“Los cuatro hechos están relacionados con el tipo penal de colusión”

  • Fiscal superior, Dr. Víctor Avelino Cruz.
  • Por el segundo y cuarto hecho la Sala ha declarado nulidad. «Entonces regresa para nuevo juzgamiento».

A todas luces es un proceso muy complejo. La comprensión del mismo también. Ayer al culminar la audiencia sobre la apelación a la sentencia del caso del perfil del expediente técnico del Alcantarillado de Iquitos, el fiscal superior especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios – Loreto, Dr. Víctor Jovael Avelino Cruz, dio algunas explicaciones sobre lo resuelto.
«A la apelación que había hecho la defensa, ellos de oficio están declarando la nulidad, alegando que la sentencia tiene una indebida motivación, ese es el sustento. Lo que se viene es un nuevo juicio, con un nuevo juez. Para cuándo se dará eso, ya tendrá que programarlo el Juzgado Unipersonal del Poder Judicial», declaró.
Respecto al extenso contenido de la lectura de sentencia y los resultados de la misma en relación a los imputados, dijo: «Lo que pasa es que aquí ha habido cuatro hechos, y por el cuarto hecho y segundo hecho la Sala ha declarado la nulidad, entonces regresa para nuevo juzgamiento. Con respecto al tercer hecho se ha confirmado la sentencia».
Acotó: «Los cuatro hechos están relacionados con el tipo penal de colusión, pero en el caso específico del segundo hecho, por el delito que se atribuye al señor Yván Vásquez con el señor Ricardo Rojas Vargas, y por el cuarto hecho que también es por colusión».
Reiteró: «Aquí lo que ha habido es que la Sala de oficio ha declarado infundado la apelación que había hecho la defensa, y ellos de oficio han declarado la nulidad, para que haya un nuevo juicio. O sea no ha habido una absolución».
En relación a su conformidad o no con los resultados, manifestó: «Me he reservado el derecho», ello significa «que nosotros tenemos una tercera instancia y podemos recurrir en casación, pero esto hay que evaluarlo, porque no han sido absueltos y se ha dispuesto que haya un nuevo juicio porque se han vulnerado derechos fundamentales, eso es lo que la Sala ha resuelto».
(Diana LM.)