Titulares

LOS CRÍMENES DEL PUTUMAYO

  • (CALUMNIAS Y MEDIAS VERDADES) – II PARTE

Por: Aristóteles Álvarez Lopez


LA “CARTA ABIERTA”

Este es el escenario en que la afilada pluma y el coraje de Carlos Rey de Castro, en su Carta Abierta, pone al descubierto la perfidia, hipocresía y doble moral de los impugnadores de los intereses peruanos en el Putumayo. Resume este proceso en otra Carta al Director del diario Daily News & Leader de Londres; también publicada en 1913, en Barcelona. En ella señala el Proceso del Putumayo “como una diabólica retorta de casi todas las malas pasiones, estimuladas por el interés egoísta” (…). Resaltamos algunas:
Colombia, su codicia a los territorios productores de gomas, convertidos en campo de trabajo regular y honrado por la perseverancia y firmeza de los industriales peruanos;
Los Estados Unidos del Norte, sus apetitos de imperialismo, la conveniencia de halagar a Colombia para obtener el arreglo del conflicto panameño y cruzar las gestiones de lord Murray encaminadas a la consecución del contrato de las obras de los puertos de Buenaventura y Cartagena, etc.
[Inglaterra]. Los accionistas británicos de “The Peruvian Amazon Co. Ltda.”, sus anhelos incontenidos e inconfesables de adueñarse totalmente de la negociación, para lo cual impidieron que Arana se defendiera por la prensa de los primeros ataques de “Truth”, habiendo llegado uno de ellos, Mr. Gubbins, a fomentar la campaña de difamación, de acuerdo con el señor S. Pérez Triana, E.E. y ministro plenipotenciario en Londres, que le había prometido, en nombre del gobierno de Bogotá, grandes concesiones para la empresa en el caso de que desalojara de ella a los peruanos.
Mr. Roger Casement, el consul investigador, su hipo morboso de notoriedad y el anhelo de megalómano por alcanzar el apodo de sir, con que se ha premiado sus claudicaciones e imposturas, amén de cualquier otra ventajilla menos llamativa, pero más práctica, otorgada por Colombia, de la cual se convirtió en abogado intransigente por todos los medios que su muy discutible inteligencia le sugería.
Saldaña Roca, Harderburg, Murriendas, el capitán Whiffen y demás individuos del mismo jaez, sus asquerosos intentos de chantage, llevados a cabo mediante los recursos más bajos y delictuosos” (…) 2


CARLOS A. VALCÁRCEL: FARSANTE O FELÓN?
Este personaje, que desempeñó durante breves periodos la labor de Juez de Iquitos, cumplió un papel relevante para estigmatizar al Perú en un período crítico de nuestra Historia; empero, no ha merecido hasta hoy un mayor estudio respecto a su trayectoria personal y profesional. En su tiempo, ni después, se le prestó mayor interés a estos factores, pese a tomarse como válidos los graves y calumniosos cargos de crímenes imaginarios presuntamente cometidos por la Casa Arana en el Putumayo, que proclamó en su obra: Los Crímenes del Putumayo.
El mismo, Carlos A. Valcárcel, procuró mantener un “perfil bajo” luego de la publicación hecha en marzo de 1913, en Panamá, de la obra: Los Crímenes del Putumayo; donde además de presentarse como víctima de las autoridades de la Corte Superior de Iquitos, afirma haber “conocido” -en su condición de juez de Iquitos- de los crímenes más horrendos “que registran los anales de la criminalidad”, y que “por muchos años, los criminales del Putumayo han podido realizar impunemente los crímenes que han asombrado al mundo”.
Dice en el Prólogo de su publicación, que el Informe del cónsul inglés Roger Casement está apoyada “únicamente en declaraciones de unos cuantos negros de Barbados, recibidas fuera de juicio, y que no pueden tener valor probatorio, exigido por las leyes de todos los pueblos cultos” […]; siendo que aquél no contó con “todos los medios de investigación, que sólo un juez puede tener, [por lo que] no pudo comprobar la existencia de muchos [otros) delitos” (…).
De ese modo se presentaba como quien investigó el caso, afirmando que “De los crímenes que se indican en ese proceso, sólo unos cuantos no han sido acreditados judicialmente, estando casi todos probados hasta la evidencia conforme a las reglas del procedimiento judicial” (…).
De este modo, el ex juez Valcárcel validaba ante la opinión pública internacional la trama conspirativa de dos grandes potencias, cuyos intereses geopolíticos han sido antes señalados.
Su obra original, Los Crímenes del Putumayo, volvió a ser publicada en Lima (1915), introduciéndose algunos cambios e incorporándose otros, entre ellos el cambio de nombre de la obra: EL PROCESO DEL PUTUMAYO Y SUS SECRETOS INAUDITOS – Por Carlos A. Valcárcel (que intervino como juez en ese proceso). Un título menos escandaloso para el público peruano; pero igualmente creíble al resaltar la condición del autor, de juez “que intervino en ese proceso”. Así pretendió se dé crédito a su relato.


¿QUIÉN FUE CARLOS A. VALCÁRCEL?
Como dije, es un personaje poco estudiado en su trayectoria profesional y de vida. Ojalá este ámbito reciba mayor atención de los estudiosos de los llamados “Crímenes del Putumayo”, que entusiastamente lo citan para validar hechos inexistentes o calumniosos. He aquí algunos datos.
Su nombre completo fue Carlos Alberto Valcárcel Valcárcel. A lo largo de su trayectoria pública de vida, él mismo utilizaba sólo su primer nombre y primer apellido. Era su derecho, claro está. Pero le fue útil para mimetizarse en su tiempo y después.
Nació en Pativilca, provincia de Chancay, Departamento de Lima, en 1882. Concluido sus estudios secundarios se trasladó a la ciudad de Lima donde inició sus estudios (1899) en la Facultad de Letras de San Marcos. En esa época de convalecencia y reconstrucción del país, no había examen de ingreso a la Universidad. Eran muy pocos los jóvenes que concluían sus estudios secundarios y podían trasladarse a las ciudades donde se restableció el funcionamiento de las Universidades. El Perú había quedado en ruinas luego de la retirada del invasor chileno.
Obtuvo el grado de Bachiller en Letras (1903), con un manuscrito de ocho (8) páginas (hoy diríamos algo menos que una “monografía”, pues carece de bibliografía y demás), sobre La Influencia del Gobierno en la Sociedad. No llegó a presentar su tesis para obtener su título profesional en Letras, que entonces se llamaba “Doctorado en Letras”. Con el bachillerato en letras, se matriculó en algunos cursos en la Facultad de Jurisprudencia, durante los años 1904 y 1905. No llegó a obtener el bachillerato ni el doctorado en Jurisprudencia. No existe en los archivos de la Universidad de San Marcos -que es uno de los mejores conservados del país- de ningún otro trabajo académico realizado por éste.
En 1906, Valcárcel comenzó a trabajar en la Corte Superior de Justicia de Lima, como “amanuense”, que es como se conocía a quienes se iniciaban en la labor judicial. El mismo lo refiere en su obra “Los Crímenes del Putumayo”; empero, veladamente deja entrever que se habría desempeñado como juez.
No existe registro alguno en la Universidad de San Marcos, en el Colegio de Abogados de Lima o la Corte Superior de Justicia de Lima, que en tiempo alguno el Sr. Carlos A. Valcárcel, hubiera obtenido el título de abogado, o se haya inscrito como tal. Luego de serias investigaciones en estas entidades, no hay registro de dicha condición. Tal vez pudo haberse graduado en otra Corte Superior u otra Universidad del país; pero por el momento se desconoce.
El caso es que mediante Ley N° 1367, del 20 de setiembre de 1910, que regula la creación de los Colegios de Abogados de la República, expedida por el presidente Augusto B. Leguía, se hizo obligatoria la colegiatura en el Colegio de Abogados del Distrito Judicial donde se ejerciera la profesión de abogado. Eran pocos los Distritos Judiciales existentes. Se sabe que Valcárcel vivió en Lima, que se casó a los 64 años con doña Carmen de la Puente Ramos, y que murió en Lima en 1961, a los 84 años de edad. En su partida de matrimonio y de defunción se le consigna como abogado. Empero, no figura en los Registros del Colegio de Abogados de Lima.
Los controles gremiales para ejercer la abogacía en Lima, a partir de la segunda década del siglo XX, eran bastante exigentes. Lima apenas contaba con una población aproximada de 100,000 habitantes, y los abogados eran muy pocos. Se desconoce si trabajó como abogado o en alguna entidad pública o privada. Como repito, no aparece en forma alguna en los Registros del Colegio de Abogados de Lima, que también conserva un archivo histórico bastante riguroso de sus agremiados desde su fundación en 1804.

¿CÓMO ENTONCES FUE NOMBRADO JUEZ TITULAR DE IQUITOS EN 1910?

La respuesta es compleja. Hasta 1912 el Poder Judicial del Perú se regía por el Reglamento de Tribunales, aprobado por Ley del 20 de mayo de 1854. Este Reglamento sustituyó las antiguas disposiciones coloniales que regulaban el trabajo de las Audiencias Reales y los Juzgados de Paz que impartían justicia. Este Reglamento de Tribunales, Republicano, no establecía con claridad que los jueces de primera instancia debían ser desempeñados necesariamente por abogados egresados de una Universidad.
Esta condición sí se exigía para los cargos de Vocales de las Cortes Superiores, que eran 5 o 6 en todo el país. También era exigencia para los Vocales de la Corte Suprema (entonces de la conocía como el Tribunal de los Siete Jueces); cargos estos últimos que debían ser ratificados por el Senado de la República. El presidente de la República otorgaba los títulos respectivos.
El Perú vivía momentos difíciles y necesitaba de profesionales que permitieran la estructuración y funcionamiento del Estado, especialmente al interior del país. Ello motivó que mediante ley del 15 de noviembre de 1902, expedida por el presidente Eduardo L. de Romaña, se autorizaba que cualquier persona que hubiera obtenido el grado de Bachiller en cualquiera de las pocas especialidades que se dictaban en nuestras Universidades podría ejercer la profesión de abogado, previa Práctica Forense en alguna Corte Superior. Ello se flexibilizó aún más con la Ley del 17 de octubre de 1903, expedida por el presidente Manuel Candamo.
Recuérdese que las leyes del país recién comenzaron a ser numeradas y tener un orden secuencial a partir del 20 de octubre de 1904, en que se dicta la Ley N° 1 (uno), expedida por el presidente José Pardo.
A partir de 1912, que entra en vigencia la Ley N° 1510, del 15 de diciembre de 1911, expedida por el presidente Augusto B. Leguía (primera Ley Orgánica del Poder Judicial), comenzó a ser obligatorio la condición de abogado egresado de una Universidad, para ejercer el cargo de juez de primera instancia. El Perú entraba en un proceso de modernización institucional, que desde luego, fue de aplicación progresiva.
El Sr. Carlos Alberto Valcárcel Valcárcel fue nombrado en julio de 1910, por el presidente Augusto B. Leguía, como juez titular de primera instancia de Iquitos. Obviamente fue seleccionado sin previo concurso, ni verificación de tener o no la condición de abogado. Se sabe que fue recomendado por uno de sus profesores en San Marcos, el doctor Manuel Vicente Villarán, que a la sazón era una personalidad influyente durante el primer gobierno del presidente A.B. Leguía, desempeñando cargos de importancia durante dicho período (1808 – 1812).

SU LABOR EN LA CORTE SUPERIOR DE IQUITOS
No se dispone por ahora de evidencias objetivas del trabajo realizado por este ex juez en Iquitos. Se desconoce cuándo juramentó el cargo de juez ante la Corte Superior. El pavoroso incendio de los archivos de la Corte de Loreto, en 1998, nos ha privado de estudiar su desempeño jurisdiccional. Sólo se le conoce por lo publicado respecto de los llamados Crímenes del Putumayo.
Se sabe, por lo que dice en su precitada obra, que tomó conocimiento del proceso del Putumayo en 1911; oportunidad en que dictó el Auto de apertura de instrucción contra los presuntos responsables de los “Crímenes” denunciados en 1907 por Benjamín Saldaña Roca. Pocas semanas después emprendió viaje a Nueva York, donde permaneció por espacio de tres meses, desconociéndose sus actividades en dicha ciudad; a su regreso a Iquitos, adujo problemas de salud que nunca especificó. Durante su ausencia, debido a la intensificación de la campaña contra el Perú, a la que antes referí, la Corte Superior de Iquitos designó como juez suplente al abogado en ejercicio doctor Rómulo Paredes Gonzáles, quien sí viajó al Putumayo y recogió algunas versiones sobre lo que se denunciaba por la prensa internacional. En esta ocasión no voy a referirme a este actor secundario de la Trama; sin embargo, sólo diré que ambos se conocían de las aulas de San Marcos.
A su regreso de Nueva York, Carlos A. Valcárcel encontró el Informe del doctor Rómulo Paredes, respecto de sus pesquisas en el Putumayo. Sustentándose en tal informe y en la denuncia antedicha, dictó mandato de detención preventiva contra un numeroso grupo de funcionarios y directivos de la The Peruvian Amazon Co. Ltda. (Casa Arana).
A los pocos días de expedir la resolución cautelar volvió a viajar, esta vez a París; nuevamente sin licencia, ni autorización alguna del Poder Judicial, ni del Gobierno nacional. Permaneció en Europa por espacio de cinco (5) meses. Se desconoce el tipo de labores que realizó. En razón de esta nueva y manifiesta infracción a sus obligaciones labores, la Corte Superior LO SUSPENDIÓ como juez de Iquitos, dando cuenta a la Corte Suprema y al Gobierno nacional.
Al tomar conocimiento de su suspensión, no regresó a Iquitos, sino que se dirigió de París a Panamá, donde permaneció algunos meses, según se dice preparando la edición de su libro “Los Crímenes del Putumayo”, que -como se sabe- fue publicado en 1913.
Publicada la obra, regresó a Lima, haciendo gestiones para regresar al Poder Judicial.

VIAJES SOSPECHOSOS Y FELONÍA

Lo descrito se atiene a lo investigado hasta hoy. Están comprobados sus viajes y su publicación. La pregunta que se infiere de ellos -utilizando un antiguo y mordaz latinismo- es: ¿De dónde pecata mía? Esto es, ¿quién o quiénes financiaron tales viajes, estadía y publicación, antes descritas? ´Los viajes y estadías en Nueva York y París, eran entonces -como ahora- caros. Pagar pasajes y largas estadías en ellas demandan notables sumas de dinero.
Se sabe que Valcárcel era de una condición económica modesta. Antes de venir a Iquitos trabajó en la Corte Superior de Lima, donde entonces -más que hoy, por la situación del país- los sueldos eran bajos, que apenas alcanzaban hasta fin de mes. Los sueldos de los jueces tampoco eran muy superiores al resto de los servidores. En Iquitos permaneció poco tiempo antes de realizar sus viajes. Otra vez surge la pregunta ¿De dónde pecata mía?
Que se sepa, sus viajes fueron financiados por su propio peculio. Pero Valcárcel era por entonces una persona de una muy modesta economía. En ningún caso hubo aporte económico del Gobierno ni del Poder Judicial. Es más, en ambos casos viajó sin solicitar previa licencia laboral, como era su obligación. ¿Por quién o quiénes se sentía protegido? En el caso del viaje a Nueva York le fue aceptada su excusa de haber enfermado, sin acreditarlo en modo alguno. En su viaje a París ya no hubo excusa alguna. Por eso fue suspendido por la Corte Superior. Todo apunta a misteriosas granjerías.
Luego viajó de París a Panamá. Allí permaneció algún tiempo y realizó la publicación señalada. Se desconoce si participó en la Ceremonia internacional de inauguración del Canal de Panamá, que fue en 1914, con todo el fasto y boato propios de la época y expresión ante el mundo del poderío de la nueva potencia emergente: los Estados Unidos de Norteamérica; que no dudó en mutilar Colombia para sus propósitos hegemónicos.
Como puede verse, falta investigar más a este oscuro personaje, de dudosa trayectoria, cuya farsa y felonía, hizo mucho daño a la imagen y los intereses del Perú, especialmente de los loretanos.

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