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Iquitos
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JUZGADO PENAL

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Exp. N° 00852-2023-53-1903-JR-PE-02 – “Cuaderno de Debate”
Esp. de Audiencia: Angelica Anabel López Echevarría
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL TRANSITORIO DE MAYNAS
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL TRANSITORIO DE MAYNAS, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00852-2023-53-1903-JR-PE-02, se dispuso Notificar al acusado BRANDY SANTILLAN CELIS, con el contenido del Acta de Registro de Audiencia Pública de Juicio Oral, de fecha 19/08/2026; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia Pública de Juicio Oral en la presente causa, para el día VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS en el proceso seguido en su contra como AUTOR del delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACIÓN DE PERSONA EN ESTADO DE INCONCIENCIA O EN LA IMPOSIBILIDAD DE RESISTENCIA, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 171° del Código Penal, en agravio de MENOR DE INICIALES D.A.M.C. Link para la audiencia: https://meet.google.com/nkk-ucmz-xjt
NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 19 de agosto de 2026.
V-3(13, 14 y 15)

4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02702-2026-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 1ERA FPPCM,
IMPUTADO: REAÑO RUIZ, JOY WILLY
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, PWRR Y LLRR
SE EMPLAZA A REAÑO RUIZ, JOY WILLY Y MENOR DE INICIALES, PWRR Y LLRR REPRESENTADA POR TERESITA LIZETH RIVAS SALAZAR
Resolución Nro. 01
Iquitos, 21 de septiembre del 2026.
Dado cuenta al requerimiento de proceso inmediato presentado por el representante del Ministerio Público: CITESE A LA AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACION PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DEL PROCESO INMEDIATO, PARA EL DIA 22 DE DICIEMBRE DEL 2026, A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA la misma que se llevará en la Sala de Audiencias del Juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N – Módulo Penal Central NCPP, 2° Piso; de igual forma se realizará de manera virtual mediante el siguiente enlace de conexión: meet.google.com/uio-fmvz-nyo.
V-3(13, 14 y 15)

4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02702-2026-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 1ERA FPPCM,
IMPUTADO: REAÑO RUIZ, JOY WILLY
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, PWRR Y LLRR
SE EMPLAZA A REAÑO RUIZ, JOY WILLY Y MENOR DE INICIALES, PWRR Y LLRR REPRESENTADA POR TERESITA LIZETH RIVAS SALAZAR
Resolución Nro. 01
Iquitos, 21 de septiembre del 2026.
Dado cuenta al requerimiento de proceso inmediato presentado por el representante del Ministerio Público: CITESE A LA AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACION PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DEL PROCESO INMEDIATO, PARA EL DIA 22 DE DICIEMBRE DEL 2026, A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA la misma que se llevará en la Sala de Audiencias del Juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N – Módulo Penal Central NCPP, 2° Piso; de igual forma se realizará de manera virtual mediante el siguiente enlace de conexión: meet.google.com/uio-fmvz-nyo.
V-3(13, 14 y 15)

Expediente: N° 1137-2023-88
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRENSITORIO DE MAYNAS de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a cargo del señor Magistrado ROBERT CHUMBIMUNE PORRAS sé ha dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, a los acusados GUIDO QUISPE MORA y ALEX SIESQUEN SANTOS en el proceso que se les sigue por el delito de CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL en la modalidad de USO NO AUTORIZADO DE PATENTE, en agravio de CK CALVIN Y ESCRITURA – TITULAR CALVIN KLEIN TRADEMARK TRUST representado por SRTURO O, DIAZ HUAMAN Y OTROS CÍTESE A LA REPROGRAMACION DEAUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos: Bajo apercibimiento de declarase Reo Contumaz en caso de inconcurrencia injustificada.CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de audiencia PRESENCIAL (excepcionalmente con uso de aplicativo Google Meet) según los siguientes términos :
CÍTESE A JUICIO ORAL que se llevará a cabo el día VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTISEIS (24/11/2026), A HORAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA (09:15 AM), en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. HABILÍTESE la sala virtual en la plataforma Google Meet, con el enlace de acceso (https://meet.google.com/tzs-ycch-avx). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad.
V-3(13, 14 y 15)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00308-2023-6-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL NAUTA,
IMPUTADO: LOAYZA CHAVEZ, JOSE DILVER
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: DEL AGUILA RODRIGUEZ, FRESIA CRISTAL
RESOLUCION NUMERO DOS
Nauta, quince de setiembre Del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA, en la fecha del presente proceso, con el oficio N° 1563-2026-INPE/ORNOSM-EML-IQUI-AL, presentado por la Oficina Responsable del establecimiento del Medio Libre –INPE, mediante el cual comunica que, el sentenciado JOSE DILVER LOAYZA CHAVEZ, a la fecha no se ha presentado a esa dependencia, a efectos de cumplir con realizar sus Jornadas Comunitarias conforme lo establece la sentencia. Asimismo, el sentenciado no es ubicado en la dirección Av. Circular S/N – Nauta; Téngase Presente y siendo el estado del proceso se Dispone: REQUERIR al sentenciado que cumpla con presentarse a la Oficina de Reo Libres sito en Av. Abelardo Quiñones Km. 4.5 Distrito de San Juan, EN UN PLAZO DE 10 DIAS. Bajo apercibimiento de Revocarse la pena, previo requerimiento del Fiscal, Asimismo CUMPLA con el pago de la reparación civil. Notifíquese. Así como también vía edicto.
V-3(13, 14 y 15)

Exp. N° 00072-2023-3-1903-JR-PE-01
1° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO -Sede Central
EDICTO
Por el presente, se hace de conocimiento que se dispuso Notificar a los acusados CARMEN LAUREANA RITUAL YAYA y HERNÁN ENRIQUE ALONSO ESPINO DEL CASTILLO, con el contenido de la Res. 05; dispone Reprogramar la Audiencia Pública de Juicio Oral para el día 26 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (26/11/2026), A LAS CATORCE HORAS – (14:00 P.M), en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos, y/o meet.google.com/uye-ydzi-mrh; proceso seguido contra ABRAHAM JOEL VALDIEZO OLIVA, y otros, como presuntos AUTORES del delito contra patrimonio en la modalidad de fraude informático, previsto sancionado en el artículo 8° primer párrafo de la Ley 30096, en agravio de SHURLE JULLIER ROJAS SANCHEZ. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 07 de octubre del año 2026
V-3(13, 14 y 15)

Expediente N° 1173-2024-10-1903-JR-PE-02
1° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO -Sede Central
EDICTO
Por disposición Superior del Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, cita, llama y emplaza a: MEYSER JARBER PEÑA GONZALES (acusado), debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Tercer piso (ingreso por la puerta de la mariscal caceres) o conectarse al enlace meet.google.com/xvv-pvkj-zam, para el día 26 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (26/11/2026), A LAS CATORCE HORAS CON QUINCE MINUTOS (14:15 P.M), al haberse dispuesto en el EXPEDIENTE N° 1173-2024-10-1903-JR-PE-02, seguido contra seguido contra MEYSER JARBER PEÑA GONZALES, por la presunta comisión del delito MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN; en agravio del ESTADO.
Iquitos, 07 de octubre del año 2026
V-3(13, 14 y 15)

Expediente N° 2220-2018-83-1903-JR-PE-05
1° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO -Sede Central
EDICTO
Por disposición Superior del Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, cita, llama y emplaza a: ANTONIO MOZOMBITE LOPEZ (acusado) y RENE TORRES CASIMIRO (acusado), debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Tercer piso (ingreso por la puerta de la mariscal caceres) o conectarse al enlace meet.google.com/poz-vscq-crq, para el día 17 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (17/12/2026), A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (14:30,) al haberse dispuesto en el EXPEDIENTE N° 2220-2018-83-1903-JR-PE-05, seguido contra seguido contra ANTONIO MOZOMBITE LOPEZ Y OTROS, por la presunta comisión del delito TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES Y OTROS; en agravio del ESTADO.
Iquitos, 09 de octubre del año 2026
V-3(13, 14 y 15)

Expediente N° 2227-2023-16-1903-JR-PE-05
1° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO -Sede Central
EDICTO
Por disposición Superior del Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, cita, llama y emplaza a: WILFREDO BACA INUMA (acusado), debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Tercer piso (ingreso por la puerta de la mariscal caceres) o conectarse al enlace meet.google.com/eez-scpt-mdo, para el día 17 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (17/12/2026), A LAS DOCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO (12:45 P.M), al haberse dispuesto en el EXPEDIENTE N° 2227-2023-16-1903-JR-PE-05, seguido contra seguido contra WILFREDO BACA INUMA, por la presunta comisión del delito CONTRABANDO; en agravio del ESTADO.
Iquitos, 09 de octubre del año 2026
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO PENAL
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02656-2025-81-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA: DEL AGUILA TUESTA FRANK MITCHELSON
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,
IMPUTADO: LUNA GREFFA, AUGUSTO
DELITO: TOCAMIENTOS, ACTOS DE CONNOTACIÓN SEXUAL O ACTOS LIBIDINOSOS SIN
CONSENTIMIENTO
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, DARA 12
Por disposición superior, y por medio de la presente se NOTIFICA el acta de audiencia, de fecha 28.08.2026, al imputado AUGUSTO LUNA GREFFA, en la cual se ha dispuesto: REPROGRAMAR de acuerdo a la disponibilidad de la agenda judicial, la audiencia de PRUEBA ANTICIPADA, la misma que se llevará a cabo el día CUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03.30 p.m.), a través del aplicativo https:// meet.google.com/xdh-jccp-udh, dicha diligencia deberá contar con la presencia obligatoria del Fiscal Penal, Fiscal de Familia, asi como la defensa técnica del imputado y el imputado.
Iquitos, 12 de octubre de 2026.
V-3(13, 14 y 15)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00089-2015-40-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DISTRITO FISCAL DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: WASHINTON MAYNAS, CARMEN Y OTROS
DELITO: ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS.
AGRAVIADO: EMPRESA PLUSPETROL NORTE SA,
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO
Nauta, quince de setiembre Del año dos mil veintiséis.
AUTOS Y VISTOS; Dado Cuenta a la fecha del presente proceso y con la revisión de la misma, se tiene que ninguna de las partes a la fecha ha interpuesto medio impugnatorio contra la Resolución Número DIECISIETE siendo ello así se debe procederse conforme a lo dispuesto (en aplicación supletoria) por el Artículo 123° del Código Procesal Civil, cuyo texto literalmente dice: “Una resolución adquiere la autoridad de cosa juzgada cuando: …. 2. Las partes renuncian expresamente a interponer medios impugnatorios o dejan transcurrir los plazos sin formularlos.”. En atención a ello, SE DISPONE: DECLARAR CONSENTIDA LA RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE de fecha nueve de julio de 2026, el cual se resolvió Declarar de Oficio la Prescripción de la Acción Penal Extraordinaria Declarando Extinguida la Acción Penal, por ende, Archívese Definitivamente conforme a ley. Al escrito N° 3841-2026 presentado por los imputados Gerardo Maynas Hualinga y Otros, a lo solicitado; Estese a lo resuelto en la presente resolución. NOTIFIQUESE. adj. la res 17.
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00211-2022-34-1905-JR-PE-01- “Cuaderno de Debate”
Esp. de Audiencia: Abog Marjorie Zuleika Pasquel Garcia
2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
Por el presente, el 2° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con N° 00211-2022-34-1905-JR-PE-01, se dispuso NOTIFICAR al acusado EUGENIO MELCHOR MEJIA CATASHUNGA, con el contenido del Acta de Registro de Audiencia Pública de Juicio Oral, de fecha 09-09-2026; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia P:ública de Juicio Oral en la presente causa, para el día TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO 2026; A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA¸ bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL 2° Juzgado Penal Colegiado Supra Provincial Conformado – Sede Central, sito en Av. Mariscal Cáceres cuadra 5, entrando por la puerta N° 3 – Segundo Piso – Distrito de Iquitos; así como mediante el siguiente enlace: meet.google.com/zfs-hump-jik, en el proceso seguido contra EUGENIO MELCHOR MEJIA CATASHUNGA como presunto autor del delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, previsto en el artículo 173 del código penal, en agravio de LA MENOR I.M.I.N. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 09 de octubre del 2026
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO PENAL
2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO-Sede Central
EXPEDIENTE: 03346-2022-81-1903-JR-PE-01
IMPUTADO: PIZANGO PILCO MARCOS FERNANDO
DELITO: URSURPACIÓN AGRAVADA
AGRAVIADO: ANABELLE USHIÑAHUA PEREZ y CHRISTIAN MACEDO TORRES
Acta de audiencia de fecha 25 de agosto del 2026 (AUDIENCIA DE JUICIO ORAL) en el proceso N° 03346-2022-81-1903-JR-PE-01, seguido contra el acusado MARCOS FERNANDO PIZANGO PILCO y otros, por el delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de USURPACIÓN AGRAVADA previsto y sancionado en el primer párrafo numeral 2° y segundo párrafo del artículo 202° del Código Penal, concordante con el primer párrafo numeral 2 y 3 del artículo 204 del mismo cuerpo legal, en concurso ideal con el delito de DAÑO AGRAVADO, previsto en el artículo 206 numeral 3 del Código Penal concordante con el artículo 205, en agravio de ANABELLE USHIÑAHUA PEREZ y CHRISTIAN MACEDO TORRES; mediante el cual se dispone REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTISÉIS, A HORAS OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, a fin de instalar el juicio oral, a efectos de recibir la instalar juicio oral contra el acusado MARCOS FERNANDO PIZANGO PILCO, quien en la apertura de juicio oral no ha concurrido. Se informa que la audiencia se realizará de manera presencial y/o virtual, en la Sala de Audiencia del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas sito en Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos; manteniéndose el mismo enlace de google meet establecido en todo el juicio oral: meet.google.com/taw-iden-mmy. NOTIFIQUESE al acusado MARCOS FERNANDO PIZANGO PILCO mediante edicto electrónico y penal en el diario La Región por el término de tres días.
Iquitos, 25 de agosto
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 01901-2017-35-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: ABG. NATHALY ORNELLA SANGAMA SAJAMÍ
Por disposición Superior del Primer Juzgado Penal Colegiado de Maynas, se cumple con citar al TESTIGO LUCILA MANUYAMA CATASHUNGA, con la finalidad de rendir su declaración testimonial el día DIECISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA CON CUARENTA MINUTOS (10:40. AM), en la sala de audiencias del Primer Colegiado Permanente de Maynas – sito en Av. Cáceres/Moore – 3er Piso – Modulo Penal Central, bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración, por haberse ordenado en el EXPEDIENTE N° 01901-2017-35-1903-JR-PE-01, en los seguidos contra MAYER VASQUEZ GOMEZ, por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, de acuerdo a lo previsto y sancionado en el primer párrafo, numeral 2) del artículo 173° último párrafo del Código Penal, en agravio de la menor de iníciales G.M.G.C..
Iquitos, 12 de octubre de 2026
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO
Expediente N° 01152-2021-47-1903-JR-PE-01
Por disposición Superior del Juez del JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPR. TRANSITORIO, cita, llama y emplaza a: ROBINSON AHUANARI CARVAJAL, en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPR. TRANSITORIO o conectarse al enlace (https:// meet.google.com/ wsr-uqcq-xbw), para el día DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, al haberse dispuesto en el Expediente N° 01152-2021-47-1903-JR-PE-01 seguido contra los acusados ROBINSON AHUANARI CARVAJAL, por la presunta comisión del delito de PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, en agravio de ESTADO.
Iquitos 12 de octubre del 2026
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO
Expediente N° 01576-2023-7-1903-JR-PE-02, Especialista de Audiencia: Abog. Cinthia del Pilar Cespedes Rodriguez
Por disposición Superior del Presidente del Primer Juzgado Penal Colegiado de Maynas, cita, llama y emplaza a: GERMAN LOPEZ OJANAMA y LUZ JAQUELINE AYAMBO ROLIN, en calidad de acusado, para ello deberá concurrir a la Sala de Audiencia del Primer Juzgado Colegiado o conectarse al enlace meet.google.com/geg-vxih-jgw, para el día 16 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, al haberse dispuesto en el N° 01576-2023-7-1903-JR-PE-02, seguido contra GERMAN LOPEZ OJANAMA y LUZ JAQUELINE AYAMBO ROLIN, como COAUTORES del DELITO CONTRA EL SALUD PUBLICA, en la modalidad de MICROOOMERCIALIZACION DE DROGAS, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 1) primer párrafo del artículo 298° con remisión al primer párrafo del artículo 296″ (tipo base) ambos del Código Penal vigente, en agravio del ESTADO PERUANO – MINISTERIO DEL INTERIOR.
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO PENAL
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03177-2026-36-1903-JR-PE-02
JUEZ: TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
ESPECIALISTA: GIL SAAVEDRA KELLER FRED
MINISTERIO PUBLICO: FPCEDVM ,
IMPUTADO: PANDURO ARRIAGA, ROMULO
DELITO: TOCAMIENTOS, ACTOS DE CONNOTACION SEXUAL O
ACTOS LIBIDINOSOS EN AGRAVIO DE MENORES
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES MFGA,
RESOLUCIÒN Nº 01. IQUITOS, 12 DE OCTUBRE DEL 2026. Dispone: 1. ADMITIR A TRÁMITE el presente requerimiento de PRUEBA ANTICIPADA consistente en la DECLARACIÓN DE LA MENOR de iniciales M.F.G.A (14), en Cámara Gesell, y CÓRRASE TRASLADO dicho requerimiento; a los Sujetos Procesales, y a la parte Agraviada, para que presenten sus consideraciones respecto a la prueba anticipada solicitada, los mismos que se darán cuenta en audiencia. 2. CONVOCAR a la DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA, para el día 30 DE NOVIEMBRE DE 2026 a las 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se llevara en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, mediante el enlace: https://meet.google.com/qch-jgbh-cnq , sin embargo, las partes procesales (parte agraviada), pueden estar presentes en la sede del Ministerio Público sito en SEDE MORGUE-Av. Del Ejército N° 1495.
V-3(13, 14 y 15)

EDICTO PENAL
2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00458-2026-95-1903-JR-PE-03
IMPUTADO: PEÑA FLORES, CARLOS CLEMENTE JUNIOR
DELITO: MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN.
AGRAVIADO: EL ESTADO PROC PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Acta de audiencia de fecha 20 de agosto del 2026 (AUDIENCIA DE JUICIO ORAL) en el proceso N° 00458-2026-95-1903-JR-PE-03, seguido contra el acusado CARLOS CLEMENTE JUNIOR PEÑA FLORES, como presunto autor de la comisión del delito CONTRA LA SALUD PUBLICA, en la modalidad de FORMAS ATENUADAS DE ELABORACION, COMERCIALIZCION Y POSESION, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 298° del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO representado por el PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR; mediante el cual se dispone REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día VEINTISÉIS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTISÉIS, A HORAS OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, a fin de instalar el juicio oral, a efectos de recibir la instalar juicio oral contra el acusado CARLOS CLEMENTE JUNIOR PEÑA FLORES, quien en la apertura de juicio oral no ha concurrido. Se informa que la audiencia se realizará de manera presencial y/o virtual, en la Sala de Audiencia del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas sito en Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos; manteniéndose el mismo enlace de google meet establecido en todo el juicio oral: meet.google.com/isb-qbsg-xai. NOTIFIQUESE al acusado CARLOS CLEMENTE JUNIOR PEÑA FLORES mediante edicto electrónico y penal en el diario La Región por el término de tres días.
Iquitos, 12 de octubre de 2026
V-3(13, 14 y 15)

2° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00039-2017-14-1905-JR-PE-01
JUECES: GUILLEN VALLEJO EDGAR RAMON
CHUMBE SILVA JOSE NEIL
(*)RIOS GUZMAN KAREN VANESSA
ESPECIALISTA: MAVILA HURTADO ISSIS ARLETTY
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO
Iquitos, Veinticuatro de Agosto del año dos mil veintiséis.
Autos y vistos, dado cuenta, en la fecha y Proveyendo el escrito N° N°20781-2026, ingresado por la web, presentado con fecha de ingreso 17/04/2026, por el sentenciado JOSE JONATHAN EGUREN ZUMAETA, recurso de Apelación contra la sentencia TRES, se emite la presente resolución; Y considerando: Primero: Que, mediante Resolución Nº TRES [Sentencia], en la que RESUELVE DECLARAR CULPABLES a los acusados: ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JOHNNY LOPEZ SIFUENTES, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSE JONATHAN EGUREN ZUMAETA, JOSE DANIEL MORI PEREIRA y CARLOS EDUARDO PAREDES REYNA como AUTORES de la comisión del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA en la modalidad de COLUSION, previsto y sancionado en el Artículo 384° del Código Penal vigente a la fecha de los hechos, en agravio del ESTADO. En consecuencia, se les impone TRES AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN, bajo reglas de conductas. Imponer a los sentenciados ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JOHNNY LOPEZ SIFUENTES, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSE JONATHAN EGUREN ZUMAETA, JOSE DANIEL MORI PEREIRA y CARLOS EDUARDO PAREDES REYNA, las penas accesorias LA PENA LIMITATIVA DE DERECHOS DE CINCO AÑOS DE INHABILITACION, a fin de establecer su incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público y 240 DIAS MULTA, equivalente a MIL QUINIENTOS SOLES y 00/100 soles (S/. 1,500.00). el mismo que deberá de ser cancelada indefectiblemente dentro de los 10 días de pronunciada la Sentencia. FUNDADA EN PARTE LA PRETENCION CIVIL, FORMULADA POR EL ACTOR CIVIL, Imponer a los sentenciados ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JOHNNY LOPEZ SIFUENTES, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSE JONATHAN EGUREN ZUMAETA, JOSE DANIEL MORI PEREIRA y CARLOS EDUARDO PAREDES REYNA, que paguen la suma de S/. 76,700.00, por concepto de Reparación civil. Por lo expuesto, estando a las consideraciones precedente, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE EL RECURSO DE APELACION presentado por la Defensa Técnica del sentenciado JOSE JONATHAN EGUREN ZUMAETA. ELÉVENSE los autos a la Sala Penal de Apelaciones de Loreto, para el trámite de ley, oficiándose. NOTIFIQUESE con los arreglos de Ley. Suscriben y se avocan los señores Jueces RIOS GUZMAN KAREN VANESSA, CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS y GUILLEN VALLEJO EDGAR RAMON, e interviniendo la especialista judicial de causas de Juzgado que da cuenta y certifica. Notifíquese.
V-3(13, 14 y 15)

EXPEDIENTE: 00039-2017-14-1905-JR-PE-01
JUEZ: RÍOS GUZMÁN KAREN VANESSA
GUILLEN VALLEJO EDGAR RAMON (DD)
CHUMBE SILVA JOSÉ NEIL
ESPECIALISTA: MAVILA HURTADO ISSIS ARLETTY
IMPUTADO: HIDALGO ARBILDO ROBINSON
LOPEZ SIFUENTES JOHNNY
VARGAS ARMAS JORGE ANTONIO
EGUREN ZUMAETA JOSE JONATHAN
MORI REIRA JOSE DANIEL
PAREDES REYNA CARLOS EDUARDO
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA Y PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUINAHUA
SENTENCIA CONDENATORIA
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
Iquitos, 12 de SETIEMBRE del año dos mil veinticinco.
VISTOS Y OÍDOS:
En audiencia de juicio oral, en acto público, ante el Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial conformado, a cargo de los magistrados RÍOS GUZMAN KAREN VANESSA (Presidenta), EDGAR RAMON GUILLEN VALLEJO (DD) y CHUMBE SILVA JOSE NEIL, la causa penal en el Expediente N° 00039-2017-14-1905-JR-PE-01, seguido contra Robinson Hidalgo Arbildo, Johnny López Sifuentes, Jorge Antonio Vargas Armas, José Jonathan Eguren Zumaeta, José Daniel Mori Pereira, y Carlos Eduardo Paredes Reyna (extraneus), por la presunta comisión del delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA en las modalidades de PECULADO Ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 387° y de COLUSIÓN Ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 384° del código penal en agravio del ESTADO PERUANO-MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUINAHUA. PARTE RESOLUTIVA. Por las consideraciones reseñadas, examinada las pruebas aportadas bajo criterios de racionalidad y sana crítica, administrando justicia a nombre de la Nación, el Juez Especializado en Extinción de Dominio en adición Juez Unipersonal de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto, RESUELVE: Declarar culpables a los acusados ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JOHNNY LÓPEZ SIFUENTES, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSÉ JONATHAN EGUREN ZUMAETA, JOSÉ DANIEL MORI PEREIRA y CARLOS EDUARDO PAREDES REYNA, como autores del DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PÚBLICA en la modalidad de COLUSIÓN, en agravio del ESTADO prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 384 del Código Penal, en consecuencia, se les impone la pena privativa de libertad de TRES (03) años suspendida en su ejecución: a) Prohibición de ausentarse de la ciudad sin autorización del Juzgado. b) Comparecer cada treinta días a informar y justificar sobre sus actividades, controlándose digitalmente. c) No cometer nuevo delito. d) Pagar de forma íntegra la reparación civil. El incumplimiento de estas reglas de conducta dará lugar a la aplicación del Artículo 59° del Código Penal. Por lo que se hace efectivo apercibimiento claro y expreso que de incumplir las reglas tendrá como consecuencia la imposición de la pena privativa de libertad efectiva. Imponer a los sentenciados ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JOHNNY LÓPEZ SIFUENTES, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSÉ JONATHAN EGUREN ZUMAETA, JOSÉ DANIEL MORI PEREIRA y CARLOS EDUARDO PAREDES REYNA las penas accesorias: LA PENA LIMITATIVA DE DERECHOS de CINCO (05) AÑOS DE INHABILITACIÓN, a fin de establecerse su incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público y 240 DÍAS-MULTA equivalente a MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/. 1,500.00), el mismo que deberá ser cancelado indefectiblemente dentro de los diez (10) días de pronunciada la sentencia, de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del artículo 44° de la norma sustantiva. FUNDADA en parte LA PRETENSIÓN CIVIL FORMULADA POR EL ACTOR CIVIL, EN CONSECUENCIA, SE LES IMPONE LA OBLIGACIÓN A LOS ACUSADOS ROBINSON HIDALGO ARBILDO, JOHNNY LÓPEZ SIFUENTES, JORGE ANTONIO VARGAS ARMAS, JOSÉ JONATHAN EGUREN ZUMAETA, JOSÉ DANIEL MORI PEREIRA y CARLOS EDUARDO PAREDES REYNA, que paguen la suma de S/. 76,700.00 (Setenta y seis mil setecientos y 00/100 Nuevos Soles), por concepto de reparación civil, en forma solidaria a favor del Estado Peruano – Procuraduría Anticorrupción.
V-3(13, 14 y 15)

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