EDICTO ELECTRÓNICO
La JUEZA DEL 3° JUZG. UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEED -SEDE CENTRAL, DISPONE NOTIFICAR AL ACUSADO ALBERONI ALEX MONTALVAN LA TORRE, para que se comunique con la ESPECIALISTA DE AUDIENCIA ABOG. ANNIE SANCHEZ AL CELULAR N° 964915842 y de ese modo concurra virtualmente o de manera presencial a la Sala de Audiencia del 3° JUZG. UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEED -SEDE CENTRAL, DEBERÁN INGRESAR AL SIGUIENTE LINK: meet.google.com/qpv-jswd-ect, para la audiencia de JUICIO ORAL, el día VEINTISEIS DE JULIO DEL DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, Mediante EDICTO ELECTRÓNICO, al haberse dispuesto en el EXPEDIENTE N° EXP N° 02960-2021-6-1903-JR-PE-03 seguido contra ALBERONI ALEX MONTALVAN LA TORRE, por la presunta comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MMMA REP. PAOLA LICETH ACOSTA GIL, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER CONDUCIDO COMPULSIVAMENTE, EN CASO DE INCONCURRENCIA A LA AUDIENCIA; NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 01 de Junio del 2022
V-3(06,07 y 08)
EDICTO PENAL
DESTINATARIO:
ALCIDES GREFFA SOUZA
MARITZA PEREZ MASHACURI
1° JUZGADO UNIPERSONAL-Sede Central
EXPEDIENTE : 02359-2021-62-1903-JR-PE-04
JUEZ: FLORES DE LA CRUZ RIDER MARTIN
ESPECIALISTA: GIL MACEDO NEPER SOCRATES
MINISTERIO PUBLICO: 3 FPPCM,
IMPUTADO: GREFFA SOUZA, ALCIDES
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O
INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: PEREZ MASHACURI, MARITZA
I) CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos:
Fecha:
VEINTISETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTIDOS (27-10-2022)
Hora:
NUEVE Y VEINTE DE LA MAÑANA (27-10-2022)
Enlace (Google Meet) para acceso:
https://meet.google.com/ahr-axre-qev
Coordinadora de Audiencias:
Abog. Víctor Córdova López – Celular No. 928216890.
NOTIFÍQUESE:
1 Al acusado ALCIDES GREFFA SOUZA, en su domicilio real sito en CHISPA DE ORO – RIO NAPO, sin perjuicio de ello no teniendo un numeración exacta el domicilio del acusado NOTIFIQUESE mediante EDICTO PENAL Y ELETRONICO, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. 2 Declaración testimonial de MARITZA PEREZ MASHACURI, domicilio real en Comunidad Chispa de Oro- Rio Napo- distrito de Mazan, sin perjuicio de ello no teniendo un numeración exacta el domicilio del acusado NOTIFIQUESE mediante EDICTO PENAL Y ELETRONICO y domicilio procesal en Avenida Mariscal Cáceres N° 1720- distrito de Iquitos- Casa de la Amistad- Abog. Silvio Agustín Mestanza Domínguez.
V-3(06,07 y 08)
EDICTO PENAL
DESTINATARIO:
IRMA PEÑA LOPEZ
NUNILA PEREA DE MAS
2° JUZGADO UNIPERSONAL-Sede Central
EXPEDIENTE: 02712-2019-51-1903-JR-PE-01
JUEZ: VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ
ESPECIALISTA: GIL MACEDO NEPER SOCRATES
MINISTERIO PUBLICO: TERCERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL
CORPORATIVA DE MAYNAS,
IMPUTADO: PEÑA LOPEZ, IRMA
PEREA DE MÁS, NUNILA
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O
INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
REPROGRAMAR AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos:
Fecha:
UNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL VEINTITDOS (01-09-2022)
Hora:
NUEVE Y CUARENTA DE LA MAÑANA (09:40 AM)
Enlace (Google Meet) para acceso:
https://meet.google.com/vug-durk-hfs
Coordinador de Audiencias:
Abog. LERILU LLERLITA PEREZ GUERRA
Número celular: 999253133
NOTIFÍQUESE: A la acusada IRMA PEÑA LOPEZ en su domicilio real CALLE COLONIAL No. 15 – A – PEVAS – RAMON CASTILLA – LORETO. Sin perjuicio de ellos de NOTIFICARSE POR EDICTO PENAL Y ELECTRONICO, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la sala virtual de audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. A la acusada NUNILA PEREA DE MÁS en su domicilio real AV. COLONIAL N° 204 (Ref. colindante con la calle 05 de diciembre por la facultad de medicina) – Distrito de Punchana, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la sala virtual de audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional.
V-3(06,07 y 08)