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JUZGADO PENAL

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JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00015-2015-70-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
IMPUTADO: RIOS RENGIFO, LUIS
DELITO: HURTO AGRAVADO
RIOS ORTIZ, ROYSSER
DELITO: HURTO AGRAVADO
AGRAVIADO: PANAIFO MARAPARA, MAMERTO DAVID
DEMANDANTE: MINISTERIO PUBLICO,
RESOLUCION NÚMERO SIETE
Caballo Cocha, veintiséis de Junio del dos Mil Diecisiete
En la fecha, estando a la constancia del Especialista de audiencia a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO- DERECHO A LA DEFENSA, se REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE UZGAMIENTO para el DÍA MIERCOLES DIECISEIS DE AGOSTO DEL 2017, a Horas 09:00 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P. Notifíquese.
V-3(10,11 y 12)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00060-2015-50-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADOR MININTER,
IMPUTADO: SHAPIAMA HUAYURI, SIXTO
DELITO: FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE
ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS
AGRAVIADO: ESTADO,
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA RAMON
CASTILLA,
RESOLUCION NÚMERO CINCO
Caballo Cocha, veintiséis de Junio del dos Mil Diecisiete
En la fecha, estando a la constancia del Especialista de audiencia, a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO, DERECHO A LA DEFENSA, se REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA DIEZ DE AGOSTO DEL 2017, a Horas 08:30 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, de biendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C P.P. Notifíquese.
V-3(10,11 y 12)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00079-2015-70-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADOR MININTER,
IMPUTADO: PEREZ GUERRERO, RICARDO RAFAEL
DELITO: FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE
ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS
AGRAVIADO: ESTADO,
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA RAMON
CASTILLA,
RESOLUCION NÚMERO CUATRO
Caballo Cocha, veintiséis de Junio del dos Mil Diecisiete
En la fecha, estando a la constancia del especialista de audiencia, a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO, DERECHO A LA DEFENSA, se REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA JUEVES 17 DE AGOSTO DEL 2017, a Horas 11:00 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P. Notifíquese.
V-3(10,11 y 12)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00112-2016-3-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
IMPUTADO: ALVA DEL AGUILA, JACK ALEXANDER
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: LOPEZ GUTIERREZ, JULIO
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA RAMON
CASTILLA,
RESOLUCION NÚMERO TRES
Caballo Cocha, veintiséis de Junio del dos Mil Diecisiete
En la fecha, estando a la constancia del especialista de audiencia a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO, DERECHO A LA DEFENSA, se REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA JUEVES 17 DE AGOSTO DEL 2017, a Horas 10:00 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P. Notifíquese.
V-3(10,11 y 12)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00115-2015-21-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADOR MININTER,
PROCURADOR ANTIDROGAS,
IMPUTADO: ESPIRITU DURAN, FERNANDRO
DELITO: FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE
ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS
CHARLES RAMOS, ATILIO
DELITO: FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE
ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS
AGRAVIADO: ESTADO,
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA RAMON
CASTILLA,
RESOLUCION NÚMERO SIETE
Caballo Cocha, veintiséis de Junio del dos Mil Diecisiete
En la fecha, estando a la constancia del especialista téngase presente a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO- DERECHO A LA DEFENSA, se REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA MIERCOLES 09 DE AGOSTO DEL 2017, a Horas 09:00 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P. Notifíquese.
V-3(10,11 y 12)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00147-2015-61-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
IMPUTADO: SHAPIAMA MURAYARI, OSMEL WILFRIDO
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: CORREA BARDALES, JOSE WILSON
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA RAMON
CASTILLA
RESOLUCION NÚMERO DOS
Caballo Cocha, veintiséis de Junio del dos Mil Diecisiete
En la fecha, estando a la constancia del Especialista de Audiencia, para no vulnerar el DEBIDO PROCESO, DERECHO A LA DEFENSA, se REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA JUEVES DIEZ DE AGOSTO DEL 2017, a Horas 09:30 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P. Notifíquese.
V-3(10,11 y 12)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N° 04-2014-0-1907-JR-PE-01.
ESPECIALISTA: ABOG. LEIDI MILAGRITOS SANTOS ARAUJO.
Que, en la instrucción, seguida contra PERCY IVAN PLASENCIA AREVALO y SEGUNDO YNGA HIDALGO, por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 186° inciso 1) y 5) del Código Penal, en agravio de la DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA-DATEM DEL MARAÑÓN, la señorita Juez MARIA INES DIAZ LOZANO del Juzgado PENAL UNIPERSONAL – DATEM DEL MARAÑÓN, ha dispuesto se notifique mediante edicto Judicial al imputado SEGUNDO YNGA HIDALGO, con la siguiente RESOLUCION NUMERO UNO: San Lorenzo; Cinco de Julio Del dos mil diecisiete.- RESUELVE: TENER POR FORMADO EL EXPEDIENTE JUDICIAL, y conforme a lo dispuesto por el articulo 137°del Código Procesal Penal: PONGASE A DISPOCISIÓN DE LAS PARTES PROCESALES por el plazo de cinco días para su revisión y eventual solicitud de copias simples o certificadas, y en su caso para instar la incorporación de alguna pieza o la exclusión de una que no corresponda.
V-3(10,11 y 12)

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