- ¡Dile no al contrabando!
- En beneficio de la industria formal, del público consumidor y del erario nacional.
La Municipalidad Distrital de Belén, a través de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización, continúa comprometido con el trabajo de plasmar conciencia tributaria y generar respeto a la propiedad intelectual, reduciendo el contrabando y piratería en la región en el marco del cumplimiento de la Ley N° 27595 de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería en el Perú, pues se creó la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería – CLCDAP, Comisión que preside el Ministro de la Producción.
El mensaje es claro a la población, de no perjudicar a la industria nacional ni a la inversión privada con el contrabando y la piratería. ¡AL CONTRABANDO DILE NO!, es un delito que fomenta el desempleo formal, es competencia desleal y pone en riesgo la salud pública. No le juguemos en contra al país.
Según, Norma legal con ámbito en la región Loreto, en el mes de marzo se expidió la norma legal que dispone que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, conozca investigaciones fiscales por delitos aduaneros y contra la propiedad intelectual, en el ámbito territorial del distrito fiscal de Loreto, a través de la RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 289- 2022-MP-FN.
La CLCDAP, está conformada por dieciséis (16) instituciones de los sectores público y privado y responde a la implementación de la 26ª Política de Estado (Acuerdo Nacional) y a la Declaratoria de Interés Nacional (D. S N° 003 – 2012 – PRODUCE).
En la región Loreto está organizado como Comisión Regional de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, presidida por el Gobierno Regional de Loreto, la cual integra la Municipalidad Distrital de Belén, con el fin de eliminar y/o reducir la ocurrencia de estos delitos, en beneficio de la industria formal, del público consumidor y del erario nacional. Se busca fortalecer la actividad empresarial, mejorando la capacidad de recaudación del ente fiscal y que no exista competencia desleal en la producción de bienes y la comercialización de los mismos y los Derechos del Consumidor estén protegidos.





