JUZGADO PENAL

EDICTO
Expediente: 1774-2020-92
Por disposición superior de la señora Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, cita llama y emplaza al acusado JAVIER HUANAQUIRI GUEVARA y al agraviado WILDER PEREZ PALMEIRA, para la audiencia de JUICIO ORAL del día MARTES TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRES a horas ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, la audiencia virtual se desarrollará de manera presencial y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual (https://meet.google.com/vyr-dgvq-fta) en el día y hora indicada; bajo apercibimiento al acusado de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 12 de setiembre de 2023
V-3(14,15 y 18)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00425-2022-72-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPCEE DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIO Y OTROS
DELITO: PECULADO DOLOSO AGRAVADO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LORETO NAUTA,
RESOLUCION NUMERO DOS
Nauta, veintidós de agosto Del año dos mil veintitrés.
ESTANDO; con al escrito Nº 2695-2023, remitido por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Nauta, donde subsana lo advertido por resolución Nº 01, siendo ello así Tengas de Presente, y estando al Requerimiento de Prórroga del Plazo Complejo de la Investigación Preparatoria, presentado por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto Nauta, el cual solicita el plazo de OCHO meses adicionales, por lo que SE DISPONE: PROGRAMAR para el día MIERCOLES VEINTE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTITRES a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA [08:30am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE PRÓRROGA DE PLAZO COMPLEJO la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta; con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del abogado del imputado, BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia del fiscal se declarara inadmisible de plano su pedido y se archivara el cuaderno. Quedando en efecto los apercibimientos decretados en la resolución N° 01. Con el escrito N° 1936-2023, el imputado cumple con señalar su correo electrónico de su abogado y número de celular, Téngase presente para los fines que corresponda. Con la Razón del notificador de la sede central mediante el cual remite la cedula de notificación N°5327-2023, que tiene adjunto la resolución N° 01, de fecha tres de mayo de 2023, advirtiendo que no se logró ubicar la dirección consignada en la cedula, siendo ello así notifíquese vía edicto penal. NOTIFIQUESE.
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EDICTO PENAL
Por Disposición Superior, notifíquese por EDICTO PENAL la RESOLUCION NUMERO OCHO, de fecha 11/08/2023, la PARTE RESOLUTIVA a los siguientes destinatarios:
IMPUTADO: LAVAJOS GONZALES, EUSEBIA
AGRAVIADO: RODRIGUEZ PEREZ, MARCO
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00055-2018-15-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA LORETO NAUTA,
IMPUTADO: LAVAJOS GONZALES, EUSEBIA
DELITO: USURPACIÓN
AGRAVIADO: RODRIGUEZ PEREZ, MARCO
AUTO DE SOBRESEIMIENTO RESOLUCION NUMERO OCHO Nauta, Once de Agosto Del Año Dos Mil Veintitrés.
III. SE RESUELVE: Declarar FUNDADO el Sobreseimiento en la investigación seguido contra el imputado EUSEBIO LAVAJOS GONZALES, en calidad de Autor en el proceso que se le sigue por el Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de USURPACION, previsto en el Artículo 202° numeral 1) del Código Penal; y por el Delito contra el Patrimonio en la modalidad de DAÑO SIMPLE sancionado en el artículo 205° del mismo cuerpo normativo, ambos en agravio de Marco Rodríguez Pérez; por el literal “A” del inciso 2) del artículo 344° del Nuevo Código Procesal Penal. Se DISPONE se deje SIN EFECTO las medidas coercitivas de carácter personal y/o real que se hayan dictado contra los imputados. Consentida y/o ejecutoriada que sea la presente se anulen los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado, cursándose los oficios respectivos. ARCHÍVASE DEFINITIVAMENTE el expediente en el modo y forma de ley en el extremo pertinente; y, DEVUELVASE la carpeta fiscal. Tómese Razón y Hágase Saber.
V-3(14,15 y 18)

2° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00257-2023-0-1903-JR-PE-02
JUEZ: GINO GIONANNI TELLO DANTAS
ESPECIALISTA: LUZ ROSENDA MALDONADO GARAY
EDICTO PENAL
Previa revisión de los actuados se advierte que el imputado MARCELO LUILLI OROCHE HIDALGO, venía siendo notificado mediante EDICTO JUDICIAL Y EDICTO ELECTRÓNICO, por lo que en este acto se procede a NOTIFICAR POR EDICTO PENAL al imputado MARCELO LUILLI OROCHE HIDALGO, para que tome conocimiento del contenido de la Resolución N° uno de fecha once de agosto del dos mil veintitrés, que en resumidas líneas dispone: TENER POR RECEPCIONADA LA DISPOSICIÓN FISCAL NÚMERO DOS, de treinta de mayo del año dos mil veintitrés, sobre la FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA seguido contra MARCELO LUILLI OROCHE HIDALGO, la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, [Ilícito Penal Previsto y penado en el artículo 173° del Código Penal, y TOCAMIENTO SEXUAL EN AGRAVIO DE MENOR, tipificado en el artículo 176-A del acotado Código]; en agravio de la menor de iniciales Z.T.S.F (10), y no habiéndose solicitado ninguna medida de coerción procesal personal, díctese mandato de comparecencia simple contra MARCELO LUILLI OROCHE HIDALGO. Notifíquese. Firma: Abg. Luz Maldonado Garay – Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(14,15 y 18)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02118-2023-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA: LUZ ROSENDA MALDONADO GARAY
EDICTO PENAL
Mediante Resolución Uno de fecha once de agosto del dos mil veintitrés, se dispone la notificación por EDICTO JUDICIAL Y EDICTO ELECTRÓNICO al imputado JHORDI PAOLO SANCHEZ NINA, por lo que en este acto se procede a NOTIFICAR POR EDICTO PENAL al imputado JHORDI PAOLO SANCHEZ NINA, para que tome conocimiento del contenido de la resolución descrita precedentemente, que en resumidas líneas dispone: TENER POR RECEPCIONADA LA DISPOSICIÓN FISCAL NÚMERO CUATRO, de once de julio del año dos mil veintitrés, sobre la FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA seguido contra JHORDI PAOLO SANCHEZ NINA, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO AGRAVADO, [Ilícito Penal Previsto y penado en el artículo 185° del Código Penal (tipo base), con la agravante establecida en el numeral 9), segundo párrafo del artículo 186° del mismo texto legal; concordante con el artículo 16° de la norma sustantiva acotada]; en agravio de CARLOS GUSTAVO TANG RIOS, y no habiéndose solicitado ninguna medida de coerción procesal personal, díctese mandato de comparecencia simple contra JHORDI PAOLO SANCHEZ NINA. Notifíquese. Firma: Abg. Luz Maldonado Garay – Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(14,15 y 18)