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Iquitos
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JUZGADO PENAL

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EDICTO
DESTINATARIOS:
CANAQUIRI AHUANARI, LLONER
ZUMAETA MALAFAYA, ELMER
CACHIQUE FASABI, EDWIN ARMANDO
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00009-2020-1-1901-JR-PE-01
JUEZ: TAMANI ESPINAR ANA BRENDA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN IMPUTADO: CANAQUIRI AHUANARI, LLONER
ZUMAETA MALAFAYA, ELMER
CACHIQUE FASABI, EDWIN ARMANDO
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: INSTITUCION EDUCATIVA INICIAL N 374 NN LEONCIO PRADO
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Nauta, veinte de junio Del año dos mil veintitres.
AUTOS Y VISTOS. DADO CUENTA, con el requerimiento fiscal presentado por la fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Nauta, se provee lo que corresponde. CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra ELMER ZUMAETA MALAFAYA Y OTROS por la presunta comisión del delito contrala ADMINISTRACION PUBLICA, en la modalidad de PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO PERUANO – GOBIERNO REGIONAL DE LORETO. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del Código Procesal Penal corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, se DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados, y; 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día VIERNES VEINTE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo de forma presencial, dentro de la jurisdicción de Nauta se llevara en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. Avocándose la señora Juez al presente Proceso por disposición superior. NOTIFÍQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
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EDICTO
DESTINATARIOS:
SANCHEZ RENGIFO, MANUEL ALEJANDRO
SOSA RODRIGUEZ, RAUL ALBERTO
DEARTEANO ALVAN, MARIO KEVIN
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00266-2022-4-1901-JR-PE-01
JUEZ: TAMANI ESPINAR ANA BRENDA
ESPECIALISTA : TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPCEE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: SANCHEZ RENGIFO, MANUEL ALEJANDRO
DELITO: COLUSIÓN
SOSA RODRIGUEZ, RAUL ALBERTO
DELITO: COLUSIÓN
DEARTEANO ALVAN, MARIO KEVIN
DELITO: COLUSIÓN
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS,
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Nauta, dos de junio Del año dos mil veintitres.
DADO CUENTA, con el requerimiento fiscal presentado por la fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Nauta, se provee lo que corresponde. CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra MANUEL ALEJANDRO SÁNCHEZ RENGIFO Y OTRODS por la presunta comisión del delito contrala ADMINISTRACION PUBLICA, en la modalidad de PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, se; DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día MARTES DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo de forma presencial, dentro de la jurisdicción de Nauta se llevara en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. Avocándose al señor Juez al presente Proceso por disposición superior. NOTIFÍQUESE
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EDICTO
DESTINATARIOS:
LISTER PEREZ SABOYA, JORDIN BRAULIO AMIAS HUAMAN, JUAN RAFAEL ARAHUANZA LACHI, LUISA ANGÉLICA BARBARAN YNUMA, XIMENA NASCIMENTO ALVA, FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00291-2019-25-1901-JR-PE-01
JUEZ: TAMANI ESPINAR ANA BRENDA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
IMPUTADO: PEREZ SABOYA, LISTER Y OTROS
DELITO: MALVERSACIÓN DE FONDOS.
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO,
PROCURADURIA PUBLICA ANTICORRUPCION DE LORETO,
RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE Nauta, ocho de junio Del año dos mil veintitrés.
ESTANDO. Al Acta de Audiencia de Control de Acusación; Téngase presente y siendo el estado del proceso; se DISPONE: Notificar solo a los imputados LISTER PEREZ SABOYA, JORDIN BRAULIO AMIAS HUAMAN, JUAN RAFAEL ARAHUANZA LACHI, LUISA ANGÉLICA BARBARAN YNUMA, XIMENA NASCIMENTO ALVA, FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL. Con el Requerimiento Fiscal y los elementos de Convicción, la resolución número Cinco, el Acta de Audiencia de fecha 05.06.2023 y la presente resolución para su conocimiento, en sus domicilios Reales y siendo el estado del proceso: REPROGRÁMESE la continuación de la Audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN conforme a la agenda Judicial para el día JUEVES CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA. La misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria sito en la calle Tarapacá N° 617 Nauta, con la presencia obligatoria del Fiscal y de los abogados particulares como del defensor público de los acusados, BAJO APERCIBIMIENTO decretados en la resolución CINCO. NOTIFÍQUESE solo al agraviado, a los imputados en sus domicilios procesales y al MP la presente resolución. RESOLUCIÓN NUMERO CINCO Nauta veintinueve de setiembre Del dos mil veintidós. Autos y Vistos, Dado cuenta: Con la razón que antecede; Téngase presente y estando a la revisión de los autos se da providencia la presente causa; Y CONSIDERANDO: PRIMERO. De la revisión de autos se advierte con la Resolución número Uno de fecha 14.07.2021 se corre traslado y se señala fecha y hora para la realización de la audiencia, y con la Resolución número Dos de fecha 12.10.2021 se dispone Dejar sin Efecto la Resolución número uno, estando esto por error involuntario se reprogramo Audiencia de Control de Acusación con la resolución número tres de fecha de fecha 27.06.2022. SEGUNDO. Conforme se advierte con la resolución número tres de fecha 27.06.2022 se debió Correr traslado a los sujetos procesales y señalar fecha y hora para la Audiencia. Sin embargo, solo se ha reprogramado Audiencia de Control de Acusación y estos fueron debidamente notificados en los domicilios procesales, las cedulas de notificación que adjuntaba el requerimiento Acusatorio más el CD que contenían los elementos de convicción conforme se aprecia los cargos de las cedulas de notificación que corre a fojas 136 a 146 de autos, vulnerando el debido proceso y el derecho a la defensa, por lo que se declara nula la resolución número tres; TERCERO. Los abogados Defensores de los imputados Francisco Navarro Carvajal, y Jordi Braulio Amias Huamán presentaron su observación al Requerimiento de Acusación por habérseles notificado la resolución número tres de fecha 27.06.2022 (resolución que se ha vulnerado el debido proceso) motivo por el cual se declara Insubsistente las observaciones formuladas por dichos letrados. Lo mismo presento su Absolución el Abogado de los imputados Ximena Nascimento Alva y Luisa Angelica Barbaran Ynuma, y se dio providencia con la resolución número Cuatro de fecha 13.09.2022 que dispone Corre traslado a los sujetos procesales para su absolución en Audiencia, que también fue debidamente notificado, con la resolución número tres y al haberse declarado nula la resolución número tres de fecha 27.06.2022, por los motivos expuestos en el segundo considerando, consecuentemente la resolución número cuatro se declara nulo y por consiguiente se declara Insubsistente las observaciones formuladas por dicho letrado. CUARTO. Al respecto la nulidad, tiene su fundamento en lo estipulado por el Artículo 149° del Código Procesal Penal, el mismo que prescribe: “La inobservancia de las disposiciones establecidas para las actuaciones procesales es causal de nulidad solo en los casos previstos en la ley: Y estando a las consideraciones expuesto; se RESUELVE: 1) NULA todo lo actuado de la Resolución número Tres de fecha 27.06.2022 y Resolución número Cuatro de fecha 03.09.2022 en el presente proceso. 2) CORRASE Traslado por el plazo de DIEZ DIAS HABILES la Acusación Fiscal a los imputados Francisco Navarro Carvajal, Jordi Braulio Amias Huamán, Ximena Nascimento Alva, Luisa Angélica Barbaran Ynuma, Lister Pérez Saboya y Juan Rafael Arahuanazo Lachi, así como a la parte agraviada, debido que se deja sin efecto la cedulas de notificaciones generada de la resolución número tres de fecha 12.07.2022; a fin de no incurrir en nulidad y dilataciones procesales. 3) SEÑALESE fecha y hora para la realización de la Audiencia de Control de Acusación el día JUEVES UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIDOS a hora DOCE DEL MEDIO DIA (12.00 pm); que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, se instalara con la presencia obligatoria del señor Fiscal; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Provincial Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. Respecto a al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y A los abogados particulares de imponérseles una multa compulsiva y progresiva de cinco unidades de referencia procesal sin perjuicio de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción, para tal fin ofíciese. NOTIFÍQUESE. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION INTRODUCCIÓN Buenos días en la ciudad de Nauta, siendo las OCHO HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA DEL DÍA CINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, presentes en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de la provincia de Loreto – Nauta, a cargo de la señora Juez – ANA BRENDA TAMANI ESPINAR, asistido por el Especialista Judicial de Audiencia – MARK A. COSTA CASIQUE, a fin de realizarse la audiencia de CONTROL DE ACUSACION, solicitado por la FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO – NAUTA en el Exp. N° 00291-2019-25-1901-JR-PE-01, en los seguidos contra LISTER PEREZ SABOYA, JORDIN BRAULIO AMIAS HUAMAN, JUAN RAFAEL ARAHUANAZA LACHI, LUISA ANGELICA BARBARAN YNUMA, XIXMENA NASCIMENTO ALVA y FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL por la presunta comisión del delito de MALVERSACION DE FONDOS en agravio del ESTADO PERUANO – UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LORETO. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada mediante audio, cuya grabación demostrará el modo y forma de cómo se desarrollará la presente diligencia conforme a si lo señala el artículo 361° numeral 2) del Código Procesal Penal, por favor las partes procesales sírvanse acreditarse. ACREDITACIÓN MINISTERIO PÚBLICO: Dr. FREDDY ESCUDERO RAMIREZ, Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto – Nauta, con domicilio procesal en calle Jorge Bardales Ruiz N° 229 – Nauta y con casilla electrónica N° 72916. Queda registrado en audio. ACTOR CIVIL – PROCURADURÍA PÚBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO: Dr. LARRY SANTIAGO LOPEZ TRIGOSO, identificado con registro del Colegio de Abogados de Lima N° 71931 y con casilla electrónica N° 72720. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR: Dr. DENWER LLERENA ASPAJO, con registro del Colegio de Abogados de Loreto N° 1398; en esta oportunidad defensa técnica del acusado JORDIN BRAULIO AMIAS HUAMAN y los demás datos ya señalados en sesiones anteriores. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR: Dr. FAUSTINO ZUTA PADILLA, con registro del Colegio de Abogados de Lima Norte N° 729, con correo electrónico zutafaustino@gmail.com, con teléfono celular N° 965920327, con domicilio procesal en calle Manco Cápac N° 233 (segundo piso) – Iquitos, con casilla judicial N° 262 de la Oficina Central de Notificaciones de la CSJLO y con casilla electrónica N° 73585; abogado de la defensa técnica de XIXMENA NASCIMENTO ALVA y LUISA ANGELICA BARBARAN YNUMA. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR: Dr. VICTOR RAUL VALDIVIA PEREIRA, con registro del Colegio de Abogados de Loreto N° 996; en esta oportunidad abogado de JUAN RAFAEL ARAHUANAZA LACHI. Queda registrado en audio. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA JUEZ: Se deja constancia que los datos consignados por los sujetos procesales en este acto serán considerados como válidos para efectos de futuros emplazamientos con las formalidades establecidas en el Código Procesal Penal vigente, así mismo se solicita razón al Especialista de Audiencia, a fin de que cumpla con informar si existen escritos pendientes de proveer y si las partes están debidamente notificadas. Queda registrado en audio. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA: Señora Magistrada muy buenos días, también muy buenos días a las partes procesales, para informarle que conforme se advierte de autos mediante RESOLUCION NUMERO CINCO, de fecha 29/SEP/2022 este despacho dispuso en primer lugar declarar nulo todo lo actuado hasta la resolución número tres y la resolución número cuatro, de fecha 03/SEP/2022, así mismo esta resolución corre traslado por el plazo de (10) días a todas las partes procesales, así mismo señala audiencia, la misma que no se ha llevado a cabo por cuánto no se notificó a las partes procesales, señora Magistrada preciarle que conforme se advierte de autos se ha notificado válidamente a todas las partes procesales en sus respectivos domicilios procesales, sin embargo de la revisión de autos no se ha notificado debidamente a los domicilios reales de los acusados FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL, XIXMENA NASCIMENTO ALVA, LISTER PEREZ SABOYA, JUAN RAFAEL ARAHUANAZA LACHI, LUISA ANGELICA BARBARAN YNUMA y JORDIN BRAULIO AMIAS HUAMAN, señora Magistrada para darle cuenta que de autos se evidencia dos escritos en la cual observan la acusación fiscal uno de ellos presentado por el letrado DENWER LLERENA ASPAJO y el letrado FAUSTINO ZUTA PADILLA, los mismos que han sido proveídos y dado cuenta mediante RESOLUCION NUMERO SEIS de autos, señora Magistrada en tal sentido se pone de conocimiento para los fines correspondientes. Queda registrado en audio. JUEZ: Dado cuenta con lo expuesto por el Especialista de Audiencia se corre traslado a las partes procesales. Queda registrado en audio. FISCAL: Expresa lo pertinente – señala que al no estar los acusados debidamente notificados el Ministerio Público solicita que se tomen las medidas correctivas, a fin de que se cumpla con notificar válidamente a dichos sujetos procesales (acusados) y se pueda llevar a cabo la audiencia conforme corresponda, finalmente solicita la reprogramación de la audiencia. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR: Dr. LUIGUI WILFREDO SERRANO GRANDEZ (LEVANTA LA MANO EN LA SALA VIRTUAL); por la defensa de los ciudadanos NELSON SILVANO TAMANI y WILSON ZAMBRANO, con registro del Colegio de Abogados de Ucayali N° 587, con casilla electrónica N° 34351; señora Magistrada una acotación quien le habla es abogado de FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL en todos sus procesos, si es cierto no he recibido notificación de FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL, sin embargo quisiera saber si es que se ha proveído el escrito de apersonamiento en su debido momento, eso es lo que desconozco señora Magistrada. Queda registrado en audio. JUEZ: Se solicita razón al Especialista de Audiencia, a fin de que informe sobre lo expresado por el abogado defensor LUIGUI WILFREDO SERRANO GRANDEZ. Queda registrado en audio. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA: Señora Magistrada para informar en primer lugar que en el presente caso los acusados son los señores FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL, XIXMENA NASCIMENTO ALVA, LISTER PEREZ SABOYA, JUAN RAFAEL ARAHUANAZA LACHI, LUISA ANGELICA BARBARAN YNUMA y JORDIN BRAULIO AMIAS HUAMAN, por las personas que se acredito el abogado defensor SERRANO GRANDEZ no están comprendidos en el presente proceso. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR – LUIGUI WILFREDO SERRANO GRANDEZ: Expresa lo pertinente – pide las disculpas del caso por cuanto se ha confundido, sin embargo, dejó constancia que soy abogado de FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL. Queda registrado en audio. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA: Se deja constancia que si se ha notificado correctamente a la casilla electrónica del letrado LUIGUI WILFREDO SERRANO GRANDEZ quien asume la defensa del acusado FRANCISCO NAVARRO CARBAJAL. Queda registrado en audio. JUEZ: Entonces queda subsanado la atingencia hecha por el abogado defensor LUIGUI WILFREDO SERRANO GRANDEZ, así mismo se corre traslado a los demás abogados defensores y al actor civil. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR – DENWER LLERENA ASPAJO: Ninguna observación. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR – FAUSTINO ZUTA PADILLA: Ninguna observación, sin embargo solicita la reprogramación de la audiencia en la brevedad posible. Queda registrado en audio. ABOGADO DEFENSOR – VICTOR RAUL VALDIVIA PEREIRA: Ninguna observación. Queda registrado en audio. ACTOR CIVIL – PROCURADURÍA PÚBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO: Ninguna observación y deja a consideración del juzgado. Queda registrado en audio. JUEZ: Por SECRETARÍA DE JUZGADO se emitirá la resolución correspondiente reprogramándose la audiencia lo más pronto posible. Queda registrado en audio.
V-3(25,26 y 27)

EDICTO
DESTINATARIOS:
GIAMPAOLO OSSIO ROJAS FLORINDEZ, PEDRO MALAFAYA RUIZ, OCTAVIO DANIEL SILVA ZAALETA, GUSTAVO GOMEZ TINA, LUIS EDGARINUMA LAVY, ELISEO SORIA CHAPIAMA, HENRY PINEDO ROJAS, HENRI SILVANO CAHUAZA, DENIS JANDERS FLORES DÍAZ, Y ROBERTO BARDALES APAGUEÑO
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00297-2021-31-1901-JR-PE-01
JUEZ: CORREA VERA LOURDES
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPCE EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS DEL DISTRITO FISCAL DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: BARDALES APAGUEÑO, ROBERTO
DELITO: NECIACIÓN INCOMPATIBLE O APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE CAR
SILVA ZAVALETA, OCTAVIO DANIEL Y OTROS
DELITO: COLUSIÓN
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Nauta, diecisiete de mayo del año dos mil veintitrés. DADO CUENTA, con el escrito N° 1644-2023 presentado por el representante del Ministerio Publico – Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto-Nauta, el cual subsana las omisiones advertidas en la resolución que antecede, el cual, presenta el domicilio procesal del imputado HERRY PINEDO ROJAS sito en Calle Manuel Pacaya N° 222. Nauta y como su Abogado Defensor de Oficio el Letrado LUIS MAITA QUISPE, lugar donde se notificara la presente resolución con los actuados del presente proceso; Sin perjuicio de notificarse en el domicilio real a los sujetos procesales; Téngase Presente, Y CORRESE traslado el plazo de ley respecto los imputados GIAMPAOLO OSSIO ROJAS FLORINDEZ, PEDRO MALAFAYA RUIZ, OCTAVIO DANIEL SILVA ZAALETA, GUSTAVO GOMEZ TINA, LUIS EDGARINUMA LAVY, ELISEO SORIA CHAPIAMA, HENRY PINEDO ROJAS, HENRI SILVANO CAHUAZA, DENIS JANDERS FLORES DÍAZ, Y ROBERTO BARDALES APAGUEÑO. Asimismo se pone de conocimiento que la Audiencia de Requerimiento Acusatorio se ha señalado para el día MIÉRCOLES ONCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA[09:30 am) la misma que se llevará a cabo de forma presencial en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, con la asistencia obligatoria del Representante del Ministerio Público; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. Avocándose la señora Juez al presente Proceso por disposición superior. NOTIFÍQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(25,26 y 27)

EDICTO
DESTINATAARIO:
YAICATE PIZANGO, VALENTIN
MENOR DE INICIALES, CAQX 14 REPRESENTANTE LEGAL: PAPA – VENTURA CORDOSO CHUJE.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00474-2022-1-1901-JR-PE-01
JUEZ: TAMANI ESPINAR ANA BRENDA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA,
IMPUTADO: YAICATE PIZANGO, VALENTIN
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, CAQX 14
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Nauta, tres de julio Del año dos mil veintitrés
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con el requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra VALENTIN YAICATE PIZANGO, por la presunta comisión del delito Contra la Libertad Sexual – VIOLACION SEXUAL DE MEOR DE EDAD, en agravio del menor de iníciales Q.X.C.A. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero. Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día LUNES SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30 a.m], la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Superior Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. SUSCRIBE. la Especialista Judicial de causas al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil: concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(25,26 y 27)

Expediente: 0560-2015-75
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA
EDICTO PENAL
Por disposición del Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, sé dispuso se notifique al acusado ROGER GUERRA CULQUICONDOR, a fin de acudir a la reprogramación de audiencia el día: Veintiséis de setiembre de dos mil veintitrés (26/09/2023), a horas Tres de la tarde (03:00 pm), en el 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio: Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Segundo Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos, Enlace de acceso a la Sala Virtual: meet.google.com/shs-dgyz-ojh, Bajo apercibimiento en caso de no presentarse a la audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional, presentarse ante el Juzgado Penal Supra provincial Transitorio de Maynas, esquina calle Moore con – Mariscal Cáceres, 2do, piso (ingreso por Puerta N° 03, al costado del cajero del Banco de la Nación), a cargo de la señora Magistrada KAREN VANESSA RIOS GUZMAN; ordenado así en el presente proceso por el delito DE MICRICOMERCIALIZACION O MICROPRODUCCION en agravio del Estado Peruano.
Iquitos, 24 de agosto del 2023
V-3(25,26 y 27)

Expediente: 2789-2020-17
Especialista: Abog. VANESSA GUERRA MACA
EDICTO PENAL
Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Transitorio, dispuso se notifique al Sentenciado ROLANDO MURAYARI RENGIFO el Fallo de sentencia resolución N° 3, de fecha 30 de mayo del 2022; Que FALLA: I. ABSOLVIENDO: Al acusado ROLANDO MURAYARI RENGIFO, cuyas generales de ley obran en la parte expositiva de la presente resolución, de los cargos formulados por el Representante del Ministerio Público, esto es el delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales L.V.Z.A. (11), ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 173° del Código Penal, representado por su progenitora PILAR DEL CARMEN ALDANA FLORES, Juzgado Penal Supra provincial Transitorio de Maynas, esquina calle Moore con – Mariscal Cáceres, 2do, piso (ingreso por Puerta N° 03, al costado del cajero del Banco de la Nación), a cargo de la señores Magistrados JOSE NEIL CHUMBE SILVA, JHOVANNY VASQUEZ HUAMAN y TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN, ordenado así en el presente proceso por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio del MENOR DE INICIALES L.V.Z.A.
Iquitos, 29 de mayo del 2023
V-3(25,26 y 27)

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Expresó el Vicario General de Iquitos, Padre Andinger Macahuachi Hoyos. También mencionó que un día como ayer igual se recordaba el Día del Papa, por...

Presidente de la Corte de Loreto se reúne con el equipo de presupuesto del programa (PPoR 1002)

El presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Dr. Reynaldo Elías Cajamarca Porras, acompañado de su equipo técnico conformado por la Abog....

Corte de Loreto participa en jornada para fortalecer acciones contra la violencia hacia las mujeres y el grupo familiar

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Varias ofrendas regionales fueron entregadas al Vicario de Iquitos

En el marco del Día festivo de San Pedro y San Pablo. Las ofrendas en la misa representan la entrega espiritual de los fieles a...

Nueve bebés nacen a bordo de las PIAS y reciben atención médica en comunidades alejadas de Loreto

Las Plataformas Itinerantes de Acción Social acercan servicios de salud materno-infantil a poblaciones amazónicas donde el acceso a establecimientos médicos es limitado. En lo que...

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