“EDICTO JUDICIAL”
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE UCAYALI- CONTAMANA.
En el Expediente Judicial N° 070-2016-65-1906-JR-PE-01, en la investigación seguido contra MANUEL CATASHUNGA PAREDES y otro, por el presunto delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de CLEVER SALAZAR ROSAS y otros; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ucayali – Contamana, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial vía edicto al imputado, MANUEL CATASHUNGA PAREDES (Imputado) con el presente requerimiento fiscal de acusación: 1).- EXTRACTO DE ACUSACIÒN FISCAL: II.- Relación clara y precisa del hecho que se atribuye al imputado;1) Circunstancias Precedentes: Que, se le atribuye a los procesados (…) Manuel Catashunga Paredes, con fecha 20/08/2016, el haber ingresado a hurtar en la tienda comercial “FRANK”, de propiedad del agraviado Gilberto Saldaña Ochoa, ubicado en el Jr. Paca S/N, de la localidad de Orellana, y con fecha 21/08/2016 en la ciudad de Contamana el haber ingresado a hurtar en los establecimientos comerciales “Silvicultura Inversiones Rawa”, de propiedad de CLEVER SALAZAR ROSAS y en “Multiventas Anchas”, de propiedad de Juan Francisco Guerrero Navarro, siendo que para la ejecución actuaron con la misma modalidad en los tres locales comerciales, ya que lo realizaron en horas de la noche, cortando los picaportes de las puertas; 2) Circunstancias Concomitantes: En la tienda “Frank”, los picaportes de la puerta se encontraron cortados y los candados se encontraron botados al costado siendo que al ingresar se llevaron todas las cajas de cigarros que exhibía, así como una caja de sal de ANDREUS, 06 cajas pequeñas conteniendo VIC VAPORUCK, y también Vaporal y una caja de madera de la mesa donde se encontraron monedas de cinco nuevos soles y de un nuevo sol, siendo aproximadamente S/. 200.00 soles y que el total de los bienes que le fueron hurtados ascendería a la suma de S/. 3,000.00, tres mil soles; En la Tienda “Silvicultura e Inversiones Rawa”, la puerta se encontraba abierta que los dos picaportes de la puerta se encontraban rotos, y que el candado se encontraba sin signos de violencia, y al ingresar y revisar los productos de su negocio, advirtió que fue víctima de hurto de la suma de S/. 300.00, soles en monedas de todas las denominaciones así como de doscientos unidades de perfumes y productos de belleza, veintiocho unidades de aretes bañados en oro, dos pares de aretes de oro de 18 kl, dieciséis paquetes de pilas, Panasonic, cinco relojes de pulseras de metal color dorado, marca Q&Q, tres relojes de mujer color negro marca Q&Q, una laptop marca hp, color blanco, una amara fotográfica marca SANSUMG color azul, varias unidades de pasta dental de diez unidades de billetera marca BUZIOS, todos valorizada en S/.23,000.00 Nuevos soles; En la tienda “Multiservicios ANCASH”, se advirtió del hurto de perfumes de marca “ESIKA” y “UNIQUE”, de las denominaciones “KALOS SPORT”, “NITRO”, “IN LOVE”, “MIS SEXY”, “GIRLINK FRESSIA”, “MYSTIC MAGNAT” y tres EVASES de talco de la marca BABY, todos valorizados en la suma de S/. 1.00.00 soles; 3) Circunstancias Posteriores: En la tienda “Frank, que, frente a estos hechos e agraviado acudió al par-orellana ese mismo día a presentar su denuncia, siendo que con fecha 21/08/2016 los procesados fueron intervenidos en el puerto malecón Grau (reloj publico), de Pucallpa, por el personal de la policía de la comisaria de Pucallpa encontrándose en su poder los bienes que fueron sustraídos ilícitamente de la tienda del agraviado entre otros bienes así como una llave americana de color amarilla marca DROP, un fierro pequeño tipo barreta de aproximadamente 30cm, un desarmador Stalin, herramienta que habían servido para cortar los picaportes de la puerta; En la Tienda “Silvicultura e Inversiones Rawa”, que, después de corroborar la cantidad de objetos hurtados el agraviado realizo acciones indagatorias por su cuenta, recabando información de la empresa de trasporte “Sajuta”, en donde la persona encargada de la venta de pasaje Gladis Esmeralda Angulo Saldaña, le menciono que tres personas de sexo masculino compraron pasajes con monedas de las denominaciones S/.1.00, y s/.2.00 soles envueltos en cinta adhesiva dando los nombres de los procesado HILTER TECCO USHIÑAHUA, DIKSON AHING ROJAS y MANUEL CATASHUNGA PAREDES, quienes se encontraban viajando a la ciudad de Pucallpa, hecho que el agraviado denuncia ante la comisaría de Contamana (…); En la tienda “Multiservicios ANCASH”, el agraviado también comenzó a realizar acciones indagatorias por su cuenta llegando también a la empresa “SAJUTA”, donde también la persona de la venta de pasajes le menciono que tres perronas de sexo masculino, llevaba como equipaje bolsas negras que contenían al parecer objetos pequeños en forma cuadradas, parecidas a las cajas de perfume brindándole sus nombres de los pasajeros HILTER TECCO USHIÑAHUA, DIKSON AHING ROJAS y MANUEL CATASHUNGA PAREDES, los mismo que se encontraban viajando a la ciudad de Pucallpa hecho que también fue denunciado ante la comisaría de Contamana (…); III.- Elementos de convicción que fundamentan el requerimiento Acusatorio.- 1) acta de recepción de denuncia verbal; 2) Declaración de Agraviado Juan Francisco Guerrero Navarro.; 3) acta de denuncia verbal N° 060-2016-DIRNAO-P-PNP/REGPOL-UCAYALI-CPNP-CONTAMANA; 4) Declaración del agraviado Clever Salazar Rosas; 5) Acta de constatación policial; 6) Acta de constatación Policial; 7) Boleto de viaje N°003-001903; 8) Boleto de viaje N°003-001904; 09) Boleto de viaje N°003-001916; 10) Factura de Venta Electrónica N° 02160460; 11) Factura de Venta Electrónica N° 02639133; 12) factura de venta N°001-0037597; 13) Factura de venta electrónica N° 02442324; 14) Compromiso de pago con Garantía; 15) Vista Fotográfica; 16) Vista fotográficas (Silvicultura e Inversiones RAWA); 17) Diligencia realizada a la intervención de los presuntos autores del hecho delictivo, contra el patrimonio – Hurto Agravado en agravio de la población de Contamana; 18) Acta de constatación y Entrevista; 19) Acta de apertura de bienes incautados en la intervención de DISCKSON ACHING ROJAS, HILTER TECCO USHIÑAHUA y MANUEL CATASHUNGA PAREDES realizado el día 21/08/2016 a horas 11:40, en la Jurisdicción de callería; 20) formulario ininterrumpido de cadena de Custodia; 21) Oficio N° 2663-2016-REDIJU-CSJLO-MTR-PJ; 22) Generales de ley del imputado MANUEL CATASHUNGA PAREDES; 23) declaración del imputado DICKSON ACHING ROJAS; 24) Declaración de HILTER TECCO USHIÑAHUA; 25) Copia certificada de denuncia policial del personal policial – Orellana; 26) Boleta Electrónica 8902-0010847; 27) boleta electrónica N°8902-00111170; 28) Ampliación de la declaración del imputado HILTER TECCO USHIÑAHUA; 29) Declaración del imputado MANUEL CATASHUANGA PAREDES; 30) declaración del agraviado GILBERTO SALDAÑA OCHOA; 31) Declaración testimonial de GLADIS ESMERALDA ANGULO SALDAÑA; 32) Acta de Constatación realizada por el personal de la policía de Orellana; 33) Vistas fotográficas al comercial “FRANK”; 34) declaración testimonial de JESTIN LIVER TARAZONA MACVEDO. (…) IV.- La Participación Que Se Atribuye Al Imputado: Se le imputa a los acusados HILTER TECCO USHIÑAHUA, DICKSON ACHING ROJAS y MANUEL CATASHUNGA PAREDES ser COAUTORES del delito contra el patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO; (…) VI.- El artículo de la ley penal que tipifique el hecho, así como la cuantía de la pena que se solicite: (…) HURTO AGRAVADO: para HILTER TECCO USHIÑAHUA se solicita QUINCE (15) AÑOS Y (06) MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD; para DIKSON ACHING ROJAS se solicita NUEVE (09) AÑOS Y (03) MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD; Para MANUEL CATASHUNGA PAREDES se solicita NUEVE (09) AÑOS Y (03) MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD; Por el delito de RECEPTACION: para HILTER TECCO USHIÑAHUAUN se solicita TRES (03) AÑOS Y (03) MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD MAS 70 DIAS MULTA; para DIKSON ACHING ROJAS se solicita UN (01) AÑO Y (11) MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD MAS 30 DIAS MULTA; Para MANUEL CATASHUNGA PAREDES se solicita UN (01) AÑO Y (11) MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD MAS 30 DIAS MULTA (…). VII.- Monto De La Reparación Civil, Los Bienes Embargados O Incautados Al Acusado, O Tercero Civil, Que Garantice Su Pago Y Persona A Quien Corresponda Percibirlo: (…) Para CLEVER SALAZAR ROSAS la suma de S/. 900.00 SOLES; Para JUAN FRASCISCO GUERRERO NAVARRO la suma de S/.900.00 SOLES; Y para GILBERTO SALDAÑA OCHOA la suma de S/. 900.00 SOLES (…). Por lo que se emplaza y/o NOTIFICA a las persona de MANUEL CATASHUNGA PAREDES, y otórguese el plazo de DIEZ ÚTILES a fin de que pueda presentar por escrito cualquier medio de defensa que crea conveniente conforme a lo dispuesto y establecido en el artículo 350° del código Procesal Penal Vigente. 2).- Se CITA, LLAMA Y EMPLAZA a: MANUEL CATASHUNGA PAREDES, DICKSON ACHING ROJAS Y HILTER TECCO USHIÑAHUA, a la audiencia de control de acusación a realizarse el QUINCE DE MAYO DE AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM) – la que se llevara a cabo en la sala de audiencias del juzgado de investigación preparatoria de Ucayali – Contamana, con la presencia obligatoria del señor fiscal así como del abogado defensor del imputado; DIFIÉRASE el llamado de audiencia por recargadas labores del juzgado. Edicto ordenado mediante resolución número CINCO de fecha diez de abril del año dos mil dieciocho, FIRMADO Abog. EDGAR RAMON GUILLEN VALLEJO, Juez del Juzgado de Paz Letrado en adición el Juzgado de Investigación Preparatoria de Ucayali – Contamana, y el Especialista JUDICIAL: Abog. VICTOR YOSIMAR HERRERA MELENDEZ
Contamana, 10 DE ABRIL del 2018.-
V-3(13,16 y 17)
EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA-Sede MBJ
EXPEDIENTE: 00016-2018-0-1905-JR-PE-01, JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO, ESPECIALISTA: RODAS HORNA ROCKY, REPRESENTANTE: FLORES SANCHEZ, JAQUELINE DEL PILAR, IMPUTADO: SAAVEDRA VELA, SEGUNDO, DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, AGRAVIADO: S.F.J. El Juez ha ordenado se notifique mediante edicto al imputado SAAVEDRA VELA SEGUNDO con la RESOLUCIÓN N° DOS (02). Requena, nueve de abril Del año dos mil dieciocho.- RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia, la misma que de acuerdo a la agenda judicial tanto del Juzgado de Paz Letrado como del Juzgado de Investigación Preparatoria a cargo del suscrito, y a efecto de hacer las publicaciones correspondientes para los edictos, la diligencia se REPROGRAMA para continuarse el DÍA LUNES 28 DE MAYO del año 2018, a las DOS HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE. Quedando notificado en este acto el Ministerio Publico, el abogado defensor público, debiendo notificarse a la parte agraviada y efectuarse la notificación al procesado mediante edicto judicial, debiendo recabarse los cargos respectivos antes de la diligencia programada, sin perjuicio que se vuelva a notificar en el domicilio Navarro Cauper N° 337 –B de la ciudad de Iquitos y también en el domicilio que figura en RENIEC, debiendo adjuntarse una copia de la ficha RENIEC, a efecto que el notificador haga las indagaciones correspondientes, por cuanto el domicilio que figura en RENIEC, debe tener una base documental a efecto de consignarse dicho domicilio. Edicto firmado y autorizado por el Especialista Abob. Rocky Rodas Horna y el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Requena.
V-3(13,16 y 17)





