1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00012-2022-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,
IMPUTADO: CASTILLO RAMIREZ, FLAVIO JESUS
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: MEY CANAYO, ANA SADITH
SE EMPLAZA A CASTILLO RAMIREZ, FLAVIO JESUS Y MEY CANAYO, ANA SADITH
Resolución N° 02
Iquitos, 06 de mayo del 2026.
Dado cuenta al escrito 24398-2026 que contiene la disposición fiscal remitido por el representante del Ministerio Público, a lo que indica, téngase por comunica la disposición de conclusión de la Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan. Firma la especialista de causa en conformidad al artículo 24 del Reglamento del Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo. Notifíquese
V-3(04, 05 y 08)
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00467-2026-0-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
IMPUTADO: SORIA PANDURO, JOSE JOSE
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: REATEGUI PEZO, ILIANA
SE EMPLAZA A SORIA PANDURO, JOSE JOSE Y REATEGUI PEZO, ILIANA
RESOLUCIÓN N° 01
Iquitos, 27 de mayo del 2026.
Dado cuenta al requerimiento de proceso inmediato presentado por el representante del Ministerio Público: CITESE A LA AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACION PARA DETERMINAR LA PROCEDENCIA DEL PROCESO INMEDIATO, para el día DIECISIETE DE JULIO DEL 2026 A LAS 04:15 HORAS la misma que se llevará en la Sala de Audiencias del Juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N – Módulo Penal Central NCPP, 2° Piso; de igual forma se realizará de manera virtual mediante el siguiente enlace de conexión: meet.google.com/nor-gsnv-wbr; con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado defensor. NOTIFÍQUESE
V-3(04, 05 y 08)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01659-2020-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 2FPPCM,
IMPUTADO: FERREYRA GUAYABERO, CARLOS
DELITO: USURPACIÓN
AGRAVIADO: RIOS PACHECO, NELLY
SE EMPLAZA A FERREYRA GUAYABERO, CARLOS Y RIOS PACHECO, NELLY
Resolución Nro. 05
Iquitos, 24 de abril del 2026.
Dado cuenta al escrito 21911-2023 que contiene la disposición fiscal remitido por el representante del Ministerio Público, a lo que indica, téngase por comunica la disposición de conclusión de la Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan. Firma la especialista de causa en conformidad al artículo 24 del Reglamento del Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo. Notifíquese.
V-3(04, 05 y 06)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01659-2020-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 2FPPCM,
IMPUTADO: FERREYRA GUAYABERO, CARLOS
DELITO: USURPACIÓN
AGRAVIADO: RIOS PACHECO, NELLY
SE EMPLAZA A FERREYRA GUAYABERO, CARLOS Y RIOS PACHECO, NELLY
Resolución Nro. 05
Iquitos, 24 de abril del 2026.
Dado cuenta al escrito 21911-2023 que contiene la disposición fiscal remitido por el representante del Ministerio Público, a lo que indica, téngase por comunica la disposición de conclusión de la Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan. Firma la especialista de causa en conformidad al artículo 24 del Reglamento del Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo. Notifíquese.
V-3(04, 05 y 06)
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02528-2025-69-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 2DA FISCALIA PROVINCIAL PENAL,
IMPUTADO: SOSA CORTEZ, EDYTH YANELA Y OTROS
DELITO: FALSEDAD IDEOLÓGICA.
AGRAVIADO: EL ESTADO
SE EMPLAZA A MELGAREJO CABELLO, NATALIA MABEL, BACA RAMOS, LIZ CAROL, ALANIA MELGAREJO, EITHAN ANDERSON, ARTICA MELGAREJO JOSEPH BRIAN, SOSA CORTEZ EDYTH YANELA, PARIONA ARTEAGA JENNY NOEMI
RESOLUCIÓN N° 02
Iquitos, 03 de junio del 2026.
DADO CUENTA, al estado del proceso y verificándose la fecha de audiencia, se advierte que el día 06/08/2026 fue declarado día no laborable a nivel nacional para el sector público (Batalla de Junín), por lo que impide la realización de la misma en el referido día debiéndose realizar su reprogramación conforme a la agenda judicial; estando a lo expuesto, se dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE PRÓRROGA DE PLAZO COMPLEJO para el día 08 DE SETIEMBRE DEL 2026, A LAS 2:00 HORAS la misma que se llevará de forma presencial en la Sala de Audiencias del Juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y excepcionalmente, se realizara de forma virtual mediante el siguiente enlace: meet.google.com/pwv-tbhr-msq. Notifíquese.
V-3(04, 05 y 08)
EDICTO
Expediente N° 0283-2022-26
Por disposición Superior del Juez del Segundo Juzgado Colegiado de Maynas, cita, llama y emplaza al procesado ZEN MICKE RENGIFO MACAHUACHI, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Segundo Juzgado Penal Colegiado, para el día MIERCOLES OCHO DE JULIO DEL 2026-A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00) DE LA MAÑANA, al haberse dispuesto en el expediente N° 283-2022-26, seguido en su contra por el delito contra la Libertad Sexual, en agravio del menor de iníciales L.A.J.C. Enlace: https://meet.google.com/tav-yhij-qjc.
Iquitos, 02 de junio de 2026
V-3(04, 05 y 08)
EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 00915-2023-59-1903-JR-PE-05
IMPUTADO: VASQUEZ CAMPOS, EDWIN
DELITO: TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES
AGRAVIADO: EL ESTADO
Acta de audiencia de fecha 14 de mayo del 2026 (AUDIENCIA DE JUICIO ORAL) en el proceso N° 00915-2023-59-1903-JR-PE-05, seguido contra el acusado EDWIN VASQUEZ CAMPOS, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES, en agravio de EL ESTADO, mediante el cual se dispone REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día DIECISÉIS DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, a fin de instalar el juicio oral, contra el acusado EDWIN VASQUEZ CAMPOS, quien en la apertura de juicio oral no ha concurrido. Se informa que la audiencia se realizará de manera presencial y/o virtual, en la Sala de Audiencia del 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio De Maynas sito en Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos; manteniéndose el mismo enlace de google meet establecido en todo el juicio oral: https:meet.google.com/bto-bfnz-aft. NOTIFIQUESE al acusado EDWIN VASQUEZ CAMPOS mediante edicto electrónico y penal en el diario La Región por el término de tres días.
Iquitos, 14 de mayo de 2026
V-3(04, 05 y 08)
4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03155-2024-84-1903-JR-PE-04
JUEZ: MODESTO DAVILA JULIO CESAR
ESPECIALISTA: DIAZ DIAZ MARIO RENE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
IMPUTADO: CURICHIMBA CURICO, JOEL ARMANDO
DELITO: PROPOSICIONES A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, MFLL
EDICTO PENAL
Por el presente, el CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MAYNAS – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el 03155-2024-84-1903-JR-PE-04, se dispuso NOTIFICAR AL ACUSADO JOEL ARMANDO CURICHIMBA CURICO, y a la AGRAVIADA MENOR DE INICIALES MFLL (13), DEBIDAMENTE REPRESENTADA POR SU ABUELA ZULLY JANETH FLORES PAPA, para sus concurrencias a la audiencia el día 13 DE MAYO DEL AÑO 2027, A HORAS 12:00 DEL MEDIODIA; audiencia que se realizará de manera presencial en la SALA DE AUDIENCIAS DEL CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA – SEDE CENTRAL, ubicado en sito AV. GRAU N° 720 – SEGUNDO PISO – LOCAL ANEXO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS, y excepcionalmente de manera virtual mediante la plataforma google meet con el https://meet.google.com/dfo-jjyb-coj, por haberse dispuesto así en el proceso seguido en su Contra; por la comisión del delito de PROPOSICIONES A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES.
Iquitos, 29 de mayo del 2026.
V-3(04, 05 y 06)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00056-2018-3-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCAL PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA LORETO NAUTA,
IMPUTADO: CUEVA TAPUY, PEDRO GREGORIO
DELITO: FEMINICIDIO
AGRAVIADO: YAICATE MORI, JUANITA
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE
Nauta, quince de mayo del año dos mil veintiséis
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, y estando a lo indicado en el Acta de Audiencia de fecha 15.04.2026 el representante del Ministerio Publico ha presentado el nuevo requerimiento; Téngase Presente, por lo que se CORRE TRASLADO para conocimiento y se ha REPROGRAMADO la audiencia de Control para el día VIERNES VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑAMA (09.00 AM), de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(04, 05 y 08)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00142-2026-1-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA DE FAMILIA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: REATEGUI AHUANARI, OSCAR
DELITO: EL QUE TIENE ACCESO CARNAL POR VÍA VAGINAL, ANAL O BUCAL…. POR ALGUNA DE LAS DOS PRIMERAS VÍAS CON UN MENOR DE 14 AÑOS…
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, APHT – REPRESENTANTE LEGAL: YASMINE ALONDRA GUERRA ICOMENA
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta, trece de mayo del dos mil veintiseis.
AUTOS Y VISTOS: en la fecha con el requerimiento de Prueba Anticipada, presentado por la se DISPONE: 1) ADMITIR A TRÁMITE el Requerimiento de Prueba Anticipada, solicitad por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, consistente en la declaración de la menor de iniciales A.P.H.T. (17) cámara Gesell y CÓRRASE TRASLADO dicho requerimiento en el día a todos los sujetos procesales, para que presenten sus consideraciones respecto a la prueba anticipada solicitada, los mismos que se darán cuenta en la audiencia. 2) SE CONVOCA A LA DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA según agenda judicial y por tratarse de un caso de FLAGRANCIA, para el día VIERNES TRES DE JULIO DEL DOS MIL VEINTISEIS a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE (03-07-2026 a horas 2:30 pm) la misma que se llevara a cabo de forma virtual, mediante la utilización del aplicativo Google Meet en el enlace de conexión meet.google.com/ jdc-xnmx-bub. Asimismo, para su instalación valida se requiere la participación obligatoria del representante del Ministerio Público, y del abogado defensor público de poner en conocimiento a la Dirección Distrital de la Defensa Publica y a la representante del Ministerio Público tenerse por no presentado su requerimiento fiscal y archivarse en mismo en el modo y forma que establece la ley. 3) PRECISESE que el representante del Ministerio Público requirente en la prueba anticipada debe de COADYUVAR en la notificación de los menores y de su representante legal, a fin de que concurran a su declaración en cámara Gesell, asimismo coordinar con el psicólogo de si institución, del Fiscal de Familia y del personal que opera los equipos de la cámara Gesell, para la realización de la audiencia en la fecha y hora programada, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a su órgano de control así como en caso de inconcurrencia del declarante de proceder a archivar definitivamente en incidente. Notifíquese.
V-3(04, 05 y 08)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00307-2023-54-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL NAUTA,
IMPUTADO: PACAYA AHUANARI, ROGER
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: PANAIFO HUAYMACARI, SANDRA
RESOLUCIÓN NUMERO UNO
Nauta veintitrés de abril del dos mil veintiséis
AUTOS Y VISTOS; estando al oficio N° 638-2026-PJ-CSJLORETO-JUPM-JUP-LN-RLCHP-ASEF, presentado por el Juzgado Unipersonal de Loreto – Nauta, el cual remite los incidentes del presente proceso Y CONSIDERANDO: PRIMERO; Mediante resolución número Cinco de fecha nueve de marzo del dos mil veintiséis, se emite Sentencia de Conformidad en la que resuelve Aprobar la Integridad del Acuerdo de conclusión anticipada, a favor del procesado ROGER PACAYA AHUANARI. SEGUNDO; Artículo 489 Ejecución Penal. Inciso 1. La ejecución de las sentencias condenatorias firmes, salvo lo dispuesto por el Código de Ejecución Penal respecto de los beneficios penitenciarios, serán de competencia del Juez de la Investigación Preparatoria, inciso 2. El Juez de la Investigación Preparatoria está facultado para resolver todos los incidentes que se susciten durante la ejecución de las sanciones establecidas en el numeral anterior. Hará las comunicaciones dispuestas por la Ley y practicará las diligencias necesarias para su debido cumplimiento, por los fundamentos antes señalados; TERCERO. Fórmese el presente cuaderno con las principales piezas procesales del incidente – cuaderno de debate; y Fecho REMITASE los incidentes al Archivo Central en consecuencia: TÉNGASE POR FORMADO EL PRESENTE CUADERNO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA y PÓNGASE a conocimiento de las partes, que el expediente se encuentra en esta secretaria. REQUIERASE al sentenciado Cumpla con el Pago de la Reparación Civil y las Jornadas de Servicio Comunitario ordenado en la sentencia. Avocándose la señora juez al presente proceso por disposición superior. Notifíquese.
V-3(04, 05 y 08)
EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01308-2024-71-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: RENGIFO RINABY ZULLY
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PAROVINCIAL COORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR,
IMPUTADO: DEL AGUILA AHUANARI, JUAN PABLO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: MENOR BDAA REPRESENTADA POR ERIKA TATIANA AQUITARI RENGIFO AQUITUARI, BRIANA
Por el presente, el juez del PRIMER JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA -Sede Central, hace de conocimiento que en el expediente signado 01308-2024-71-1903-JR-PE-01, se dispuso notificar al imputado: DEL AGUILA AHUANARI, JUAN PABLO, la presente RESOLUCION 01, de fecha 02 de junio del 2026, que CONVOCA a la diligencia de PRUEBA ANTICIPADA, según la agenda judicial, para el día 16 DE JULIO DEL 2026 A HORAS 03.30 pm, la misma que se llevara a cabo en la sede de la Sargento Lores, y forma virtual, mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace de conexión: https://meet.google.com/msj-rjbc-mkv
V-3(04,05 y 08)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00205-2022-90-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: REYNA RIOS, TONY
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: G P, J 13
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Nauta, doce de mayo del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, con el escrito N° 1979-2026, remitido por el Ministerio Publico, mediante el cual subsana lo advertido en la resolución N° 01, siendo ello así Téngase Presente, y estando pendiente con dar providencia el Requerimiento de Sobreseimiento que antecede presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, en la causa seguida contra TONY REYNA RIOS, por la presunta comisión del delito de CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con el artículo 344° del Código Procesal Penal, dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal decidirá en el plazo de quince días, si formula acusación o si requiere el sobreseimiento de la causa. Segundo: Que, en el presente caso se tiene que, habiendo dado por concluida la investigación preparatoria, el Fiscal a cargo de la investigación ha decidido requerir al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, por lo que en ese orden de cosas debe procederse de conformidad con el artículo 345° de la norma adjetiva penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Tercero: Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 345º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales el REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO por el PLAZO DE DIEZ DÍAS. Verificado su cumplimiento dese cuenta para la prosecución de la secuela del proceso conforme a ley; y 2. CÍTESE para el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), para la realización de la audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, y se instalará con la presencia facultativa de las demás partes. Suscribe el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTFÍQUESE.
V-3(04, 05 y 08)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00221-2025-66-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: VILCHEZ ROMAYNA, DAVID Y OTROS
DELITO: ATENTADO CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE COLECTIVO O DE COMUNICACIÓN.
AGRAVIADO: MINISTERIO DEL INTERIOR PROCURADURIA PUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO,
PERENCO PERU PETROLEUM LIMITED,
PETROLEOS DEL PERU PETROPERU SA,
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, doce de mayo del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra PEPE EDVIN CURICO ARIRAMA, CARLOS CURICO ARIRAMA, DAVID VILCHEZ ROMAYNA y RITER ARIRAMA YUYARIMA, como presuntos autores del delito de CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES y ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS, en agravio de MINISTERIO DEL INTERIOR PROCURADURIA PUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO, PERENCO PERU PETROLEUM LIMITED y PETROLEOS DEL PERU PETROPERU SA. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día SIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE, a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA [10:30 a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y mediante GOOGLE MEET meet.google.com/cvi-mnxi-byd, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa de la señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(04, 05 y 06)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00397-2025-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: PANDURO ARIRAMA, DAVID
DELITO: HOMICIDIO SIMPLE
AGRAVIADO: CURITIMA MOZOMBITE, HERNAN
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
Nauta, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis –
DADO CUENTA; en la fecha con el escrito N° 1981-2026 presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, estando a lo que exponen: TÉNGASE POR COMUNICADA LA ADECUACIÓN JURÍDICA DEL TIPO PENAL que subsume la conducta perpetrada por el imputado DAVID PANDURO ARIRAMA, por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de TENTATIVA DE HOMICIDIO previsto y sancionado por el artículo 106 del mismo cuerpo normativo Código Penal. NOTFÍQUESE sin perjuicio de notificarse vía edicto
V-3(04, 05 y 08)
EDICTO
Expediente: 24-2022-42.
Por disposición superior del señor Juez del Primer Juzgado Penal Colegiado de Maynas, cita llama y emplaza al acusado DEYVIS ABEL GOMEZ MENDOZA y a la parte agraviada menor de iníciales N.S.R. representada por MARILUZ CLARITA SANCHEZ ROMERO, para la audiencia de JUICIO ORAL del día MIERCOLES VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE a horas OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M), la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (enlace Google Meet: https://meet.google.com/bjs-wyfk-dzq) a la hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 03 de junio de 2026
V-3(04, 05 y 08)





