EDICTO
Expediente: 2440-2018-34
Por disposición superior de la señora Presidenta de Primer Juzgado Penal Colegiado de Maynas, cita llama y emplaza a los acusados HILTER ASPAJO FACHIN y DALIA MELENDEZ SANTANA, para la audiencia de JUICIO ORAL del día OCHO DE MARZO de dos mil veinticuatro a horas ONCE DE LA MAÑANA, la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (https://meet.google.com/kxn-mjkx-vfo) en el día y hora indicada; bajo apercibimiento al acusado de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 21 de setiembre de 2023
V-3(16,17y 18)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00075-2023-75-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPC LORETO NAUTA,
IMPUTADO: TAMINCHE CHUJUTALLI, JHONY
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES
AGRAVIADO: SEOPA LOPEZ, MILIN 13
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, cinco de septiembre del año dos mil veintitrés.
AUTOS Y VISTOS, en la fecha los actuados del presente proceso, con el Requerimiento de Sobreseimiento que antecede presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, en la causa seguida contra JHONY TAMINCHE CHUJUTALLI, por la presunta comisión del delito de Tocamiento, Actos de Connotación Sexual o Actos Libidinoso, a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con el artículo 344° del Código Procesal Penal, dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria, el Fiscal decidirá en el plazo de quince días, si formula acusación o si requiere el sobreseimiento de la causa. Segundo: Que, en el presente caso se tiene que, habiendo dado por concluida la investigación preparatoria, el Fiscal a cargo de la investigación ha decidido requerir al órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, por lo que en ese orden de cosas debe procederse de conformidad con el artículo 345° de la norma adjetiva penal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Tercero: Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 345º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de sobreseimiento, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1.-CORRER TRASLADO a los sujetos procesales el REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO por el PLAZO DE DIEZ DÍAS. Verificado su cumplimiento dese cuenta para la prosecución de la secuela del proceso conforme a ley; y 2. CÍTESE para el día QUINCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 a.m.), para la realización de la audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes, y se instalará con la presencia facultativa de las demás partes. Notifíquese vía edicto penal. NOTFÍQUESE.
V-3(16,17 y 18)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00085-2016-8-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION,
PROCURADOR PUBLICO : PROCURADOR PUBLICO ANTICORRUPCION DESCENTRALIZADO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LORETO,
IMPUTADO: ALVAREZ TUESTA, ROMER Y OTROS
DELITO: PECULADO DOLOSO AGRAVADO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS,
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE
Nauta, veintiocho de agosto del año dos mil veintitrés.
ESTANDO; en la fecha del presente proceso, y estando a lo advertido en el acta de audiencia se Dispone: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día ONCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y dejándose en efecto los apremios decretados en la resolución Nº02. Asimismo con el escrito Nº 2639-2023, remitido por el Ministerio Público donde nos informa las direcciones reales y procesales de los imputados mencionados en la resolución Nº12, siendo ello así, es preciso advertir que dichas direcciones son las misma que se remitió anterior mente, donde se notificó a todos en sus domicilio procesales y reales la resolución Nº02 y vía edicto penal, por lo que se tendrá presente par los fines pertinentes; por ultimo notifíquese por vías edicto penal a todos los imputados. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese a todas las partes vía edicto penal a todas las partes. Con la razón de dicho del notificador de la sede central, el cual devuelve la cedula de notificación sin diligenciar del imputado Tedy Pereira Tello, que tiene adjunta el acta de audiencia y un CD, se tiene también la devolución de la cedula de notificación sin diligenciar de la imputada Lynda Carolyn Horna Rengifo, que tiene adjunto la resolución Nº02, y la cedula de notificación sin diligenciar del imputado Julio Cesar Tafur Carranza, que tiene adjunto la resolución Nº 02, siendo ello así, se tiene que a dichos imputados se les notifico vía edicto penal y teniendo en cuenta que el representante del Ministerio Publico nos remitió las misma direcciones reales por lo que se procederá a notificarles también por edicto penal. NOTIFÍQUESE.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO
DESTINATARIOS:
AHUANARI CAHUACHI, ERICK LANDER
SINARAHUA HUANAQUIRI, NOELIA ELDIMIA
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00195-2023-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA : TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO : FICALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: AHUANARI CAHUACHI, ERICK LANDER
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: SINARAHUA HUANAQUIRI, NOELIA ELDIMIA
RESOLUCIÓN NUMERO UNO Nauta, nueve de agosto Del año dos mil veintitrés.
DADO CUENTA; a la fecha del presente proceso, y estando al oficio remitido por la FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE NAUTA, mediante el cual adjunta la disposición fiscal N° 02 de fecha diecinueve de abril de 2023, a lo expuesto, dispone: TENER POR RECIBIDA LA COMUNICACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra ERICK LANDER AHUANARI CAHUACHI, por el delito Contra la vida el Cuerpo y la salud en la modalidad AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, ilícito penal previsto y sancionado en el párrafo primero y numeral 7) del párrafo segundo del artículo 122- B° del código penal, en agravio de NOELIA ELDIMIA SINARAHUA HUANAQUIRI; debiendo tenerse presente los efectos jurídicos procesales previstos en los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes; y al no haberse solicitado alguna medida de coerción personal por parte del representante del Ministerio Público, corresponde dictarse medida de COMPARECENCIA SIMPLE contra ERICK LANDER AHUANARI CAHUACHI. Asimismo, el Magistrado suscritor autoriza de este decreto en adelante al Especialista Judicial de Juzgado la firma de todos los decretos judiciales sin su firma digital ni físico del Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTFÍQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO
DESTINATARIOS:
LORENZO CHIMBORAS CARIAJANO, CHISTIAN JAKER VALIENTE FERREIRA, LUZ ANGELICA HUAMAN NORIEGA, MARCELL JUNIOR BURGA PANAIFO, RENE RUIZ MOZOMBITE Y JILDER QUISPE MEGO.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00231-2023-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALINA PENAL NAUTA,
IMPUTADO: CHIMBORAS CARIAJANO, LORENZO
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS,
RESOLUCIÓN NUMERO UNO Nauta, veintiuno de agosto Del año dos mil veintitrés.
DADO CUENTA; a la fecha del presente proceso, con el Oficio N° 733-2023-1°DFPCEDCF-LN-MP-FN/NKVCH., remitido por la representante del Ministerio Publico, y estando al oficio remitido por la FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE NAUTA, mediante el cual adjunta la disposición fiscal N° 04 de fecha doce de julio del dos mil veintitrés, a lo expuesto, dispone: TENER POR RECIBIDA LA COMUNICACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra LORENZO CHIMBORAS CARIAJANO, CHISTIAN JAKER VALIENTE FERREIRA, LUZ ANGELICA HUAMAN NORIEGA, MARCELL JUNIOR BURGA PANAIFO, RENE RUIZ MOZOMBITE Y JILDER QUISPE MEGO, por la presunta comisión del delito PECULADO DOLOSO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 387° del código penal, en agravio de ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETREROS; debiendo tenerse presente los efectos jurídicos procesales previstos en los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes; y al no haberse solicitado alguna medida de coerción personal por parte del representante del Ministerio Público, corresponde dictarse medida de COMPARECENCIA SIMPLE contra. LORENZO CHIMBORAS CARIAJANO, CHISTIAN JAKER VALIENTE FERREIRA, LUZ ANGELICA HUAMAN NORIEGA, MARCELL JUNIOR BURGA PANAIFO, RENE RUIZ MOZOMBITE Y JILDER QUISPE MEGO Notifíquese. Sin perjuicio de notificarse por Edicto.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO
DESTINATARIOS:
CHUNG DIAZ, LEVIO
AGRAVIADO: G L, A – REPRESENTANTE LEGAL DE LA MENOR: LOIDA LUZ GAYAS SANDI
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00236-2023-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL NAUTA,
IMPUTADO: CHUNG DIAZ, LEVIO
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: G L, A
RESOLUCIÓN NUMERO UNO Nauta, veintiuno de agosto Del año dos mil veintitrés. DADO CUENTA; a la fecha del presente proceso, y estando al oficio remitido por la FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE NAUTA, mediante el cual adjunta la disposición fiscal N° 03 de fecha catorce de julio de 2023, a lo expuesto, dispone: TENER POR RECIBIDA LA COMUNICACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra LEVIO CHUNG DIAZ , por el delito Contra la libertad Sexual en la modalidad VIOLACIÓN SEXUAL A MENOR DE EDAD , ilícito penal previsto y sancionado en el numeral 11) del artículo 170° del código penal, en agravio de las iniciales A.G.L. (14) ; debiendo tenerse presente los efectos jurídicos procesales previstos en los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes; y al no haberse solicitado alguna medida de coerción personal por parte del representante del Ministerio Público, corresponde dictarse medida de COMPARECENCIA SIMPLE contra LEVIO CHUNG DIAZ. Notifíquese. Sin perjuicio de notificarse vía Edicto.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO
DESTINATARIOS:
EDWING FIDENCIO GARCIA RODRIGUEZ, YURI CRISTHOPHER MUÑOZ CULQUI, ROGER VASQUEZ CERVAN, ADRIANO REATEGUI REATEGUI, MARIBEL TAMANI HUAYNACARI, ERICK JHONATAN GOMEZ DAVILA, JORGE HERNAN VEGA TALEXIO Y MANUEL ENRIQUE VASQUEZ RODRIGUEZ
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00338-2022-45-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPCEE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: GOMEZ DAVILA, ERICK JHONATAN Y OTROS
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL LORETO NAUTA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Nauta, nueve dos de Agosto Del año dos mil veintitrés.
DADO CUENTA, con el requerimiento fiscal presentado por la fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Nauta, se provee lo que corresponde. CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra EDWING FIDENCIO GARCIA RODRIGUEZ Y OTROS
por la presunta comisión del delito contrala ADMINISTRACION PUBLICA, en la modalidad de PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO PERUANO – UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL NAUTA. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, se; DISPONE: 1.CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2.SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día JUEVES VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo de forma presencial, dentro de la jurisdicción de Nauta se llevara en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes . al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. Asimismo, el Magistrado suscritor autoriza de este decreto en adelante al Especialista Judicial de Juzgado la firma de todos los decretos judiciales sin su firma digital ni físico del Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTFÍQUESE. Sin perjuicio de notificarse via edicto.
V-3(16,17 y 18)
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02650-2023-60-1903-JR-PE-01
JUEZ: SOTO QUINTANILLA ERIKA
ESPECIALISTA: SILVA WONG KATHERINE PATRICIA
MINISTERIO PUBLICO: FPEDVMIGF,
IMPUTADO: TUIRIMA MARAPARA, ELIGIO ROLDAN
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE
10 AÑOS)
AGRAVIADO: MENOR MCHG,
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA
En la ciudad de Iquitos, siendo las DIEZ HORAS CON DIEZ MINUTOS del día SEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, presente en la Sala de Audiencias virtual, la señora Juez SOTO QUINTANILLA ERIKA, como Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, asistida por el especialista de audiencia Abog. Francisco Javier Soplin Escudero, a fin de llevar a cabo la audiencia de PRUEBA ANTICIPADA, Expediente N° 02650-2023-60-1903-JR-PE-01, seguido TUIRIMA MARAPARA, ELIGIO ROLDAN por el presunto delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS) en agravio de MENOR MCHG, La presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, cuya grabación demostrará el modo cómo se desarrolla, conforme lo establece el Art. 361°, numeral 2 del Código Procesal Penal y el Art. 26° del Reglamento General de Audiencias; por tanto, se solicita a los sujetos procesales procedan oralmente a identificarse para que conste en el registro y se verifique la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia. I. IDENTIFICACION DE LOS SUJETOS PROCESALES: 1. MINISTERIO PÚBLICO: ABG. EVELYN SANCHEZ COSAVALENTE (Conectada) Fiscal Adjunta Provincial de la Fiscalía Especializada en delitos de Violencia contrala Mujer e Integrantes del Grupo Familiar. Domicilio procesal: Calle Sargento Lores 958, 2do piso. Iquitos. Casilla electrónica: 73973. 2. FISCAL DE FAMILIA: ABOG.CRISTIAN GUZMAN BELZU (Conectado) FISCAL PROVINCIAL – 2DA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA DE MAYNAS. Domicilio procesal: Calle Sargento Lores N° 958. 3. ABOGADA DE LA PARTE IMPUTADA: ABOG. JUAN CARLOS ROJAS CAMPOS (Conectado) CAL: N° 1228 Domicilio: Calle Sargento Lores 702 – Iquitos 4. DEFENSA DE LA PARTE AGRAVIADA: ABOG. MAISA ANGELITA MEGO RUIZ (Conectada) CAL: 1165 Domicilio procesal: Sargento Lores 702 – Iquitos Casilla: 22829 5. TIA DE LA MENOR AGRAVIADA MARIA HUAYTA GUTIERREZ (Conectada en sede Fiscal) DNI: 61812767 Domicilio: Calle Amazonas Mz M Lt 34 5. MENOR AGRAVIADA (En cámara Gesell) 6. IMPUTADO – INCONCURRENCIA 7. PSICOLOGO KAREN LOZANO MORI (En cámara Gesell) MEDICINA LEGAL MP II. INCIDENCIA: JUEZ: Observaciones. ABOG. JUAN CARLOS: Señala que recién se le notificó ayer, debería tener el plazo de ley para conocer el caso, conforme lo estipula el Art. 244° del código procesal penal. solicitó la reprogramación y que se cumple el plazo procesal que establece la norma en el artículo 244. JUEZ: Corre traslado. FISCAL: Señala que la agraviada es madre de una menor, y que ella también estudia, la cosa es que no se frustre, por eso mi persona convocó para hoy, el día de ayer tomé conocimiento de la resolución y me y procedí a mandarle whatsapp al doctor Juan Carlos pero no me leyó y hoy día ya decidí llamarle, entonces este sí involucra incluso el riesgo de que otros menores estén ahorita en riesgo, no estando con el agresor, entonces este me preocupa el hecho de que de repente de vea frustrarse. JUEZ: Dr. Juan Carlos lo escuchamos ABOG. JUAN CARLOS: Entiendo la posición de mesero público, pero también quisiera que la señorita fiscal entienda que existe procesos que justamente garantizan, los constitucionales como el derecho de defensa, existe la inmediación directa para hacer una oposición, digamos a una pregunta subjetiva, solicita que todos estén de manera presencial. JUEZ: Si esa es su preocupación doctor el Juzgado puede constituirse al a las instalaciones de cámara y lo mismo sería el requerimiento para su persona, entonces no hay ningún inconveniente por parte del despacho a efectos de no frustrar la presente audiencia. Deja constancia que se apersonó a Cámara Gesell del Ministerio Publico, da por finalizado la audiencia. JUEZ: SE DEJA CONSTANCIA QUE SE REPROGRAMÓ PARA EL 12 DE OCTUBRE DE A HORAS 04:00 PM, QUEDANDO NOTIFICADOS TODOS LOS PRESENTES, DE MANERA PRESENCIAL.
V-3(16,17y 18)
EDICTO PENAL
DESTINATARIO:
EVER DEL ÁGUILA HIDALGO
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01479-2022-26-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: GIL MACEDO NEPER SOCRATES
MINISTERIO PUBLICO: TID,
IMPUTADO: DEL AGUILA HIDALGO, EVER
DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO
ILÍCITO DE DROGAS.
AGRAVIADO: EL ESTADO,
REPROGRAMAR AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA PRESENCIAL, según los siguientes términos:
Fecha:
CINCO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICUATRO
Hora:
NUEVE DE LA MAÑANA
Direction de la Sala de Audiencia
Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso
(Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos.
Especialista de Audiencias
Abog. Alison Vargas – Celular No. 940564312
Link Google Meet
NOTIFÍQUESE Al acusado EVER DEL ÁGUILA HIDALGO, con domicilio real en AA.HH. LAS PERLAS MZ. Q, LT. 6 – YARINACOCHA – PUCALLPA – UCAYALI, sin perjuicio de ello siendo que el acusado dio varias direcciones conforme se aprecia de fojas 01, 45, 55 y 66. NOTIFIQUESE VIA EDICTO ELECTRONICO Y EDICTO PENAL en el Diario Oficial “La Región”, y teniendo el acusado la condición jurídica de REO AUSENTE, la misma debe ser con el apercibimiento de CONDUCCIÓN COMPULSIVA.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
DESTINATARIO:
LAURO MARICAHUA SAAVEDRA
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 03033-2015-74-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: GIL MACEDO NEPER SOCRATES
MINISTERIO PUBLICO: 6TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE
MAYNAS,
IMPUTADO: MARICAHUA SAAVEDRA, LAURO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10
Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: ANA MARIA HUAYAMBE CACHIQUE REPRESENTANTE DE
LA MENOR DE INICIALES LMH13,
REPROGRAMAR AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA PRESENCIAL, según los siguientes términos:
Fecha:
QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTICUATRO
Hora:
NUEVE Y VEINTA DE LA MAÑANA
Direction de la Sala de Audiencia
Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso
(Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos.
Especialista de Audiencias
Abog. Alison Vargas – Celular No. 940564312
Link Google Meet
NOTIFÍQUESE: Al acusado LAURO MARICAHUA SAAVEDRA, a quien se le notificará en PASAJE JORGE CHAVEZ N° 20 (REF. QUINTA INTERIOR 11 – MORONACOCHA) – IQUITOS. Sin perjuicio de ello atendiendo que el domicilio del acusado es una Quinta NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTO ELECTRONICO Y EDICTO PENAL en el Diario Oficial “La Región”, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
DESTINATARIOS:
IMPUTADO: NASHNATO TAMANI, MILSIADES
AGRAVIADO: HUALINGA APAGUEÑO, WILFREDO
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00465-2022-18-1901-JR-PE-01
JUEZ: CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
IMPUTADO: NASHNATO TAMANI, MILSIADES
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: HUALINGA APAGUEÑO, WILFREDO
RESOLUCIÓN NUMERO DOS Nauta, veinticinco de julio del Dos mil veintitrés
DADO CUENTA, a la fecha, y con el escrito N° 2142-2023 presentado por el imputado MILSIADES NASHNATO TAMANI, el cual solicita: TENGASE por Apersonado al proceso al letrado Alex Gómez Mondragón señalando como domicilio procesal en Casilla Electrónica N° 68123 lugar donde se hará llegar todas las resoluciones que deriven del presente proceso. NOTIFIQUESE con la resolución 01 y el requerimiento y actuados, sin generar el plazo de ley, debido que fue notificado mediante edicto y a fin de no vulnerar el debido proceso y siendo el estado del proceso: REPROGRÁMESE la Audiencia del REQUERIMIENTO de Sobreseimiento para el día MARTES VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09.30 am) la misma que se llevará a cabo en forma presencial en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal, en caso de inconcurrencia se pondrá de conocimiento del Órgano de Control, para los fines correspondientes; Avocándose el señor Juez por disposición superior. SUSCRIBE. la Especialista Judicial de causas al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil: concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE. sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01608-2021-58-1903-JR-PE-02
JUEZ: TELLO DANTAS GINO GIOVANNI
MINISTERIO PUBLICO: 6TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL,
IMPUTADO: MANZUR LOPEZ, WALTER ROBERTO Y OTROS
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: CENTRO CERAMICO LAS FLORES SAC REPRESENTANTE CARLOS
ROMMEL GARCIA BARTENS,
ACOSTA PEZO, RUBID PAULINA
CECILIO GAVINO, RODRIGO
ESTADO PERUANO Y OTROS,
VILLACORTA RIOS, MONICA MADELEYNE
ESPECIALISTA: PEREZ PEREA LLAJAIRA VALQUIRIA
RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE
Iquitos, 06 de octubre del 2023.
DADO CUENTA, En la fecha y de la revisión de autos corresponde reprogramar la audiencia de su propósito en la presente causa. Por lo que, el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, RESUELVE: REPROGRAMAR la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO, según la disponibilidad de la agenda judicial, para el día NUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTITRÉS a horas CUATRO DE LA TARDE [04:00 p.m. Hora exacta], la misma que se llevará a cabo de forma presencial en la Sala de Audiencias de este órgano jurisdiccional; a excepción de presentarse solicitud debidamente motivada; la que deberá ser autorizada por el magistrado para llevar a cabo la misma de forma virtual, mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace de conexión meet.google.com/hhs-thhz-rhu con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada para la defensa pública de informar a la Dirección distrital de defensa pública y acceso a la justicia de Loreto y comunicar al Órgano de Control Interno en caso de inconcurrencia del Representante del Ministerio Público. Así mismo se tiene el escrito N° 39974-2023 remitido por el representante del Ministerio Publico, estando a su contenido, SE DISPONE: PÓNGASE a conocimiento de las partes procesales por corresponder. SUSCRIBE la Especialista Judicial de Causa al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(16,17 y 18)





