- Presidenta de la Asociación de Armadores Navieros y Actividades Afines de Loreto – AARMAN, Lic. Carmen Núnez.
- Núñez, señalo que con una desnaturalización a la ley se está afectando al transporte fluvial de Loreto, sin considerar que fueron declarados ilegales diversos cobros del TUPA naval.
- “Los más vulnerables de las canoas y botes son los que sentirán más la afectación con cobros”, señaló la representante de AARMAN.
Los armadores fluviales de Loreto y de las otras regiones amazónicas del país e incluso de la región Puno, se ven afectados con una nueva normativa que retorna los pagos de tasas por derecho de trámite correspondientes a diversos procedimientos del TUPA de la Marina de Guerra del Perú, que el año 2019 fueron declarados como barrera burocrática ilegal mediante Resolución Nº 0475 de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas – INDECOPI, y desde entonces no se realizaba ningún cobro, que desde este mes volvieron.
Al respecto la presidenta de la Asociación de Armadores Navieros y Actividades Afines de Loreto – AARMAN, Lic. Carmen Núñez Rengifo, declaró: “Nos están volviendo a cobrar lo que ya estaba eliminado con una rara maniobra donde no se menciona a la resolución de Indecopi, pero sí se afecta los cobros por trámites que ya fueron eliminados, se ha desnaturalizado la ley”, respecto al TUPA naval.
Agregó, que como asociación interesada no les notificaron sobre estas nuevas decisiones ni lo que el Ministerio de Defensa estaba sustentando del TUPA de la Marina de Guerra del Perú. “Esto perjudica no solo a Loreto, sino a San Martín, Ucayali y Madre de Dios, incluso a la región Puno que hasta ellos se beneficiaron con la lucha que emprendimos los armadores de la región para eliminar cobros que consideramos abusivos. Los más vulnerables de las canoas y botes son los que sentirán más la afectación con los cobros”, señaló la representante de AARMAN.
En la resolución del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, de fecha 12 de diciembre de 2019, se señala que la razón de la declaratoria de ilegal de diversos procedimientos del TUPA Naval, es que el Ministerio de Defensa no utilizó la metodología vigente, aprobada por Decreto Supremo 064-2010-PCM, respecto a aplicar los criterios de razonabilidad.
Existen cerca de 300 rubros que cobra Capitanía de Puertos de la Marina de Guerra del Perú en esta parte de la Amazonía, y lo que están reclamando que se ratifique la nulidad es de 42 rubros que fueron eliminados por INDECOPI, pero con el Decreto Supremo Nº 023, publicado en el diario El Peruano el 25 de febrero del 2025, que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, sobre la mejora de la calidad regulatoria, se abre el camino para que vuelva a cobrarse.
La estocada final para el transporte fluvial en Loreto y otras regiones con similar actividad se vino en el Decreto Supremo Nº 011, publicado en el diario El Peruano el domingo 31 de agosto del 2025, hace menos de un mes, y en estos días están empezando a cobrar, a pesar que se trata de rubros eliminados por INDECOPI, que queda sin piso por jerarquía legal al emitirse este nuevo documento refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y firmado por la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra, el Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y Finanzas.
Mediante este Decreto Supremo Nº 011, el gobierno central exceptúa, ya no obliga a la Marina de Guerra del Perú, a presentar un expediente de Análisis de Impacto Regulatorio – AIR, ante la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria – CMCR, conformada por la PCM, el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Poder Judicial con su dirección de derechos humanos. Esta figura desaparece la obligatoriedad de realizar una consulta previa y que sea de conocimiento de quienes se verán impactados por los cobros.
Núñez Rengifo, señaló que el Estado Peruano (Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Defensa, Ministerio de Economía y Finanzas, y Judicial), estarían desnaturalizando el Artículo 59º de la Constitución Política del Perú, al imponer Decretos Supremos que alteran o distorsionan su propósito original, desfavoreciendo a los empresarios del transporte fluvial con el cobro de diversos trámites administrativos reflejados en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú, sin considerar que fueron declarados barreras burocráticas ilegales por INDECOPI.
Los armadores fluviales de Loreto y de las otras regiones amazónicas del país, y de la región Puno, se ven afectados por el Decreto Supremo N.º 011-2025-DE, de fecha 31 de agosto del 2025 que retorna los pagos de tasas por derecho de trámite correspondientes a diversos procedimientos del TUPA de la Marina de Guerra del Perú, que el año 2019 fueron declarados como barrera burocrática ilegal mediante Resolución N.º 0475 de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas – INDECOPI. Se reiteró.
La presidenta de los Armadores de Loreto, Carmen Núñez, ante este nuevo escenario que consideran atentatorio para todo el transporte fluvial de Loreto, indicó que buscarán diálogo con la presidenta de la República, Dina Boluarte. “Cómo es posible que hasta una canoa o un peque peque tiene que tramitar aprobación de planos y por ello pagar cerca de 300 soles, esto es inadmisible, no lo vamos a permitir y estamos empezando la lucha legal”.
Comentó también que, la Asociación de Armadores agrupa a pequeños, medianos y grandes transportistas fluviales de la región y que el perjuicio es para todos. “También afectará a la población porque estos cobros ilegales van a impactar en el alza de fletes y pasajes, haciendo que la economía de Loreto tenga un escollo más, y todavía en el año que el gobierno central declaró como de la recuperación y consolidación de la economía, es un absurdo”.
Explicó de igual forma que el hecho de no haber sido socializada la nueva propuesta de las tasas generada por la Marina, por lo menos a la Asociación de Armadores como parte interesada y estando vigente la resolución de INDECOPI, así las cosas, se entiende que se ha procedido a desnaturalizar la ley.
“Vamos a invocar el artículo 59 de la Constitución Política del Perú que establece que el Estado debe estimular la creación de riqueza y garantizar la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, pero sin que estas libertades afecten la moral, la salud o la seguridad públicas. El gobierno se está olvidando que debe brindar oportunidades de superación a los sectores desfavorecidos y promover las pequeñas empresas”, acotó Carmen Núñez, presidenta de los Armadores de Loreto.





