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JUZGADO PENAL

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1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE    : 03041-2009-0-1903-JR-PE-06
ESPECIALISTA    : PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El PRIMER JUZGADO PENA LIQUIDADOR DE MAYNAS notifica por el presente al procesado, MANUEL TORRES YAHUARCANI, la resolución N° 09, que dispone poner los autos a disposición de las partes por el termino de cinco días, en la secretaria de juzgado, para que los abogados defensores presente informes escritos y/o verbales que correspondan; vencido dicho plazo póngase los autos a despacho para emitir la resolución que corresponda.
Iquitos, 02 de mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00484-2012-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado PEDRO SIFUENTES VIGAY, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTE DE JUNIO DE 2016 A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. Asimismo cúmplase con notificar al referido acusado mediante edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00521-2011-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza a la procesada JOVANA ASPAJO GUERRA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02814-2008-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS           
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado EDGAR DENIS VELA, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 00903-2009-0-1903-JR-PE-03
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA    : PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado WERLINGER PACAYA GUELLE, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 02575-2012-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado ELVIS GUILLE CELIS SANTILLAN, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día MARTES TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. sin perjuicio de ello remítanse los edictos Nacionales al Diario el Peruano así como también el diario local la Región. Notificándose.-
Iquitos, 25 de Abril de 2016.
V-3(12,13 y 16)

1°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO (EX 5°)
EXPEDIENTE: 01664-2011-0-1903-JR-PE-06
JUEZ: ROSA ESTELA PELAEZ QUIPUZCO
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL
El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, de conformidad con la Segunda Disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N° 1206, y con lo dispuesto por el artículo 285-B inciso 1) incorporado al Código de Procedimientos Penales, por el  artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1206. cita y emplaza al procesado JULIO CABRERA YAY, PARA LA LECTURA DE SENTENCIA, para el día VEINTE DE JUNIO DE 2016 A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado ubicado en la Urbanización  Jardín N° 8 (ref. calle Brasil cuadra 7 esquina con Fanning-Iquitos),  la misma que se llevará acabo en acto público e inaplazable y con los que concurran al mismo, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la referida diligencia con la sola presencia de su Abogado Defensor o en su defecto del Defensor Público asignada a este Juzgado, en caso de inconcurrencia del referido acusado y de su Abogado Defensor, debiendo el cursor notificar a las partes procesales, y al defensor Público.  Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. Asimismo verificar los cargos de notificación en el domicilio real y procesal con cinco días de anticipación, bajo responsabilidad y dar cuenta oportunamente a fin de evitar la frustración de la  lectura. Asimismo cúmplase con notificar al referido acusado mediante edicto a nivel Nacional y local. Notificándose.-
Iquitos, 02 de Mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

EXPEDIENTE: 02606-2012-0-1903-JR-PE-06
ESPECIALISTA: PADILLA ARPITA BENITO JESUS
EDICTO PENAL.
El primer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, por el presente notifica al acusado  DAVID SAQUIRAY CAHUAMARI, la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO DIEZ.- Iquitos, quince de junio de dos mil quince.- Dado cuenta con el dictamen penal que antecede, agréguese a los autos y téngase presente, de conformidad con el artículo cinco del decreto legislativo ciento veinticuatro modificado por el artículo dos de la ley veintiocho ciento diecisiete, PONGASE LOS AUTOS A DISPOSICION DE LAS PARTES por el término de diez días, a fin de que presenten sus informes o alegatos de acuerdo a ley. y fecho PONGASE LOS AUTOS A DESPACHO, a fin de suscrito emita la resolución que corresponda. Al otrosí: Estando a lo solicitado por el Representante del Ministerio Público; ACLARESE y téngase por precisado como agraviado a la EMPRESA ATLANTIC INTERNATIONAL SUDAMERIS E.I.R.L (AISA ERIL), representado por LEON ELEUTERIO VALVERDE LOAYZA, quedando subsístete lo demás que contiene. Hágase .Saber. Interviniendo el Testigo Actuario que da cuenta por disposición superior.
Iquitos 03 de mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR (AD. FUNC. J.MIXTO) – NAUTA I
EXPEDIENTE: 00147-2011-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE
ESPECIALISTA: PALERMO VASQUEZ NOVACK
IMPUTADO: SANGAMA RAMIREZ, RENE
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
(MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
INUMA LAVAJOS, MAX
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
(MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
CHUJE RUIZ, LUZMILA
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
(MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
CERNA CANELOS, VICTOR ANGEL
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
(MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: MENOR DE EDAD INICIALES, JSCH
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE.- Nauta, Veintiséisde Abril del dos mil Dieciséis.-
Dado cuenta con en la y habiéndose emitido el Informe respectivo, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 204° del Código de Procedimientos Penales. PÓNGASE A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES PROCESALES, por el término de TRES DÍAS, y cumplido ELÉVESE los autos a la Sala Penal Liquidadora. para no vulnerar el debido proceso y causar indefensión a las partes procesales se debe notificar por edicto, en consecuencia, Notifíquese por Edicto. Interviniendo a la presente causa el señor juez que suscribe y el secretario judicial que da cuenta por Disposición Superior.
V-3(12,13 y 16)

Exp. N° 01764-2013-81-PE- “Cuaderno de Debates”
Especialista: Catalina Andrea Carvallo del Aguila
Segundo Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central
EDICTO
Por el presente, el SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 01764-2013-81-1903-JR-PE-02, se dispuso Notificar a la persona de WILDER ALAN REÁTEGUI VIENA, identificado con DNI N° 41859763, con la resolución número DOS, de fecha 25-04-2016; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia de Juicio Oral en la presente causa, para el día MARTES CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA), la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS  DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO, ubicado en AV. GRAU N° 720 – SEGUNDO PISO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS; proceso seguido en su contra por el DELITO CONTRA LA FAMILIA – OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR – INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio de la menor de iniciales S.S.R.G., representado por su progenitora Irma Edith Góngora López; bajo apercibimiento de declararle REO CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia programada por este Juzgado. Así firma el Señor Magistrado, de lo que como especialista de causa certifica. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 25 de Abril de 2016.
V-3(12,13 y 16)

Exp. N° 00713-2014-22-PE- “Cuaderno de Debates”
Especialista: Catalina Andrea Carvallo del Aguila
Segundo Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central
EDICTO
Por el presente, el SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00713-2014-22-1903-JR-PE-04, se dispuso Notificar a la persona de VÍCTOR JOSÉ CAPUÑAY ESQUICHA, identificado con DNI N° 40677998, con el contenido de la resolución número CUATRO, de fecha 02-05-2016; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia de Juicio Oral en la presente causa, para el día MARTES DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS  DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO, ubicado en AV. GRAU N° 720 – SEGUNDO PISO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS; proceso seguido en su contra por el DELITO CONTRA LA FAMILIA – OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR – INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio de la menor de iniciales J.J.A.C.P., representado por su progenitora Jully Pezo Echevarría; bajo apercibimiento de declararle REO CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia programada por este Juzgado. Así firma el Señor Magistrado, de lo que como especialista de causa certifica. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 02 de Mayo de 2016.
V-3(12,13 y 16)

Exp. N° 00414-2015-61-PE- “Cuaderno de Debates”
Especialista: Catalina Andrea Carvallo del Aguila
Juzgado Penal Colegiado – Sede Central
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO PENAL COLEGIADO – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00414-2015-61-1903-JR-PE-01, se dispuso Notificar a la persona de CHRISTIAM KLAUS FASABI RIVAS, identificado con DNI N° 44935719; con el contenido de la resolución número TRES, de fecha 21-04-2016; mediante el cual se le cita a Juicio Oral en la presente causa, para el día MIÉRCOLES OCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE MAYNAS, ubicado en AV. GRAU N° 720 – SEGUNDO PISO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS; proceso seguido en su contra por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES DE CATORCE AÑOS, ilícito penal previsto y sancionado en el inciso 2) del primer párrafo y segundo párrafo del artículo 176°-A del Código Penal; en agravio de la menor de iniciales A.J.B.A.; bajo apercibimiento de declararle REO CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia programada por este Juzgado. Así firman los Señores Magistrados integrantes del Colegiado, de lo que como especialista de causa certifica. AVOCÁNDOSE al conocimiento de la presente causa, al Señor Juez Víctor Alejandro Balarezo Díaz, quien suscribe por disposición Superior. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 21 de abril de 2016.
V-3(12,13 y 16)

EDICTO PENAL
Expediente N° 2014– 01744-77 – Cuaderno de debate
Especialista Judicial: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Maynas

Por el presente el Segundo Juzgado Unipersonal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 0744-2014-77-PE, se dispuso Notificar a la persona de RONALD HUANAQUIRI SILVA, la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO TRES. Iquitos, cinco de mayo de dos mil dieciséis.- SE RESUELVE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA Y JUICIO ORAL en la presente causa, la misma que se realizará en ACTO PÚBLICO el día TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOS CON TREINTA DE LA TARDE, en la SALA DE AUDIENCIA DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS, ubicada en la Avenida Grau número setecientos veinte, segundo piso de la ciudad de Iquitos; 1)     EN CONSECUENCIA: SE DISPONE: NOTIFICAR CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN a los siguientes sujetos procesales para que concurran obligatoriamente al Juicio oral en la fecha y hora antes señalado, mediante cédula o por cualquier otro medio de notificación idóneo y verificable, y estableciendo los apercibimientos que directamente corresponden a cada uno de ellos, en el caso que se produzca alguna inconcurrencia: a) CITESE al acusado RONALD HUANAQUIRI SILVA, a quien se le notificará en su domicilio real sito en CALLE 03 DE AGOSTO – LOTE 10  – SAN JUAN BAUTISTA, sin perjuicio de notificarse por edicto penal en el Diario Judicial “La Región” y el Diario Oficial “El Peruano”, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. b) CÍTESE al Abogado defensor del acusado, al letrado AUGUSTO PADILLA REATEGUI, en su domicilio procesal sito en CALLE SARGENTO LORES N° 702 – IQUITOS, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de poner en conocimiento del Ministerio de Justicia. c) CITESE Al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO responsable del caso Dra. GIOVANNA FELIX Fiscal Provincial de la Octava Fiscalía Provincial Corporativa de Maynas, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, de conformidad con el artículo 359°. 6) del CPP.
Citar a los testigos y peritos admitidos como órganos de prueba, con la información proporcionada por las partes procesales, debiendo los referidos sujetos procesales coadyuvar en su localización, emplazamiento y concurrencia, en caso de información presentada sea defectuosa, incompleta, insuficiente o inoportuna. Precisar, que la citación a testigos y peritos, deberá ser reservada para siguiente oportunidad. Notifíquese.
V-3(12,13 y 16)

EDICTO PENAL
Expediente: N° 0369-2014-34-PE – Cuaderno de debate
Especialista Judicial: ROCIO RIOS TAFUR
Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Maynas.
Por el presente el señor Magistrado VICTOR. A. ROMERO URIOL, Presidente del Juzgado Colegiado Penal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 0369-2014-34-PE, seguido contra el acusado PAOLO CESAR MEGO SHAHUANO como presunto autor por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA – PELIGRO COMUN en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, previsto en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD; se dispuso Notificar RESOLUCION NUMERO DOCE. Iquitos, veintinueve de abril, del dos mil dieciséis. AUTOS Y VISTOS (…). Al acusado PAOLO CESAR MEGO SHAHUANO, a la AUDIENCIA Y JUICIO ORAL la misma que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTE DE SEPTIEMBRE, DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA en la SALA DE AUDIENCIA DEL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL PENAL DE MAYNAS, ubicada en la Av. Grau N° 720-2° Piso de la ciudad de Iquitos, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP.
Iquitos, 29 de abril de 2016.
V-3(12,13 y 16)

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