El concejo de regidores de la municipalidad Distrital de Punchana aprobó por unanimidad la modificatoria del horario de comercialización de bebidas alcohólicas en la jurisdicción del distrito de Punchana, la misma que es establecido mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2012-CM/MDP y publicado en el diario judicial de Loreto.
El artículo primero modifica de la siguiente manera.
Domingos: de 12:00 horas a 23:00 horas.
Lunes: de 12:00 horas a 24:00 horas.
Martes: de 12:00 horas a 24:00 horas.
Miércoles: de12:00 horas a 24:00 horas.
Jueves: de 12:00 horas a 24:00 horas.
Viernes: de12:00 horas a 03:00 horas del día sábado.
Sábado: de 12:00 horas a 03:00 horas del día domingo.
Feriados: de 12:00 horas a 03:00 horas del día siguiente.
Los argumentos están basados en el artículo 2º inciso 22 de la constitución Política del Perú, donde toda persona tiene derecho a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
Asimismo, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Es oportuno manifestar que La ley orgánica de municipalidades indica en el artículo 74º, que las municipalidades son competentes para realizar el control del cumplimiento de las normas de comercialización de bebidas alcohólicas en su respectiva jurisdicción; ejerciendo de manera exclusiva la función promotora, normativa, reguladora, así como de ejecución, fiscalización y control en la materia.
En consecuencia están encargados de dar cumplimiento a la presente ordenanza municipal la Gerencia de Servicios Municipales a través de la unidad de policía municipal, serenazgo y participación ciudadana, Gerencia de Rentas a través de la unidad de administración tributaria, fiscalización y recaudación. (MDP)





