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JUZGADO PENAL

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2°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 01685-2012-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: BALAREZO DIAZ VICTOR ALEJANDRO
ESPECIALISTA: GAMANIEL LAULATE LOZANO
EDICTO
Por el presente el Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas hace de conocimiento de la persona de Antonio Maytahuari Camacho, que en la causa 1685-2012; seguido contra ALICIA RENGIFO VASQUEZ por el DELITO DE FALSEDAD IDEOLOGICA, se ha emitido lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS. Iquitos, dieciocho de noviembre Del  mil quince. DADO CUENTA el expediente juntamente con el correspondiente dictamen penal del Ministerio Público, la que se manda a agrega a  los autos.-Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo quinto del Decreto Legislativo ciento veinticuatro: PÓNGASE LOS AUTOS DE MANIFIESTO EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO POR EL TÉRMINO DE DIEZ DIAS CON LA FINALIDAD DE QUE LAS PARTES PROCESALES PRESENTEN SUS ALEGATOS SI CONSIDERAN NECESARIO.-Y vencido la misma: PÓNGASE a despacho apara emitir la resolución que corresponde; con citación. Y RESOLUCION NÚMERO SIETE. Iquitos, doce de mayo del dos mil dieciséis. DADO CUENTA de la revisión de autos, se aprecia que la resolución número seis, no fue notificado a la parte acusada, por lo que a fin de no vulnerar su derecho: CUMPLA con notificarse a la procesada ALICIA RENGIFO VAQUEZ, la resolución seis y la presente resolución, en su domicilio sito PSJ. 14 DE FEBRERO MZA.D, LT. 47-SAN VALENTIN-SAN JUAN BAUTISTA, sin perjuicio de hacerlo por edicto. Avocándose el señor Juez que suscribe y secretario judicial que da cuenta. Notificándose.
Iquitos, 12 de mayo del 2016
V-3(20,23 y 24)

2°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 01411-2011-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: BALAREZO DIAZ VICTOR ALEJANDRO
ESPECIALISTA: GAMANIEL LAULATE LOZANO
EDICTO
Por el presente se pone a conocimiento de la causa, que en el expediente N° 1411-2011, que se le sigue a DAM DAVID  DAVILA RIOS, por el DELITO DE VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, en agravio de LJPS; se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCION NÚMERO TREINTA Y CINCO. Iquitos, diecisiete de mayo del dos mil dieciséis. DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede, siendo el caso que el Defensor Público no designaron en esta causa pese a oficiarse a la dirección de Defensa Pública, en consecuencia, a fin de no vulnerarse el derecho de las partes: CITESE a las partes procesales a la audiencia de LECTURA DE SENTENCIA, cuyo acto es PÚBLICO E INAPLAZABLE la misma que se llevará a cabo con los que concurran al mismo, la misma que se programa para el día VEINTIUNO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, diligencia que se realizará en el Despacho del señor Juez del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en Urbanización Jardín N° 08 – Altura cuadra siete de calle Brasil, 2do piso –Iquitos. NOTIFIQUESE al acusado DAM DAVID DAVILA RIOS, a su domicilio real señalado en su denuncia penal y la señalada en su ficha RENIEC, sin perjuicio de hacerlo en su domicilio procesal, a fin de que concurra, a la fecha y hora antes señalada para la lectura de sentencia, la misma que se realizará a cabo con o sin su presencia física, con la sola concurrencia de su abogado de elección, en defecto y/o ausencia de éste con el defensor Público, de conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba la Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”. NOTIFIQUESE al Representante de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas y con conocimiento de la parte agraviada para la cual se manda ha notificar. OFICIESE a la Dirección de Defensa Pública del Ministerio de Justicia a fin de que designe un defensor Público que asumirá la defensa del procesado en caso que el referido no lo haya designado al de su libre elección, en cuyo casó intervendrá el Defensor Público.  Al escrito presentado por Lincy Pasmiño Shahuano, estando a lo que indica: Estese a lo resuelto en autos. Notificándose por cédula de ley sin perjuicio de hacerlo por edicto.
Iquitos, 17 de mayo del 2016
V-3(20,23 y 24)

2°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 03446-2011-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: BALAREZO DIAZ VICTOR ALEJANDRO
ESPECIALISTA: GAMANIEL LAULATE LOZANO
EDICTO
Por el presente se hace de conocimiento que en el presente proceso 3446-2011 que se le sigue contra DANNY GIAN RUFASTO BARDALES por DELITO DE APROPIACION ILICITA, en agravio de KELLY GARCIA PEZO. Se dispuso notificar lo siguiente: RESOLUCION NÚMERO NUEVE. Iquitos, diecisiete de mayo del dos mil dieciséis. DADO CUENTA con la razón del cursor que antecede: Téngase presente, y estando a la revisión de los actuados, se advierte que el procesado no fue notificado válidamente al procesado DANNY GIAN RUFASTO BARDALES, con la resolución número ocho su fecha uno de setiembre del dos mil catorce, en ese sentido: CUMPLASE CON NOTIFICARSE al procesado DANNY GIAN RUFASTO BARDALES, con la resolución número ocho su fecha uno de setiembre del dos mil catorce, y mediante edicto penal, RESERVÁNDOSE PONER LOS AUTOS A DESPACHO, hasta habido sea el referido procesado, y observándose que no se ha notificado válidamente al procesado, en consecuencia: HABILITESE FECHA Y HORA para recabar la declaración instructiva de DANNY GIAN RUFASTO BARDALES para el UNO DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente en caso de inconcurrencia. Avocándose el señor Juez que suscribe y secretario judicial que da cuenta. Notificándose., y RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO. Iquitos, uno de setiembre Del dos mil catorce. POR RECIBIDO Y DADO CUENTA EN LA FECHA el presente expediente juntamente con el dictamen penal del Ministerio Público: AVÓQUESE la suscrita juez al conocimiento de la misma por disposición Superior y al haber resumido sus funciones después de haber estado en licencia: PÓNGASE LOS AUTOS DE MANIFIESTO EN LA SECRETARIA DEL JUZGADO POR EL TÉRMINO DE DIEZ DIAS CON LA FINALIDAD DE QUE LAS PARTES PROCESALES PRESENTEN SUS ALEGATOS SI CONSIDERAN NECESARIO y vencido la misma PÓNGASE a despacho para emitir la resolución que corresponde.-Y cumpla el secretario con notificar la resolución número siete y la presente; con citación.
Iquitos, 17 de mayo del 2016
V-3(20,23 y 24)

EDICTO – PENAL
EXPEDIENTE: 489-2007
SECRETARIO JUDICIAL: ABOG. MYRNA MEDINA CALDERON
Por la presente se notifica con la parte resolutiva de la Resolución N°21 del 13 de noviembre 2015 del Expediente N° 489-2007 a la agraviada COMUNIDAD SANTA RITA-SAN JOSÉ DE LUPUNA-RIO NANAY, que declara de Oficio la extinción de la acción penal por Prescripción a favor de EDGAR LESTER PÉREZ Y EDGAR  ISAMAN ROMAINA como presuntos autores del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto Agravado; ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE.-FDO:EL JUEZ. FDO: EL SECRETARIO JUDICIAL.- PUBLIQUESE conforme a ley. Iquitos, 09 de mayo 2016.
V-3(20,23 y 24)

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