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JUZGADO PENAL

EDICTO
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03941-2025-97-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA,
IMPUTADO: VILLAVERDE RENGIFO, LUIS RICARDO
DELITO: ACOSO SEXUAL
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES ALGS,
SE EMPLAZA A VILLAVERDE RENGIFO, LUIS RICARDO Y MENOR DE INICIALES ALGS,
REPRESENTADA POR MAGLIN GUZMN ZUMAETA
RESOLUCIÓN N.° 01
Iquitos, 26 de noviembre del 2025
DADO CUENTA, con el requerimiento de Prueba Anticipada, presentado por la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Maynas solicitando la realización de la declaración testimonial del agraviado A.L.G.S. (09) a través de la técnica de Entrevista Única de Cámara Gesell. Al respecto, al tratarse de un hecho delictivo por la presunta comisión del delito de ACOSO SEXUAL, Ilícito Penal previsto y sancionado en el artículo 151-A del Código Penal, por lo que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria dispone: 1. ADMITIR A TRÁMITE el presente requerimiento de PRUEBA ANTICIPADA Y CÓRRASE TRASLADO por el plazo de DOS DÍAS dicho requerimiento; a los Sujetos Procesales, y a la parte Agraviada, para que presenten sus consideraciones respecto a la prueba anticipada solicitada, los mismos que se darán cuenta en audiencia. 2. CONVOCAR A LA DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA, para el día 03 DE JUNIO DEL AÑO 2026, A HORAS 3:30 DE LA TARDE, la misma que se llevara a cabo de forma virtual, al siguiente enlace: meet.google.com/mjy-rswa-pqu, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada del abogado defensor de excluirlo de la defensa.
V-3(03,04 y 05)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03855-2025-83-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MOZOMBITE CATASHUNGA JENNIFER
En este acto, se procede a notificar vía edicto al imputado REYNA MANIHUARI NIL CRONER.
RESOLUCIÓN NÚMERO 02
Iquitos, 30 de enero del 2026.-
DADO CUENTA, con los escritos N° 5105-2026 y 5900-2026 y al estado actual del presente cuaderno, y de conformidad con el inciso 1 del artículo 351 del Código procesal Penal, así mismo, no han presentado escritos y el plazo otorgado se ha vencido: CITESE a audiencia preliminar de Control del Requerimiento Fiscal de Acusación, para el día 17 DE FEBRERO DEL 2026 A HORAS 11:00 am, la misma que se realizara de Forma Presencial, en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicado en la calle Mariscal Cáceres con Calle Moore, o de forma excepcionalmente en forma virtual bajo el link de conexión https://meet.google.com/ept-fpfm-fka con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento de informarse a la oficina de Control Interno del Ministerio Público, para el fiscal, y de ponerse en conocimiento del Ministerio de Justicia de Lima para el segundo, en caso de defensor público, y de ser reemplazado por otro abogado, conforme lo estipula el art. 85.2 del CPP y si fuera abogado particular, ser sancionado conforme lo el art. 85.3 del CPP (multa de una unidad de referencia procesal), en caso de inasistencia injustificable.
V-3(03,04 y 05)

SALA PENAL

EXPEDIENTE: 01404-2013-13-1903-JR-PE-04
ESPECIALISTA: SONIA PATRICIA GUTIÉRREZ TAFUR
IMPUTADOS:WILSON RENGIFO HUALINGA
ALEX LEONARD CHUQUIPIONDO GUERRA
RAÚL ÁNGEL REÁTEGUI MURRIETA
PABLO SANTILLÁN LÓPEZ
GUILLERMO NORONHA SALAZAR
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: EL ESTADO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
TROMPETEROS
SENTENCIA DE VISTA
Por disposición superior, NOTIFIQUESE al imputado WILSON RENGIFO HUALINGA, la resolución número veintiocho de fecha 30 de enero del 2026 (SENTENCIA DE VISTA), que resuelve: DECLARAR PRIMERO: INFUNDADAS LAS APELACIONES formuladas por la defensa técnica de WILSON RENGIFO HUALINGA, por GUILLERMO NORONHA SALAZAR Y SU DEFENSA TÉCNICA, por ALEX LEONARD GUERRA CHUQUIPIONDO; y, por PABLO SANTILLÁN LÓPEZ, en contra de la sentencia contenida en la Resolución Número Diez de ocho de mayo de dos mil veintitrés que CONDENA a 1. WILSON RENGIFO HUALINGA en calidad de autor. 2. ALEX LEONARD CHUQUIPIONDO GUERRA en calidad de autor. 3. RAUL ANGEL REATEGUI MURRIETA en calidad de cómplice primario. 4. PABLO SANTILLAN LOPEZ en calidad de cómplice primario; los acusados mencionados son condenados por la comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de PECULADO DOLOSO AGRAVADO, en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Pública Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios constituida en actor civil. IMPONE a los condenados antes mencionados la pena de OCHO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA, la misma que los sentenciados deberán cumplir en el establecimiento penal de varones que designe el INPE, para lo cual deberá cursarse el oficio correspondiente. IMPONE UNA INHABILITACIÓN POR EL MISMO PERIODO DE LA CONDENA contra los sentenciado, en el caso de los sentenciados que consiste en lo señalado en el numeral 1) Privación de la función, cargo o comisión que ejercía el condenado, aunque provenga de elección popular, y numeral 2) Incapacidad para obtener mandato, cargo, empico o comisión de carácter público, del Artículo 36° del Código Penal. CONDENA GUILLERMO NORONHA SALAZAR CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN POR EL PERIODO DE TRES ANOS, bajo la estricta Prohibición de ausentarse del lugar de su residencia sin autorización del Juez. 1. Comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado para informe y justificar sus actividades. 3. Reparar los daños ocasionados por el delito, esto es el cumplimiento del pago íntegro de la reparación civil dentro del periodo de suspensión de la pena, a favor de la parte agraviada, 4. No volver a cometer nuevo delito de Peculado u otros contra la Administración Pública. DECLARA fundado en parte la REPARACIÓN CIVIL solicitada por el actor civil fijándose en SEISCIENTOS TREINTA MIL SOLES [S/. 630,000.00], monto que deberán pagar los condenados a favor de la parte agraviada constituida en actor civil; esto de la siguiente forma: S/. 30,000.00 soles que deberá pagar el sentenciado Guillermo Noronha Salazar, y la suma de S/. 150,000.00 soles los sentenciados Wilson Rengifo Hualinga, Alex Leonard Guerra Chuquipiondo y Pablo Santillán López, esto es cada uno; todos ellos a favor del Estado Peruano representado por la Procuraduría Pública Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios. Pagos que deberán realizar los acusados mediante deposito al Banco de la Nación. CONFIRMA LA APELADA a excepción de lo referido respecto de RAÚL ÁNGEL REÁTEGUI MURRIETA. DISPONE SE DÉ INMEDIATO CUMPLIMIENTO a la pena privativa de libertad dispuesta contra WILSON RENGIFO HUALINGA, ALEX LEONARD GUERRA CHUQUIPIONDO y PABLOS SANTILLÁN LÓPEZ, DISPONE la búsqueda, ubicación captura e internamiento de los mismos en el establecimiento penal de varones de esta ciudad, oficiándose. SEGUNDO: FUNDADA LA APELACIÓN formulada por RAÚL ÁNGEL REÁTEGUI MURRIETA contra la sentencia contenida en la Resolución Número Diez de ocho de mayo de dos mil veintitrés que lo condena como cómplice primario del delito contra la Administración Pública en la modalidad de PECULADO DOLOSO AGRAVADO, en agravio del Estado Peruano. REVOCA la misma en este extremo, REFORMÁNDOLO ABSUELVE a RAÚL ÁNGEL REÁTEGUI MURRIETA de la acusación fiscal y del pago de la reparación civil. ANULENSE los antecedentes policiales, penales y judiciales que se hallan generado en su contra a consecuencia del presente proceso, oficiándose. TERCERO: REMÍTASE al Ministerio Público copia de esta sentencia y del Informe pericial contable N° 026-2014-FPCEDCF/LARR-2506015500-2013-167-0 a fin de que procedan respecto de MODESTO MARÍN ARÉVALO de acuerdo a sus atribuciones PÓNGASE la presente sentencia en conocimiento de todas las autoridades que correspondan, oficiándose. Léase, notifíquese y publíquese.
S.S.
DEL PIÉLAGO CÁRDENAS
PALOMINO PEDRAZA
NOLASCO VELEZMORO
V-3(03,04 y 05)

JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO JUDICIAL (RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO)
Expediente N° 01672-2025-0-1903-JP-CI-04, Juzgado De Paz Letrado De Punchana, a solicitud de CHRISTIAN HERMAN TORRES PANAIFO, JORGE WILLIAM TORRES PANAIFO, WILSON DANIEL TORRES PANAIFO, TANIA TORRES PANAIFO Y CLINTON TORRES PANAIFO, sobre rectificación de acta de nacimiento, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NRO. 01, de fecha 30 de setiembre de 2025. Parte pertinente: “… SE RESUELVE: A) ADMITIR a trámite la solicitud efectuada por CHRISTIAN HERMAN TORRES PANAIFO, JORGE WILLIAM TORRES PANAIFO, WILSON DANIEL TORRES PANAIFO, TANIA TORRES PANAIFO Y CLINTON TORRES PANAIFO, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la VÍA NO CONTENCIOSA. Por ofrecidos los medios probatorios. B) PUBLÍQUESE por única vez, un extracto de la solicitud de rectificación de acta de nacimiento, de conformidad a lo regulado en el artículo 828° del Código Procesal Civil, además de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000001-2024-CEPJ, de fecha 18 de enero de 2024, concordante con el Art. 167° y 168° del Código Adjetivo, además del Diario de mayor circulación de la ciudad, debiendo cumplir la parte solicitante con efectuar el pago que corresponde para tal acto procesal de conformidad con la Cuadro de Valores Arancelarios del Poder Judicial – 2024. C) Notifíquese al Ministerio Público con la presente resolución.”
Abg. MARIA INES DIAZ LOZANO
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Punchana
V-1(03)F/ 13670
S/ 46.00

UNION DE HECHO

UNIÓN DE HECHO
ANTE MÍ, MARCO ANTONIO VELA MARROQUÍN, NOTARIO DE MAYNAS, CON OFICINA EN JIRÓN RICARDO PALMA 456 – IQUITOS; SE HAN PRESENTADO JORGE ATILIO HUAYMACARI MANUYAMA CON DNI N° 10636306 Y LOURDES RAMIREZ HUATATUCA CON DNI N° 44087614, SOLICITANDO EN APLICACIÓN DE LO QUE DISPONE LA LEY NÚMERO 29560, DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO, POR HABER CONVIVIDO VOLUNTARIAMENTE POR MAS DE VEINTE (20) AÑOS,EN FORMA CONTINUA Y LIBRE DE IMPEDIMENTO MATRIMONIAL, TENIENDO COMO DOMICILIO COMÚN EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE BUENOS AIRES N° 24, DISTRITO DE PUNCHANA, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO. LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES PERTINENTES DE LEY.
IQUITOS, 30 DE ENERO DE 2026
MARCO ANTONIO VELLA MARROQUIN
NOTARIO DE IQUITOS MAYNAS
V-1(03)F/12671
S/ 26.00

JUZGADO UNIPERSONAL

EDICTO
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS
EXPEDIENTE: EXP. N° 4516-2019-87-1903-JR-PE-05
JUECES: ANA ELIZABETH SILVA MORE
ESPECIALISTA: ERICK EDWIN SOLSOL CESPEDES
Por el presente, la jueza del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente N° 4516-2019-87-1903-JR-PE-05, se dispuso citar, llamar y emplazar a los acusados MAGNO ORBE HERRERA y DENILSON MARCEL DEL CASTILLO MOZOMBITE, debiendo concurrir a la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos, a fin de llevar a cabo audiencia de vista de la causa el día NUEVE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTISEIS A LAS DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS (09/04/2026 – 10:40 AM), y excepcionalmente de manera virtual a través del enlace: https://meet.google.com/zxd-oqrd-xvt; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, conforme el inciso 4 del artículo 355 del Código Procesal penal.
V-3(03,04 y 05)

Zapatillas de caña alta vs baja: cómo elegir el par ideal

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Elegir entre zapatillas de caña alta vs baja va mucho más allá de una decisión estética. La altura de la caña influye directamente en la estabilidad, la comodidad, la ventilación y el tipo de soporte que recibe el tobillo, aspectos clave según el uso que les des en tu rutina diaria o deportiva.

Antes de decidir, conviene analizar factores como el terreno, la intensidad de la actividad y tu experiencia previa usando determinado tipo de calzado. Hoy existen opciones pensadas tanto para contextos urbanos como para prácticas más exigentes, y tiendas especializadas como The Drop Zone facilitan comparar modelos según cada necesidad.

Diferencias clave entre caña alta y caña baja

Aunque ambas opciones cumplen funciones específicas, sus características responden a usos distintos. Entenderlas facilita una compra más acertada.

Zapatillas de caña alta

Las zapatillas de caña alta cubren completamente el tobillo, ofreciendo mayor sensación de sujeción y protección. Son habituales en deportes con cambios bruscos de dirección y en actividades donde el terreno es irregular.

Principales ventajas:

  • Mayor estabilidad del tobillo en superficies irregulares.
  • Protección adicional frente a golpes externos.
  • Mejor aislamiento frente al frío o la humedad.

Aspectos a considerar:

  • Menor ventilación en climas cálidos.
  • Peso ligeramente superior.
  • Sensación de rigidez para usos prolongados en ciudad.

Zapatillas de caña baja

Las zapatillas de caña baja dejan el tobillo completamente libre, priorizando la movilidad y la ligereza. Por eso son las más utilizadas en el entorno urbano y en actividades cotidianas.

Principales ventajas:

  • Mayor libertad de movimiento.
  • Mejor transpiración del pie.
  • Sensación de ligereza durante el uso prolongado.

Aspectos a considerar:

  • Menor protección ante torceduras.
  • No recomendadas para terrenos muy irregulares.

¿Qué opción conviene según la actividad?

La elección correcta depende en gran medida del contexto en el que usarás las zapatillas.

Uso urbano y diario

Para caminar largas distancias en ciudad, hacer recados o ir al trabajo, la caña baja suele ser la más cómoda.

Deporte y entrenamiento

En entrenamientos de gimnasio, running o deportes recreativos, la caña baja ofrece mayor agilidad. En cambio, si practicas disciplinas con giros constantes o saltos, la caña alta aporta una sensación extra de seguridad.

Actividades al aire libre

En caminatas por terrenos irregulares o rutas con carga moderada, muchos usuarios optan por caña alta para mayor soporte.

En este tipo de escenarios, cerrar la elección evaluando zapatillas de hombre en Drop Zone en oferta permite acceder a opciones que se ajusten a tu tipo de actividad diaria sin descuidar el presupuesto.

Puntos clave antes de decidir

Antes de comprar, es importante analizar el tipo de superficie donde caminarás o entrenarás, la duración de la actividad y el clima habitual en el que usarás las zapatillas. También influye tu experiencia previa con calzado de distinta caña, ya que no todos los usuarios requieren el mismo nivel de soporte.

Para quienes buscan opciones específicas, es habitual encontrar zapatillas de hombre en Drop Zone Perú pensadas para distintos niveles de actividad, desde uso diario hasta entrenamientos más exigentes.

Variedad y disponibilidad en el mercado

Dentro del mercado actual es posible encontrar zapatillas urbanas mujer Drop Zone diseñadas para distintas necesidades, tanto para uso urbano como para actividades deportivas. Esta variedad permite elegir modelos que equilibren comodidad, funcionalidad y estilo según el contexto de uso.

Comparar en The Drop Zone el precio de diferentes zapatillas ayuda a tomar una decisión más informada, especialmente si buscas una opción que se ajuste a tu presupuesto sin sacrificar funcionalidad.

Mitos frecuentes sobre la altura de la caña

Existe la idea de que la caña alta limita por completo el movimiento del tobillo, pero en la práctica la diferencia es mínima para la mayoría de usuarios. La protección adicional reduce riesgos, aunque no sustituye una buena técnica ni el fortalecimiento muscular.

Por otro lado, la caña baja no implica necesariamente mayor riesgo si se utiliza en el contexto adecuado. Todo depende del tipo de actividad y del control que tenga el usuario sobre sus movimientos.

Elegir bien según tus necesidades reales

Al comparar zapatillas de caña alta vs baja, no existe una opción universalmente mejor. La decisión correcta se basa en tu estilo de vida, el uso principal que les darás y las condiciones en las que te mueves.

Si priorizas movilidad, ligereza y comodidad diaria, la caña baja será suficiente. En cambio, si necesitas soporte adicional y mayor sensación de estabilidad, la caña alta resulta más conveniente. Analizar estos puntos te permitirá invertir en un par que realmente se adapte a ti y te acompañe con comodidad en cada paso, algo clave al momento de comparar alternativas del catálogo de The Drop Zone Perú.

René Chávez logra acuerdos tras diálogo y se suspende huelga en Alto Amazonas

  • Mesa técnica permitió avances en salud, educación, vías y proyectos productivos en Yurimaguas.

El proceso de diálogo encabezado por el gobernador regional de Loreto, René Chávez, permitió alcanzar acuerdos con los dirigentes del Frente de Defensa y Desarrollo de Alto Amazonas (FREDESAA), lo que derivó en la suspensión de la huelga que se venía desarrollando en la provincia de Alto Amazonas, priorizando la estabilidad social y la atención de las principales demandas de la población de Yurimaguas y sus distritos.
Las reuniones se desarrollaron en un clima de firmeza y responsabilidad, en el que el Gobierno Regional de Loreto presentó una ruta de trabajo orientada a la ejecución y seguimiento de compromisos vinculados a infraestructura educativa, vial y de salud, además de inversiones en proyectos productivos y acciones destinadas a fortalecer los servicios médicos en la provincia.
En cumplimiento de los compromisos asumidos, el 27 de enero de 2026 se constituyó en la ciudad de Yurimaguas una comisión de alto nivel del Gobierno Regional de Loreto, encabezada por el gerente general regional e integrada por representantes de Planeamiento y Presupuesto, Infraestructura y Administración, así como de la DIRESA, DREM, DRAA, DRTyC y la OPIPP, con el objetivo de instalar una mesa técnica relacionada con el acta suscrita con el FREDESAA.
La mesa técnica se desarrolló los días 28, 29 y 30 de enero, fechas en las que se informó sobre la situación de los 23 acuerdos contenidos en el acta, detallando los avances, las acciones concluidas y los procesos en ejecución, en jornadas de debate orientadas a destrabar proyectos y definir responsabilidades institucionales.
Entre los puntos centrales abordados se encuentran las inversiones para mejorar la infraestructura de instituciones educativas, vías de comunicación y establecimientos de salud, así como el impulso de proyectos productivos vinculados a cultivos como cacao, maíz, palmito y otros considerados estratégicos para la economía de la provincia de Alto Amazonas.
Asimismo, se programaron acciones de inversión y la contratación de personal especializado que permitirán fortalecer los servicios médicos en las IPRESS de la Red de Salud y en el Hospital Santa Gema. Finalmente, las partes acordaron realizar una nueva reunión de evaluación en un plazo máximo de 80 días, a fin de verificar el cumplimiento de los compromisos asumidos y asegurar la continuidad del diálogo.

Delegación del NAMRU-SOUTH visita Iquitos y refuerza cooperación científica con la Marina de Guerra

  • Encuentro con la Comandancia de Operaciones de la Amazonía apunta a fortalecer la investigación en salud y la infraestructura médica naval

Una delegación del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos (NAMRU-SOUTH) realiza una visita institucional a la ciudad de Iquitos como parte de las acciones orientadas a fortalecer la cooperación bilateral en investigación científica, prevención de enfermedades y salud operativa en la Amazonía peruana.
La comitiva es encabezada por el Capitán de Navío Hak Auth, Oficial al Mando del NAMRU-SOUTH, junto al Capitán de Corbeta José García Rivera, Director Ejecutivo Interino de esta institución, quienes son recibidos por altos mandos de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú.
El encuentro se desarrolla en las instalaciones de la Comandancia, donde el Capitán de Navío Jurgens Dávila Alvarado, jefe del Estado Mayor, da la bienvenida a la delegación extranjera, acompañado por el Capitán de Navío SN (O) Luis Loayza Rodríguez, director de la Clínica Naval de Iquitos.
Como parte de la agenda, los representantes del NAMRU-SOUTH realizan una visita al PIAS B.A.P. “Río Yavarí”, plataforma fluvial desde donde la Marina de Guerra ejecuta acciones de atención social y sanitaria en comunidades ribereñas de la Amazonía. En el lugar, el Capitán de Fragata José Montoya Ruibal, comandante de la Flotilla de Unidades Fluviales, expone el rol estratégico que cumplen estas plataformas en la región.
Posteriormente, se desarrolla una reunión de trabajo con el Contralmirante César Tello Berenstein, comandante de la Quinta Zona Naval, donde se destaca la importancia del intercambio de información científica y de los estudios epidemiológicos que desarrolla el NAMRU-SOUTH para la prevención y control de enfermedades tropicales que afectan al personal militar y a la población amazónica.
Durante el diálogo, ambas partes coinciden en la necesidad de fortalecer la vigilancia sanitaria y la investigación aplicada, considerando las particularidades climáticas, geográficas y epidemiológicas de la Amazonía, donde persisten enfermedades infecciosas que requieren atención especializada y constante monitoreo.
Como resultado del encuentro, se acuerda impulsar mejoras concretas en la infraestructura de la Clínica Naval de Iquitos, entre ellas la implementación de sistemas de videovigilancia, iluminación perimetral y optimización del suministro de agua potable, con el objetivo de reforzar la seguridad y la capacidad de atención médica del establecimiento.
Las autoridades navales resaltan que este tipo de visitas contribuye a consolidar alianzas estratégicas en materia de salud y ciencia, fortaleciendo la respuesta institucional frente a los desafíos sanitarios de la Amazonía y reafirmando el compromiso de cooperación entre ambos países. (K. Rodriguez)

Maquinaria utilizada para proyectos en Ucayali-Contamana, será transferida al tecnológico de esa provincia

  • Según lo manifestado por el gerente de desarrollo económico ante el consejo regional de Loreto.

Fue en respuesta a la pregunta hecha por el consejero delegado José Gabriel Villasís, al gerente de desarrollo económico Javier Shupingahua, en torno a los equipos y maquinaria que habían sido utilizados en dos proyectos, uno de cacao y otro de aves de corral.
“La maquinaria y los equipos están en proceso de liquidación y cierre de los proyectos de inversión pública. Se viene trabajando en todo lo que es el proceso administrativo para que sean transferidos al instituto tecnológico y a la gerencia subregional y les den uso según su criterio y necesidades.
Además, para que puedan continuar apoyando a los productores de la zona de Contamana. Hay que formalizar las transferencias y en los próximos días irá un equipo para cumplir con las formalidades del caso” habló Shupingahua.

Maynas prosigue con poda de árboles y jardinería

La Municipalidad Provincial de Maynas, a través de la oficina de Áreas Verdes de la Sub Gerencia de Salubridad y Salud Ambiental, continúa realizando en diferentes arterias de Iquitos la poda de árboles y jardinería.
Es parte de las actividades de mantenimiento y limpieza de las áreas verdes, que se atiende de forma diaria de acuerdo a un cronograma establecido, y conforme a la evaluación del requerimiento de la ciudadanía en el marco del objetivo de la atención inmediata.
Asimismo, se requiere la participación ciudadana en el cuidado de las áreas verdes como parte de la colaboración entre la municipalidad provincial de Maynas y los vecinos y vecinas de Iquitos, con el objetivo de mantener una ciudad limpia y embellecida.