ODECMA

QUEJA N°: 00496-2019-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: JUAN CARLOS ESTRADA VILLACREZ
QUEJADO: WILLIAM LEOPOLDO ALEJO CRUZ
MOTIVO: REATRSO PROCESAL
RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO
Iquitos, veintiocho de enero del dos mil veintidós.
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con la razón que antecede, estando a su contenido; se procede a emitir lo que corresponde y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 34° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, señala “Contra la resolución final que declara el rechazo liminar de la queja e improcedencia de la misma podrá interponer recurso de apelación dentro del tercer día hábil de notificada el que será concedido con efecto suspensivo, de ser admitido”. SEGUNDO: Que mediante resolución N°03 de fecha 25.11.2021 se resolvió rechazar liminarmente la queja interpuesta por el quejoso Juan Carlos Estrada Villacrez, la misma que fue debidamente notificada  al quejoso mediante edicto en fecha  13 y 14 de diciembre de 2021 en el diario de mayor circulación en la región, obrante a fojas 18 y 19,  sin que se haya interpuesto medio impugnatorio alguno dentro del término de ley contra la mencionada resolución, en consecuencia, SE RESUELVE DECLARAR: CONSENTIDA la resolución N° N°03 de fecha 24.11.2021 que resolvió rechazar liminarmente la queja interpuesta por el quejoso JUAN CARLOS ESTRADA VILLACREZ. NOTIFÍQUESE y una vez recabados los cargos correspondientes; ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE, REMITIENDO la presente causa a la Oficina del Archivo Central de esta Corte para su resguardo y custodia. Regístrese y Comuníquese.
V-3(10,11 y 14)

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