EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 1026-2017-61, sobre Requerimiento MIXTO, en la investigación seguida contra IVONNE TAPULLIMA MENDOZA y OTRO, como presunta AUTOR del delito contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVDO; se dispuso NOTIFICAR POR EDICTO la parte pertinente de la Resolución número uno, cuya redacción es la siguiente: “RESOLUCIÓN NUMERO UNO.- Iquitos, dos de noviembre del 2017. AUTOS: Dado cuenta con el Requerimiento de Sobreseimiento y Acusación Fiscal presentado por la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, se
procede a emitir la resolución que corresponde. Y CONSIDERANDO: PRIMERO: El
Representante del Ministerio Público ha remitido al órgano jurisdiccional su requerimiento de Sobreseimiento Parcial, conforme a lo normado por el artículo 345° del Código Procesal Penal vigente, asimismo solicita el requerimiento de Acusación, de conformidad a lo normado por el artículo 350º del Código Procesal Penal, por tanto, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de 10 días útiles, para que, de ser el caso, puedan por escrito: a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio, g) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, h) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, i) oponerse al sobreseimiento, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento y acusación; SEGUNDO: El plazo de absolución de diez días, se
computara –sin excusa alguna- a partir del día siguiente de la notificación de la presente
resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional; TERCERO: Asimismo, por economía y celeridad procesal, de manera excepcional, corresponde señalar fecha y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación, teniendo en cuenta la disponibilidad de la agenda de este juzgado y la Agenda Temática proporcionada por la señora Administradora del Módulo Penal del Nuevo Código Procesal Penal de esta Corte Superior. Por estas consideraciones, SE RESUELVE: 1. CORRASE TRASLADO del sobreseimiento y la acusación fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), hora exacta, para la realización de la audiencia en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, ubicado en el Segundo Piso del edificio anexo de esta Sede de Corte sito en la Avenida Grau N° 720 Iquitos, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado de los acusado, bajo apercibimiento del ley en caso de inconcurrencia injustificada. NOTIFÍQUESE.
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JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 00728-2010-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 1ERA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
TERCERO CIVIL: PRODUCTOS DE MADERAS CERTIFICADAS SRL,
IMPUTADO: PINEDO TUCHIA, ESTUARDO
DELITO: APROPIACIÓN ILÍCITA.
PINEDO TUCHIA, ESTUARDO
DELITO: OMISIÓN DE SOCORRO Y EXOSICIÓN AL PELIGRO
PINEDO TUCHIA, ESTUARDO
DELITO: LESIONES GRAVES
AGRAVIADO: ZUMAETA RAMIREZ, JOSE
BARRETO SERRANO, LUIS MARIO
EDICTO
En la causa N° 728-2010, seguido contra ESTUARDO PINEDO TUCHIA por el DELITO DE APROPIACION ILICITA, LESIONES GRAVES Y OMISIÓN DE SOCORRO, en agravio de JOSE ZUMAETA RAMIREZ Y LUIS MARIO BARRETO SERRANO, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISIETE.- Iquitos, veintiocho de noviembre Del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho para señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado ESTUARDO PINEDO TUCHIA, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS TRES DE LA TARDE, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas – Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…)
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JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 01847-2012-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 3RA FISCALIA PROVINCIAL
IMPUTADO: MOZOMBITE MURAYARI, ELY
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: < 7 AÑOS).
AGRAVIADO: X X, PJ
EDICTO
En la causa N° 1847-2012, seguido contra ELY MOZOMBITE MURAYARI por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENORES DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales X.X.P.J, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE.- Iquitos, veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin de señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado ELY MOZOMBITE MURAYARI, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…).
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JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 02179-2012-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
IMPUTADO: PEREA APUELA, BETMAN ORLANDO
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: DEL AGUILAR SALAZAR, MARCO ANTONIO
EDICTO
En la causa N° 2179-2012, seguido contra BETMAN ORLANDO PEREA APUELA por el DELITO DE HURTO AGRAVADO, en agravio del MARCO ANTONIO DEL AGUILA SALAZAR, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE.- Iquitos, veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin de señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado BETMAN ORLANDO PEREA APUELA, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…).
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JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 00926-2012-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
IMPUTADO: TORRES OCHAVANO, MARCOS
DELITO: ROBO.
AGRAVIADO: LACHE PEREA, EDUARDO
EDICTO
En la causa N° 926-2012, seguido contra MARCOS TORRES OCHAVANO por el DELITO CONTRA EL PATRIMONIO - ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de EDUARDO LACHE PEREA, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE.- Iquitos, veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin de señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado MARCOS TORRES OCHAVANO, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…).
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JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 00662-2012-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 1ERA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS
IMPUTADO: RUIZ TORRES, OSCAR
DELITO: ASESINATO
RUIZ TORRES, OSCAR
DELITO: TENTATIVA
AGRAVIADO: NAVARRO GUERRA, LLHON IRLES
EDICTO
En la causa N° 662-2012, seguido contra OSCAR RUIZ TORRES por el DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio del LLHON IRLES NAVARRO GUERRA, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO.- Iquitos, veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin de señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado OSCAR RUIZ TORRES, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…)
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 02207-2010-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 1ERA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS
IMPUTADO: GOMEZ AVILA, ABIGAEL ANTONIO
DELITO: ROBO AGRAVADO
NACIMIENTO RUBIO, FERNANDO ROMARIO
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: TRUDEL GUERRA, ISABEL PAULINA
EDICTO
En la causa N° 2207-2010, seguido contra ABIGAEL ANTONIO GOMEZ AVILA Y FERNANDO ROSARIO NACIMIENTO RUBIO por el DELITO DE ROBO AGRAVADO, en agravio del ISABEL PAULINA TRUDEL GUERRA, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y SEIS.- Iquitos, veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE a los acusados ABIGAEL ANTONIO GOMEZ AVILA Y FERNANDO ROSARIO NACIMIENTO RUBIO a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa de los procesados. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…)
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 02402-2008-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 1ERA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS
IMPUTADO: MESTANZA MURRIETA, JUAN JOSE
DELITO: HURTO AGRAVADO.
RIOS FLORES, CARLOS CESAR
DELITO: HURTO AGRAVADO.
VASQUEZ VASQUEZ, JOSE GABRIEL
DELITO: HURTO AGRAVADO.
HIDALGO VASQUEZ, JAVIER ABEL
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: COMERCIAL SONIA EIRL
EDICTO
En la causa N° 2402-2008, seguido contra JUAN JOSE MESTANZA MURRIETA, JOSE GABRIEL VASQUEZ VASQUEZ, JAVIER BAEL HIDALGO VASQUEZ Y CARLOS CESAR RIOS FLORES por el DELITO DE HURTO AGRAVADO en agravio de COMERCIAL SONIA EIRL, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECINUEVE.- Iquitos, veintiocho de noviembre Del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin señalar fecha y hora para la lectura de sentencias, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado JUAN JOSE MESTANZA MURRIETA, JOSE GABRIEL VASQUEZ VASQUEZ, JAVIER BAEL HIDALGO VASQUEZ Y CARLOS CESAR RIOS FLORES a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIDOS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VÍA EDICTO PENAL.(…).
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 03423-2011-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 1RA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS
IMPUTADO: GONZALES HUAYABE, TULIO TERCERO
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: 10-14 AÑOS).
AGRAVIADO: LMV LMV, LMV
EDICTO
En la causa N° 3423-2011, seguido contra TULIO TERCERO GONZALES HUAYABE por el DELITO DE LA LIBERTAD SEXUAL – ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES, en agravio de la menor L.M.V, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO.- Iquitos, veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin de señalar fecha y hora para la lectura de sentencias, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado TULIO TERCERO GONZALES HUAYABE, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL.(…).
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 01341-2012-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: CUARTA FISCALIA PROVINCIAL MIXTA DE MAYNAS
IMPUTADO: RUNCIMAN VELASQUEZ, LUIS ANTONIO
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: AQUITUARI ARICARI, JOSE
EDICTO
En la causa N° 1341-2012, seguido contra LUIS ANTONIO RUNCIMAN VELASQUEZ por el DELITO DE HURTO AGRAVADO, en agravio del JOSE AQUITARI ARICARI, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISEIS.- Iquitos, veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin de señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado LUIS ANTONIO RUNCIMAN VELASQUEZ , a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…).
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 02152-2012-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 1ERA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
IMPUTADO: GONGORA ABANTO, BRENDA CRISTINA
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: BEJARANO LAZO, CESAR
EDICTO
En la causa N° 2152-2012, seguido contra BRENDA CRISTINA GONGORA ABANTO por el DELITO DE HURTO AGRAVADO, en agravio del CESAR BEJARANO LAZO, se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISEIS.- Iquitos, veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho para señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE a la acusada BRENDA CRISTINA GONGORA ABANTO, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…)
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 01028-2011-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PÚBLICO: 1RA FISCALIA PENAL CORPORATIVA
IMPUTADO: GONZALES CORNEJO, FRANCO
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: < 7 AÑOS).
AGRAVIADO: SGP 03 SGP 03, SGP 03
EDICTO
En la causa N° 1028-2011, seguido contra FRANCO GONZALES CORNEJO por el DELITO DE ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES, en agravio DE MENOR DE INICIALES S.G.P (03), se dispuso la notificación a la referida procesada de la parte pertinente de la denuncia fiscal y dictamen penal acusatorio, según el siguiente detalle: RESOLUCIÓN NÚMERO SETENTA Y CUATRO.-Iquitos, veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho, a fin de señalar fecha y hora para la lectura de sentencia, por lo que se dispone: CÍTESE al acusado FRANCO GONZALES CORNEJO, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificara VIA EDICTO PENAL. (…).
V-3(13,14 y 15)
EDICTO
En la causa N° 2122-2012-0, seguido contra WILIAN GONZALES MORI y otro por el DELITO DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y ESTAFA, en agravio de EFINANCIERA EFECTIVA S.A. – Y OTRO, se dispuso la notificación de la parte pertinente de la Resolución N° 15, según el siguiente detalle: RESOLUCION NUMERO QUINCE.- Iquitos, dieciocho de octubre del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA del presente expediente, (…), en cumplimiento de lo ordenado por el superior, se dispone: PROGRAMAR LA DILIGENCIA DE TOMA DE MUESTRAS DACTILARES Y FIRMAS de las personas de MAURO ARTURO LLERENA TORRES, NILSON GERARDO BLAS ALFARO, ALCIDES TEÓFILO PÉREZ GOMEZ, MARÍA DE LOS ÁNGELES, MORI CABRERA, DIGNA PACAYA MACEDO, MARÍA GUADALUPE RENGIFO PÉREZ, HERBERTH RAÚL SABOYA RAMIREZ, WILBER ODILÓN MAMANI CONDORI, LÍA LUCERO RUÍZ RAMÍREZ, OSCAR FERREYRA LAVI, SANDRITA GÓMEZ GUERRA, BENJY JUNOT REÁTEGUI VELA, SHAIR HAZIS ZEVALLOS ALVES MILHO, LOLIN INUMA GÁRATE, ANDERSON RENÉ ORMABOMEN, JHONNY ARTHUR PÉREZ MENDOZA y WILLIAN GONZÁLES MORI, debiendo apersonarse a este juzgado, ubicado en la Av. Grau N° 720, segundo piso del edificio anexo, el día TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de notificarse además por EDICTO PENAL.
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JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 01267-2012-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MEGO RUIZ MAISA
MINISTERIO PUBLICO: SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
IMPUTADO: DE LA CRUZ PEÑA, GUSTAVO
DELITO: ROBO AGRAVADO
DE LA CRUZ PEÑA, GUSTAVO
DELITO: VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO
DEL AGUILA MORENO, BLANCA REBECA
EDICTO
En la causa N° 01267-2012, seguido contra GUSTAVO DE LA CRUZ PEÑA por el DELITO DE ROBO AGRAVADO Y OTRO, en agravio del ESTADO Y BLANCA REBECA DEL AGUILA MORENO, se dispuso la notificación a la parte agraviada y testigos policiales, de la parte pertinente de la Resolución N° 30, según el siguiente detalle: RESOLUCION NUMERO TREINTA.- Iquitos, cinco de diciembre del año dos mil diecisiete. DADO CUENTA del presente expediente y estando a que las diligencias programadas para el día treinta de noviembre del año en curso, no se llevaron a cabo, tal como aparece de la certificación de secretaría, por lo que a fin de cumplir con lo dispuesto por el superior, se dispone: 1) REPROGRÁMESE la declaración referencial de la agraviada Bianca Rebeca Del Aguila Moreno para el día VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a fin de que precise la forma y circunstancias de cómo se desarrollaron los hechos. b) REPROGRÁMESE la declaración testimonial de SAMUEL MENDEZ MORI para el día VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, a fin de que precise la forma y circunstancias de cómo se desarrollaron los hechos, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza. c) REPROGRÁMESE la declaración testimonial de los efectivos policiales HENRY SIERRA ALVAN y HERNÁN KLUG GUERRERO, para el día VEINTE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS NUEVE Y TREINTA Y DIEZ DE LA MAÑANA respectivamente, a fin de que precisen los hechos en torno a la intervención del procesado GUSTAVO DE LA CRUZ PENA y los actos de violencia efectuados por éste hacia los efectivos policiales, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza. Dejándose constancia que también se notificará VIA EDICTO PENAL. (…).
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JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 02891-2010-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MAISA ANGELITA MEGO RUIZ
EDICTO
En la presente causa N° 02891-2010, seguida contra SANDRA MIRELLA FERNANDEZ ALVA por la presunta comisión por delito Contra el patrimonio - Estafa, en agravio de WILBER HUANACO MOROCCO, se dispuso la notificación de la resolución siguiente: RESOLUCION NÚMERO VEINTIDÓS. Iquitos, uno de diciembre Del dos mil diecisiete. DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho para señalar fecha y hora para la lectura de sentencias, por lo que se dispone: CÍTESE a la acusada SANDRA MIRELLA FERNANDEZ ALVA , a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día jueves CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificará VÍA EDICTO PENAL. Suscribe la Secretaria de Juzgado por autorización expresa del señor Juez en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del Artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 02173-2012-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MAISA ANGELITA MEGO RUIZ
EDICTO
En la presente causa N° 02173-2012, seguida contra EDITA DEIS MANRRIQUE TAFUR y CARLOS AREVALO TARRILLO por la presunta comisión por el delito Contra la PROPIEDAD INDUSTRIAL - FABRICACIÓN O USO NO AUTORIZADO DE PATENTE, en agravio de los representantes de las marcas PUMA, ADIDAS, NIKE, BILLABONG, UMBRO, RESTOCK, MONSTER y RIP CURL, se dispuso la notificación de la resolución siguiente: RESOLUCION NÚMERO DIECIOCHO. Iquitos, uno de diciembre Del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho para señalar fecha y hora para la lectura de sentencias, por lo que se dispone: CÍTESE a los acusados EDITA DEIS MANRRIQUE TAFUR y CARLOS AREVALO TARRILLO, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día jueves CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificará VÍA EDICTO PENAL. Suscribe la Secretaria de Juzgado por autorización expresa del señor Juez en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del Artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 03176-2011-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MAISA ANGELITA MEGO RUIZ
EDICTO
En la presente causa N° 03176-2011, seguidos contra MILLER YAHUARCANI LUQUE, MAYCO NAY SHUÑA ICOMENA y DAVID VELASCO VENANCINO ALVA por la presunta comisión por delito Contra la Administración Pública - Violencia y Resistencia a la Autoridad para Impedir el ejercicio de sus funciones en forma agravada en agravio de LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA PNP LIMA, se dispuso la notificación de la resolución siguiente: RESOLUCION NÚMERO DIECIOCHO. Iquitos, uno de diciembre del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho para señalar fecha y hora para la lectura de sentencias, por lo que se dispone: CÍTESE a los acusados MILLER YAHUARCANI LUQUE, MAYCO NAY SHUÑA ICOMENA y DAVID VELASCO VENANCINO, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día QUINCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS DEL MEDIODIA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificará VÍA EDICTO PENAL. Suscribe la Secretaria de Juzgado por autorización expresa del señor Juez en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del Artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(13,14 y 15)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) - SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 03176-2011-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
ESPECIALISTA: MAISA ANGELITA MEGO RUIZ
EDICTO
En la presente causa N° 03176-2011, seguidos contra MILLER YAHUARCANI LUQUE, MAYCO NAY SHUÑA ICOMENA y DAVID VELASCO VENANCINO ALVA por la presunta comisión por delito Contra la Administración Pública - Violencia y Resistencia a la Autoridad para Impedir el ejercicio de sus funciones en forma agravada en agravio de LA SOCIEDAD Y EL ESTADO, PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA PNP LIMA, se dispuso la notificación de la resolución siguiente: RESOLUCION NÚMERO DIECIOCHO. Iquitos, uno de diciembre del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA, del presente expediente, que ha sido devuelto de despacho para señalar fecha y hora para la lectura de sentencias, por lo que se dispone: CÍTESE a los acusados MILLER YAHUARCANI LUQUE, MAYCO NAY SHUÑA ICOMENA y DAVID VELASCO VENANCINO, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día QUINCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS DEL MEDIODIA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran, en el Despacho del señor Juez del Juzgado Penal Liquidador de Maynas - Itinerante, ubicado en el segundo piso del edificio anexo de esta Corte Superior; haciendo presente que se designará defensor público en caso de inasistencia del abogado defensor elegido por el acusado, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. Disponiéndose OFICIAR a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia, a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado. Dejándose constancia que también se notificará VÍA EDICTO PENAL. Suscribe la Secretaria de Juzgado por autorización expresa del señor Juez en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del Artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(13,14 y 15)





