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE CATORCE AÑOS, ilícito penal previsto y sancionado en el Artículo 173º del Código Penal concordante con el Artículo 16° del mismo texto normativo, en agravio de la menor de iniciales M.A.R.S, representada por su progenitora Saida Sandi Hualinga; constituida en actor civil. 2. SE IMPONE contra FEDERICO GARCÍA SANDI la pena de NUEVE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA, la misma que se deberá cumplir en el centro penitenciario que designe el INPE; en cuanto a la ejecución provisional de la pena, la misma SE SUSPENDE hasta que la presente decisión adquiera la calidad de firme; debiendo el sentenciado cumplir las siguientes reglas de conducta: a) El condenado tiene la obligación de no variar su domicilio real sin previa autorización del Juzgado, b) El condenado está prohibido de acercarse a la agraviada, c) el condenado está prohibido de comunicarse con la agraviada, de cualquier forma, d) concurrir obligatoriamente a las citaciones que se le realice en este proceso, y e) el condenado deberá concurrir al área de control biométrico del módulo penal de esta sede de Corte cada 30 días a informar sobre sus actividades. Para tal efecto, fórmese el cuaderno respectivo y remítase mediante oficio al juzgado de investigación preparatoria para su cumplimiento. En caso de incumplimiento de alguna de estas medidas restrictivas se procederá a la ejecución provisional de la pena, y se dispondrá su internamiento inmediato en el Establecimiento Penitenciario que determine el INPE, en virtud de la ejecución provisional, donde iniciará el cómputo de la condena. 3. DECLARAR FUNDADA EN PARTE la REPARACIÓN CIVIL requerida por el actor civil y FIJAR por dicho concepto el monto de CUATRO MIL SOLES [S/. 4,000.00], que deberá pagar el condenado a favor de la parte agraviada. 4. NO FIJAR el pago de las costas procesales al condenado conforme lo expuesto en la presente sentencia. 5. DISPONER, una vez consentida y/o ejecutoriada que quede la presente decisión; el tratamiento terapéutico al condenado a fin de facilitar su readaptación social, el mismo que se ejecutará previo examen médico o psicológico de acuerdo con lo previsto en el artículo 178º – A del Código Penal. 6. UNA VEZ quede FIRME Y/O EJECUTORIADA la presente sentencia, se realicen las comunicaciones respectivas al Registro Distrital y Central de Condenas, a RENADESPPLE y demás que deban tomar conocimiento de esta, luego de lo cual debe REMITIRSE EL EXPEDIENTE AL JUZGADO DE EJECUCIÓN que corresponda.
Iquitos, 13 de abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 177-2024-74
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAM CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado RICKLES GERMAN SINARAHUA GOZALES por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE REPROGRAMACION JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A A HORAS DOS Y DIEZ DE LA TARDE MAÑANA(02:10 PM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/vqk-gsov-ghy). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, de 20 abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0455-2023-65
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAM CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado JARVEY ALVARADO MACUYAMA por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día TREINTA DE JUNIO DEL DOSMIL VEINTISES(30/06/2026), A HORAS ONCE CON TREINTA DE LA MAÑANA(11:30 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso Link: https://meet.google.com/eex-xnqr-vad Agenda: Instalación juicio oral.
Iquitos, 30 abril 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0278-2025-44
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2°JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRA. CONFORMADO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados GUILLEN VALLEJO EDGAR RAMON, RIOS GUZMAN KAREN VANESSA, CHUMBE SILVA JOSE NEIL dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al agraviado menor de iniciales L.B-R.L. represent. por NELLY ROHAS LACHUMA – por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas. Cítese a audiencia de juicio oral que se llevará a cabo el día SEIS DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS (06/05/2026), A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el Segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https:// meet.google.com/hfv-ernr-tpf). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad. El acusado interno participará de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual.
Iquitos, 16 Abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 177-2024-74
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAM CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado RICKLES GERMAN SINARAHUA GOZALES y agraviado represent. del menor agraviado su sra madre PAOLA CEVA RUIZ, por RICKLES GERMAN SINARAHUA GOZALES por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día VEINTE DE ABRIL DOS MIL VEINTISEIS (20/04/2026), A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA(10:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/vqk-gsov-ghy). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 13 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 830-2018-14
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2°JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRA. CONFORMADO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados GUILLEN VALLEJO DGAR RAMON, RIOS GUZMAN KAREN VANESSA, ARMAS CHAPIAMA CORELLY dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado JOEL ISAIAS TUANAMA CATASHUNGA, y agraviada represent. de menor NIEVES PEREZ ASPAJO – por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: Fecha: Veinte de mayo del dos mil veintiséis (20/05/2026) Hora: Nueve de la mañana (09:00 am) Sala de Audiencias del Colegiado Transitorio Segundo Juzgado Penal Colegiado de Maynas: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres (Local del Módulo Penal Central NCPP – Segundo Piso) – ciudad de Iquitos. Enlace de Acceso a la Sala Virtual (Google Meet): meet.google.com/rkd-pzdm-wrr.
Iquitos, 13 Abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0868-2020-79
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ª Juzgado Penal Unipersonal Transitorio – Sede Central a cargo de la Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé dispuso se notifique el fallo de sentencia , Resolución número 10, fecha 08 de julio del 2025 al sentenciado: WAGNER MANIHUARI HUANAQUIRI, ordenado así en el presente proceso que se le sigue por el delito de RECEPTACION, en agravio Doris Ines Yaicate Arirama, sentencia parte RESOLUTIVA: DECISIÓN: En consecuencia, apreciando los hechos, la pretensión punitiva formulada por el Ministerio Público, valorando los medios probatorios actuados en la presente causa, la señora Juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas y con la potestad que le confiere la Constitución Política del Perú, RESUELVE: 1) CONDENAR a WAGNER MANIHUARI HUANAQUIRI, como autor de delito contra el PATRIMONIO en la modalidad de RECEPTACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el último párrafo del artículo 195° del Código Penal concordante con el artículo 194° tipo base del mismo cuerpo normativo, en agravio de DORIS INES YAICATE ARIRAMA; como tal se le IMPONE CINCO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD con carácter de SUSPENDIDA en su ejecución por el plazo de CUATRO AÑOS, en aplicación del artículo 57° del Código Penal, por lo que durante ese período los sentenciados quedan sujetos a las reglas de conducta establecidas en el artículo 58° del Código Penal. Prohibición de frecuentar determinados lugares; Prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juez; Comparecer mensualmente al juzgado, personal y obligatoriamente, para informar y justificar sus actividades; Reparar los daños ocasionados por el delito o cumplir con su pago fraccionado; Todo ello, bajo apercibimiento de aplicarse cualquiera de las alternativas que el artículo 59° del Código Penal prevé, incluso de revocársele la condicionalidad de la pena, ante el incumplimiento de cualquiera de las reglas de conducta impuestas, disponiéndose su internamiento en el establecimiento penitenciario de esta ciudad. 2) SE FIJA EL PAGO DE UNA REPARACIÓN CIVIL la suma ascendente a TRESCIENTOS SOLES (S/ 300.00, que deberá pagar el sentenciado WAGNER MANIHUARI HUANAQUIRI a favor de la agraviada DORIS INES YAICATE ARIRAMA. 3) DISPONER: Que consentida o ejecutoriada que sea la presente sentencia se expida el respectivo Boletín de Condena. 4) ORDENO la inscripción de la resolución en el Registro correspondiente.
Iquitos, 10 de abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3380-2024-32
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 1er JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JOSE NEIL CHUMBE SILVA sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: GERSON RENGIFO LACHUMA por el delito de Hurto Simple en grado de Tentativa, CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Veintiséis de mayo del dos mil veintiséis (26/05/2026) Hora de la Audiencia: Once de la mañana (11:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Dirección de Sala de Audiencias: 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/tjy-iyfk-bqv. Iquitos, 09 de abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3965-2024-13
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 1er JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JOSE NEIL CHUMBE SILVA sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, a la acusada: YALI LOZANO RIOS por el delito de Hurto Agravado, CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Veintiséis de mayo del dos mil veintiséis (26/05/2026) Hora de la Audiencia: Ocho de la mañana (08:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace de Acceso a la Sala Virtual: Iquitos, 09 de abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0060-2023-19
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 1°JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados SILVA MORE ANA ELIZABETH, CHIONG AMASIFUEN JUAN ABELARDO y VASQUEZ HUAMAN JHOVANNY dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado LLIN JARLIN YAICATE MARIÑO, y agraviada de menor YARILIZ IJUMA ARIRAMA por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día 08 DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS (08/04/2026), A HORAS DIEZ Y CUARENTA DE LA MAÑANA (10:40 a.m.), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/xxa-aode-ewq). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 16 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0245-2020-28
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo los señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique la sentencia a la parte agraviada SAIDA SANDI HUALINGA, ordenado así en el presente proceso que se sigue al condenado FEDERICO GARCIA SANDI por el delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en agravio de MENOR DE INICIALES MARS. DECISION: Por los fundamentos expuestos, valorando las pruebas y juzgando los hechos según la sana crítica, en especial conforme a los principios de la lógica y la experiencia, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, administrando justicia a nombre de la Nación, FALLA: 1. CONDENAR A FEDERICO GARCÍA SANDI, identificado con D.N.I. N° 05707637 como autor de la comisión del delito contra la libertad sexual en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE CATORCE AÑOS, ilícito penal previsto y sancionado en el Artículo 173º del Código Penal concordante con el Artículo 16° del mismo texto normativo, en agravio de la menor de iniciales M.A.R.S, representada por su progenitora Saida Sandi Hualinga; constituida en actor civil. 2.- SE IMPONE contra FEDERICO GARCÍA SANDI la pena de NUEVE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA, la misma que se deberá cumplir en el centro penitenciario que designe el INPE; en cuanto a la ejecución provisional de la pena, la misma SE SUSPENDE hasta que la presente decisión adquiera la calidad de firme; debiendo el sentenciado cumplir las siguientes reglas de conducta: a) El condenado tiene la obligación de no variar su domicilio real sin previa autorización del Juzgado, b) El condenado está prohibido de acercarse a la agraviada, c) el condenado está prohibido de comunicarse con la agraviada, de cualquier forma, d) concurrir obligatoriamente a las citaciones que se le realice en este proceso, y e) el condenado deberá concurrir al área de control biométrico del módulo penal de esta sede de Corte cada 30 días a informar sobre sus actividades. Para tal efecto, fórmese el cuaderno respectivo y remítase mediante oficio al juzgado de investigación preparatoria para su cumplimiento. En caso de incumplimiento de alguna de estas medidas restrictivas se procederá a la ejecución provisional de la pena, y se dispondrá su internamiento inmediato en el Establecimiento Penitenciario que determine el INPE, en virtud de la ejecución provisional, donde iniciará el cómputo de la condena. 3. DECLARAR FUNDADA EN PARTE la REPARACIÓN CIVIL requerida por el actor civil y FIJAR por dicho concepto el monto de CUATRO MIL SOLES [S/. 4,000.00], que deberá pagar el condenado a favor de la parte agraviada. 4. NO FIJAR el pago de las costas procesales al condenado conforme lo expuesto en la presente sentencia. 5. DISPONER, una vez consentida y/o ejecutoriada que quede la presente decisión; el tratamiento terapéutico al condenado a fin de facilitar su readaptación social, el mismo que se ejecutará previo examen médico o psicológico de acuerdo con lo previsto en el artículo 178º – A del Código Penal. 6. UNA VEZ quede FIRME Y/O EJECUTORIADA la presente sentencia, se realicen las comunicaciones respectivas al Registro Distrital y Central de Condenas, a RENADESPPLE y demás que deban tomar conocimiento de esta, luego de lo cual debe REMITIRSE EL EXPEDIENTE AL JUZGADO DE EJECUCIÓN que corresponda.
Iquitos, 13 de abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3016-2025-51
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 3er. JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: FERNANDO RAMIREZ PAPA y agraviada YRIS NALVI SIFUENTES VEGA, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, bajo apercibimiento de ley, en caso de no presentarse a la audiencia; CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día : DOCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTISEIS (12/05/2026), A HORAS DOCE CON VEINTE MINUTOS DEL MEDIO DIA (12:20 PM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https://meet.google.com/kqx-kxsw-dgg). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 23 de marzo del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0016-2025-61
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAMA CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado CARLOS OSCAR REGALADO HUASHUAYO por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día 11 DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS (11/05/2026), A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 MD), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/efm-avvj-qzj). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 16 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2109-2024-44
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAMA CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado JIANG MARCOS MURAYARI CHOTA por el delito de VILACION SEXUAL DE MENOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día 11 DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS (11/05/2026), A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/fve-wqps-ooh). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 10 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0193-2024-54
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAMA CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, a los acusados MARK ANTONI LUNA CACHIQUE y FREDY CHUMPI PIRUSH por el delito de ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS en agravio del ESTADO; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día 11 DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS (11/05/2026), A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/bji-ecfq-dcn). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 10 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0950-2017-10
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2do. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de la señora Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: DANDY MURRIETA VASQUEZ, por el delito de Hurto Agravado CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento en caso de no acudir y/o ingresar a la Sala de Audiencias , ser declaro REO CONTUMAZ. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Unipersonal dispone: CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Doce de marzo del dos mil veintiséis (12/03/2026) Hora de la Audiencia: Diez de la mañana (10:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/ynr-iweo-sib.
Iquitos, 06 de marzo del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0205-2019-14
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAMA CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado LEODAN TORRES MESTANZA por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día 11 DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS (11/05/2026), A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/itw-bmcz-ein). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 05 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3228-2019-62
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAMA CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado LUIS SILVANO ARIMUYA por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día 11 DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS (11/05/2026), A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/afw-icbv-ndn). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 05 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3249-2024-4
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2do. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de la señora Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: ISAIAS ANASTACIO AREVALO LAYANGO, por el delito de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del grupo familiar CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: bajo apercibimiento en caso de no acudir y/o ingresar a la Sala de Audiencias , ser declaro REO CONTUMAZ. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Unipersonal dispone: CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Dos de junio del dos mil veintiséis (02/06/2026) Hora de la Audiencia: Once de la mañana (11:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/pde-jxva-sgv.
Iquitos, 05 de marzo del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 177-2024-74
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAM CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado RICKLES GERMAN SINARAHUA GOZALES y agraviado represent. del menor agraviado su sra madre PAOLA CEVA RUIZ, por RICKLES GERMAN SINARAHUA GOZALES por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día VEINTE DE ABRIL DOS MIL VEINTISEIS (20/04/2026), A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA(10:00 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/vqk-gsov-ghy). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 13 de marzo 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 101-2022-33
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAM CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al agraviado represent. SILVERIO ISAMPA TAPUY, por el delito de FEMINICIDIO; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dispone: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día TRECE DE MARZO DOS MIL VEINTISEIS (13/03/2026), A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 PM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/akc-uyot-mnz). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 28 de enero 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2610-2023-97
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, y ARMAS CHAPIAM CORELY, dispusieron NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado RAFAEL SANTANA RENGIFO, por el delito de TOCAMIENTOS, ACTOS LIBIMINOSOS EN AGRAVIO DE MENORES; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISEIS (17/04/2026), A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 PM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/auk-zuco-zjv). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 26 de enero 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3303-2023-62
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2do. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de la señora Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, a la acusada: CARMEN LEXCY CAHUAZA MAGIPO, por el delito de Estafa, CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Siete de mayo del dos mil veintiséis (07/05/2026) Hora de la Audiencia: Ocho de la mañana (08:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/nvm-ktft-wxc.
Iquitos, 26 de enero del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3445-2024-54
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2do. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de la señora Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado y agraviado: FIORELLA MORI MENDOZA y MATTHEW EVERETT MACGARITI REPRESENT. MENOR D,T,M,M, CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio oral que se llevará a cabo el día: Fecha de la Audiencia: Doce de mayo del dos mil veintiséis (12/05/2026) Hora de la Audiencia: Once de la mañana (11:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/pbf-yvfy-xft.
Iquitos, 26 de enero del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1047-2013-35
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2do. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de la señora Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, la sentencia número seis, a la acusada: MARJORIE RUIZ NUÑEZ, por el delito de ESTAFA, ilícito penal previsto y sancionado en el Artículo 196° del Código Penal, en agravio de EMPRESA “TRADE DEVELOPMENT SAC”; y por el Delito contra la Fe Pública, en la modalidad de FALSEDAD GENERICA, ilícito penal previsto y sancionado en el Artículo 438° del Código Penal, en agravio del ESTADO. PARTE RESOLUTIVA. DECISIÓN: En consecuencia, apreciando los hechos, la pretensión punitiva formulada por el Ministerio Público, valorando los medios probatorios actuados en la presente causa, los señores Jueces del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas y con la potestad que le confiere la Constitución Política del Perú, SE RESUELVE: 1) DECLARAR FUNDADA la pretensión de REPARACIÓN CIVIL por lo que se fija la suma ascendente a OCHENTA Y DOS MIL SOLES (S/.82,000.00), que deberán pagar las sentenciadas, en la proporción de Lídice Galena Tello Vela debe pagar la suma de SESENTA y 00/100 SOLES (S/. 60,000.00), Karla Susel Sánchez Elías debe pagar la suma de DIEZ MIL y 00/100 (S/. 10,000.00) y Marjorie Ruíz Núñez debe pagar la suma de DOCE MIL y 00/100 (S/.12,000.00) a favor de la EMPRESA “TRADE DEVELOPMENT SAC”. 2) REMÍTASE copias certificada de la sentencia a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales. Con costas.
Iquitos, 21 de enero del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 830-2018-14
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados SOLDEVILLA ESCUDERO SAMUEL MARTIN, ARMAS CHAPIAM CORELY y SILVA MORE ANA ELIZABETH, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al testigo: JORGE RAUL PAREDES BRICEÑO ; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Dos de diciembre del dos mil veinticinco (02/12/2025) Hora de la Audiencia: Ocho de la mañana (08:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Maynas: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres –Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/kik-kcaw-oji. Especialista de Audiencia de Juzgado: Abog. Michel Arregui
Número celular: 916561353
Iquitos, 24 de noviembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1796-2025-20
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2do. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de la señora Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: SEGUNDO JUAN MUÑOZ PIÑA, CÍTESE A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día : Fecha de la Audiencia: Siete de mayo del dos mil veintiséis (07/05/2026) Hora de la Audiencia: Nueve de la mañana (09:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual:
meet.google.com/xiy-eyen-epn.
Iquitos, 20 de enero del 2026
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1527-2025
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 3er. JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: ROGER FRANCISCO LOMAS CAHUAZA, bajo apercibimiento de ley, en caso de no presentarse a la audiencia; CÍTESE A LA REPROGRAMACION DE JUICIO INMEDIATO que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día: Fecha: VEINTICUATRO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS (24/03/26) Hora: DOCE CON CUARENTA MINUTOS DEL MEDIO DIA (12:40 PM). Direction de la Sala de Audiencia Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace (Google Meet) para acceso: meet.google.com/rgi-tcpy-kif.
Iquitos, 04 de diciembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2130-2024-68
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 3er. JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: RUIZ VASQUE BRUCE LEE; CÍTESE A LA REPROGRAMACION DE JUICIO INMEDIATO que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día: REPROGRAMAR AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA PRESENCIAL – solo en caso excepcional con uso de aplicativo Google Meet, según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día: Fecha: VEINTICUATRO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS (24/03/26) Hora: DOCE CON VEINTE MINUTOS DEL MEDIO DIA (12:20 PM). Direction de la Sala de Audiencia Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace (Google Meet) para acceso: meet.google.com/ger-qkcq-rbu.
Iquitos, 04 de diciembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 3011-2024-72
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 3er. JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: JOEL LIZARDO JULCA OBANDO; CÍTESE A LA REPROGRAMACION DE JUICIO INMEDIATO que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día: REPROGRAMAR AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA PRESENCIAL – solo en caso excepcional con uso de aplicativo Google Meet, según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día: Fecha: VEINTICUATRO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS (24/03/26) Hora: DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 AM). Direction de la Sala de Audiencia. Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace (Google Meet) para acceso: meet.google.com/aof-aixz-ihr.
Iquitos, 04 de diciembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0008-2025-73
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 3er. JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: SANMY SALVADOR UTIA GUTIERREZ, bajo apercibimiento de ley en caso de concurrir a la audiencia; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día: Fecha: DIECISIETE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS (17/03/26) Hora: OCHO CON VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA (08:20 AM). Direction de la Sala de Audiencia Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace (Google Meet) para acceso: meet.google.com/qnp-mxsa-kkr.
Iquitos, 04 de diciembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 191-2021-40
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al testigo: JORGE RAUL PAREDES BRICEÑO ; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Dos de diciembre del dos mil veinticinco (02/12/2025) Hora de la Audiencia: Ocho de la mañana (08:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Maynas: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres –Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/kik-kcaw-oji. Especialista de Audiencia de Juzgado: Abog. Michel Arregui Número celular: 916561353
Iquitos, 24 de noviembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2349-2018-6
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ª Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central a cargo de la Magistrada ANA ELIZABETH SILVA MORE, sé dispuso NOTIFIQUESE a los acusados por el delito de Tráfico Ilegal de Productos Forestales Maderables en agravio del Estado, vía EDICTO PENAL; imputados ALEX MANUEL MANIHUARI FLORES, ROBINSON ROJAS RIOS Y JUAN PORTAL PINEDO MARAPARA, A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Dos de julio del dos mil veintiséis (02/07/2026) Hora de la Audiencia: Once de la mañana (11:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 2º Juzgado Penal Unipersonal de Maynas: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/ikz-hvgt-cyy.
Iquitos, 12 de noviembre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0302-2019-63
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ª Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central a cargo de la Magistrada ANA ELIZABETH SILVA MORE, sé dispuso NOTIFIQUESE por el delito Ambiental – responsabilidad profesional de información falsa – en la modalidad de responsabilidad por información falsa, vía EDICTO PENAL al acusado REYNEL LOPEZ CARDENAS, A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Dieciséis de julio del dos mil veintiséis (16/07/2026) Hora de la Audiencia: Diez de la mañana (10:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 2ª Juzgado Unipersonal de Maynas: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/tnb-iuon-orj.
Iquitos, 03 de noviembre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0236-2024-19
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Primer Juzgado Penal Colegiado Suprap. Conformado – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados VASQUEZ HUAMAN JHOVANY, CHIONG AMASIFUEN JUAN ABELARDO y ASILVA MORE ANA ELIZABETH, sé dispuso se notifique a la parte acusada: MOISES TORRES MOZOMBITE, ordenado así en el presente proceso que se le sigue al imputado por el delito ACTOS CONTRA EL PUDOR, en agravio de menor de edad de iniciales R.J.I. Por estas consideraciones, este Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas dispone: Cítese a audiencia de juicio oral que se llevará a cabo el día TRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISEIS (03/06/2026), A HORAS DIEZ CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:40 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https:// meet.google.com/ywr-ytvo-rjc). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 16 de octubre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0091-2021-38
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Primer Juzgado Penal Colegiado Suprap. Conformado – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados VASQUEZ HUAMAN JHOVANY, CHIONG AMASIFUEN JUAN ABELARDO y ASILVA MORE ANA ELIZABETH, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: NIMIA ADITH QUINTEROS TORRES, ordenado así en el presente proceso que se le sigue al imputado GOMEZ ALAMO JULIO ANTONIO por el delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, en agravio de Nimia Adith Quinteros Torres. Por estas consideraciones, este Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas dispone: Cítese a audiencia de juicio oral que se llevará a cabo el día UNO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISEIS (01/04/2026), A HORAS DIEZ CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:40 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https:// meet.google.com/gav-gchc-dhr). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
Iquitos, 15 de octubre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 226-2022-14
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte acusada: JESUS MANUEL PEREZ PEREA, ordenado así en el presente proceso que se le sigue por el delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en agravio de MENOR DE INICIALES BFV DECISION: Por los fundamentos expuestos, valorando las pruebas y juzgando los hechos según la sana crítica, en especial conforme a los principios de la lógica y la experiencia, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, administrando justicia a nombre de la Nación, FALLA: 1. CONDENAR A FRANCISCO CURITIMA YUMBATO, identificado con D.N.I. N° 44104177 como autor de la comisión del delito contra la libertad sexual en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 2) del primer párrafo del Artículo 173º del Código Penal concordante con el segundo párrafo del citado artículo, en agravio de la persona de iniciales B.F.V, actualmente mayor de edad. 2. SE IMPONE contra FRANCISCO CURITIMA YUMBATO la pena de CADENA PERPETUA, la misma que se deberá cumplir en el centro penitenciario que designe el INPE; en cuanto a la ejecución provisional de la pena, la misma SE SUSPENDE hasta que la presente decisión adquiera la calidad de firme; debiendo el sentenciado cumplir las siguientes reglas de conducta: a) El condenado tiene la obligación de no variar su domicilio real sin previa autorización del Juzgado, b) El condenado está prohibido de acercarse a la agraviada, c) el condenado está prohibido de comunicarse con la agraviada empleando cualquier medio de comunicación o red social, d) concurrir obligatoriamente a las citaciones que se le realice en este proceso, y e) el condenado deberá concurrir al área de control biométrico del módulo penal de esta sede de Corte cada 30 días a informar sobre sus actividades. Para tal efecto, fórmese el cuaderno respectivo y remítase mediante oficio al juzgado de investigación preparatoria para su cumplimiento. En caso de incumplimiento de alguna de estas medidas restrictivas se procederá a la ejecución provisional de la pena, y se dispondrá su internamiento inmediato en el Establecimiento Penitenciario que determine el INPE, en virtud de la ejecución provisional, donde iniciará el cómputo de la condena. 3. DECLARAR FUNDADA EN PARTE la REPARACIÓN CIVIL requerida por el Ministerio Público y FIJAR por dicho concepto el monto de CINCO MIL SOLES [S/. 5,000.00], que deberá pagar el condenado a favor de la parte agraviada. 4. NO FIJAR el pago de las costas procesales al condenado conforme lo expuesto en la presente sentencia. 5. DISPONER, una vez consentida y/o ejecutoriada que quede la presente decisión; el tratamiento terapéutico al condenado a fin de facilitar su readaptación social, el mismo que se ejecutará previo examen médico o psicológico de acuerdo con lo previsto en el artículo 178º – A del Código Penal. 6. UNA VEZ quede FIRME Y/O EJECUTORIADA la presente sentencia, se realicen las comunicaciones respectivas al Registro Distrital y Central de Condenas, a RENADESPPLE y demás que deban tomar conocimiento de esta, luego de lo cual debe REMITIRSE EL EXPEDIENTE AL JUZGADO DE EJECUCIÓN que corresponda.
Iquitos, 15 de octubre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1470-2025-87
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 3er. JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: TONY ANGELO PAREDES RENGIFO; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día CUATRO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (04/12/2025), A HORAS DOCE CON VEINTE DEL MEDIO DIA (12:20 M.D.), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https://meet.google.com/mny-szor-xnd). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad, debiendo el acusado asistir a la audiencia de Juicio oral en el presente proceso que se les sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR; en agravio de menores de iniciales MJPG y DVPG.
Iquitos, 14 de octubre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0575-2018-79
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: RUSBEL TORRES CARRASCO; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha: Veintitrés de octubre del dos mil veinticinco (23/10/2025) Hora: Cuatro con veinte minutos de la tarde (04:20 pm) Sala de Audiencias del Colegiado Transitorio Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres (Local del Módulo Penal Central NCPP – Segundo Piso) – ciudad de Iquitos. Enlace de Acceso a la Sala Virtual (Google Meet): meet.google.com/bve-wmxw-pyp. que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de a fin de asistir a la audiencia de Juicio oral en el presente proceso que se les sigue por el delito ACTOS CONTRA EL PUDOR en agravio del menor de iniciales TG.BR
Iquitos, 02 de octubre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2395-2020-2
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte acusada: JESUS MANUEL PEREZ PEREA, ordenado así en el presente proceso que se le sigue por el delito DE HOMICIDIO CALIFICADO; en agravio de CESAR AUGUSTO ALVA NAJARRO y REYNALDO BARBA VARGAS. DECISION: Por los fundamentos expuestos, valorando las pruebas y juzgando los hechos según la sana crítica, en especial conforme a los principios de la lógica y la experiencia, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, administrando justicia a nombre de la Nación, FALLA POR UNANIMIDAD: ABSOLVER a JESUS MANUEL PEREZ PEREA con Documento de identidad N° 76074705 de los cargos formulados en su contra como: COAUTOR por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de HOMICIDIO CALIFICADO, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 3) del Artículo 108° del Código Penal concordante con el Artículo 106° del mismo texto normativo; en agravio de quienes en vida fueran Cesar Arturo Alva Najarro y Reynaldo Barba Vargas. SE DECLARA INFUNDADA, la imposición de una reparación civil solicitada por el representante del Ministerio Público y el actor civil. COSTAS, sin el pago de costas. CONSENTIDA y/o EJECUTORIADA que quede la presente, ARCHIVESE la causa debiéndose previamente anular los antecedentes penales o judiciales que se hubiera podido generar contra el procesado por este proceso, asimismo remitir los actuados al Juzgado de Investigación Preparatoria para el trámite que corresponda.
Iquitos, 25 de septiembre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0806-2020
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de la señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a los agraviados: RONALD VELA TORRES, JUAN LUIS QUISPE HONORES, DANIEL JACK KAPUSTA, FABIAN CHRISTOPH DIELIN, DOMINIC DE SHAZO, MARIO EFRAIN JORGE SANTA MARIA y LUIS MURAYARI ARIRAMA., ordenado así en el presente proceso que se le sigue a MARLON CHARLES IPUSHIMA CHISTAMA por el delito CONTRA EL PATRIMONIO – ROBO AGRAVADO; en agravio de RONALD VELA TORRES, JUAN LUIS QUISPE HONORES, DANIEL JACK KAPUSTA, FABIAN CHRISTOPH DIELIN , DOMINIC DE SHAZO, MARIO EFRAIN JORGE SANTA MARIA y LUIS MURAYARI ARIRAMA, Y OTROS, Por tales consideraciones, los miembros del Juzgado Penal Colegiado Supra provincial Transitorio de Loreto. RESUELVEN: 1) CONCEDER APELACIÓN presentado por la defensa técnica del sentenciado MARLON CHARLES IPUSHIMA CHISTAMA, contra la resolución NUMERO ONCE-SENTENCIA. 2) Elévese a la Sala Penal de Apelaciones con la debida nota de atención. Interviniendo la especialista judicial por Disposición superior. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 24 de septiembre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2061-2018-2
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: EFRAIN MOURA TELLO, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a SHARON CELIS CELIS, BARBARA CELIS CELIS y RAY CELIS CELIS por el delito DE LESIONES LEVES; en agravio de EFRAIN MOURA TELLO y ELIDA ESTALIA UTIA DEL AGUILA. DECISIÓN; Por los fundamentos expuestos, valorando las pruebas y juzgando los hechos según la sana crítica, en especial conforme a los principios de la lógica y la experiencia, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, administrando justicia a nombre de la Nación, FALLA: 1. ABSOLVER a: RAY CELIS CELIS con DNI N° 45065513 como autor, SHARON CELIS CELIS con DNI N° 42921935 como autor. BARBARA CELIS CELIS con DNI N° 05367651 como coautor. De la comisión del delito contra la libertad-VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD PERSONAL, en la modalidad de SECUESTRO, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 10) del Artículo 152° del Código Penal, en agravio de Efrain Moura Tello. 2. DECLARAR INFUNDADA la imposición de una reparación civil en contra de los absueltos en mención (1.) respecto del delito de secuestro.3. ABSOLVER a RAY CELIS CELIS por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de LESIONES LEVES, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 1) del Artículo 122° del Código Penal, en agravio de Efrain Moura Tello. Como tipificación alternativa. 4. DECLARAR INFUNDADA la imposición de una reparación civil en contra del absuelto en mención (3.) respecto del delito de lesiones leves. 5. CONDENAR a las acusadas BARBARA CELIS CELIS y SHARON CELIS CELIS como autoras por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de LESIONES LEVES, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 1) del Artículo 122° del Código Penal, en agravio de Elida Estalia Utia del Águila; y se le impone una pena de DOS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN POR EL PERIODO DE PRUEBA DE UN AÑO, sujeto al cumplimiento de reglas de conducta: a) prohibición de frecuentar lugares de dudosa reputación, b) no variar la dirección de su domicilio sin autorización del Juez, c) comparecer al local del Juzgado de investigación preparatoria en forma obligatoria y personal cada treinta días para dar cuenta de sus actividades y firmar el libro de control correspondiente, y d) reparar el daño ocasionado pagando el integro de la reparación civil. Todo ello bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se aplique lo establecido en los artículos 59° inciso 3 y 60° del Código Penal, esto es la revocación inmediata de la pena suspendida para convertirla en efectiva en el plazo de DOS AÑOS. 6. IMPONER el pago de una reparación civil ascendiente a la suma de MIL SOLES a favor de la agraviada Elida Estalia Utia del Águila, que deberán ser pagados de forma solidaria por parte de las acusadas en mención (5.). 7. CONDENAR a las acusadas BARBARA CELIS CELIS y SHARON CELIS CELIS como autoras por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de LESIONES LEVES, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 1) del Artículo 122° del Código Penal, en agravio de Efrain Moura Tello (tipificación alternativa); y se le impone una pena de DOS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN POR EL PERIODO DE PRUEBA DE UN AÑO, sujeto al cumplimiento de reglas de conducta: a) prohibición de frecuentar lugares de dudosa reputación, b) no variar la dirección de su domicilio sin autorización del Juez, c) comparecer al local del Juzgado de investigación preparatoria en forma obligatoria y personal cada treinta días para dar cuenta de sus actividades y firmar el libro de control correspondiente, y d) reparar el daño ocasionado pagando el integro de la reparación civil. Todo ello bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se aplique lo establecido en los artículos 59° inciso 3 y 60° del Código Penal, esto es la revocación inmediata de la pena suspendida para convertirla en efectiva en el plazo de DOS AÑOS. 8. IMPONER el pago de una reparación civil ascendiente a la suma de MIL SOLES a favor del agraviado Efrain Moura Tello, que deberán ser pagados de forma solidaria por parte de las acusadas en mención (7.). 9. NO FIJAR el pago de las costas procesales al condenado conforme lo expuesto en la presente sentencia. 10. UNA VEZ quede FIRME Y/O EJECUTORIADA la presente sentencia, se realicen las comunicaciones respectivas al Registro Distrital y Central de Condenas, y demás que deban tomar conocimiento de esta, luego de lo cual debe REMITIRSE EL EXPEDIENTE AL JUZGADO DE EJECUCIÓN que corresponda.
Iquitos, 22 de septiembre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0139-2021-52
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, en el proceso seguido contra el acusado DANTE VALDEMAR FREYRE RIOS, por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en agravio de menor de iniciales K.I.G, representada por Segundo Ijuma Arirama sé ha dispuesto: REPROGRAMAR el presente juicio oral para el 30 DE SETIEMBRE DEL 2025 A LAS OCHO DE LA MAÑANA (8:00 AM). NOTIFIQUESE al acusado DANTE VALDEMAR FREYRE RIOS POR EDICTO. Debiendo concurrir el acusado a la Sala de Audiencia del Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Maynas o conectarse al enlace google.com/ orr-ehbq-sov.
Iquitos, 17 de septiembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 191-2021-40
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: CASIMIRO APAGUEÑO IJUMA ; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Dos de diciembre del dos mil veinticinco (02/12/2025) Hora de la Audiencia: Ocho de la mañana (08:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Maynas: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres –Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/kik-kcaw-oji. Especialista de Audiencia de Juzgado: Abog. Michel Arregui Número celular: 916561353
Iquitos, 10 de septiembre 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0105-2021-38
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ª Juzgado Penal Unipersonal Transitorio – Sede Central a cargo de la Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé dispuso se notifique el concesorio de apelación, Resolución número 07, fecha 22 de agosto del 2025 a la parte agraviada: CARMEN AMALIA GUTIERREZ SILES, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a ROBERTO GARCIA PADILLA, por el delito contra la Fe Pública – USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO; en agravio de Pamela Arévalo Armas y otros, Por tales consideraciones, este Juzgado Unipersonal Transitorio RESUELVE: 1) CONCEDER APELACIÓN presentado por la defensa técnica del sentenciado ROBERTO GARCIA PADILLA, contra la resolución NUMERO CUATRO-SENTENCIA. 2) Elévese a la Sala Penal de Apelaciones con la debida nota de atención. Interviniendo la especialista judicial por Disposición superior. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 04 de septiembre del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0031-2022-87
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de la señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: NILDA PEZO PINEDO – REP. MENOR DE INICIALES S.L.C.P., ordenado así en el presente proceso que se le sigue a TANGOA RUIZ EVA, TANGOA LANCHA GILBERTO ALADINO, TANGOA RUIZ FRAN y MELITA RUIZ PEREZ por el delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA – ENCUBRIMIENTO PERSONAL; en agravio de menor de edad de iniciales S.L.C.P. Por tales consideraciones, los miembros del Juzgado Penal Colegiado Supra provincial Transitorio de Loreto. RESUELVEN: 1) CONCEDER APELACIÓN presentado por la representante del ministerio público, contra la resolución NUMERO SIETE-SENTENCIA. 2) Elévese a la Sala Penal de Apelaciones con la debida nota de atención. Interviniendo la especialista judicial por Disposición superior. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 29 de agosto del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0806-2020-62
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: MARIO EFRAIN, JORGE SANTA MARIA y LUIS MURAYARI ARIRAMA, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a MARLON CHARLES IPUSHIMA CHISTAMA por el delito DE ROBO; en agravio de MARIO EFRAIN, JORGE SANTA MARIA y LUIS MURAYARI ARIRAMA DECISIÓN; Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, el Colegiado Penal Supraprovincial Transitorio de Maynas: FALLA 1. CONDENAR al acusado MARLON CHARLES IPUSHIMA CHISTAMA, cuyas generales de ley obran en la parte introductoria de la presente sentencia como autor del delito contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 188 (tipo base), concordante en el numeral 2), 3), 4), 5) y 7) primer párrafo del artículo 189° del Código Penal, en agravio de Tripulación: José LAULATE SANDOVAL (timonel), Ronald VELA TORRES (cobrador de pasajes), Marcos Augusto ATAC DE JESÚS, Cliver FATAMA VARGAS (cocinero).Pasajeros: Eva Jacqueline SÁNCHEZ, Daniel Jacek KAPUSTA, Fabian Cristoph DIELING, Dominic DE SHAZO, Mario Efraín JORGE SANTAMARÍA, Efectivo policial Juan Luis QUISPE HONORES, ST1 PNP Marcos CHAMULI GUERRA, ST1 PNP Wilfredo GONZALES CORONEL y Luis MURAYARI ARIRAMA. 2. IMPÓNGASE al sentenciado DOCE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, la cual lo cumplirá en el Establecimiento Penal que designe el INPE. 3. SE SUSPENDE LA EJECUCION PROVISIONAL DE LA CONDENA, hasta la emisión de la ejecutoria correspondiente por el superior en grado; imponiendo las siguientes restricciones: a) No ausentarse de la ciudad donde domicilia sin autorización, previa calificación del juzgado de investigación preparatoria; b) deberá concurrir al área de control biométrico del módulo penal de esta sede de Corte cada 30 días a informar sobre sus actividades. Para tal efecto, fórmese el cuaderno respectivo y remítase mediante oficio al juzgado de investigación preparatoria para su cumplimiento. 4. SE FIJA la suma de S/ 10,000.00 por concepto de Reparación Civil a favor de la parte agraviada. 5. Una vez quede FIRME Y/O EJECUTORIADA la presente sentencia, se realicen las comunicaciones respectivas al Registro Distrital y Central de Condenas – RENADESPLE, y demás que deban tomar conocimiento de esta, luego de lo cual debe remitirse el expediente al juzgado de ejecución que corresponda. ARCHÍVESE los actuados en la forma y modo de ley.
Iquitos, 28 de agosto del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0031-2022-87
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de la señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: NILDA PEZO PINEDO – REP. MENOR DE INICIALES S.L.C.P., ordenado así en el presente proceso que se le sigue a TANGOA RUIZ EVA, TANGOA LANCHA GILBERTO ALADINO, TANGOA RUIZ FRAN y MELITA RUIZ PEREZ por el delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA – ENCUBRIMIENTO PERSONAL; en agravio de menor de edad de iniciales S.L.C.P PARTE DECISORIA Por las consideraciones reseñadas, examinada las pruebas aportadas bajo criterios de racionalidad y sana crítica, Administrando Justicia a Nombre de la Nación, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, RESUELVE POR UNANIMIDAD: ABSOLVER al acusado FRAN TANGOA RUIZ, como presunto AUTOR del Delito contra la LIBERTAD SEXUAL en la modalidad de ACTOS DE CONNOTACIÓN SEXUAL-TOCAMIENTOS INDEBIDOS, previsto y sancionado en el artículo 176-A del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales SLCP (12). ABSOLVER a los acusados GILBERTO ALADINO TANGOA LANCHA, MELITA RUIZ PEREZ y EVA TANGOA RUIZ, como presunto AUTORES del Delito contra la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA en la modalidad de ENCUBRIMIENTO PERSONAL, previsto en el artículo 404º primer párrafo del Código Penal, en agravio del ESTADO. DECLARAR INFUNDADO el pago de la reparación civil. Consentida o ejecutoriada que resulte la presente resolución, se ARCHIVE DEFINITIVAMENTE la presente causa, y se proceda a la anulación de los antecedentes policiales y judiciales de los acusados FRAN TANGOA RUIZ, GILBERTO ALADINO TANGOA LANCHA, MELITA RUIZ PEREZ y EVA TANGOA RUIZ, que se haya originado a consecuencia de esta causa. SIN COSTAS. Notifíquese.
Iquitos, 22 de agosto del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2130-2024-68
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 3er. JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: BRUCE LEE RUIZ VASQUEZ; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Cítese a audiencia de juicio inmediato que se llevará a cabo el día ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (11/11/2025), A HORAS DIEZ CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (10:40 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 00367-2024-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet (https://meet.google.com/sef-obby-inx). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad, debiendo el acusado asistir a la audiencia de Juicio oral en el presente proceso que se les sigue por el delito de. OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR; en agravio de menor de iniciales BIRN.
Iquitos, 22 de agosto 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1912-2020-81
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: HECTOR ARTURO RAMAINA PACAYA; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha: Dieciséis de octubre del dos mil veinticinco (16/10/2025) Hora: Cinco de la tarde (05:00 pm) Sala de Audiencias del Colegiado Transitorio Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres (Local del Módulo Penal Central NCPP – Segundo Piso) – ciudad de Iquitos. Enlace de Acceso a la Sala Virtual (Google Meet): meet.google.com/dsy-egik-gsu. que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de a fin de asistir a la audiencia de Juicio oral en el presente proceso que se les sigue por el delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en agravio del menor de iniciales R.W.P.C.
Iquitos, 13 de agosto 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 123-2024-84
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de la señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: ELMIRA DAHUA TIHUAY – REP. MENOR DE INICIALES L.S.P.D. ,ordenado así en el presente proceso que se le sigue a NETTALIN GUERRA HIDALGO por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – ACTOS CONTRA EL PUDOR EN SU MODALIDAD TOCAMIENTOS ACTOS DE CONNOTACION SEXUAL O ACTOS LIBIDINOSOS SIN CONSENTIMIENTO; en agravio de menor de edad de iniciales L.S.P.D. DECISIÓN. Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto, FALLA POR UNANIMIDAD: 3.1. CONDENAR a NETTALIN GUERRA HIDALGO, como AUTOR del delito contra la LIBERTAD SEXUAL – ACTOS CONTRA EL PUDOR, en su modalidad de TOCAMIENTOS, ACTOS DE CONNOTACIÓN SEXUAL O ACTOS LIBIDINOSOS SIN CONSENTIMIENTO, en agravio de la menor de iniciales LSPD (15 años), ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 176 del Código Penal, y como tal se le impone la pena de OCHO (08) AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, la misma que deberá cumplir en el Establecimiento Penal que designe el INPE; sin embargo, conforme se ha señalado líneas arriba se suspende la ejecución de la presente sentencia, imponiendo las siguientes restricciones: i) No ausentarse de la localidad en que reside; ii) Deberá concurrir al área de control biométrico del módulo penal de la Sede Central de esta Corte cada 30 días, bajo apercibimiento de revocarse la suspensión de la ejecución provisional de la pena y hacerse efectiva. SE FIJA EL PAGO DE UNA REPARACIÓN CIVIL la suma ascendente a Tres Mil con 00/100 Soles (S/ 3 000.00), que deberá cancelar el sentenciado NETTALIN GUERRA HIDALGO a favor de la agraviada. 3.3. SE DISPONE el tratamiento terapéutico del sentenciado NETTALIN GUERRA HIDALGO, debiéndose proceder conforme al artículo 178-A del Código Penal. Cúrsense los oficios que corresponda para el cumplimiento de la presente sentencia. 3.4. EXONERAR el pago de las costas procesales al condenado conforme a lo expuesto en la presente sentencia. 3.5. Consentida y/o Ejecutoriada que sea la presente, SE DIPONE la inscripción de la presente sentencia en el Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva – RENADESPPLE; asimismo, REMITASE el presente expediente e incidentes que la conforman al Juzgado de Ejecución que corresponda.
Iquitos, 24 de julio 2
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0408-2021-21
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, a los acusados: CARLOS ARTURO GOMEZ ZAPATA, JOSE WILLIAN GOMEZ COLLAZOS, EDINSON PEREZ NOGUERA y DANIEL EDSON COELLO PACAYA; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Veintiséis de agosto del dos mil veinticinco (09/10/2025) Hora de la Audiencia: 04.20 de la tarde (4.20 p.m.) Dirección de Sala de Audiencias: Juzgado Penal Colegiado Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/oon-ptmw-uyk. que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de a fin de asistir a la audiencia de Juicio oral en el presente proceso que se les sigue por el delito PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRAFICO ILICITO DE DROGAS; en agravio del ESTADO PERUANO MARLENI ANTURI ARROYO.
Iquitos, 30 de julio 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1250-2024-42
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 1° JUZGADO PENAL UNIPERSONALTRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Magistrado JOSE NEIL CHUMBE SILVA, ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado: WILLINTON MORENO ROMERO; CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: Nueve de octubre del dos mil veinticinco (09/10/2025) Hora de la Audiencia: Nueve de la mañana (09:00 am) Dirección de Sala de Audiencias: 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos Enlace de Acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/suj-ndvp-nxq. Especialistas de Audiencias de Juzgado: Marjorie Pasquel Número celular: 965605144 a fin de asistir a la audiencia de Juicio oral en el presente proceso que se le sigue por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD EN LA MODALIDAD DE AGRESIONES EN CONTRA DE LA MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR; en agravio de MARLENI ANTURI ARROYO.
Iquitos, 30 de julio 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 1273-2019-24
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ªJUZGADO PENAL UNIPERSONALTRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, la Resolución número 04, 07 de julio del 2025 a la parte agraviada: MIRLA RASMA SABOYA, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a JORGE MARTIN MENDOZA RAMIREZ por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE TOCAMIENTOS CON-NOTACION SEXUAL; en agravio de MIRLA RASMA SABOYA: DECISIÓN Por tales consideraciones, la sra. Magistrada del 2°JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto. RESUELVE: 1) DECLARAR CONSENTIDA la resolución dos Sentencia Anticipada que CONDENO a JORGE MARTIN MENDOZA RAMIREZ, como autor del Delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE TOCAMIENTOS CON-NOTACION SEXUAL; en agravio de MIRLA RASMA SABOYA. 2) Remítase los boletines con los testimonios de su propósito al registro de condenas. 3) . NOTIFÍQUESE y cúmplase.
Iquitos, 22 de julio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 2326-2019-42
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique, Resolución número 20, 15 de julio del 2025 a la parte agraviada: JENY PANAIFO NOLORBE – REP. MENOR DE INICIALES A.J.A.P., ordenado así en el presente proceso que se le sigue a EDINSON SANDI HUALINGA por el delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en agravio de menor de iniciales A.J.A.P. DECISIÓN Por tales consideraciones, los miembros del Juzgado Penal Colegiado Supra provincial Transitorio de Loreto. RESUELVEN: 1) CONCEDER APELACIÓN presentado por la defensa técnica del sentenciado EDINSON SANDI HUALINGA, contra la resolución NUMERO CATORCE-SENTENCIA. 2) Elévese a la Sala Penal de Apelaciones con la debida nota de atención. Interviniendo la especialista judicial por Disposición superior. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 14 de julio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0654-2022-26
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ª JUZGADO PENAL UNIPERSONALTRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, la Resolución número 09, 04 de julio del 2025 a la parte agraviada: DINA LIZ RIOS ASPAJO, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a JULIO TELLO VASQUEZ por el delito de AGRESIONES EN CONTRA DE INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR; en agravio de DINA LIZ RIOS ASPAJO, sentencia parte RESOLUTIVA: DECISIÓN
Por tales consideraciones, la sra. Magistrada del 2°JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto. RESUELVE: 1) CONCEDER APELACIÓN presentado por la defensa técnica del sentenciado JULIO TELLO VASQUEZ contra la resolución NUMERO SIETE SENTENCIA. 2) Elévese a la Sala Penal de Apelaciones con la debida nota de atención. Interviniendo la especialista judicial por Disposición superior. NOTIFÍQUESE. Iquitos, 14 de julio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 0115-2020-78
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPR. TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo de los Magistrados CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA, NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, en la Sala de Audiencias del Juzgado, para conocer la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en el proceso seguido contra WILGER RENGIFO ZUMBILLA por la presunta comisión del delito de FEMINICIDIO, en agravio de Llorlit Canelos Romañol. PROGRAMAR la presente audiencia para el DIA DOS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO A LAS CUATRO CON VEINTE DE LA TARDE, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia injustificada. NOTIFÍQUESE al acusado WILGER RENGIFO ZUMBILLA, en su domicilio real sito en la calle 23 de octubre s/n. Mazan, sin perjuicio en su domicilio según ficha reniec: Caserío Milagros – río napo Mazan. Sin perjuicio de ello, notifíquese al acusado WILGER RENGIFO ZUMBILLA, mediante EDICTO PENAL. Enlace Virtual: meet.google.com/dju-fppz-hhq.
Iquitos, 14 de julio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 3011-2024-72
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del Señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, para conocer la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en el proceso No. 3011-2024-72 en los seguidos contra JOEL LIZARDO JULCA OBANDO por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de menor de iniciales FJJL y NKJL, representada por su progenitora ROCIO DEL PILAR LOPEZ ROJAS y la agraviada MELANI KATRINA JULCA LOPE. Por estas consideraciones, este Tercer Juzgado Penal Unipersonal dispone. CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA PRESENCIAL – y excepcionalmente de forma virtual con el uso de aplicativo Google Meet, según los siguientes términos: Fecha: 26 de agosto del 2025 Hora: NUEVE CON CUARENTA DE LA MAÑANA (09:40 AM) Dirección de la Sala de Audiencia Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres. Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Fecha: 26 de agosto del 2025 Hora: NUEVE CON CUARENTA DE LA MAÑANA (09:40 AM) Dirección de la Sala de Audiencia Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso. (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace (Google Meet) para acceso: meet.google.com/zdm-jged-ccb
Iquitos, 07 de julio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 01970-2017-97
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EL 2ªJUZGADO PENAL UNIPERSONALTRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, a los acusados JESUS GUTIERREZ TANANTA Y MARIA MERCEDES TANANTA CARDENAS la reprogramación de la audiencia para el día 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 A HORAS 09.00 AM., a fin de llevar a cabo el juicio oral en el Expediente N° 01970-2017-97, seguido contra los acusados JESUS GUTIERREZ TANANTA Y MARIA MERCEDES TANANTA CARDENAS la, como presuntos AUTORRES del delito FALSEDAD IDEOLOGICA en agravio del Estado Peruano, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, sito en el segundo Piso de esta Sede de Corte, ubicado en Av. Grau N° 720 – Iquitos, bajo apremio de DECLARARSE REO CONTUMAZ a los acusados en caso de inconcurrencia injustificada.
Iquitos, 10 de julio 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Mediante acta de audiencia de fecha 05 de junio del 2025, la sra. Jueza del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al acusado ALEJANDRO LA TORRE MENDOZA la reprogramación de la audiencia para el día 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 A HORAS 10.00 AM., a fin de llevar a cabo el juicio oral en el Expediente N° 4223-2016-51, seguido contra el acusado ALEJANDRO LA TORRE MENDOZA, como presunto AUTOR del delito TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, tipificado en el artículo 279 del código penal en agravio del Estado Peruano, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, sito en el segundo Piso de esta Sede de Corte, ubicado en Av. Grau N° 720 – Iquitos, bajo apremio de DECLARARSE REO CONTUMAZ al acusado en caso de inconcurrencia injustificada.
Iquitos, 10 de julio 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Mediante acta de audiencia de fecha 19 de junio del 2025, el señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al señor acusado JOSE MOZOMBITE SIFUENTES sobre la reprogramación de la audiencia para el día 18 DE DICIEMBRE DEL 2025 A HORAS 09.20 AM., a fin de llevar a cabo el juicio oral en el Expediente N° 1462-2023-21-1903-JR-PE.04, seguido contra el acusado JOSE LUIS MOZOMBITE SIFUENTES, como presunto AUTOR del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO AGRAVADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 186° del Código Penal, numerales 1), 2), y 5) del primer párrafo y numeral 9 del segundo párrafo , concordante con el artículo 185° (tipo base) del mismo texto normativo, en agravio de LETICIA DE LA CRUZ VASQUEZ ZEVALLOS, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Maynas, sito en el Tercer Piso de esta Sede de Corte, ubicado en Av. Grau N° 720 – Iquitos, bajo apremio de DECLARARSE REO CONTUMAZ a la acusada en caso de inconcurrencia injustificada.
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0105-2021-38
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ª Juzgado Penal Unipersonal Transitorio – Sede Central a cargo de la Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé dispuso se notifique el fallo de sentencia , Resolución número 04, fecha 28 de noviembre del 2024 a la parte agraviada: CARMEN AMALIA GUTIERREZ SILES, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a ROBERTO GARCIA PADILLA, por el delito contra la Fe Pública – USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO; en agravio de Pamela Arévalo Armas y otros, sentencia parte RESOLUTIVA: DECISIÓN: En consecuencia apreciando los hechos, la pretensión punitiva formulada por el Ministerio Público, valorando los medios probatorios actuados en la presente causa, la señora Juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas y con la potestad que le confiere la Constitución Política del Perú. RESUELVE: DECLARAR RESPONSABLE a ROBERTO GARCIA PADILLA, como autor del delito CONTRA LA FE PÚBLICA, en la modalidad de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO, ilícito previsto y sancionado en el Artículo 427″ del Código Penal, en agravio de Patricia Eníth Montero Chung, Pamela Arévalo Armas, Carmen Amalla Gutiérrez Silva, y Ángel Hugo Morales Khan; y como tal, IMPONE DOS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD con carácter de SUSPENDIDA en su ejecución por el mismo plazo, en aplicación del artículo 57° del Código Penal, por lo que durante ese período el sentenciado queda sujetos a las reglas de conducta establecidas en el artículo 58° del Código Penal. Prohibición de frecuentar determinados lugares; Prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juez; Comparecer mensualmente al juzgado, personal y obligatoriamente, para informar y justificar sus actividades; Reparar los daños ocasionados por el delito o cumplir con su pago fraccionado; Todo ello, bajo apercibimiento de aplicarse cualquiera de las alternativas que el artículo 59° del Código Penal prevé, incluso de revocársele la condicionalidad de la pena, ante el incumplimiento de cualquiera de las reglas de conducta impuestas, disponiéndose su internamiento en el establecimiento penitenciario de esta ciudad. Se impone al sentenciado ROBERTO GARCIA PADILLA el pago 180 días multa que equivale a la suma de S/ 3,000.00 soles, que debe pagar a favor del Estado. Se fija el pago de una REPARACIÓN CIVIL ascendente a MIL SEISCIENTOS SOLES 00/100 SOLES (S/.1,600.00 soles) que debe pagar el sentenciado ROBERTO GARCIA PADILLA, en la proporción de CUATROCIENTOS SOLES para cada uno de los agraviados Patricia Eníth Montero Chung, Pamela Arévalo Armas, Carmen Amalla Gutiérrez Silva, y Ángel Hugo Morales Khan. REMÍTASE copias certificada de la sentencia a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales. CON COSTAS.
Iquitos, 07 de julio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 02326-2019
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: JENY PANAIFO NOLORBE – REP. MENOR DE INICIALES A.J.A.P. ordenado así en el presente proceso que se le sigue a EDINSON SANDI HUALINGA por el delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en agravio de menor de edad de iniciales A.J.A.P., DECISIÓN. Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto. FALLA. CONDENANDO al acusado EDINSON SANDI HUALINGA, cuyas generales de ley se encuentran indicadas en la parte expositiva de la presente sentencia, como autor del delito contra la Libertad Sexual, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C.J.A.P., (12), ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 2 del artículo 173° del Código Penal; y como tal se le impone la pena de TREINTA AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, la misma que deberá cumplir en el Establecimiento Penal que designe el INPE, debiendo oficiarse con tal fin. SE SUSPENDE LA EJECUCION PROVISIONAL DE LA CONDENA, hasta la emisión de la ejecutoria correspondiente por el superior en grado; imponiendo las siguientes restricciones: a) No ausentarse de la ciudad donde domicilia sin autorización, previa calificación del juzgado de investigación preparatoria; b) deberá concurrir al área de control biométrico del módulo penal de la sede de Corte cada 30 días a informar sobre sus actividades (Nauta); c) No acercarse al domicilio de la menor agraviada por ningún motivo. Bajo apercibimiento de revocarse la suspensión de la ejecución provisional de la pena y hacerse efectiva la misma. Para tal efecto, fórmese el cuaderno respectivo y remítase mediante oficio al juzgado de investigación preparatoria para su cumplimiento. 3. Se impone una reparación Civil a favor de la menor agraviada de SIETE MIL SOLES (S/. 7,000.00). 4. Se DISPONE el tratamiento terapéutico del condenado Edinson Sandi Hualinga, debiéndose proceder conforme al artículo 178-A del Código Penal. CÚRSENSE los oficios que correspondan para el cumplimiento de la presente sentencia. 5. COSTAS, sin el pago de costas. Registro Central de Condenas, remitiéndose el boletín y testimonios respectivos; así como también remitirse copias al RENIEC y DÉJESE copias de la sentencia en el legajo que corresponda, tomándose razón, y se otorguen copias al propio sentenciado. Asimismo, consentida y/o ejecutoriada sea la presente sentencia. REMITASE los actuados al Juzgado de Investigación Preparatoria para los fines de ejecución y ARCHÍVESE los actuados en la forma y modo de ley. Dejaron constancia que la presente causa se ha tramitado de manera regular. Actúo como Director de Debates el Juez José Neil Chumbe Silva. NOTIFICACION. FISCAL: conforme ABG: no está conforme e interpone recurso de apelación, lo fundamentara dentro del plazo de ley. JUEZ DD: se dispone notificar al señor fiscal y abogado defensor en sus casillas electrónicas a fin que hagan valer lo que estimen pertinente, una vez notificados, se computara el plazo de impugnación, conforme lo establece el código procesal penal. CONCLUSIÓN: Siendo las 18:58 p..m., se da por concluida la presente diligencia y por cerrada la grabación del audio, procediendo a firmar los señores Jueces y el Especialista Judicial de audiencias encargada de su redacción, conforme a Ley. Doy Fe.
Iquitos, 02 de julio 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 1194-2025-36
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEE – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del Señor Magistrado JUAN ABELARDO CHIONG AMASIFUEN, para conocer la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en el proceso No. 1194-2025-36 en los seguidos contra PEÑA LOMAS KARLA CAMILA por el delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de HIPER MERCADO TOTTUS. Por estas consideraciones, este Juzgado Penal Unipersonal dispone: CÓRRASE TRASLADO el requerimiento acusatorio a todos los sujetos procesales, para su debate en la sesión pertinente de la audiencia de juicio – proceso inmediato, adjuntándose a las respectivas cédulas. CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA PRESENCIAL – y excepcionalmente de forma virtual con el uso de aplicativo Google Meet, según los siguientes términos: Fecha: TRES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (03/07/2025) Hora: OCHO CON VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA (08:20 AM) Dirección de la Sala de Audiencia Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. Enlace (Google Meet) para acceso: meet.google.com/bvn-hwym-fmu
Iquitos, 30 de junio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 00
007-2024-32
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique, Resolución número 06, 20 de junio del 2025 a la parte agraviada: CLEVER CURICO YAICATE, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a ALEXANDER OBERLAN VASQUEZ TORRES y Otro por el delito contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO CON SUB SECUENTE MUERTE; en agravio de CLEVER CURICO YAICATE, sentencia parte RESOLUTIVA: DECISIÓN Por tales consideraciones, los miembros del Juzgado Penal Colegiado Supra provincial Transitorio de Loreto. RESUELVEN: 1) CONCEDER APELACIÓN presentado por la defensa técnica del sentenciado ALEXANDER OBERLAN VASQUEZ TORRES, contra la resolución NUMERO TRES-SENTENCIA. 2) Elévese a la Sala Penal de Apelaciones con la debida nota de atención. Interviniendo la especialista judicial por Disposición superior. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de junio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 00007-2024-32
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique el fallo de sentencia , Resolución número 03, fecha 18 de octubre 2024 a la parte agraviada: CLEVER CURICO YAICATE, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a ALEXANDER OBERLAN VASQUEZ TORRES y Otro por el delito contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO CON SUB SECUENTE MUERTE; en agravio de CLEVER CURICO YAICATE, sentencia parte RESOLUTIVA: DECISIÓN Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, el Colegiado Penal Supraprovincial Transitorio de Maynas: FALLA CONDENANDO al acusado ALEXANDER OBERLAN VÁSQUEZ TORRES, cuyas generales de ley obran en la parte introductoria de la presente sentencia en calidad de co autor del delito contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO CON SUB SECUENTE MUERTE, previsto en el primer párrafo, numeral 1) en inmueble habitado; 2) durante la noche; o en lugar desolado; y 4) con el concurso de dos o más personas del artículo 189 del Código Penal; concordante con el último párrafo del artículo 189 del CP; asimismo concordante con el artículo 188 (tipo base) del mismo cuerpo normativo, en agravio de Clever Curico Yacate (occiso) y del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana IIAP. IMPÓNGASE al sentenciado la pena de cadena perpetua, la cual lo cumplirá en el Establecimiento Penal que designe el INPE, computo que se iniciará a partir del día 07 de enero del 2024. SE FIJA la suma de S/ 20, 000.00 a favor del agraviado Clever Curico Yaicate y S/ 5,000.00, a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana respectivamente por concepto de reparación civil. Una vez consentida y/o ejecutoriada que sea la sentencia, se INSCRIBA en el Registro Central de Condenas, remitiéndose el boletín y testimonios respectivos; así como también remitirse copias al RENIEC y DÉJESE copias de la sentencia en el legajo que corresponda, tomándose razón, y se otorgue copias al propio sentenciado. CÚRSENSE los oficios que correspondan para el cumplimiento de la presente sentencia. COSTAS, sin el pago de costas. REMITIR los actuados al Juzgado de Investigación Preparatoria para los fines de ejecución y ARCHÍVESE los actuados en la forma y modo de ley. Dejaron constancia que la presente causa se ha tramitado de manera regular.
Iquitos, 12 de junio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 04259-2019-9
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
ELJUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPR. TRANSITORIO – SEDE CENTRAL de la Corte Superior de Justicia de Loreto CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA, NIÑO DE GUZMAN VILCA TANIA ELENA, en la Sala de Audiencias del Juzgado, asistidos por la Especialista Judicial de Audiencias Abg. Melani Carlyle Cárdenas Ruiz, para conocer la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL en el proceso No. 04259-2019-9-1903-JR-PE-01, en los seguidos contra PERCY MAXIMO MARIN CAPINOA Y OTRO por la presunta comisión del delito de MINERIA ILEGAL, en agravio de ESTADO PERUANO. REPROGRAMAR la presente audiencia para el DIA DOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando válidamente notificados las partes concurrentes, bajo los mismos apercibimientos decretados en auto de citación a juicio oral. NOTIFÍQUESE al acusado PERCY MÁXIMO MARÍN CAPINOA, en su domicilio real CALLE JOSÉ VELA GARCÍA Nª13 – BELÉN (REF. AV. PARTICIPACIÓN CUADRA 26) Sin perjuicio de ello, notifíquese al acusado Percy Máximo Marín Capinoa, mediante EDICTO JUDICIAL Y ELECTRONICO. Enlace Virtual: meet.google.com/jwc-xpue-yuw AGENDA: INSTALACION DE AUDIENCIA.
Iquitos, 3 de junio del 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 04259-2019-9
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, sé dispuso se notifique al acusado: PERCY MAXIMO MARIN CAPINOA, fin de que acuda a la reprogramación de audiencia de Juicio Oral el día 30 de Mayo del 2025 A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, (08:00 a.m..), bajo apercibimiento de Ley, al Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, ubicado en la Calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso – NCPP (Nueva Sede), a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a PERCY MAXIMO MARIN CAPINOA y Otro por el delito de MINERIA ILEGAL; en agravio de Procuraduría Especializada en Delitos Ambientales.
Iquitos, 06 de mayo del 2025
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 01121-2018-96
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Transitorio, sé dispuso se notifique al acusado: JAKER MURAYARI TAPAYURI, fin de que acuda a la reprogramación de audiencia de Juicio Oral el día 16 de Junio del 2025 A HORAS 10.00 de la mañana, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz en caso de inconcurrencia injustificada al Juzgado Penal Colegiado Transitorio, ubicado en la CALLE Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso – NCPP(Nueva Sede), a cargo de la señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, ordenado así en el presente proceso que se le sigue por el delito de FEMINICIDIO; en agravio de Graciela Díaz Curico.
Iquitos, 04 de abril del 2025
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO PENAL
Expediente: N° 00007-2024-32
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprap. Transitorio – Sede Central, a cargo de los señores Magistrados ROBER CHUMBIMUNE PORRAS, TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, SAMUEL MARTIN SOLDEVILLA ESCUDERO, sé dispuso se notifique a la parte agraviada: CLEVER CURICO YAICATE, ordenado así en el presente proceso que se le sigue a ALEXANDER OBERLAN VASQUEZ TORRES y Otro por el delito contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO CON SUB SECUENTE MUERTE; en agravio de CLEVER CURICO YAICATE, III. DECISIÓN Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, el Colegiado Penal Supraprovincial Transitorio de Maynas: FALLA CONDENANDO al acusado ALEXANDER OBERLAN VÁSQUEZ TORRES, cuyas generales de ley obran en la parte introductoria de la presente sentencia en calidad de co autor del delito contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO CON SUB SECUENTE MUERTE, previsto en el primer párrafo, numeral 1) en inmueble habitado; 2) durante la noche; o en lugar desolado; y 4) con el concurso de dos o más personas del artículo 189 del Código Penal; concordante con el último párrafo del artículo 189 del CP; asimismo concordante con el artículo 188 (tipo base) del mismo cuerpo normativo, en agravio de Clever Curico Yacate (occiso) y del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana IIAP. IMPÓNGASE al sentenciado la pena de cadena perpetua, la cual lo cumplirá en el Establecimiento Penal que designe el INPE, computo que se iniciará a partir del día 07 de enero del 2024. SE FIJA la suma de S/ 20, 000.00 a favor del agraviado Clever Curico Yaicate y S/ 5,000.00, a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana respectivamente por concepto de reparación civil. Una vez consentida y/o ejecutoriada que sea la sentencia, se INSCRIBA en el Registro Central de Condenas, remitiéndose el boletín y testimonios respectivos; así como también remitirse copias al RENIEC y DÉJESE copias de la sentencia en el legajo que corresponda, tomándose razón, y se otorgue copias al propio sentenciado. CÚRSENSE los oficios que correspondan para el cumplimiento de la presente sentencia. COSTAS, sin el pago de costas. REMITIR los actuados al Juzgado de Investigación Preparatoria para los fines de ejecución y ARCHÍVESE los actuados en la forma y modo de ley. Dejaron constancia que la presente causa se ha tramitado de manera regular. Siendo Director de debates el señor Juez José Neil Chumbe Silva.
SS.
CHUMBE SILVA
NIÑO DE GUZMAN VILCA
SOLDEVILLA ESCUDERO
Iquitos, 06 de mayo del 2025
V-3(21, 22 y 25)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00286-2025-91-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: CERCEDO HUAMAN, WILDER
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: VILLANUEVA AMASIFUEN, LOISET
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, nueve de abril del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra WILDER CERCEDO HUAMAN, como presunta autora del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de LOISET VILLANUEVA AMASIFUEN. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS, a horas OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA [08:15 a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(21, 22 y 25)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00299-2024-71-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: JABO GALARRETA, FHARLEY
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, JPVG
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, con el Requerimiento de Sobreseimiento que antecede presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, en la causa seguida contra FHARLEY JABO GALARRETA, por la presunta comisión del delito de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con el artículo 344° del Código Procesal Penal, dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal decidirá en el plazo de quince días, si formula acusación o si requiere el sobreseimiento de la causa. Segundo: Que, en el presente caso se tiene que, habiendo dado por concluida la investigación preparatoria, el Fiscal a cargo de la investigación ha decidido requerir al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, por lo que en ese orden de cosas debe procederse de conformidad con el artículo 345° de la norma adjetiva penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Tercero: Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 345º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1.-CORRER TRASLADO a los sujetos procesales el REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO por el PLAZO DE DIEZ DÍAS. Verificado su cumplimiento dese cuenta para la prosecución de la secuela del proceso conforme a ley; y 2.-CÍTESE para el día VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 p.m.), para la realización de la audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, y se instalará con la presencia facultativa de las demás partes. Suscribe el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTFÍQUESE.
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(21, 22 y 25)
Expediente: N° 0868-2020-79
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del 2ª Juzgado Penal Unipersonal Transitorio – Sede Central a cargo de la Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN, sé dispuso se notifique el fallo de sentencia, Resolución número 10, fecha 08 de julio del 2025 al sentenciado: WAGNER MANIHUARI HUANAQUIRI, ordenado así en el presente proceso que se le sigue por el delito de RECEPTACION, en agravio Doris Ines Yaicate Arirama, sentencia parte RESOLUTIVA: DECISIÓN: En consecuencia, apreciando los hechos, la pretensión punitiva formulada por el Ministerio Público, valorando los medios probatorios actuados en la presente causa, la señora Juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas y con la potestad que le confiere la Constitución Política del Perú, RESUELVE: 1) CONDENAR a WAGNER MANIHUARI HUANAQUIRI, como autor de delito contra el PATRIMONIO en la modalidad de RECEPTACION AGRAVADA, previsto y sancionado en el último párrafo del artículo 195° del Código Penal concordante con el artículo 194° tipo base del mismo cuerpo normativo, en agravio de DORIS INES YAICATE ARIRAMA; como tal se le IMPONE CINCO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD con carácter de SUSPENDIDA en su ejecución por el plazo de CUATRO AÑOS, en aplicación del artículo 57° del Código Penal, por lo que durante ese período los sentenciados quedan sujetos a las reglas de conducta establecidas en el artículo 58° del Código Penal. Prohibición de frecuentar determinados lugares; Prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juez; Comparecer mensualmente al juzgado, personal y obligatoriamente, para informar y justificar sus actividades; Reparar los daños ocasionados por el delito o cumplir con su pago fraccionado; Todo ello, bajo apercibimiento de aplicarse cualquiera de las alternativas que el artículo 59° del Código Penal prevé, incluso de revocársele la condicionalidad de la pena, ante el incumplimiento de cualquiera de las reglas de conducta impuestas, disponiéndose su internamiento en el establecimiento penitenciario de esta ciudad. 2) SE FIJA EL PAGO DE UNA REPARACIÓN CIVIL la suma ascendente a TRESCIENTOS SOLES (S/ 300.00, que deberá pagar el sentenciado WAGNER MANIHUARI HUANAQUIRI a favor de la agraviada DORIS INES YAICATE ARIRAMA. 3) DISPONER: Que consentida o ejecutoriada que sea la presente sentencia se expida el respectivo Boletín de Condena. 4) ORDENO la inscripción de la resolución en el Registro correspondiente.
Iquitos, 10 de abril del 2026.
V-3(21, 22 y 25)
EDICTO
Expediente N° 01417-2021-73-1903-JR-PE-02, Especialista de Audiencia: Abg. Ana Chamoli Ruiz
Por disposición Superior del Juez del Juzgado Penal Colegiado Supra Provincial Transitorio de Maynas, cita, llama y emplaza a: LOURDES VERONICA CAPOGRA ALA, en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supra Provincial Transitorio Maynas o conectarse al enlace meet.google.com/ioi-ihmf-ngw, para el día QUINCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A LAS DOCE DELMEDIODIA (12:00 P.M), al haberse dispuesto en el Expediente N° 01417-2021-73-1903-JR-PE-02 seguido contra imputado LOURDES VERONICA CAPOGRA ALA, como presunta autora del delito de TRATA DE PERSONAS – captación, traslado, transporte, acogida y retención con fines de explotación sexual, mediando engaño y abuso de una situación de vulnerabilidad en agravio de A.I.P (21).
Iquitos, 29 de abril del 2026
V-3(21, 22 y 25)