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JUZGADO PENAL

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EDICTO
En la causa N° 1169-2004, seguido contra RAUL LEVEAU SAAVEDRA por el DELITO DE T.I.D., en agravio del ESTADO, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la Resolución N° 33, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y OCHO. Iquitos, veinticinco de abril del dos mil dieciocho. DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede: Téngase presente y a fin de realizar la diligencia ordenada en autos, para la identificación de procesado, y no vulnerar el derecho de las partes a la Defensa. HABILITESE fecha y hora para la diligencia de reconocimiento del procesado RAUL LEVEAU SAAVEDRA, y para tal efecto: CITESE a JOSE LUIS HUARATAPAIRO MACUYAMA, para el OCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES DE LA TARDE, a efectos de llevar a cabo la DILIGENCIA DE RECONOCIMIENTO, que se llevará a cabo en los ambientes del Juzgado Penal Liquidador Itinerante de Maynas, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicado en Av. Grau N° 720 –Iquitos, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza. Y siendo que existe devolución de cédula del referido testigo: Notifíquese por edicto penal. Interviniendo el secretario que suscribe por disposición superior. Suscribiendo el secretario judicial por autorización expresa del Señor Juez en aplicación Supletoria de último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notificándose.
Iquitos, 25 de abril del 2018
V-3(26,27 y 30)

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 07186-1997-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
EDICTO
Por el presente en la causa N° 7186-1997, en los seguidos contra NANCY MONTENEGRO INGA por el DELITO DE PROMOCIÓN O FAVORECIMEINTO AL TID, en agravio del Estado, se ha dispuesto notificar lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICUATRO. Iquitos, veinticinco de abril del dos mil dieciocho. DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede: Téngase presente y estando a la revisión de autos se advierte que la diligencia programada en la resolución no se llevó a cabo por inconcurrencia de las partes, y advirtiéndose que la Oficina de Notificaciones no devuelve los cargos de notificación, en consecuencia, conviene programar nueva fecha para la realización de diligencias con más días de anticipación, en
tal sentido: HABILITESE FECHA Y HORA para la declaración indagatoria de NANCY MONTENERO INGA, LIDIA PADILLA RUIZ y JESUS PADILLA RUIZ para la diligencia de reconocimiento de la procesada Janet Ruiz Panduro, para lo cual se programa para el ONCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 04:00 PM; 04:15 PM y 04:20 PM, respectivamente en el orden mencionado, en el local del Juzgado Penal, sito en Av. Grau N° 720- 2do piso-Iquitos- Edificio nuevo, haciéndole recordar que se encuentra bajo el apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la fuerza pública (Policía Judicial) en caso de inconcurrencia injustificada. Y CUMPLA la asistente judicial con requerir a la oficina de Notificaciones la devolución de las cédulas de notificación para ser anexadas al expediente. Disponiéndose la notificación de por edicto sin perjuicio de hacerlo por cedula. Interviniendo el secretario que suscribe por disposición superior. Suscribiendo el secretario judicial por autorización expresa del Señor Juez en aplicación Supletoria de último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notificándose.
Iquitos, 25 de abril del 2018
V-3(26,27 y 30)

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 03155-1997-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
EDICTO
En la causa N° 3155-1997, seguido contra Ramiro Escobar Flores y otros por el Delito de T.I.D. en agravio del Estado, se ha dispuesto notificar lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTE. Iquitos, veinticinco de abril del dos mil dieciocho. DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede: Téngase presente y estando a la revisión de autos se aprecia que la oficina de notificaciones no devuelve os cargos de notificación de las partes, por lo que no se puede realizar los apercibimientos correspondiente, sin embargo, a fin de generar certeza sobre la identificación de los procesados es procedente por volver a programar audiencia pero el diligenciamiento se deberá también realizarlo por edicto penal sin perjuicio de hacerlo por cédula de notificación con días de anticipación, en tal sentido: HABILÍTESE fecha y hora para la diligencia de reconocimiento de las personas OLEARTE AMASIFUEN TUANAMA, MANUEL ESCOBAR ISUIZA, OSVALDO CACHIQUE TAPULLIMA, TERCERO SATALAYA FASABI, ELIANO VELA TORRES, ARLES PANAIFO PIZANGO, ANTONIO SHAPIAMA PIZANGO, ANGEL DIAZ CASTRO, WALDO ARIAS VARGAS, ERASMO AMASIFUEN LOPEZ, WILDOME AMASIFUEN PEZO, CELSO PAIMA AMASIFUEN, GERMAN MONCADA LINARES, WILSON HUAMAN CHASNAMOTE, DARWIN SANGAMA JORMAS, ROLDAN ZARRIAS BOCANEGRA, ROBERTO AMASIFUEN ISUIZA, VIDAL FLORES CAINAMARI, MILLER MONCADA APAGUEÑO, WILLY SANGAMA AMASIFUEN, EDWIN SANGAMA LINARES, GILBERTO SANGAMA TAPULLIMA, JULIO MELANEO AMASIFUEN la que le realizará la persona de RAMIRO ESCOBAR FLORES, para lo cual deberá presentarse el DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas 03:00 PM, respectivamente en el orden mencionado, en el local del Juzgado Penal sito en Av. Grau N° 720-2do piso- Iquitos, haciéndole recordar que se encuentra bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía Judicial en caso de inconcurrencia. Y teniendo en cuenta la ficha RENIEC del convenio poder judicial, documento válido emitido por el referido convenido: donde da cuenta sobre el fallecimiento de SEGUNDO NESTOR REATEGUI CUMAPA, PÓNGASE a conocimiento del Ministerio Público sobre el mismo. Debiendo el ASISTENTE JUDICIAL solicitar a la Oficina de Notificaciones la devolución de los cargos de notificación y anexarlo al expediente. Suscribiendo el secretario judicial por autorización expresa del Señor Juez en aplicación Supletoria de último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notificándose por cédula y por edicto.
Iquitos, 25 de abril del 2018
V-3(26,27 y 30)

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 01588-2009-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO                                           EDICTO
Por el presente en la causa N° 1588-2009, seguido contra MELITA UTIA DASILVA Y TROS por el DELITO E TRATA DE PERSONAS, en agravio de iníciales N.D.C. y otros, se ha dispuesto notificar lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO SETENTA Y DOS. Iquitos, veinticinco de abril del dos mil dieciocho. DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede: Téngase presente y estando a la revisión de autos se aprecia que la oficina de Notificaciones no devuelve las cédulas de notificación de las agraviada, aparte de ello el asistente judicial Johans Igor Díaz Melendez no ha cumplido con solicitar los mismos ante la oficina de Notificaciones como tampoco ha cumplido con pegar los edictos conforme a lo ordenado en la resolución precedente por lo que se advierte su conducta procesal para futuras responsabilidades administrativas, sin perjuicio de ello: REQUIERA la actual Asistente judicial con solicitar a la Oficina de Notificaciones la devolución de las cédulas de notificación de los agraviados y cumplir con adjuntar los edictos penales del periódico; sin perjuicio de ello, y a fin de realizar las diligencias ordenadas pro Sala Penal Liquidadora: HABILITESE fecha y hora para la declaración preventiva de los agraviados KATIA MILAGROS GARCÍA MANUYAMA, NATIVIDAD LUZGARDA CAPUENA HUAMAN, TARI REMIRES MANUYAMA, LUZ MARGARITA RAMÍREZ MANUYAMA, ANA LUCÍA RAMÍREZ MANUYAMA, SARITA PADILLA RUÍZ, NANCY DEL ROCÍO DELGADO CORONADO, YOLA MOLOCHO GOYCOHEA, LEONELA BARRIENTOS GUEVARA, VILMA YOMAR BARRIENTOS GUEVARA, VIVIAN LESLIE SÁNCHEZ VILLENA,DORIS ALAYA TANTACURE, MARITA MARLENY ALAYA TANTACURE y MARINA ALTAMIRANO LOZANO, el día DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS 10:00 AM; 10:15 AM; 10:30 AM; 10:45 AM; 11:00 AM; 11:15 AM; 11:30 AM; 11:45 AM; 12:00 M; 12:10 M; 12:20 M; 12:30 AM; 12:35 AM: 12:40 AM, respectivamente en el orden mencionado, en el local del Juzgado sito en Av. Grau N° 720-2do piso- Edificio Nuevo, haciendo de conocimiento a las referidas agraviadas si bien resultan facultativas sus declaraciones, éstas fueron solicitadas por la Sala Penal Liquidadora por el cual solicita la realización de dichas diligencias para el esclareciendo de los hechos, por ello se los requiere su concurrencia bajo apercibimiento de ser conducidas por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia; notificándose a las agraviadas en su domicilio real señalado en su manifestación policial sin perjuicio de hacerlo en lo señalado en su ficha RENIEC y por edicto penal; realizado y recabado las preventivas de los agraviados: (…).
Iquitos, 25 de abril del 2018
V-3(26,27 y 30)

JUZGADO PENAL COLEGIADO CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE    : 00814-2017-36-1903-JR-PE-01
JUECES: MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ             
HESBERT BENAVENTE CHORRES             
SANTOS VANESSA DIAZ ANGULO             
ESPECIALISTA: DE LOS SANTOS VILCHEZ MARTHA INDIRA
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE MARISCAL
RAMON CASTILLA,
IMPUTADO: ARAGON GARCIA, HERMENEGILDO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: RAAH,
E D I C T O                                              
Por disposición del señor Presidente del Juzgado Pernal Colegiado de Maynas, se CITA, LLAMA Y EMPLAZA al Acusado HERMENEGILDO ARAGON GARCIA; para que se presente al Local del Juzgado ubicado en la ciudad de Iquitos, sito en Av. Grau No. 720 – Sede Central (Local Nuevo del Módulo Penal del NCPP), para los fines de darse inicio a la Audiencia de Juicio Oral programado para el día ONCE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO, A HORAS TRES DE LA TARDE; por estar así ordenado en el Exp. No. HERMENEGILDO ARAGON GARCIA, por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR, previsto en el numeral 1) del artículo 173° del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales R.A.A.H. Lo que notifico a Ud. Conforme a ley. Con el apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su captura en caso de inconcurrencia a la audiencia programada.
Iquitos, 20 de Abril del 2018.
V-3(26,27 y 30)

EDICTO PENAL
En el Exp. N° 00173-2014-34-1903-JR-PE-02, en el proceso contra de ROLDER ANGULO PACAYA,  por la presunta comisión del delito contra EL PATRIMONIO en la modalidad de ROBO  AGRAVADO, en agravio de  ERICK TARICUARIMA ARIMUYA, se ha dispuesto la notificación mediante edicto de la RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE, cuyo contenido es el siguiente: “DADO CUENTA.- En la fecha con el escrito N° 60270-2017 remitido por la representante de la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, la misma que remite su justificación de inasistencia a la audiencia programada para el día 28 de noviembre del año en curso, por lo expuesto téngase presente; y conforme al estado del proceso se procede a señalar día y hora para la reprogramación de la audiencia Control de Acusación, teniendo en cuenta la disponibilidad de la agenda que maneja este juzgado y la agenda temática proporcionada por la Administración del Módulo Penal, SE DISPONE: REPROGRAMAR para el día NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE [ 02:30 p.m.] para la realización de la AUDIENCIA DE ACUSACION FISCAL, a llevarse a cabo en la Sala de Audiencia del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicado en Avenida Grau N° 720 (segundo Piso). Audiencia que se instalará con la presencia obligatoria del Representante del Ministerio Publico y de las partes procesales; subsistiendo los apercibimientos decretados en la resolución anterior. Al Único Otrosí Digo: Téngase presente como su domicilio procesal en la CASILLA ELECTRONICA N° 45279, lugar donde se deberá remitir todas las resoluciones que emanen del presente proceso penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE”. FIRMADO POR EL ABOG. VICTOR ALEJANDRO BALAREZO DIAZ – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.  IQUITOS, 24 DE ABRIL DEL 2018.
V-3(26,27 y 30)

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