QUEJA N° 003-2016-ODECMA-LORETO
QUEJOSA: MELITA M. MURRIETA ZAMORA
QUEJADO: Dr. SERGIO A. DEL AGUILA SALINAS
MOTIVO: RETARDO PROCESAL
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Iquitos, veintiuno de abril del dos mil dieciséis.- AUTOS Y VISTOS; PRIMERO: DE LA QUEJA PLANTEADA.- Mediante el escrito de queja presentado por doña MELITA MARINA MURRIETA ZAMORA DE LI, se da a conocer sobre las presuntas irregularidades en la tramitación del expediente N° 0530-2010-0-1903-JR-CI-02, irregularidad en la que habría incurrido, el magistrado Sergio Antonio Del Aguila Salinas, en calidad de Juez del Segundo Juzgado Civil de Maynas. SEGUNDO: DE LA OMISION ADVERTIDA.- Mediante resolución N° 02 de fecha 05.01.2016, éste despacho resolvió declarar inadmisible la queja presentada por doña MELITA MARINA MURRIETA ZAMORA DE LI, (…) concediéndosele el plazo de cinco días de notificado con la resolución N° 02, a efectos que subsane las omisiones advertidas.- TERCERO: DEL INCUMPLIMIENTO.- Que, la Secretaría de la ODECMA – Loreto con razón de fecha 15.04.2016 da cuenta que la recurrente quejoso, no ha cumplido con subsanar lo advertido mediante resolución N° 02; (…) Siendo así, corresponde hacerse efectivo el apercibimiento decretado con resolución N° 02, y conforme a lo establecido en el artículo 9° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.- SE RESUELVE: RECHAZAR LIMINARMENTE la queja interpuesta por doña Melita Marina Murrieta Zamora De Li.(…). Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, sea archivada donde corresponda. Notifíquese.
Abog. Marianella Saravia De Lemos
Asistente de Jefatura
ODECMA – Loreto
V-3(20,23 y 24)
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