2° JUZGADO UNIPERSONAL-Sede Central EXPEDIENTE: 00068-2020-97-1903-JR-PE-01 JUEZ: VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ MINISTERIO PUBLICO: 3ERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
IMPUTADO: PIZANGO MUENA, GRILDO DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR AGRAVIADO: REATEGUI GONZALES, EDITH AURORA
ESPECIALISTA: PEREZ PEREA LLAJAIRA VALQUIRIA
RESOLUCION NUMERO TRES Iquitos; uno de marzo De dos mil veintidós.
Dado cuenta en la fecha los actuados en la presente causa, se emite la resolución correspondiente, y estando a la razón antes expuesta, SE DISPONE: REPROGRAMAR AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos: Fecha: 08 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2022 Hora: 11:00 AM Enlace (Google Meet) para acceso: meet. google.com/iom-rvmp-jhi Coordinadora de Audiencias: Lerilu Pérez Guerra Celular: 999253133 Cin- thya Céspedes Rodríguez Celular: 928355799. La audiencia virtual se desarrollará con la PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA de los sujetos procesales convocados, quienes deberán acceder al enlace descrito en el día y hora indicada; para ello, deberán contar con un correo electrónico Gmail. Alternativamente se podrá utilizar otros medios de comunicación múltiple, previa coordinación con el auxiliar jurisdiccional que asista a la audiencia. NOTIFÍQUESE a las partes para su concurrencia, con los apercibimientos de ley, en caso de no presentarse a la cita: 1) Notifíquese al acusado GRILDO PIZANGO MUENA en su domicilio real CALLE 17 DE JUNIO MZ. B – LOTE 27 – AA.HH. APOBLAPIL MASUSA – PUNCHANA sin perjuicio de notificarse mediante EDICTO PENAL, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de incon- currencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habida conforme a los artículos 355° y 367°. 2) del CPP 2) Notifíquese al abogado defensor Público del acusado, JUAN CARLOS ROJAS CAMPOS, en su CASILLA ELECTRONICA N° 18830, bajo apercibimiento que en caso de inconcurrencia injustificada, de informar al Ministerio de Justicia. 3) Notifíquese al representante del Ministerio Público, ARTURO ALEGRIA OSCO Fiscalía Provincial de la Tercera Fiscalía Penal Corporativa de Maynas, en su CASILLA ELECTRÓNICA N° 99623, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, de conformidad con el artículo 359°. 6) del CPP De conformidad con el artículo 363 numerales 1 a 5, Reglamento de Notificaciones, citaciones y Comunicaciones (artículo 21°, 23° y 24°) del Reglamento de Notificaciones, citaciones y Comunicaciones entre autoridades en la Actuación Fiscal notifíquese a los testigos y/o peritos ofrecidos por el Ministerio Público: La declaración testimonial de EDITH AURORA REATEGUI GONZALES quien se le deberá notificar en su domicilio real sito en CALLE 17 DE JUNIO MZ. B – LOTE 27 – MASUSA – PUNCHANA. La declaración testimonial de SO2 PNP DICK MA- RAPARA ZEVALLOS a quien se le deberá notificar en su domicilio laboral sito en CALLE BRASIL PRIMERA CUADRA – REF. OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DE LA PNP. La declaración testimonial del Perito JOSE MANUEL PADRON LOZANO, a quien se le deberá notificar en su domicilio laboral sito en AV. DEL EJERCITO CUADRA 14. Todos los testigos y/o peritos serán notificados bajo el apercibimiento de ser conducidos compulsamente por la fuerza pública y/o prescindir de esa prueba en caso de inconcurrencia injustificada. Notifíquese. INTERVINIENDO, a la presente causa el señor Juez que suscribe; y la especialista judicial de causa encargada que da cuenta por disposición Superior. NOTIFÍQUESE, de modo y forma de ley.
V-3(05,06 y 09)





