JUZGADO PENAL

EDICTO
Expediente N° 02417-2022-0-1903-JR-PE-04, Especialista de Audiencia: Yajaira López Díaz
Por disposición Superior del Juez del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, cita, llama y emplaza a: SAMUEL ELVIS LOPEZ VELA en calidad de acusado a la audiencia de Control de CONTROL DE ACUSACIÓN en la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria el día UNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIDOS A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA. Al haberse dispuesto en el Expediente N° 02417-2022-0-1903-JR-PE-04, seguido contra SAMUEL ELVIS LOPEZ VELA por el delito Contra La Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de AGRESIONES CONTRA MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agravio del LUCY ABIGAIL GONZALES DIAZ.
Iquitos, 14 de Noviembre del 2022.
V-3(01,02 y 05)

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00100-2018-56-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE NAUTA,
IMPUTADO: GARCIA PALLA, ESTHER
DELITO: LESIONES LEVES
GARCIA PALLA, MERARDO
DELITO: LESIONES LEVES
GARCIA PALLA, GAUBER
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: YUYARIMA LANCHA, LIXAR EDUARDO
RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO
Nauta, trece de septiembre Del año dos mil veintidós.
RAZÓN
Señor juez le doy razón que, a la fecha se va reprogramar la presente audiencia, dado a la carga procesal que tiene este juzgado y el retraso del programa EVA que nos está retrasando en la providencia de los escritos y los impulsos, dicho sistema es muy lento en la provincia de Nauta, y en ocasiones se va la señal imposibilitando seguir trabajando, el cual le informo para los fines pertinentes.
Nauta, 13 de septiembre de 2022
ESTANDO; en la fecha del presente proceso y estando al acta del especialista de audiencia y con la razón del suscrito Téngase Presente, y estando a la fecha del presente proceso, SE DISPONE: según lo dispuesto en el acta de audiencia CORRER TRASLADO por 10 días hábiles a los sujetos procesales para que presenten su medio de defensa, asimismo se procede a REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA [09:30 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo mediante el aplicativo GOOGLE MEET, debiendo en el plazo de 03 días de notificado, las partes procesales, cumplir con señalar su cuenta GOOGLE (Correo Gmail) a fin de llevar a cabo la presente audiencia vía google meet, por lo que deberán asociar su celular al aplicativo google mail. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 129-2020-CE/PJ; o en todo caso si las partes estuvieran dentro de la jurisdicción de Nauta se llevara en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, el cual se apersonaran con las medidas de bioseguridad (tapa boca y protector facial), y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; bajo apercibimiento de hacerse efectivo la facultad que confiere el artículo 85° numerales 1), 2) y 3) del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia del abogado defensor o del señor fiscal; sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Notifíquese vía edicto penal a los imputados. NOTIFÍQUESE.
V-3(01,02 y 05)

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00100-2018-56-1901-JR-PE-01
JUEZ: SALAZAR ANGULO JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE NAUTA,
IMPUTADO: GARCIA PALLA, ESTHER Y OTROS
DELITO: LESIONES LEVES             
AGRAVIADO: YUYARIMA LANCHA, LIXAR EDUARDO
RESOLUCION NUMERO SIETE
Nauta nueve de marzo Del dos mil veintiuno.
DADO CUENTA, estando al escrito N° 564-2021, mediante el cual la Fiscalía Provincial Penal de Loreto- Nauta, remite a este despacho el requerimiento de acusación subsanado, siendo ello así se procede a emitir lo que corresponde, CONSIDERANDO: Primero.- Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Segundo.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados.
V-3(01,02 y 05)