EDICTO PENAL
2°JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE:02014-2021-56-1903-JR-PE-02
JUEZ:TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
ESPECIALISTA:VELA COLLAZOS JOHNNY ALEXANDER
MINISTERIO PUBLICO : 6 FPPCM,
IMPUTADO:MALCA DIAZ, JUAN CARLOS
DELITO: SI LA VIOLACIÓN SE REALIZA CON EL EMPLEO DE ARMA O POR DOS O MÁS SUJETOS.AGRAVIADO: MENRO CKAF, Resolución Nro. 04
Iquitos, 22 de diciembre de 2023
Dando cuenta, al escrito 49058-2023 presentado por el señor Fiscal responsable del caso, cumpliendo con lo decretado en Resolución Nro. 03, informando que la agraviada ya no domicilia en dicha dirección y que actualmente vive con su madre en la ciudad de Lima, desconociéndose su domicilio, por lo que, siendo ya mayor de edad la agraviada se notifique en la dirección consignada en su documento nacional de identidad y por edicto, estando a lo expuesto, SOBRECARTAR la Resolución Nro.02 Auto de Sobreseimiento a la agraviada C.K.A.F.a la dirección CALLE PIURA 541 DPTO. “A”, DISTRITO DE MIRAFLORES, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA y mediante EDICTO PENAL Y EDICTO ELECTRÓNICO. Suscribe el especialista que firma por disposición superior.AUTO DE SOBRESEIMIENTO. RESOLUCION NUMERO DOS Iquitos, Dieciséis de Septiembre del Dos mil veintidós.SE RESUELVE: I] Declarar FUNDADO el Sobreseimiento de la investigación a favor de JUAN CARLOS MACA DÍAZ por la presunta comisión del delito contra la libertad – Violación de la Libertad Sexual en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL, ilícito penal previsto y penado en el articulo 170° Primer Párrafo, así como el numeral 11) del Segundo Párrafo del Código Penal en agravio de C.K.A.F. (15), por el literal “d” del inciso 2) del artículo 344° del Código Procesal Penal. II] Consentida que sea la presente ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; LEVANTÁNDOSE toda medida que pudiera existir en su contra. Hágase saber. Notificándose.
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EDICTO PENAL
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02723-2017-1-1903-JR-PE-02
JUEZ: TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
ESPECIALISTA: VELA COLLAZOS JOHNNY ALEXANDER
ABOGADO DEFENSOR: MACEDO DAVILA, LIZ
MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA PROVINCIAL PENAL DEL PUTUMAYO,
IMPUTADO: ALVAREZ CASTERNOQUE, JOSE EMILIANO
DELITO: HURTO AGRAVADO
AGRAVIADO: TORRES SANDOVAL, CAYETANO
RESOLUCIÓN N° 11 Iquitos, 02 de noviembre de 2023
Dando cuenta,con el escrito 37355-2023 que contiene el nuevo requerimiento fiscal presentado por el representante del Ministerio Público que retirando su pedido de acusación fiscal presenta sobreseimiento de la causa.Al respecto,en acto de audiencia de fecha 22 de enero de 2021 se resolvió devolver el requerimiento fiscal por el plazo de 5 días hábiles a fin que subsane lo advertido. Sin embargo,el Fiscal responsable del caso,presenta nuevo requerimiento solicitando el sobreseimiento de la causa, por lo que, a efectos de proceder en conformidad con el artículo 345 numeral 1 del Código Procesal Penal, NOTIFÍQUESE a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS,para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae citado artículo. Asimismo,corresponde aplicar el artículo 345 numeral 3 del Código Procesal Penal por celeridad y economía procesal al ser la causa un proceso penal ingresado en el año 2017;en consecuencia, CITESE A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día NUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICUATRO a las NUEVE DE LA MAÑANA,la que se llevara de forma PRESENCIAL en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av.Mariscal Cáceres S/N, 2°Piso Iquitos; y, de manera VIRTUAL mediante el ENLACE DE CONEXIÓN: https://meet.google.com/chk-tqxi-uhg; bajo apercibimiento,en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Público con remitir copias al Oficina Desconcentrada de Control Interno de Loreto de la Autoridad Nacional de Control Interno del Ministerio Público; para la instalación de la audiencia se realizara con los que asistan y en caso de inasistencia del abogado defensor se procederá conforme al artículo 85, numeral 1 del Código Procesal Penal.Suscribe el especialista que firma por disposición superior. Notificándose.
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EDICTO
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE : 00245-2023-0-1903-JR-PE-02
JUEZ : TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
ESPECIALISTA : RUIZ NUÑEZ HUNTER
IMPUTADO : CHACCHA ANDRADE, ALBERTH EINSTEIN
DELITO : HURTO AGRAVADO.
CHOTA HUAYUNGA, NIXON
DELITO : HURTO AGRAVADO.
REATEGUI MURRIETA, DENIS DANIEL.Resolución Nro. Cinco. Iquitos, 10 de enero del 2024.Proveyendo la causa conforme a si estado, se verifica que existe en el incidente 86, escrito N°40995-2023 presentado por el Ministerio Público, en la que informa el domicilio real del procesado pendiente de notificar con la formalización de la Investigación preparatoria, Alberth Einstein Chaccha Andrade; Al respecto, a fin de vulnerar el derecho del mencionado imputado y garantizar su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, pese a que se encuentra concluida la investigación, ante la fiscalía y ante el juzgado, HABILITESE el plazo de ley, para que el referido imputado pueda acudir al juzgado a ejercer todos sus derechos, dispuestos en el marco de la Investigación Preparatoria, para tal caso CUMPLASE con notificar en la dirección proporcionado por el Ministerio Público esto es en la calle Las Azucenas N°384 (Frente a Trimasa)Punchana y en su domicilio que figura en la ficha RENIEC, sin perjuicio de hacerlo POR EDICTO. Notifíquese.
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EDICTO
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE :00245-2023-86-1903-JR-PE-02
JUEZ : TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
ESPECIALISTA : RUIZ NUÑEZ HUNTER
IMPUTADO : CHACCHA ANDRADE, ALBERTH EINSTEIN
DELITO : HURTO AGRAVADO.
CHOTA HUAYUNGA, NIXON
DELITO : HURTO AGRAVADO.
REATEGUI MURRIETA, DENIS DANIEL.Resolución Nro. 03 Iquitos, 10 de enero del 2024 Con los escritos N°40995-2023 y 53338-2023,ambos presentados por el Ministerio Público, a lo expuesto, ESTESE a lo dispuesto en la resolución 05 del principal,DEBIENDO de notificarse la Res. 01 adjuntándose el requerimiento (extracto de la página 18 formula acusación),FORMULA ACUSACION CONTRA:NIXON CHOTA HUAYUNGA, RANDYALEXANDER REATEGÜI MACEDO, DENIS DANIEL REATEGUI MURRIETA y ALBERT EINSTEIN CHACCHA ANDRADE, por la presunta comisión del delito contra el PATRIMONIO en la modalidad de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 9) del segundo párrafo del artículo 186’^ del Código Penal, concordante con el artículo 185*^ tipo base del mismo cuerpo legal, asi como en el articulo 16® (tentativa); en agravio del RICHARD PAOLO MERA LLERENA;conforme lo establece la Res. 05 del principal, y vencido dicho plazo se programará la audiencia de acusación. Notifíquese. –
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EXPEDIENTE: 2844-2018-59.
Por disposición superior del señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, cita llama y emplaza al acusado JORGE ALBERTO SHAPIAMA TELLO, a la audiencia de JUIDCIO ORAL, en la sala de audiencia del Primer Juzgado Unipersonal de Maynas el día VEINTISIETE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTICUATRO (27/03/2024) a horas DOS DE LA TARDE (02:00 PM), la audiencia se llevara a cabo de forma presencial en el local del juzgado sito en esquina de calle MOORE CON AVENIDA MARISCAL CACERES- TERCER PISO ( Modulo Penal Central NCPP)- Ciudad de Iquitos, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia
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