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JUZGADO PENAL

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EDICTO PENAL
En el Exp. N° 02864-2017-75-1903-JR-PE-02, en el proceso seguidos contra JANS KRASLEY JESUS URQUIA, por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en agravio del menor ABDIEL ISAAC FERNANDEZ LOPEZ, debidamente representado por su progenitor WILMER FERNANDEZ FACHO, se dispone la notificación mediante edicto de la resolución número dos, al acusado JANS KRASLEY JESUS URQUIA, cuyo contenido es el siguiente: Iquitos, cuatro de octubre del año dos mil dieciocho.- (…) REPROGRAMAR para el día QUINCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas CUATRO DE LA TARDE (04:00 p.m.) para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, sede central de esta Corte Superior, sito en Avenida Grau N° 720 de esta ciudad, con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y del Abogado Defensor; subsistiendo los apercibimientos decretados en la resolución anterior. FIRMADO ABOG. ERIKA IBERICO VEGA – JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS.- ABOG. GISELA MARISOL AHUANARI FLORES – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- IQUITOS CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO.
V-3(12,15 y 16)

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J. MIXTO) – SEDE MAYNAS
EXPEDIENTE: 00535-2011-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: IMAÑA URIARTE JHONY IVAN
EDICTO N° 01
Por el presente en la causa N° 535-2011, en los seguidos contra Lincer Saboya Canayo y otro por el Delito de Hurto Agravado en agravio de Luz Yolanda Pizango Pacaya, se ha dispuesto que se notifique las siguientes resoluciones a las partes procesales: INFORME FINAL. Iquitos, veintiocho de setiembre del dos mil dieciocho. El presente Proceso Penal Ordinario, se apertura contra LINCER SABOYA CANAYO y ANGEL CATASHUNGA SALAZAR por el delito CONTRA EL PATRIMONIO-ROBO AGRAVADO, ilícito penal previsto y sancionado en el Artículo 188°- (Tipo Base) concordante con las agravantes previstas en el primer párrafo numeral 3) y 4) del artículo 189° del Código Penal, en agravio de LUZ YOLANDA PIZANGO PACAYA, teniendo como precedente el Atestado Policial de fojas 01/08, en mérito de la formalización de la denuncia de fojas 43/50, se dictó el Auto de apertura de Instrucción de fojas 53/56, en mérito de dicha resolución, se tramita formalmente el proceso y vencido los plazos previstos en el Código de Procedimiento Penales, los autos son remitidos al Ministerio Público, quien emite Dictamen Final, encontrándose los autos para emitirse el informe final, de conformidad con el artículo 53° del código antes acotado, modificado por la Ley 27994, publicado el día seis de junio de 2003 en el Diario Oficial El Peruano, por lo que se pasa a dictar el que corresponde. Los procesados LINCER SABOYA CANAYO Y ANGEL CATASHUNGA SALAZAR tienen la condición de REOS LIBRE, con mandato de comparecencia restringida. Notificándose. / / RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y UNO. Iquitos, dos de octubre del dos mil dieciocho. DADO CUENTA y habiéndose emitido el correspondiente informe final de ley; agréguese y téngase presente; y en aplicación del artículo doscientos cuarto del Código de Procedimientos Penales: PÓNGASE este proceso a disposición de las partes, por el término de tres días, y vencido ese lapso ELÉVESE a la Sala Penal Liquidadora de Loreto, con la debida nota de atenciónNotifíquese.
Iquitos, 10 de octubre del 2018
V-3(12,15 y 16)

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