JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00475-2022-54-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETONAUTA
IMPUTADO: HUALINGA GARCIA, NESTOR
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, ACVM 14
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, cuatro de septiembre Del año dos mil veintitrés.
AUTOS Y VISTO; en la fecha los actuados del presente proceso, con el requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra NESTOR HUALINGA GARCIA como presunto autor del delito de VIOLACION SEXUAL A MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales V.M.A.C (14). Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día DIECIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30 a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta; bajo apercibimiento, en caso de inasistencia del Fiscal de remitir copias al ODCI y en caso de inasistencia del abogado defensor público se remitirá copias certificadas a su órgano de control de interno de sus Institución. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Notifíquese vía edicto penal al imputado y agraviada. NOTIFÍQUESE.
V-3(20,23 y 24)
EDICTO
DESTINATARIOS:
GIAMPAOLO OSSIO ROJAS FLORINDEZ, PEDRO MALAFAYA RUIZ, OCTAVIO DANIEL SILVA ZAALETA, GUSTAVO GOMEZ TINA, LUIS EDGARINUMA LAVY, ELISEO SORIA CHAPIAMA, HENRY PINEDO ROJAS, HENRI SILVANO CAHUAZA, DENIS JANDERS FLORES DÍAZ, Y ROBERTO BARDALES APAGUEÑO
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00297-2021-31-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA : TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPCE EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS DEL DISTRITO FISCAL DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: BARDALES APAGUEÑO, ROBERTO Y OTROS
DELITO: NECIACIÓN INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CAR
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA,
RESOLUCIÓN NUMERO CINCO Nauta, trece de octubre del Dos mil veintitrés
DADO CUENTA, a la fecha, con la razón que antecede; Téngase presente, y siendo el estado del proceso: REPROGRÁMESE la Audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN para el día JUEVES NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA. (10.30 am) La misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria sito en la calle Tarapacá N° 617 Nauta, con la presencia obligatoria del Fiscal y de los abogados particulares como del defensor público de los acusados, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. Al escrito N° 3142-2023 presentado por el abogado del imputado ELISEO SORIA CHAPIAMA y a lo solicitado; Agréguese a los autos y Téngase el correo percyfloresarevalo@gmail.com y numero de celular 929-732717. NOTIFÍQUESE. sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(20,23 y 24)
EDICTO
Expediente: 354-2016-41
Por disposición superior de la señora Juez del Segundo Juzgado Supraprovincial Conformado de Maynas, cita llama y emplaza al acusado ROLFO PASHANASTE CUACHI, para la audiencia de JUICIO ORAL del día MIERCOLES SEIS DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO a horas ONCE DE LA MAÑANA, la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (https://meet.google.com/ibs-ayqu-qoq) en el día y hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 18 de octubre de 2023
V-3(20,23 y 24)
EDICTO PENAL
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00620-2018-97-1903-JR-PE-02
JUEZ: TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
ESPECIALISTA: VELA COLLAZOS JOHNNY ALEXANDER
ABOGADO DEFENSOR: PEREIRA DOCUMET, OLGA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL MIXTA DEL PUTUMAYO,
IMPUTADO: PEREZ COQUINCHE, MIGUEL ANGEL
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
RODRIGUEZ ROBLEDO, JHONATAN
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
RODRIGUEZ ROBLEDO, JOSE JHONNY
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, NRN 16
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS
Iquitos, treinta y uno de agosto del dos mil veintitrés.
DADO CUENTA, al estado del proceso y verificándose; INCIDENTAL: De la revisión de actuados se verifica que mediante acta de audiencia de fecha 18 de noviembre del 2022 se programó fecha y hora para audiencia de control para el día 22 de marzo del 2023; sin embargo, no existe acto alguno que se informe o precise si se realizó o no dicha audiencia. Por tanto, se dispone CITESE para el día VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTICUATRO a horas OCHO DE LA MAÑANA para que se lleve a cabo la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN la misma que se llevará a cabo en forma presencial en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en la Av. Mariscal Andres Avelino Cáceres S/N – 3° Puerta, 2° Piso; sin perjuicio, de realizarlo de forma virtual mediante el ENLACE DE CONEXIÓN: https://meet.google.com/ysq-mbot-wfe, con el fin de no causar la suspensión o frustración de la presente audiencia; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada del abogado defensor público de comunicar a la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Loreto a fin que se tome las medidas correspondientes y se designe otro abofado defensor público, para la defensa privada de excluirlo de la defensa y designar abogado público como lo autoriza en el artículo 85 inciso 1º del CPP e imponerle la multa de 1URP con conocimiento de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto y al Colegio de Abogado que pertenezca conforme al artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y remitir copias al Oficina Desconcentrada de Control Interno de Loreto en caso de inconcurrencia del Representante del Ministerio Público. 3. bajo responsabilidad. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Causa, en amparo de lo previsto por los incisos 6) y 24) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; concordante con lo dispuesto por el último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, aplicado supletoriamente al presente caso. NOTIFÍQUESE.
V-3(20,23 y 24)
EDICTO
Expediente: 968-2015-36
Por disposición superior de la señora Juez del Segundo Juzgado Supraprovincial Conformado de Maynas, cita llama y emplaza al acusado VICTOR HUGO LUNA PINEDO, para la audiencia de JUICIO ORAL del día LUNES CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO a horas DOS Y CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE, la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (https://meet.google.com/ukp-aryo-yqv) en el día y hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 19 de octubre de 2023
V-3(20,23 y 24)
EDICTO
Expediente: 968-2015-36
Por disposición superior de la señora Juez del Segundo Juzgado Supraprovincial Conformado de Maynas, cita llama y emplaza al acusado PABLO ABNER ATOCXA HUANSI, para la audiencia de JUICIO ORAL del día LUNES CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTICUATRO a horas DOS Y CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE, la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (https://meet.google.com/ukp-aryo-yqv) en el día y hora indicada; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 19 de octubre de 2023
V-3(20, 23 y 24)
EDICTO PENAL
DESTINATARIOS:
TAMINCHE INGA, JUAN ROY Y A LA REPRESENTANTE LEGAL DE LA AGRAVIADA MENOR DE INICIALES: NRT – ROSA ADILIA TAMINCHI INGA.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00313-2019-42-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPC LORETO MAYNAS,
IMPUTADO: TAMINCHE INGA, JUAN ROY
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES
AGRAVIADO: MENOR NRT,
RESOLUCION NUMERO DOS Nauta, veinticinco de julio de dos Mil veintitrés
DADO CUENTA; con el Acta del especialista de audiencia , y estando a la fecha del presente proceso Dispone: REPROGRAMAR la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día MARTES VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA[10:30 am],la misma que se llevará a cabo de forma presencial en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. Avocándose el señor Juez al presente proceso por disposición superior. SUSCRIBE. la Especialista Judicial de causas al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil: concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
V-3(20.,23 y 24)
EDICTO PENAL
DESTINATARIOS:
MPUTADO: PERAZA SANDI, JOSE MANUEL
AGRAVIADO: LAVI PADILLA, JEYLI
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00328-2022-63-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: PERAZA SANDI, JOSE MANUEL
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: LAVI PADILLA, JEYLI
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Nauta, nueve de agosto Del año dos mil veintitrés.
DADO CUENTA; en la fecha con los actuados del presente proceso, con el requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra JOSE MANUEL PERAZA SANDI, por la presunta comisión del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de JEYLI LAVI PADILLA. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día MARTES CINCO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA [11:30 a.m], hora exacta, para la realización de la en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes . al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. Asimismo, el Magistrado suscritor autoriza de este decreto en adelante al Especialista Judicial de Juzgado la firma de todos los decretos judiciales sin su firma digital ni físico del Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTFÍQUESE.
V-3(20,23 y 24)
EDICTO PENAL
Exp. N° 01138-2020-19-1903-JR-PE-01 – “Cuaderno de Sobreseimiento”
Especialista Judicial: Abog. Karla Victoria Rengifo Rengifo
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
Por el presente, el 1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 01138-2020-19-1903-JR-PE-01, mediante resolución número cuatro de fecha 15.09.2023, se dispuso notificar mediante Edicto Penal al acusado RAUL MELENDEZ BARTRA, un extracto de la mencionada resolución, que dispone REPROGRAMAR para el día VEINTITRES DE ENERO DEL DOS MIL VEINTICUATRO a horas OCHO DE LA MAÑANA [08:00 a.m.] para que se lleve a cabo la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la misma que se llevará a cabo de manera presencial en la Sala de Audiencias del 1er Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal, sito en Av. Mariscal Cáceres esquina con Moore y excepcionalmente mediante la utilización del Aplicativo Google Meet, en el ENLACE DE CONEXIÓN: meet.google.com/jer-qbpj-hfi; proceso seguido contra RAUL MELENDEZ BARTRA por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de PEDRO JUNIOR HUAMANCHUMO BERNUY.
Iquitos, 15 de setiembre del 2023.
V-3(20,23 y 24)
EDICTO PENAL
Exp. N° 02125-2020-46-1903-JR-PE-01 – “Cuaderno de Sobreseimiento”
Especialista Judicial: Abog. Karla Victoria Rengifo Rengifo
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
Por el presente, el 1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 02125-2020-46-1903-JR-PE-01, mediante resolución número nueve de fecha 18.09.2023, se dispuso notificar mediante Edicto Penal al acusado SEGUNDO ROBINSON MARIN TORRES, un extracto de la mencionada resolución, que dispone REPROGRAMAR para el día MIERCOLES SEIS DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTITRES a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA [09:30 a.m.] para que se lleve a cabo la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la misma que se llevará manera PRESENCIAL en la Sala de Audiencias del 1er Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicado en el segundo piso del Módulo Penal, sito en Av. Mariscal Cáceres esquina con Moore y excepcionalmente mediante la utilización del Aplicativo Google Meet, en el ENLACE DE CONEXIÓN: meet.google.com/rwg-aiyv-nos; proceso seguido contra SEGUNDO ROBINSON MARIN TORRES por el delito de FALSEDAD IDEOLOGICA en agravio del ESTADO PERUANO – RENIEC.
Iquitos, 18 de setiembre del 2023.
V-3(20,23y 24)
EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02546-2023-14-1903-JR-PE-01
JUEZ: SOTO QUINTANILLA ERIKA
MINISTERIO PUBLICO: FPEDVMIGF,
REPRESENTANTE: HUANSI AREVALO, MARIA ZOILA
IMPUTADO: CASIQUE SILVA, EDWIN
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES SCCHREPRESENTANTE LEGAL MARIA ZOILA HUANSI
AREVALO,
ESPECIALISTA: PEREZ PEREA LLAJAIRA VALQUIRIA
DESTINATARIO: CASIQUE SILVA, EDWIN
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Iquitos, veintisiete de setiembre del dos mil veintitrés.
DADO CUENTA; de oficio, de la revisión de autos, se procede a emitir lo que corresponde; y CONSIDERANDO: Que, por un error en la resolución número UNO de fecha quince de setiembre del año dos mil veintitrés, se consignó mal el mes de la audiencia citada de PRUEBA ANTICIPADA, convocando a la diligencia para el VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, debiendo ser lo real y correcto «VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES»; por lo que en merito a la facultad conferida por el artículo 124° del Código Procesal Penal deberá ser materia de corrección en ese extremo. Por lo tanto, SE DISPONE: CORREGIR EL ERROR MATERIAL incurrido al momento de señalar fecha de audiencia [VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES], debiendo tenerse a la misma como VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES [y no en el mes de setiembre], dejando subsistente lo demás que contiene la citada resolución. Así mismo se tiene las razones de dicho emitidas por el asistente de comunicaciones del Módulo Penal, el mismo que devuelve la cédula de notificación dirigida al acusado CASIQUE SILVA EDWIN y de la representante de la menor agraviada MARIA ZOILA HUANSI AREVALO, ambos por el motivo que no se llegó a encontrar a la persona ya que por las direcciones consignadas dicen no conocer a los destinatarios, estando a ello se procedió a comunicar a la representante del Ministerio Publico, la misma que señalo que el domicilio de la parte agraviada es en CALLE BELLO HORIZONTE N° 564 – AA.HH. BELLO HORIZONTE, lugar donde s deberá notificar y en cuanto al investigado se deberá notificar a través de su abogado defensor letrado DORIAN CHOQUE CALISAYA a su domicilio procesal siendo su casilla electrónica, por lo que se precisa que la audiencia de PRUEBA ANTICIPADA se llevara a cabo el día: VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS TRES CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE. SUSCRIBE la Especialista Judicial de Juzgado al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(20,23 y 24)
EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02546-2023-14-1903-JR-PE-01
JUEZ: SOTO QUINTANILLA ERIKA
MINISTERIO PUBLICO: FPEDVMIGF,
REPRESENTANTE: HUANSI AREVALO, MARIA ZOILA
IMPUTADO: CASIQUE SILVA, EDWIN
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES SCCHREPRESENTANTE LEGAL MARIA ZOILA HUANSI
AREVALO,
ESPECIALISTA: PEREZ PEREA LLAJAIRA VALQUIRIA
DESTINATARIO: CASIQUE SILVA, EDWIN
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Iquitos, veintisiete de setiembre del dos mil veintitrés.
DADO CUENTA; de oficio, de la revisión de autos, se procede a emitir lo que corresponde; y CONSIDERANDO: Que, por un error en la resolución número UNO de fecha quince de setiembre del año dos mil veintitrés, se consignó mal el mes de la audiencia citada de PRUEBA ANTICIPADA, convocando a la diligencia para el VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, debiendo ser lo real y correcto «VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES»; por lo que en merito a la facultad conferida por el artículo 124° del Código Procesal Penal deberá ser materia de corrección en ese extremo. Por lo tanto, SE DISPONE: CORREGIR EL ERROR MATERIAL incurrido al momento de señalar fecha de audiencia [VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES], debiendo tenerse a la misma como VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES [y no en el mes de setiembre], dejando subsistente lo demás que contiene la citada resolución. Así mismo se tiene las razones de dicho emitidas por el asistente de comunicaciones del Módulo Penal, el mismo que devuelve la cédula de notificación dirigida al acusado CASIQUE SILVA EDWIN y de la representante de la menor agraviada MARIA ZOILA HUANSI AREVALO, ambos por el motivo que no se llegó a encontrar a la persona ya que por las direcciones consignadas dicen no conocer a los destinatarios, estando a ello se procedió a comunicar a la representante del Ministerio Publico, la misma que señalo que el domicilio de la parte agraviada es en CALLE BELLO HORIZONTE N° 564 – AA.HH. BELLO HORIZONTE, lugar donde s deberá notificar y en cuanto al investigado se deberá notificar a través de su abogado defensor letrado DORIAN CHOQUE CALISAYA a su domicilio procesal siendo su casilla electrónica, por lo que se precisa que la audiencia de PRUEBA ANTICIPADA se llevara a cabo el día: VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS TRES CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE. SUSCRIBE la Especialista Judicial de Juzgado al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(20.23 y 24)





