EDICTO JUDICIAL
En el Expediente N° 168-2023-21-0-1905-JR-PE-01, el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Requena, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante EDICTO al imputado SOPLIN TORREZ, QUINTO, con la resolución Nº 2 y 4, por ser las más pertinentes en el debido proceso.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena.
EXPEDIENTE: 00168-2023-21-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: MALDONADO VELA DANIEL RICARDO
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION,
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADOR PUBLICO ANTICORRUPCION,
IMPUTADO: SOPLIN TORREZ, QUINTO
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: ESTADO UGEL REQUENA,
RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO
Requena, quince de agosto del dos mil veinticinco.
DADO CUENTA, y continuando con el tramite según su estado, teniendo cuenta que la diligencia programada en autos, no se pudo llevar a cabo debido a que no retornaron las cedulas de notificación de la persona SOPLIN TORREZ QUINTO, por lo que esta judicatura desconoce si se realizó debidamente el diligenciamiento de la resolución número dos (que cita audiencia y corre traslado del requerimiento fiscal y anexos) por lo que en aras de la debida defensa y evitar futuras nulidades; SE DIPONE: 1. SOBRECARTAR a SOPLIN TORREZ QUINTO con resolución número dos (que cita audiencia y corre traslado del requerimiento fiscal y anexos), así mismo sin perjuicio de ello notifíquese vía edicto judicial, habilitar el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan POR ESCRITO y debidamente fundamentado presentar observación conforme al artículo 349° del código procesal penal. 2. REPROGRAMAR la audiencia de ACUSACIÓN FISCAL para el día DOCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL VEINTICINCO A HORAS ONCE DE LA MANAÑA (11:00. am) de manera presencial, o virtual, audiencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, sito en Calle Recreo s/n con 28 de Julio – Módulo Básico de Justicia de Requena, sub sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, De otro lado, se realice la coordinación y actos preparativos con la Especialista de Audiencias, Abog. HENRRY JUNIOR LLERENA SALDAÑA, con celular N° 936994536, a fin de que la audiencia se lleve a cabo en la fecha y hora indicada bajo responsabilidad. NOTIFÍQUESE conforme corresponda.
V-3(19, 20 y 21)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena.
EXPEDIENTE: 00168-2023-21-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: MALDONADO VELA DANIEL RICARDO
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION,
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADOR PUBLICO ANTICORRUPCION,
IMPUTADO: SOPLIN TORREZ, QUINTO
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: ESTADO UGEL REQUENA,
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Requena, once de marzo del dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; Con el Requerimiento Acusatorio presentado por el representante del Ministerio Público de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta; SE DISPONE: CITAR a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN de manera presencial, salvo que soliciten participar de manera virtual-para las partes procesales que lo consideren necesario, por efecto de la distancia, debiendo solicitar lo por escrito hasta dos días antes de la audiencia programada para el día CINCO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTICINCO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 am. hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, sito en Calle Recreo s/n con 28 de Julio – Módulo Básico de Justicia de Requena, sub sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto, con la presencia obligatoria del Fiscal a cargo del caso, del abogado defensor del imputado y del citado imputado,
V-3(19, 20 y 21)
EDICTO JUDICIAL
En el Expediente N° 00015-2025-0-1905-JR-PE-01, el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de la Provincia de Requena, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante EDICTO al imputado VASQUEZ YAHUARCANI, MILTON, con la resolución Nº 1 y 4 , por ser las más pertinentes en el debido proceso.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena.
EXPEDIENTE: 00015-2025-0-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: MALDONADO VELA DANIEL RICARDO
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE REQUENA,
IMPUTADO: VASQUEZ YAHUARCANI, MILTON
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: BARDALES TORRES, EVELIN
RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO
Requena, quince de agosto del dos mil veinticinco.
DADO CUENTA, con la revisión de los autos, y continuando el tramite según su estado, se da cuenta que la diligencia no se pudo llevar a cabo a la fecha, debido a que no retornaron los cargos de notificación del imputado MILTON VASQUEZ YAHUARCANI, desconociendo esta judicatura si se realizó el diligenciamiento oportuno, por lo que, SE DIPONE: 1. VOLVER a notificar a MILTON VASQUEZ YAHUARCANI con la resolución número UNO con el requerimiento fiscal y anexos, sin perjuicio de ello notifíquese vía edicto judicial. 2. REPROGRAMAR la audiencia de proceso inmediato para el día CINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL VIENTICINCO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 am. hora exacta) de manera presencial, salvo que soliciten participar de manera virtual las partes procesales que lo consideren necesario, así también téngase en cuenta que se reprograma en fecha teniendo en cuenta la agenda judicial, audiencia que se llevara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, sito en Calle Recreo s/n con 28 de Julio – Módulo Básico de Justicia de Requena, sub sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto.
V-3(19, 20 y 21)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena.
EXPEDIENTE: 00015-2025-0-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: MALDONADO VELA DANIEL RICARDO
IMPUTADO: VASQUEZ YAHUARCANI, MILTON
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: BARDALES TORRES, EVELIN
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Requena, veintiuno de enero del dos mil veinticinco.
III. PARTE RESOLUTIVA. 1. ADMÍTASE A TRÁMITE el requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, expedida por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Requena, contra MILTON VASQUEZ YAHUARCANI por la presunta comisión del delito CONTRA EL CUERPO LA VIDA Y LA SALUD, en modalidad de AGRESIONES EN CONTRA LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, VIOLENCIA PSICOLOGICA, ilícito previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122°-B del Código Penal, en agravio de EVELIN BARDALES TORRES. 2. CITAR a la audiencia pública de incoación del PROCESO INMEDIATO de manera presencial, salvo que soliciten participar de manera virtual-para las partes procesales que lo consideren necesario, debiendo solicitarlo hasta dos días antes de la audiencia programada para el día: TRES DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICINCO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m. hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, sito en la intersección Calle Recreo s/n con 28 de Julio – Módulo Básico de Justicia de Requena, sub sede de la Corte Superior de Justicia de Loreto.
V-3(19, 20 y 21)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00283-2022-44-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
IMPUTADO: RENGIFO MACAHUACHI, ZEN MICKE
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: J C, L A 14 – Representante Legal: Sadi Teodolinda Condo Ajon
DEMANDANTE: CONDO AJON, SADI TEOLINDA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, treinta de junio Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, estando subsanado en el principal se da provincia el requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra ZEN MICKE RENGIFO MACAHUACHI por la presunta comisión del delito Contra la Libertad Sexual – VIOLACION SEXUAL A MENOR DE EDAD, en agravio del menor de iniciales JC.L.A. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día TRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12.00 AM), la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. Al escrito N° 2387-2025 presentado por el Ministerio Publico; a lo solicitado Estese a lo resuelto en la presente resolución. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(19, 20 y 21)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00078-2025-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: HEINER REATEGUI SOLSOL, JUAN PEZO CORDOVA, MERLY MEIER TELLO GARCIA, MARLIN ASIPALI ZEVALLOS, ALFONSO JANSO TORRES SHUÑA, PABLO ENRIQUE GOMEZ FACHINCHANEL SILVA LAICHE, CARLOS MIGUEL MITIDIERI GAMONAL, JOSE GERONIMO GARCIA RIOJA, CARLOS ANIHUARI SILVANO Y AXEL YAICATE VELA
DELITO: NOMBRAMIENTO Y ACEPTACIÓN INDEBIDA PARA CAR PÚBLICO.
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TIGRE,
RESOLUCIÓN NUMERO UNO
Nauta, once de marzo Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; a la fecha con el escrito presentado por la FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA, mediante el cual adjunta la disposición fiscal N° 03 de fecha diez de febrero del dos mil veinticinco, a lo expuesto, dispone: TENER POR RECIBIDA LA COMUNICACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra JAMES CHAVEZ RAMIREZ, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública – NOMBRAMIENTO ILEGAL DE CARGO PUBLICO Y contra HEINER REATEGUI SOLSOL, JUAN PEZO CORDOVA, MERLY MEIER TELLO GARCIA, MARLIN ASIPALI ZEVALLOS, ALFONSO JANSO TORRES SHUÑA, PABLO ENRIQUE GOMEZ FACHINCHANEL SILVA LAICHE, CARLOS MIGUEL MITIDIERI GAMONAL, JOSE GERONIMO GARCIA RIOJA, CARLOS ANIHUARI SILVANO Y AXEL YAICATE VELA, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública – ACEPTACIÓN ILEGAL AL CARGO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 381° del código penal, en agravio de ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL TIGRE; debiendo tenerse presente los efectos jurídicos procesales previstos en los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes; y al no haberse solicitado alguna medida de coerción personal por parte del representante del Ministerio Público, corresponde dictarse medida de COMPARECENCIA SIMPLE contra JAMES CHAVEZ RAMIREZ, HEINER REATEGUI SOLSOL, JUAN PEZO CORDOVA, MERLY MEIER TELLO GARCIA, MARLIN ASIPALI ZEVALLOS , ALFONSO JANSO TORRES SHUÑA , PABLO ENRIQUE GOMEZ FACHINCHANEL SILVA LAICHE, CARLOS MIGUEL MITIDIERI GAMONAL, JOSE GERONIMO GARCIA RIOJA, CARLOS ANIHUARI SILVANO Y AXEL YAICATE VELA. Notifíquese. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(19, 20 y 21)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00042-2025-42-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: APAGEÑO YAICATE, SEN
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: SHAPIAMA BOCANEGRA, DANI
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Nauta, veintiocho de abril Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; en la fecha con los actuados del presente proceso, con el requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra SEN APAGUEÑO YAICATE, por la presunta comisión del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de DANI SHAPIAMA BOCANEGRA. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día MIERCOLES CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09.30 AM), la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(19, 20 y 21)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02501-2021-19-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: GUTIERREZ SANCHEZ, DINA LUZ
Se pone a conocimiento de la agraviada DINA LUZ GUTIERREZ SANCHEZ; la RESOLUCIÓN N° 01, de fecha 24/10/2024, que dispone: DADO CUENTA: al estado del proceso, la representante del Ministerio Pública, solicita la Terminación Anticipada del proceso; a lo expuesto, en aplicación del artículo 468º, inciso 1 del Código Procesal Penal cumple con los requisitos legales para su procedencia; por lo tanto, previo a resolver, CORRER TRASLADO a todas las partes por el plazo de CINCO (5) DÍAS con el pedido fiscal, a fin que se pronuncien o formulen las pretensiones que correspondan. Notifíquese.
V-3(19, 20 y 21)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02501-2021-19-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: GUTIERREZ SANCHEZ, DINA LUZ
Se pone a conocimiento de la agraviada DINA LUZ GUTIERREZ SANCHEZ; la RESOLUCIÓN N° 02, de fecha 15/07/2025, que dispone: Dado Cuenta el Acta el Requerimiento fiscal de Terminación anticipada con el acuerdo provisional de terminación anticipada, el cual se corrió traslado a las demás partes por el plazo de 5 días y habiéndose vencido dicho plazo, CÍTESE a AUDIENCIA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA PARA EL 26 DE SEPTIEMBRE DEL 2025, A LAS 08:00 HORAS, la que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Provincia de Maynas, ubicado en la Av. Mariscal Cáceres N° 588 de la ciudad de Iquitos; la que se va realizar con la participación obligatoria del fiscal, los procesados con sus abogados defensores; bajo apercibimiento de tenerse por abandonado y, consecuentemente desistido, el requerimiento, en caso de inconcurrencia. Notifíquese.
V-3(19, 20 y 21)
EDICTO
Expediente N° 00951-2023-84, Especialista de Audiencia: Dolly S. Alvarado Lazo
Por disposición Superior del Juez del Tercer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, cita, llama y emplaza a: SEGUNDO JESUS PIZANGO GAMAS Y ALEJANDRO CANAYO NUNEZ en calidad de imputados así como a IPRESS 06 DE OCTUBRE debidamente representada por su abogada MILUSKA JAMILET CHAVEZ APAESTEGUI en calidad de agraviada agraviado a la audiencia de SOBRESEIMIENTO a la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas para el día VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTICINCO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. Al haberse dispuesto en el EXPEDIENTE N° 00951-2023-84-1903-JR-PE-04, contra SEGUNDO JESUS PIZANGO GAMAS Y ALEJANDRO CANAYO NUNEZ por la presunta comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 188 del Código Penal (Tipo Base), concordante con el articulo 189 numeral 3) y 4) del mismo cuerpo normativo, en agravio de IPRESS 06 DE OCTUBRE debidamente representada por su abogada MILUSKA JAMILET CHAVEZ APAESTEGUI Siendo el código de enlace: meet.google.com/foo-pcan-iee.
Iquitos, 13 de agosto del 2025
V-3(19, 20 y 21)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02501-2021-17-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
Se pone a conocimiento de la agraviada DINA LUZ GUTIERREZ SANCHEZ, la Resolución N° 02, de fecha 15/07/2025; que dispone: DADO CUENTA el estado del presente incidente y habiéndose verificado que han sido válidamente notificados las demás partes con el traslado del requerimiento fiscal de sobreseimiento y conociendo que pueden proceder según lo estipulado en el art. 345 inc. 2 del Código Procesal Penal, no han presentado escritos y el plazo otorgado se ha vencido; y de conformidad con el art. 345 apartado 3 del mismo Código: CÍTESE a audiencia para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento para el día 20 de abril del año 2026 a las 12:00 HORAS, la que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en el Av. Cáceres N° 588 de la ciudad de Iquitos; Notificándose.
V-3(19, 20 y 21)





