- Sin ese documento podrían ser multados o se cierra el establecimiento
- Mediante Resolución Directoral de fecha 4 de noviembre de 2015 emitido por Diremid
- Hospital Iquitos y Regional también están en proceso de ser notificados en caso no se adecúen a la norma vigente

La Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas – Diremid Loreto, que dirige la Q.F. Silvia Liz Soria Del Águila, mediante Resolución Directoral Nº 208-2015-GRL-DRSL-DIREMID/30.11.01, resolvió negar la autorización sanitaria de funcionamiento a la farmacia del hospital de EsSalud en Iquitos.
Así en el artículo primero resuelve diciendo a la letra: Denegar el Expediente Nº 2380-2015, de fecha 13 de julio del 2015, sobre Autorización Sanitaria de Funcionamiento presentado por el Dr. Jimmy Roner Esteves Picón, en representación del Hospital III Iquitos – ESSALUD, con razón social Seguro Social de Salud, con Registro Único del Contribuyente – RUC Nº 20131257750, ubicado en Av. La Marina S/N, distrito de Punchana, por las razones expuestas en la parte considerativa.
En el artículo segundo señala: Transcríbase la presente Resolución Directoral al interesado, a la Dirección de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria, a la Unidad de Registro de Establecimientos Farmacéuticos y Control de Drogas, para su conocimiento y fines consiguientes.
Al respecto la Diremid Loreto ha deslindado que la referida Autorización Sanitaria ha sido denegada a la Farmacia del Hospital III Iquitos – EsSalud, se debe a que dicha entidad presentó como químicos farmacéuticos asistentes a tres profesionales con horarios de labor en dicha entidad y que ya se encuentran registrados con antelación en otros establecimientos en el mismo horario, «por lo que no se podría bajo ninguna circunstancia autorizar un mismo horario de labor en dos sitios a la vez».
Se aclara que al haberse denegado la Autorización Sanitaria de Funcionamiento, se actuó de acuerdo al ordenamiento legal vigente, toda vez que dichos profesionales deben permanecer en el establecimiento durante su horario de labor.
Esto se establece en el artículo 41 del Decreto Supremo Nº 014-2011-SA, el cual establece «Las farmacias o boticas funcionan bajo la responsabilidad de un profesional químico farmacéutico, quien ejerce las funciones de Director Técnico, además puede contar con químicos farmacéuticos asistentes. El técnico puede ausentarse y no constituye una infracción si se encuentra el asistente.
Y de acuerdo a información proporcionada por la Diremid, el Hospital Iquitos y Regional también están en proceso de ser notificados en caso no se adecúen a la norma vigente. Aunque para los químicos farmacéuticos que hicieron público el tema, la puntería es contra la farmacia de EsSalud, afirmación que la Dirección de Medicamentes desestima. (D.López)





