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JUZGADO PENAL

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EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00214-2020-29-1903-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: RENGIFO RINABY ZULLY
Por el presente, el JUEZ DEL 1°JUZGADO de INVESTIGACION PREPARATORIA- SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Exp. N°00214-2020-29-1903-JR-PE-01, se dispuso Notificar a los imputados FELIPE PACAYA PIÑA, EDWIN PINEDO LOZANO y a la menor de iniciales C.M.M., debidamente representado por CELIA VIGAY TARICUARIMA, en calidad de agraviada; la siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES. Iquitos, 04 de diciembre del 2023. DADO CUENTA en la fecha con los autos, y devueltos los actuados en la fecha por el Coordinador de los Especialistas con razón del motivo, porque en esta fecha se está devolviendo el presente proceso, así mismo Exhórtese a la Especialista de audiencia, Mirla Rosa Sajami Ramírez, que a la fecha y no labora en esta Institución, teniendo en cuenta la razón del Coordinador, téngase en cuenta y, conforme al estado del proceso, se *DISPONE: REPROGRAMAR para el día SEIS DE MAYO DEL 2024, a horas OCHO DE LA MAÑANA, para la realización de la AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO, la misma que se llevará a cabo de forma Presencial, en la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria – Sede Central,; la que se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, siendo facultativa la presencia de las demás partes. Así mismo, solo mediante,  la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace de conexión: https://meet.google.com/tnt-zsxv-sxh. Así también, teniendo en cuenta que es obligatoria la presencia del representante del Ministerio Publico. Estando a la revisión del requerimiento se precisa que los domicilios reales de las partes procesales, imputado y agraviado se encuentra fuera de la Jurisdicción, por lo que Notifíquese también a las partes procesales, antes mencionadas, a sus domicilios precisados en el requerimiento, por Edicto Penal, y por Edicto Radial, como lo dispone el acta de audiencia que antecede. Estado a los escritos N° 22281-2022, 22304-2022 y 49756-2023, donde se pone de conocimiento, de lo solicitado: Estese a la presente resolución, y notifíquese a las Casillas Electrónicas donde precisa el representante del Ministerio Publico, agréguese a los autos y téngase presente. Suscribe el Especialista Judicial de Causa, en amparo de lo previsto por los incisos 6) y 24) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; concordante con lo dispuesto por el último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, aplicado supletoriamente al presente caso. Notifíquese.                   
Iquitos, 21 de Diciembre del 2023
V-3(08,09 y 10)

Exp. N° 03546-2022-0-1903-JR-PE-04- “Cuaderno de Control de Acusación”
Especialista Judicial: Zully Rengifo Rinaby
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
Por el presente, el 4° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 03546-2022-0-1903-JR-PE-04, se dispuso Notificar a los imputados DEYBI HUATANGARI PANDURO, PATRICIA PINEDO CONTRERAS Y ELAR ISUIZA TUESTA, en calidad de agraviado; un extracto de la Res. N°03 de fecha 08/05/2023, que dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE ACUSACION DIRECTA para el día VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL 2023, a horas OCHO DE LA MAÑANA [27.09.2023 a las 08.00 am.]; en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, todo bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia; de forma excepcional, si alguna de las partes Judiciales requiera, previa Justificación escrita, y autorizada por el Juez, podrá llevar a cabo la Audiencia a través del aplicativo del Google Meet mediante el enlace: https://meet.google.com/oww-ecdn-goi; proceso seguido contra JUAN CARLOS BARRANTES CACHAY y otros por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO en grado de tentativa en agravio de ELAR ISUIZA TUESTA.                
Iquitos, 24 de Mayo de 2023.
V-3(08,09 y 10)

EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02772-2022-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: SOTO QUINTANILLA ERIKA
ESPECIALISTA: RENGIFO RINABY ZULLY
Por el presente, el JUEZ DEL 1°JUZGADO de INVESTIGACION PREPARATORIA- SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Exp. N°02772-2022-0-1903-JR-PE-01, se dispuso Notificar al imputado JARRY ROMEL RENGIFO VELA, la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO TRES. Iquitos, veintisiete de setiembre del 2023. DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, Estando al Escrito N° 37189-2023 presentando el oficio que antecede, conteniendo la Disposición N° 04 remitido por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas; y estando a su contenido: TÉNGASE POR COMUNICADA LA CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA formalizada en el presente caso. Estando a la revisión de los actuado se precisa que ha sido devuelto la notificación sin estar debidamente notificada a la parte agraviada, por el motivo que el domicilio precisado en la Disposición de Formalización de la Investigación preparatoria, no falta más detalles, o referencias o datos del domicilio real teniendo en cuanta que solo precisa Urb. San Pablo II, y no consigna más datos o referencias, por tal motivo, Póngase de conocimiento a representante del Ministerio Publico, a fin de que precise más datos o referencias alguno con respecto al domicilio real de la parte agraviada en un plazo de tres días de notificado la presente, bajo apercibimiento de comunicar a su Órgano de control. Suscribe la Especialista Judicial de Juzgado en amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese a los sujetos procesales en sus casillas electrónicas.
Iquitos, 21 de Noviembre del 2023.
V-3(08,09 y 10)

EDICTO
Expediente: 2549-2017-3
Por disposición superior del señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, cita llama y emplaza al acusado ANTONIO PARDAVE VALDIVIA, para la audiencia de JUICIO ORAL del día JUEVES CATORCE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y  excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (https://meet.google.com/xip-xeun-ope) en el día y hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 05 de enero de 2023
V-3(08,09 y 10)

Instr. N° 051-2003- Cuad. Reconocimiento de Persona.
Sec. I. Rodríguez R.
EDICTO PENAL   
Por disposición de la señora Juez, se CITA, LLAMA y EMPLAZA a los ex procesados FRANCISCO ELEAZAR SALDAÑA SANTANA y GEINER FLORES CHUJUTALLI, para que rindan su declaración indagatoria, y deberán informar sobre la identificación y características de la persona del procesado BERNARDO JOSE GUERRERO OTAROLA, diligencia que se llevará a cabo ante el local del Juzgado Penal Liquidador de Maynas- Itinerante, sito en Avenida Mariscal Cáceres con calle Moore, 2do. Piso-Iquitos, habilitándose para el día 29 de enero del año 2024, a las 09.00 y 09.30 de la mañana, recordándoseles que se encuentran bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza en caso de inconcurrencia; dispuesto así en el Incidente N° 16- Cuaderno de Reconocimiento de Persona; derivado de la Instrucción N° 051-2003, que se sigue, por delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado.    
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 28 de diciembre del 2023.
V-3(08,09 y 10)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00201-2022-68-1901-JR-PE-01
JUEZ: FREITAS GOMEZ NATALIA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPCEE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: PACHECO ARANGO, JULIO ALVARO
DELITO: COHECHO PASIVO ESPECÍFICO
AGRAVIADO: COMISARIA PNP SECTORIAL LORETO NAUTA,
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, veintidós de diciembre Del año dos mil veintitrés.
AUTOS Y VISTOS; en la fecha los actuados del presente proceso, con requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: PRIMERO. En el proceso seguido contra JULIO ALVARO PACHECO ARANGO, como presunto autor del delito de COHECHO PASIVO PROPIO EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION POLICIAL, en agravio del ESTADO PERUANO – COMISARIA PNP NAUTA SECTORIAL LORETO – NAUTA B. SEGUNDO. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. TERCERO. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día VEINTIUNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA [10:30 a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a su órgano de control interno para los fines pertinentes. 2) Para el Abogado Defensor Particular, de imponerle una multa progresiva y compulsiva de 3 URP y se le subrogara por un abogado defensor público adscrito en este Distrito Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. NOTIFÍQUESE.
V-3(08,09 y 10)

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