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JUZGADO PENAL

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1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00668-2022-63-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: RECEPTACIÓN AGRAVADA
Se pone a conocimiento del agraviado EDINXON RUIZ MACEDO, la Resolución N° 04, del 21/07/2025; que dispone: Dado Cuenta el estado actual del presente incidente y habiéndose verificado que han sido válidamente notificado las partes con el traslado del requerimiento fiscal de acusación y, conociendo que pueden proceder según lo estipulado en el art. 350 del Código Procesal Penal, no han presentado escritos y el plazo otorgado se ha vencido; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 351° del mismo Código, CÍTESE A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DEL REQUERIMIENTO FISCAL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 04 DE MAYO DEL 2026 A LAS 08:00 HORAS, la que se realizará presencialmente en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en el Av. Cáceres N° 588 de la ciudad de Iquitos; con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento de aplicarse los apremios del artículo 85 del CPP, en caso de inconcurrencia, para ambos. Notificándose.
V-3(24, 25 y 26)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02979-2021-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: HURTO AGRAVADO
Se pone a conocimiento del agraviado CESAR MANUEL MAFALDO VARGAS, la Resolución N° 01, del 26/01/2022; que dispone: DADO CUENTA, con el presente proceso y estando al oficio que antecede remitido por la representante del Ministerio Público, por el que adjunta la disposición fiscal número uno; estando a lo expuesto, TÉNGASE POR RECIBIDA LA COMUNICACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA en contra de JORGE LUIS PIZANGO BUSTIOS, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en su modalidad de HURTO AGRAVADO, tipificado y sancionado en el art. 185° (tipo base), concordante con el art. 186°, 2° párrafo numeral 9) del Código Penal, en agravio de CESAR MANUEL MAFALDO VARGAS; se dictar medida de COMPARECENCIA SIMPLE contra Jorge Luis Pizango Bustios. Asimismo, la Resolución N° 03, del 09/10/2025; que dispone: Dado cuenta al escrito del Ministerio Público dentro del cuaderno incidental de acusación, cumpliendo con lo requerido, téngase presente y estando a al escrito 3410-2023 que contiene la disposición fiscal remitido por el representante del Ministerio Público, a lo que indica, téngase por comunica la disposición de conclusión de la Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan. Notifíquese.
V-3(24, 25 y 26)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02979-2021-30-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: HURTO AGRAVADO
Se pone a conocimiento del agraviado CESAR MANUEL MAFALDO VARGAS, la Resolución N° 02, del 09/10/2025; que dispone: Dado cuenta al requerimiento de acusación presentado por el representante del Ministerio Público, tenemos que: 1. Encontrándose concluida la Investigación Preparatoria, dentro del plazo de 15 días, el Fiscal formula acusación contra el imputado. 2. En ese sentido, se debe proceder con el marco procedimental del art. 350 del Código Procesal Penal, la acusación será notificada a los demás sujetos procesales en el plazo de diez días, éstos, podrán plantear cualquier observación, excepción o solicitar lo que corresponda, en conformidad con lo que indica el citado artículo. Siendo así: CORRER TRASLADO por el plazo de 10 DÍAS HÁBILES a todas las partes procesales con el pedido fiscal para que procedan conforme a ley. NOTIFÍQUESE.
V-3(24, 25 y 26)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 04196-2019-60-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: FRAUDE INFORMÁTICO – AFECTE PATRIMONIO DEL ESTADO
Se emplaza a la imputada MAUDI MARTINA SILVA ROBALINO, y se pone a conocimiento del agraviado CESAR JUSTO RAMOS CHAHUAYLLO, con la Resolución N° 07, del 09/10/2025; que dispone: Dado cuenta a los escritos 46484-2025 y 47541-2025 que contiene el requerimiento de sobreseimiento presentado por el Ministerio Público, cumpliendo con lo ordenado por el juzgado. Siendo así, PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día 16 DE MARZO DEL 2026 A LAS 03:30 DE LA TARDE la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; con la presencia obligatoria del Fiscal y de quienes concurran. DICTESE los apremios, en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal con remitirse copias a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Notifíquese.
V-3(24, 25 y 26)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00041-2024-80-1901-JR-PE-01
JUEZ: PAREDES CANCINO KELLY INGRID
ESPECIALISTA : GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: APAGUEÑO MELENDEZ, MILLER ALDO Y OTROS
DELITO: COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD EL ESTADO MINISTERIO DE SALUD,
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ
Nauta, once de noviembre del año dos mil veinticinco.
ESTANDO; en la fecha del presente proceso, con el acta del especialista de audiencia Téngase Presente, y siendo el estado de la misma, se DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO ACUSACIÓN para el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08.30 AM), para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y mediante GOOGLE MEET meet.google.com/rbo-rbuv-pqu BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(24, 25 y 26)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00121-2016-53-1901-JR-PE-01
JUEZ: PAREDES CANCINO KELLY INGRID
ESPECIALISTA : GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA LORETO NAUTA,
IMPUTADO: SAQUIRAY PIZANGO, MELLIRZON
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: R F, L A

RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ
Nauta, doce de noviembre del año dos mil veinticinco.
ESTANDO; con el acta de audiencia, y siendo el estado del presente proceso, se DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO ACUSACIÓN para el día UNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 AM), para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y mediante GOOGLE MEET meet.google.com/tfm-bwcu-dgx, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
V-3(24, 25 y 26)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00269-2021-66-1901-JR-PE-01
JUEZ: PAREDES CANCINO KELLY INGRID
ESPECIALISTA : GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO : FPCE EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: ROJAS FLORINDEZ, GIAMPAOLO OSSIO Y OTROS
DELITO: NECIACIÓN INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CARGO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA,
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE
Nauta, doce de noviembre del año dos mil veinticinco.
ESTANDO; en la fecha del presente proceso, con el acta del especialista de audiencia Téngase Presente, y siendo el estado de la misma, se DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO ACUSACIÓN para el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10.30 AM), para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y mediante GOOGLE MEET meet.google.com/yte-knub-fth BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. Con el escrito N° 5173 y 5174–2025, mediante el cual los imputados IAN RENO FLORES CAUPER y SANDROX ALEXANDER AMASIFUEN ROBLEDO, designan como su abogado defensor al Letrado PEDRO GUSTAVO MEDINA RIOS, siendo ello así TÉNGASE por apersonado al Letrado PEDRO GUSTAVO MEDINA RIOS, a quien se le otorgará todas las facultades y prerrogativas conforme a ley; y por señalado como su CASILLA ELECTRÓNICA N° 95233, domicilio procesal Calle San José N°284 – Moronacocha, correo electrónico pedrogustavomedina89@gmail.com lugar a donde se le hará llegar las resoluciones que emanen del presente proceso, notifíquese al recurrente el requerimiento y sus elementos de convicción. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(24, 25 y 26)

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