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Cuestión de cumplir

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Son infinitas las posibilidades a las que nos puede llevar el diálogo y los acuerdos que se podrían conseguir para tener una vida de disfrute en este mundo en el cual estamos de paso. Hasta en los países extremos en ideologías se encuentran coincidencias en la administración de sus ciudades que combinan educación con reglas que se cumplen.
Es así que el tema de los vendedores de la zona de La Marina Turística en Bellavista Nanay, recién abierta al público, nos hace recordar experiencias de dos países que visitamos hace varios años, gracias a las bendiciones y existencia de las becas para capacitaciones.
Y cuando nos vimos caminando por una de esas calles angostas de Nueva York en Estados Unidos, por sea el caso, aclarando, no vaya a confundirse con NY del río Tigre, que lo decimos con cariño y humor, de pronto vimos unas casetas rodantes al borde de la pista vendiendo caldo de pollo. Por supuesto que nos sorprendió que la capital económica del mundo en pleno centro de Manhattan tenga venta ambulatoria, y no es todo, unos metros más allá estaba un vendedor ambulante de gorros con su manta en el piso. Eran como las 2:00 pm, volvimos a pasar por la misma zona a eso de las 5:00 pm, y no había nadie, como si nunca hubieran estado ahí. Bueno, actualmente el tema con los inmigrantes venezolanos principalmente se ha vuelto, entendemos, más complicado.
Años después, estando en la Habana, capital de Cuba, paseábamos a eso de las 4:00 pm., por su extenso y turístico Malecón donde se ubicaban un sin número de ambulantes y artistas talentosos ofreciendo su trabajo para recibir las propinas, y cuando volvimos a pasar por el mismo lugar a eso de las 7:00 pm, también nos sorprendió que no había “ni un alma” en condición ambulatoria. ¿Qué pasó? Nada más que acuerdos de horarios que se permite la presencia de personas ganándose la vida, pero con disciplina horaria. Esperamos que en La Marina Turística los vendedores que han sido reubicados en áreas por horas, cumplan y además dejen limpio los espacios. Eso es convivencia urbana – cívica y con respeto.

JUZGADO DE INVESTIGACION

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00317-2023-52-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: LACHUMA SOLSOL, ROSITA
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: LACHUMA SOLSOL, OCMAN ALVARO
ESP. DE AUDIENCIAS: EDGAR AUGUSTO CABRERA VILLASIS
ACTA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION
I.INTRODUCCIÓN. En la ciudad de Nauta, siendo las OCGO HORAS CON CUARENTA Y CUATRO MINUTOS DEL DIA CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS, presente en la Sala de Audiencias, Avocándose al presente proceso el señor Magistrado MARK ANTONY COSTA CASIQUE, Juez del Juzgado de Paz Letrado en adición de Investigación Preparatoria de Nauta, asistido por el especialista de audiencia ABOG. EDGAR AUGUSTO CABRERA VILLASIS, con la finalidad de llevar a cabo la audiencia de REQUERIMIENTO DE CONTROL DE ACUSACION, tramitado en el EXPEDIENTE N° 00317-2023-52-1901-JR-PE-01, en contra de los imputados ROSITA LACHUMA SOLSOL, como presunta autora del DELITO DE LESIONES GRAVES, en agravio de ALVARO OCMAN LACHUMA. La presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, cuya grabación demostrará el modo cómo se desarrolla, conforme lo establece el Art. 361°, numeral 2 del Código Procesal Penal y el Art. 26° del Reglamento General de Audiencias; por tanto, se solicita a los sujetos procesales procedan oralmente a identificarse para que conste en el registro y se verifique la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia. II. IDENTIFICACION DE LOS SUJETOS PROCESALES: MINISTERIO PUBLICO: Dra. YENY LORENA PARI ZAPANA, Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto – Nauta, con domicilio procesal en calle Jorge Bardales Ruiz N° 229 Nauta, con casilla SINOE 50095. Queda registrado en audio. DEFENSOR DE VICTIMAS DE LORETO NAUTA: ABOG. ROBERTO CARLOS OLIVARES VELASQUEZ. Con registro del Colegio de Abogado del Callao N° 7794, con domicilio procesal en calle Manuel Pacaya N° 222-Nauta, con Casilla N° 135079, en representación de la parte agraviada. Queda registrado en audio. III. OCURRENCIA DE AUDIENCIA: JUEZ: Es de precisar que el defensor público Dr. Enrique Maita Quispe se encuentra gozando de su derecho de vacaciones del del 6 de enero al 20 de enero del presente año y en su reemplazo nos estaba apoyando en las audiencias el defensor Público de Requena, se pide razón al especialista de audiencia, ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: buenos días, señor juez, eh señor fiscal, señores abogados, todos presentes, nos hemos comunicado con el defensor público, Dr. JUAN LAM PAJUELO, sin resultado positivo, JUEZ: Gracias, Muy bien, estando a la razón del especialista, se pone a conocimiento de las partes procesales. Señor Fiscal.? FISCAL: Si, señor magistrado, Al ser necesaria la presencia de la defensa publica en este estadio procesal, no sería factible, bueno, la instalación a la presente audiencia, ya que no se ha designado, a la defensa técnica o otra o particular por parte de los acusados. JUEZ: Actor civil. ACTOR CIVIL: en esa misma línea, señor magistrado, y a efecto de evitar nulidades posteriores, creemos conveniente también que se reprograme la misma. JUEZ: A efectos de no seguir dilatando más esta audiencia, la misma va a ser reprogramada en este acto, teniendo en cuenta la agenda judicial que maneja este despacho, para el día VEINTE DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 A HORAS 09:00AM, DE LA MAÑANA. Ante la inconcurrencia de la defensa técnica la parte imputada pues esta audiencia no puede instalarse toda vez que se tiene que garantizar el derecho de que le asiste a todo justiciable en este este caso la parte imputada. Quedando vigente los apercibimientos decretados en la resolución número uno de fecha 27 de mayo del año 2025. 2025. Asimismo, DISPONGO: que se NOTIFIQUE la presente acta al defensor público Dr. Lam Pajuelo, así como como al domicilio procesal del del defensor público adscrito a la Provincia de Nauta, Dr. Luis Enrique Mayta Quispe, que tenga conocimiento de esta reprogramación. SE NOTIFIQUE tanto al imputado y a la agraviada en su domicilio real y de ser el caso mediante edito penal. Queda registrado en audio. FISCAL: CONFORME. ACTOR CIVIL: CONFORME. CONCLUSIÓN: Siendo las 08:56 a.m., se da por concluida la presente diligencia; y por cerrada la grabación del audio.
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5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01468-2025-46-1903-JR-PE-05
JUEZ: ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a la persona de ISRAEL ORACO GREFA en calidad de acusado, a efectos de que tome conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha veintiséis de enero del dos mil veintiséis, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día SEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m., la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3. PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/ywj-bzfy-rev; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos (…) 6. PRECÍSESE que, la única resolución que se cumplirá con notificar a los imputados en sus domicilios reales será la presente, las sucesivas resoluciones serán notificadas únicamente en la casilla electrónica de su abogado defensor (…)”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz – Especialista Judicial de Juzgado.
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5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02537-2025-26-1903-JR-PE-05
JUEZ: ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE y EDICTO JUDICIAL a la persona de GERSON CAMANI URIATE en calidad de acusado, a efectos de que tome conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha diecinueve de enero del dos mil veintiséis, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las OCHO DE LA MAÑANA (08:00 a.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3. PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/pvr-vqme-nnh; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos (…) 6. PRECÍSESE que, la única resolución que se cumplirá con notificar a los imputados en sus domicilios reales será la presente, las sucesivas resoluciones serán notificadas únicamente en la casilla electrónica de su abogado defensor (…)”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz – Especialista Judicial de Juzgado.
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5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03739-2019-71-1903-JR-PE-05
JUEZ: ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO JUDICIAL a las personas de MARLON RODRIGUEZ AMARINGO y DELIA FLORES LINARES en calidad de acusados, a efectos de que tome conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Dos de fecha diecinueve de enero del dos mil veintiséis, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día DIEZ DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3. PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/iik-mddj-ymn; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos (…) 6. PRECÍSESE que, la única resolución que se cumplirá con notificar a los imputados en sus domicilios reales será la presente, las sucesivas resoluciones serán notificadas únicamente en la casilla electrónica de su abogado defensor (…)”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz – Especialista Judicial de Juzgado.
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EXPEDIENTE: 03147-2023-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MOZOMBITE CATASHUNGA JENNIFER
Resolución Nro. 02
Iquitos, 21 de enero del año 2026
En este acto se procede a notificar vía edicto penal a la agraviada: MENOR DE INICIALES J.C.M.M (13), representada por su madre NERY MANUYAMA TAMANI.
Dado Cuenta, el escrito 3225-2026, presentado por el fiscal responsable del proceso, adjuntando el oficio que contiene la disposición fiscal N° 04 de fecha 05/12/2025 disposición de conclusión de la Investigación Preparatoria, ante los señalado; téngase por comunicada dicha disposición. Notifíquese.
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SALA PENAL

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00354-2008-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: APARCANA MACEDO, FERNANDO ROGER
MENDOZA AYON, LUIS CARLOS
RUIZ ARBILDO, ROLANDO
MALDONADO URQUIA, JUAN
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: EL ESTADO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PADRE MARQUEZ
Por el presente, conforme a lo ordenado en el expediente arriba señalado, se ha dispuesto notificar a las partes procesales la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO OCHENTA Y CINCO. Iquitos, treinta de diciembre del año dos mil veinticinco. (…) PROGRAMAR para el día LUNES CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS, a las CUATRO DE LA TARDE (04:00 p.m.), la audiencia para la apertura del nuevo juicio oral a cargo del Colegiado Superior conformado por los magistrados VARGAS ASCUE, PALOMINO PEDRAZA y NOLASCO VELEZMORO de manera virtual a través del aplicativo Google Meet, en el siguiente link: meet.google.com/dkp-xqub-dun. DISPUSIERON se cumpla con notificar a los acusados JUAN MALDONADO URQUIA, LUIS CARLOS MENDOZA AYON y FERNANDO ROGER APARCANA MACEDO, en forma personal, en sus domicilios reales y procesales señalados en autos, sin perjuicio de ser emplazados mediante edicto web y penal (…)
Iquitos, 26 de enero de 2026
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PRESCRIPCION

PUBLICACION PRESCRIPCION
ANTE MI, NOTARIO PÚBLICO FLORENTINO QUISPE RAMOS, CON OFICINA EN JIRÓN MORONA N° 161-163-165 – IQUITOS, NINIVE FLORALBA PEREIRA CASANOVA, HENRRY LUCIO ABREU MUÑOZ, AMPARADOS EN EL ARTICULO 21 DE LA LEY NUMERO 27157, LEY N° 27333 Y D.S. 008-2000-MTC, SOLICITAN SE LEN DECLARE PROPIETARIOS DEL PREDIO UBICADO EN EL AA. HH. SERAFIN FILOMENO II ETAPA MZ I LOTE 11 (ACTUALMENTE JIRON NAPO N° 850), IQUITOS, MAYNAS, LORETO, INSCRITO EN EL CÓDIGO DE PREDIO N° P12013755 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LORETO, INSCRITO A FAVOR DE: ARTEMISA SELVA S.A.C.; CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHO SOBRE DICHA PARTE DEL BIEN INMUEBLE PARA HACERLOS VALER CON ARREGLO A LEY. EDICTO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA AL TITULAR REGISTRAL: ARTEMISA SELVA S.A.C, PARA QUE SE PRESENTEN ANTE LA NOTARIA FLORENTINO QUISPE RAMOS, CON OFICINA EN JIRÓN MORONA N° 161-163-165 – IQUITOS, CON EL FIN DE ENTERARSE DEL PRESENTE TRAMITE DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SOLICITADO POR NINIVE FLORALBA PEREIRA CASANOVA, HENRRY LUCIO ABREU MUÑOZ, SOBRE INMUEBLE ANTES DESCRITO, BAJO APERCIBIMIENTO DE DARSE POR NOTIFICADA Y DAR SU ACEPTACIÓN A DICHO TRÁMITE; LO QUE SE NOTIFICA CONFORME A LEY.
IQUITOS, 26 DE ENERO DEL AÑO 2026.
FLORENTINO QUISPE RAMOS
ABOGADO – NOTARIO DE MAYNAS
V-3(28, 03 y 06)F/12657
S/ 138.00

JUZGADO PENAL

EDICTO PENAL
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00225-2023-93-1903-JR-PE-04
NOTIFICA: ROMERO FLORES HECTOR EDU y PEÑA RODRIGUEZ MILENIA ROSA
Resolución N° 01
Iquitos, 14 de marzo del 2025. CORRE TRASLADO a los sujetos procesales con el requerimiento fiscal por el plazo de 10 días hábiles a fin que procedan en conformidad con la anterior norma acotada. CITESE A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día 29 DE ENERO DEL 2026 A LAS 12:00 HORAS, la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual mediante el siguiente enlace de conexión: https://meet.google.com/vvu-cqsq-yfc
V-3(28, 29 y 30)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00380-2025-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: PAREDES CANCINO KELLY INGRID
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: REATEGUI IRARICA, SEGUNDO ROGELIO
DELITO: EL QUE TIENE ACCESO CARNAL POR VÍA VAGINAL, ANAL O BUCAL…. POR ALGUNA DE LAS DOS PRIMERAS VÍAS CON UN MENOR DE 14 AÑOS…
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, LASC – REPRESENTANTE LEGAL: EMELINDA CUMAPA IJUMA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, doce de noviembre del año dos mil veinticinco.
Por estas consideraciones SE RESUELVE: 1. RECEPCIONAR la comunicación Fiscal contenida en la Disposición Número cuatro, mediante el cual se dispone FORMALIZAR Y CONTINUAR LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, expedida por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Loreto – Nauta, en merito a la investigación seguida contra SEGUNDO ROGELIORETEGUI IRARICA, como presuntos autor del Delito contra la libertad Sexual en la modalidad VIOLACION SEXUAL A MENOR DE EDAD , ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 173° del código penal, por el plazo de CIENTO VEINTE DIAS naturales, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado SEGUNDO ROGELIO REATEGUI IRARICA, quien se encuentra obligada a concurrir a las diligencias que se decreten dentro el proceso, siempre y cuando sea necesaria su asistencia, bajo apercibimiento de ser Conducidos compulsivamente por la Policía. 3. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la Investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del Caso, para su revisión, expedición de copias simples o certificadas u otros fines que correspondan. 4. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del Juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el Domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá valido la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el Mismo día de expedida la resolución. 5. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico, casilla electrónica para la notificación de las Resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y Será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 6. EXHORTAR al abogado defensor del imputado su obligación de asistir a las citaciones Judiciales, a las audiencias, bajo apercibimiento de ser excluido y sustituido por abogado defensor público, en los casos previstos taxativamente en la ley. La misma obligación corresponde al abogado defensor público, bajo apercibimiento de aplicarle las medidas disciplinarias que correspondan. 7. NOTIFICAR la presente resolución al imputado y al agraviado sólo por esta vez en su Domicilio real (salvo que hayan fijado domicilio procesal), y al Ministerio Público en su sede Institucional. NOTIFÍQUESE. Sin perjuicio de notificar vía edicto.
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EDICTO
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02906-2025-78-1903-JR-PE-02
JUEZ: TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,
IMPUTADO: RENGIFO SIQUIHUA, HERMOGENES
DELITO: VIOLACION SEXUAL
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, ACLP 14
SE EMPLAZA A RENGIFO SIQUIHUA, HERMOGENES
Resolución Nro. 03
Iquitos, 23 de enero del 2026.
Autos y Vistos la solicitud de actuación de prueba anticipada consistente en entrevista única en cámara Gessell, en el proceso seguido contra Hermogenes Rengifo Siquihua como presunto autor de delito contra la libertad sexual – Violación Sexual de Menor de Edad, previsto en el artículo 173, del Código Penal, en agravio de A.C.L.P. (14) Por lo que, se resuelve: ADMITIR la actuación de prueba anticipada consistente en la entrevista única en cámara Gessel de la agraviada A.C.L.P. (14) representada por Gisela Lavi Prada. CÍTESE a audiencia de actuación de prueba anticipada para el 02 de marzo de 2026 a las 10:00 horas, la que se realizará presencialmente para las partes en los ambientes de cámara Gesell del Ministerio Público, para lo cual deberán tomar las previsiones correspondientes. En tanto la judicatura participará virtualmente a través del enlace del google meet: meet.google.com/dws-ivpg-uwo, dicha diligencia deberá contar con la presencia obligatoria del Fiscal Penal, el Fiscal de Familia, el psicólogo o psicóloga que facilitará la diligencia, el abogado del investigado, bajo apercibimiento de aplicarse los apremios del artículo 85 del CPP para el fiscal penal y el abogado del imputado; en caso de inconcurrencia y, además, de tenerse por abandonado el requerimiento y disponerse el archivo definitivo en caso de inconcurrencia del fiscal penal y de la agraviada. Notificándose.
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EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03031-2025-26-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,
IMPUTADO: GALAN GARCIA, BERONICA
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, MAFG 15
SE EMPLAZA A GALAN GARCIA, BERONICA
RESOLUCION N° 02
Iquitos, 23 de enero del 2026.
DADO CUENTA de la revisión de autos; SE ADVIERTE que el requerimiento de Terminación Anticipada fue puesto a conocimiento de las partes procesales, mediante resolución número uno, de fecha 19 de octubre del 2025, por el plazo de cinco días, el cual a la fecha se encuentra vencido; por lo que, siendo el estado del proceso: CÍTESE, por única vez, a la AUDIENCIA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA, de carácter privada, la cual se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicado en calle Grau N° 720 – Segundo Piso, para el día TRECE DE MARZO DEL AÑO 2026, A HORAS DOS DE LA TARDE, y se instalará con la asistencia obligatoria del Señor Fiscal, del imputado y su abogado defensor. en caso de inasistencia injustificada se desestimará el pedido fiscal, procediéndose con el archivo definitivo del cuaderno incidental, siendo facultativa la concurrencia de los demás sujetos procesales. Notifíquese.
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JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00284-2023-86-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL NAUTA
PROCURADOR PUBLICO : PROCURADOR DE ORDEN PUBLICO
IMPUTADO: SALINAS GUERRA, JIKEY
DELITO: HURTO AGRAVADO
AGRAVIADO: TRASPORTE EDUARDO SAC
GOMEZ SALDAÑA, GUERIN
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Nauta, veintidós de setiembre Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; con la razón del especialista Téngase Presente, y siendo el estado del presente proceso, SE DISPONE: DIFERIR la diligencia de Audiencia de Requerimiento Mixto del proceso DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL Y SOBRESEIMIENTO para el día JUEVES DIECINUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12.00 P.M), la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
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EDICTO PENAL
Mediante acta de audiencia de fecha 13 de enero del 2026, el señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al señor FRANK LEWIS MELENA SALINAS sobre la reprogramación de la audiencia para el día 07 DE JULIO DEL 2026 A HORAS 10:20 AM, a fin de llevar a cabo el juicio oral en el Expediente N° 01115-2020-29-1903-JR-PE-05, del proceso seguido en contra de FRANK LEWIS MELENA SALINAS Y OTROS, por la presunta comisión del delito de RESPONSABILIDAD POR INFORMACIÓN FALSA CONTENIDA EN INFORMES, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 314° B del Código Penal y por el delito de TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES Artículo 310°-A del Código Penal, en agravio del ESTADO, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, sito en el Tercer Piso de esta Sede de Corte, ubicado en Av. Grau N° 720-Iquitos, bajo el apremio de DECLARARSE REO CONTUMAZ al acusado en caso de inconcurrencia injustificada.
V-3(28, 29 y 30)

EDICTO
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS
EXPEDIENTE: EXP. N° 1236-2024-0-1903-JR-PE-01
JUECES: ANA ELIZABETH SILVA MORE
ESPECIALISTA: ERICK EDWIN SOLSOL CESPEDES
Por el presente, la jueza del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente N° 1236-2024-0-1903-JR-PE-01, se dispuso citar, llamar y emplazar a la imputada THALIA KATIUSCA LUCANO PANDURO y a la agraviada DIANA MASSIEL CELIS GUERRA, debiendo concurrir a la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos, a fin de llevar a cabo audiencia de vista de la causa el día DIEZ DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISEIS A LAS OCHO Y VEINTE HORAS (10/02/2026 – 08:20 AM), y excepcionalmente de manera virtual a través del enlace: https://meet.google.com/hvu-tvnh-cye; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, conforme el inciso 4 del artículo 355 del Código Procesal penal.
V-3(28, 29 y 30)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03147-2023-78-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MOZOMBITE CATASHUNGA JENNIFER
En este acto se procede a notificar vía edicto penal a la agraviada: MENOR DE INICIALES J.C.M.M (13), representada por su madre NERY MANUYAMA TAMANI.
Resolución Nro. 01
Iquitos, 21 de enero del 2026.
Dado Cuenta el escrito 3227-2023 presentado por el fiscal responsable del proceso quien presenta Requerimiento Fiscal de Acusación Directa y, conforme a lo dispuesto en el artículo 350 del Código Procesal Penal, CORRASE TRASLADO a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae citado artículo. Notificándose.
V-3(28, 29 y 30)

EXP. 2260-2023-91-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
Por disposición superior del a señora Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal- Flagrancia, OAF y CEED, de Maynas, cita llama y emplaza al acusado STEVE ANTONI AQUITUARI CHAVEZ, debiendo concurrir a la audiencia de JUICIO ORAL en la sala de audiencia del Tercer Juzgado Penal Unipersonal- Flagrancia, OAF y CEED, de Maynas el CINCO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS (05/03/2026) a horas DOCE Y VEINTE DEL MEDIO DIA (12:20 AM), la audiencia virtual se desarrollará con la PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA de los sujetos procesales convocados, quienes deberán acceder al enlace https://meet.google.com/qwi-rkci-hhi en el día y hora indicada; para ello, deberán contar con un correo electrónico Gmail. Alternativamente se podrá utilizar otros medios de comunicación múltiple, previa coordinación con el auxiliar jurisdiccional que asista a la audiencia, bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES en caso de inconcurrencia
Iquitos, 19 de enero de 2026.
V-3(28, 29 y 30)

SUCESIONES

SUCESIÓN INTESTADA
ANTE MI, NOTARIO FLORENTINO QUISPE RAMOS, CON OFICINA EN EL JIRÓN MORONA Nº 161 – IQUITOS, MARJHORIE JULIANA ESPIRITU LAY, CONYUGE SUPERSTITE, POR DERECHO PROPIO Y EN REPRESENTACION DE MI MENOR HIJO EVANS DAYIRO PEÑAHERRERA ESPIRITU, Y DE LOS HEREDEROS MENORES DE EDAD: OZIEL PEÑAHERRERA CATANGA, CON DNI Nº79210553, LIAM ISMAEL PEÑAHERRERA CHAMBI, CON DNI Nº78692057 SOLICITA SUCESIÓN INTESTADA DE CELSO ARMANDO PEÑAHERRERA IBARAN, FALLECIDO EL 02/08/2025; FALLECIDO EN SU ÚLTIMO DOMICILIO EN CALLE JOSE GALVEZ N°303, IQUITOS, MAYNAS, LORETO; LO QUE SE HACE SABER PARA LOS FINES PERTINENTES DE LEY.
IQUITOS, 16 DE ENERO DEL 2026.
FLORENTINO QUISPE RAMOS
ABOGADO – NOTARIO DE MAYNAS
V-1(28)F/12657
S/ 24.00

SUCESION INTESTADA
Ante mi oficio Notarial ubicado en Jirón Ucayali Nº 134 – Iquitos, KARINA TORRES CALAMPA, solicita la SUCESIÓN INTESTADA de: MERCEDES CALAMPA PACAYA (DNI Nº 05840805), fallecida en Punchana – Maynas – Loreto, el 10 de Febrero de 2020. Lo que se publica a efecto de los que tengan vocación hereditaria se apersonen dentro del plazo de 15 días útiles.
Iquitos, 16 de noviembre de 2025.
SANTIAGO RAFAEL CARDENAS VILLACORTA
ABOGADO – NOTARIO DE IQUITOS
V-1(28)F/12658
S/ 20.00

JUZGADO UNIPERSONAL

JUZGADO UNIPERSONAL-Nauta I
EXPEDIENTE: 00300-2024-83-1901-JR-PE-01
JUEZ: ROBERT LUIS CHUMBIMUNE
ESPECIALISTA: ADRIANA SCHEHERAZADE ESTRADA FERNANDEZ
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO – NAUTA
IMPUTADO: JENCY HELEN GARCÍA SORIA
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADA: LLULIANA IVONE SORIA SANDI
El JUZGADO MIXTO UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE LORETO NAUTA, que despacha el/la Señor (A) Magistrado (A) CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS, Asistido por la Especialista Judicial ESTRADA FERNANDEZ ADRIANA SCHEHERAZADE, se dispone notificar VIA EDICTO, el ACTA DE AUDIENCIA de fecha 27 de enero del año dos mil veintiséis; SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO PARA EL DÍA LUNES NUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, DEBIÉNDOSE NOTIFICAR AL ACUSADO EN SU DOMICILIO QUE SE HA SEÑALADO EN EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN Y A LA AGRAVIADA, SIN PERJUICIO DE ELLO TAMBIÉN SE NOTIFIQUE POR EDICTO, TENIENDO EN CUENTA QUE ESTAMOS ANTE UN DOMICILIO EN UNA COMUNIDAD UN POCO ALEJADA Y A FIN DE NO SEGUIR PRORROGANDO LAS AUDIENCIAS, SE NOTIFIQUE DE IGUAL MANERA POR EDICTO PENAL. NOTIFÍQUESE con la presente resolución y la citación a juicio a los siguientes sujetos procesales, bajo los apercibimientos de ley: Al acusado JENCY HELEN GARCÍA SORIA, en su domicilio real PASAJE MI PERU S/N (REF. ALTURA DE LA CRUZ DEL CALVARIO) – NAUTA – LORETO LORETO, y domicilio según RENIEC: LOTIZADORA LOS NOGALES, MZ. D – LOTE 04 – HUARAL – HUARAL – LIMA, así como mediante Edicto Penal y Edicto Electrónico; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada.
Abog. ROBERT LUIS CHUMBIMUNE PORRAS
Juez del Juzgado Mixto Unipersonal
V-3(28, 29 y 30)

1° JUZGADO UNIPERSONAL-Sede Central
EXPEDIENTE: 00583-2014-55-1903-JR-PE-01
JUEZ: VASQUEZ HUAMAN JHOVANY
ESPECIALISTA: CASTRO HUAMAN VERONICA ATENAS
MIN. PUBLICO: 5TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
IMPUTADO: SAENZ GUERRA, RONALD HAMILLTON
DELITO: COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD,
EDICTO PENAL
Por el presente, el 1° JUZGADO UNIPERSONAL DE MAYNAS, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00583-2014-55-1903-JR-PE-01, se dispuso notificar al ACUSADO SAENZ GUERRA, RONALD HAMILLTON, con el contenido de la RESOLUCIÓN N° 13 de fecha 22/01/2026; mediante el cual se dispone: (…) DESIGNAR AL DEFENSOR PÚBLICO JORGE FRANCISCO TORRES SIAS como su abogado defensor, debiendo comunicarse con el mismo para los fines pertinentes, señalando el correo institucional del referido abogado jorge.torres@minjus.gob.pe, con dirección procesal en calle SARGENTO LORES N° 702 – DIRECCIÓN DISTRITAL DE LA DEFENSA PÚBLICA, LORETO . (…), NOTIFIQUESE.
Iquitos, 27 de enero de 2026.
V-3(28, 29 y 30)

1° JUZGADO UNIPERSONAL-Sede Central
EXPEDIENTE: 00583-2014-55-1903-JR-PE-01
JUEZ: VASQUEZ HUAMAN JHOVANY
ESPECIALISTA: CASTRO HUAMAN VERONICA ATENAS
MIN. PUBLICO: 5TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
IMPUTADO: SAENZ GUERRA, RONALD HAMILLTON
DELITO: COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD,
EDICTO PENAL
Por el presente, el 1° JUZGADO UNIPERSONAL DE MAYNAS, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00583-2014-55-1903-JR-PE-01, se dispuso notificar al ACUSADO SAENZ GUERRA, RONALD HAMILLTON, con el contenido de la RESOLUCIÓN N° 13 de fecha 22/01/2026; mediante el cual se dispone: (…) DESIGNAR AL DEFENSOR PÚBLICO JORGE FRANCISCO TORRES SIAS como su abogado defensor, debiendo comunicarse con el mismo para los fines pertinentes, señalando el correo institucional del referido abogado jorge.torres@minjus.gob.pe, con dirección procesal en calle SARGENTO LORES N° 702 – DIRECCIÓN DISTRITAL DE LA DEFENSA PÚBLICA, LORETO . (…), NOTIFIQUESE.
Iquitos, 27 de enero de 2026.
V-3(28, 29 y 30)

1° JUZGADO UNIPERSONAL-Sede Central
EXPEDIENTE: 00583-2014-55-1903-JR-PE-01
JUEZ: VASQUEZ HUAMAN JHOVANY
ESPECIALISTA: CASTRO HUAMAN VERONICA ATENAS
MIN. PUBLICO: 5TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
IMPUTADO: SAENZ GUERRA, RONALD HAMILLTON
DELITO: COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD,
EDICTO PENAL
Por el presente, el 1° JUZGADO UNIPERSONAL DE MAYNAS, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00583-2014-55-1903-JR-PE-01, se dispuso notificar al ACUSADO SAENZ GUERRA, RONALD HAMILLTON, con el contenido de la RESOLUCIÓN N° 13 de fecha 22/01/2026; mediante el cual se dispone: (…) DESIGNAR AL DEFENSOR PÚBLICO JORGE FRANCISCO TORRES SIAS como su abogado defensor, debiendo comunicarse con el mismo para los fines pertinentes, señalando el correo institucional del referido abogado jorge.torres@minjus.gob.pe, con dirección procesal en calle SARGENTO LORES N° 702 – DIRECCIÓN DISTRITAL DE LA DEFENSA PÚBLICA, LORETO . (…), NOTIFIQUESE.
Iquitos, 27 de enero de 2026.
VERONICA ATENAS CASTRO HUAMAN
ESPECIALISTA DE JUZGADO
MODULO PENAL CENTRAL
V-3(28, 29 y 30)

Presuntos traficantes de tierras siembran terror

  • Para apoderarse de predio en la carretera Iquitos–Nauta.

Un grave hecho de violencia vinculado al presunto tráfico de terrenos se registró en el kilómetro 4 de la carretera Iquitos–Nauta, a la altura de los predios del IIAP, donde un grupo de aproximadamente quince individuos armados habría intentado amedrentar a un trabajador con el fin de forzar la invasión de un fundo.
Según la denuncia, los sujetos interceptaron al guardián del predio mientras realizaba sus labores de vigilancia, lo redujeron y posteriormente ingresaron de manera ilegal al terreno. Durante el ataque, realizaron varios disparos contra la vivienda que el trabajador custodia, causando pánico y poniendo en serio riesgo su vida.
Además del amedrentamiento, los agresores sustrajeron dinero en efectivo por un monto aproximado de 3,600 soles, así como un balón de gas y un equipo de sonido. Antes de retirarse, los sujetos habrían advertido al guardián que sería asesinado si no facilitaba la entrega del terreno en un próximo intento de ocupación ilegal.
El trabajador afectado formalizó la denuncia ante las autoridades, señalando que este hecho respondería a una estrategia violenta para apropiarse del predio, una modalidad recurrente en casos de tráfico de tierras en zonas periféricas de la ciudad.
Producto del ataque, el guardián tuvo que cubrir un orificio dejado por los disparos en la pared de la vivienda utilizando una plancha de calamina. Sin embargo, continúa viviendo bajo constante temor ante una posible reaparición de los agresores, situación que incluso lo ha llevado a evaluar abandonar su puesto laboral para salvaguardar su integridad física.
Las investigaciones ya están en manos de la Policía, mientras vecinos y trabajadores de la zona exigen mayor presencia policial para frenar este tipo de actos delictivos. (C. Ampuero)

Órgano colegiado reafirma su compromiso con una justicia célere y eficiente

Primera Sala Penal de Apelaciones emitirá más de treinta sentencias en el primer mes del año
La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto presidida por el Dr. Carlos Alberto Del Píélago Cárdenas inicia el año judicial con una destacada producción jurisdiccional, al proyectar la emisión de más de treinta sentencias antes del cierre del mes de enero, reflejando un trabajo coordinado, sostenido y eficiente en la resolución de procesos penales en segunda instancia.
Este importante resultado es fruto de la planificación estratégica del despacho colegiado, así como del esfuerzo articulado de magistrados y personal jurisdiccional, orientado a garantizar decisiones oportunas, debidamente motivadas y acordes con los principios del debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva en el marco del Código Procesal Penal.
Las sentencias que corresponden a delitos como conducción en estado de ebriedad, peculado, difamación, violación sexual de menor de edad, usurpación, receptación, entre otras, evidencian el firme compromiso de la Primera Sala Penal de Apelaciones con la reducción de la carga procesal; ello sin considerar la atención en los plazos señalados por Ley de los recursos impugnatorios interpuestos por las partes, contribuyendo de manera directa al a dinámica del sistema de justicia.
La Corte Superior de Justicia de Loreto reafirma su vocación de servicio y su objetivo institucional de brindar una justicia accesible, transparente y eficiente, en beneficio de la población loretana y del adecuado funcionamiento del sistema judicial en la región.

Presidente de la Corte y congresista articulan esfuerzos para implementación del SNEJ en Loreto

Ante la urgente necesidad de garantiza una respuesta efectiva frente a los casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Dr. Reynaldo Elías Cajamarca Porras sostuvo una reunión de coordinación con el congresista de la República, Jorge Morante Figari.
Durante el encuentro, ambas autoridades abordaron como punto central la necesidad de continuar impulsando la implementación en Loreto del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – SNEJ, iniciativa que permitirá mejorar la atención oportuna, especializada y articulada de este tipo de casos, priorizando la protección de las víctimas.
La reunión se sustenta en las gestiones iniciadas durante el año 2025 ante la entonces Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, orientadas a poner en marcha de este sistema especializado, el cual busca garantizar la interoperabilidad entre las instituciones que conforman el sistema de justicia, tales como el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, la Defensa Pública, los Centros Emergencia Mujer, la Unidades de Protección Especial y demás actores clave.
En ese contexto, la implementación del SNEJ en la región Loreto se alineará con las acciones que la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva viene ejecutando con resultados óptimos desde su puesta en funcionamiento de en septiembre de 2025, ya que hasta el 31 de diciembre del 2025 se han registrado centenares de casos de violencia doméstica, lo que pone en evidencia la necesidad de reforzar los mecanismos de prevención, protección y sanción.
El presidente de Corte resaltó la importancia del respaldo del Congreso de la República para concretar esta iniciativa, mientras que el congresista Morante reafirmó su compromiso de apoyar las acciones que permitan garantizar mediante herramientas tecnológicas como esta, la efectividad en la búsqueda de justicia.
Esta coordinación interinstitucional es un paso determinante para hacer realidad el sistema nacional, que beneficiará de las víctimas de violencia familiar en la región Loreto.