JUZGADO PENAL

TERCER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE MAYNAS
Instr. N° 10-2011
Sec. S. SORIA.R
NOTIFICAR: CARLOS AUGUSTO DEL AGUILA GARCIA (IMPUTADO)
EDICTO  PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE. Iquitos,  veintidós de octubre del dos mil quince.
DADO CUENTA, en la fecha del presente expediente con la razón que antecede emitida por la cursora, estando a lo que expone téngase presente; y de la revisión de los actuados se advierte que la resolución número ocho y resolución numero doce, no fue debidamente notificado al imputado Carlo Augusto Del Águila García, conforme la razón de dicho que obran a fojas ciento veinticinco y ciento sesenta y tres, de autos en la que devuelve dicha cedula indicando que no existe la numeración del domicilio domiciliaria del imputado  por lo que dificulta su notificación, por tal motivo no fue posible notificar al imputado, por lo que a fin de evitar nulidades posteriores, NOTIFIQUESE la presente resolución y la resoluciones número ocho y la resolución número doce, al imputado Carlo Augusto Del Águila García, en su domicilio real señalado en su ficha RENIEC, sin perjuicio de notificarse por EDICTO en el diario judicial “La Región; y siendo el estado del presente proceso, y habiéndose vencido en exceso el plazo ampliatorio de investigación, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el articulo cuatro del Decreto Legislativo Ciento Veinticuatro, REMÍTASE los actuados a la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Maynas, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones; y conforme a lo dispuesto mediante resolución número doce, que obra a fojas ciento cincuenta y nueve de autos, REQUIÉRASE nuevamente al Primer Juzgado de Familia, Segundo Juzgado de Familia y Juzgado Transitorio de Familia de Maynas, para que remita a la brevedad posible a este juzgado copias certificada del proceso por acto infractor de hurto agravado seguido en contra del menor KEVIN ABEL VILLACORTA TELLO, la misma que se requiere para resolver el presente proceso; Sin perjuicio de lo resuelto RECÁBESE los antecedentes penales y judiciales del procesado Carlo Augusto Del Águila García y antecedentes penales del procesado Mario Rufus Vásquez Villacorta. Estando al retraso injustificado en el trámite de la presente instrucción llámese severamente la atención al Ex -Secretario Judicial Armando Avalos Panduro, y a la actual especialista de causa, por la demora incurrida en la tramitación del presente proceso, exhortándole a la actual especialista a que ponga mayor celo en el desempeño de sus funciones, Interviniendo el secretario Judicial, que da cuenta del presente proceso. AVOQUESE al conocimiento de esta causa a la señora Juez que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese Ofíciese con tal fin.
V-3(04,05 y 06)

Instr. N° 0176-2011
Sec. Jud. Shirley Soria Rivadeneira
E D I C T O        P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA y EMPLAZA al acusado EFRAIN PEREZ YURIMACHI para que se presente ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), para los fines de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA a dictarse en autos, en la audiencia del día 23 DE NOVIEMBRE DEL 2015, A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA; por estar así ordenado en la Instrucción N° 0176-2011, que se le sigue por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL-VIOLACION DE PERSONA EN INCAPACIDAD DE RESISTIR, en agravio de R.F.J.M.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 02 de noviembre del 2015.
V-3(04,05 y 06)

Instr. N° 00986-2012
Sec. Jud. Shirley Soria Rivadeneira
E D I C T O        P E N A L
Por disposición de la señora Juez se CITA, LLAMA y EMPLAZA a los acusados SAMUEL ANDERSON PEÑA VELA y ANGEL IVAN CALDERON ALVAN para que se presenten ante el local del 3er. Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Maynas, sito en URB. JARDIN N° 8 (calle Brasil/Fanning-Iquitos), para los fines de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA a dictarse en autos, en la audiencia del día 13 DE NOVIEMBRE DEL 2015, A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA; por estar así ordenado en la Instrucción N° 00986-2012, que se le sigue por el delito de PROXENETISMO en la modalidad de USUARIO-CLIENTE, en agravio de la menor de iniciales D.E.Q.R.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 02 de noviembre del 2015.
V-3(04,05 y 06)

EDICTO
Expediente N° 01996-2014-98, Especialista de Audiencia: Dolly S. Alvarado Lazo. Por disposición Superior del Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, cita, llama y emplaza a: ROBERT ALONSO PEREZ VELA en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Tercer Juzgado Unipersonal de Maynas, para la Audiencia del juicio oral el DÍA QUINCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA. Al haberse dispuesto en el Expediente N° 01996-2014-98 seguido en su contra por la presunta comisión de delito de Conducción en estado de ebriedad en agravio de la SOCIEDAD. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta cuando sea habido.
Iquitos, 02-11-15
V-3(04,05 y 06)