EDICTO PENAL
Mediante resolución número TRES de fecha veintisiete de abril del 2022 el 1°JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MAYNAS, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al ACUSADO JUAN ALADINO CANAYO TAMANI, sobre la programación de la audiencia para el día DIECISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTIDOS (17/08/2022), A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), a fin de llevar a cabo la instalación de juicio oral en el Expediente N° 00354-2021-29-1903-JR-PE-01, seguido contra el Acusado JUAN ALADINO CANAYO TAMANI como presunto autor del delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, tipificado en el primer párrafo inciso 1 del artículo 173° del código penal, en agravio DE LA MENOR DE INICIALES GNPC, la misma que se llevará a cabo bajo la modalidad virtual en el cual debería acceder al enlace (google Meet) https://meet.google.com/hhs-khfb-avt, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de no presentarse a la sala de audiencia virtual, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional.
Iquitos, 27-04-2022
V-3(29,02 y 03)
EDICTO PENAL
Mediante resolución número SIETE de fecha veintisiete de abril del 2022 el 1°JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MAYNAS, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al ANCELMO PIZANGO PADILLA, sobre la programación de la audiencia para el día DIEZ DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTIDOS (10/08/22), A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM) a fin de llevar a cabo la instalación de juicio oral en el Expediente N° 01319-2021-28-1903-JR-PE-01, seguido contra el Acusado ANCELMO PIZANGO PADILLA como presunto autor del delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de ACTOS CONTRA EL PUDOR (TOCAMIENTOS INDEBIDOS), tipificado en el numeral 1 primer párrafo y segundo párrafo del artículo 176° – A del código penal, en agravio DE MENOR DE INICIALES JPA, la misma que se llevará a cabo bajo la modalidad virtual en el cual debería acceder al enlace (google Meet) https://meet.google.com/vuc-ygra-cwf bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de no presentarse a la sala de audiencia virtual, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional.
Iquitos, 27-04-2022
V-3(29,02 y 03)
EDICTO
EXPEDIENTE: 2277-2020 –35 1903-JR-PE-01
Por intermedio de la presente 1°JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPR. CONFORMADO – SEDE – CENTRAL RESUELVE LO SIGUIENTE: Dispone: Resérvese el juicio oral contra el acusado EDSON NUÑEZ SANGAMA, contra quien pesa medida de coerción personal de prisión preventiva, hasta que sea puesto físicamente a disposición de este Juzgado por la fuerza policial. I) Ofíciese a las autoridades competentes para la búsqueda, captura e internamiento en el Establecimiento Penitenciario de Varones de Iquitos del acusado EDSON NUÑEZ SANGAMA. II) Téngase por formado el cuaderno de debate para el juicio oral, que contendrá el auto de enjuiciamiento, el presente auto de citación a juicio oral, y las actas de registro de audiencia sucesivas que se lleven a cabo, hasta la expedición de la resolución final. III) Fórmese el expediente judicial para la prueba, conforme a lo señalado en el artículo 136° del código procesal penal. Con ese propósito, desglósese del cuaderno de acusación (foja 12 al 46 y fojas 75 al 86), las instrumentales que fueron admitidos en el auto de enjuiciamiento, seguidamente, agréguese al cuaderno de expediente judicial para la prueba, tomándose razón.
V-3(29,02 y 03)
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL
2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01132-2017-67-1903-JR-PE-02
JUEZ: RIOS GUZMAN KAREN VANESSA
ESPECIALISTA: TELLO PASQUEL ALMENDRA NICOLLE
ABOGADO: FLORES ANGULO, LUIS
MINISTERIO PUBLICO: 7MA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS,
OCCISO: MANUYAMA VASQUEZ, CRISTIAN
TESTIGO: MANIHUARI TAPULLIMA, MONICA
IMPUTADO: MARIN PACAYA, WAGNER
DELITO: HOMICIDIO CULPOSO
EDICTO PENAL
PARTE RESOLUTIVA
Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, la señora Juez el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas de la Corte Superior de Loreto; F A L L A: 1.
1.
1. APROBANDO el acuerdo de Conclusión Anticipada del Proceso, celebrado entre la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, y el acusado WAGNER MARIN PACAYA, debidamente asesorado por su abogado defensor. 2. CONDENAR a WAGNER MARIN PACAYA, como autor del Delito contra la Vida, el cuerpo la salud, en la modalidad de HOMICIDIO CULPOSO, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 111° del Código Penal, en agravio de Christian Manuyama Vásquez; y como tal se le IMPONE SIETE MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, con carácter de SUSPENDIDA, en aplicación del artículo 57° del Código Penal, por el mismo plazo, sujeto a las reglas de conducta, establecidas en el artículo 58° del Código Penal (…) 3. SE FIJA EL PAGO DE UNA REPARACIÓN CIVIL la suma ascendente a la suma de Cinco Mil soles (S/.1,500.00), que deberá pagar el sentenciado WAGNER MARIN PACAYA a favor de la parte agraviada, lo debe hacer en tres cuotas, las dos primeras cuotas de Mil Quinientos soles cada uno (S/.1,500.00) en los meses de enero 2022 y febrero 2022; y la última cuota de Dos Mil soles (S/.2,000.00) en el mes de marzo 2022, que será pagado hasta el último día hábil de los indicados meses. 4. ORDENO la inscripción de la resolución en el Registro correspondiente. 5. REMÍTASE copia certificada a los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales SIN COSTAS. Archívese definitivamente.
V-3(29,02 y 03)
NOTIFICAR VIA EDICTO
DESTINATARIO:
RUSS LAULATE VASQUEZ
ISRAEL CAMPOS VASQUEZ
EDIN ESCOBAR INGA
RONALD LAZO TELLO
LAIZAMON PEREZ CHUMBE
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01569-2020-2-1903-JR-PE-01
JUECES: PASQUEL GARCIA MARJORIE ZULEIKA
VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ
FLORES DE LA CRUZ RIDER MARTIN
ESPECIALISTA: GIL MACEDO NEPER SOCRATES
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVISIONAL PENAL CORPORATIVO DE REQUENA,
CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos: Fecha de la Audiencia: DIECISEIS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIDOS (16-09-2022) Hora de la Audiencia: NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) Enlace (Google Meet) Para acceso: https://meet.google.com/inv-fhbp-hzq Coordinador de Módulo: Abg. Erick Edwin Solsol Céspedes Número celular: 999 318 704 Especialista de Audiencias de Juzgado: Abg. Claudia Juliana Amacifuén Orbe (REOS LIBRES) Número celular: 975 103 910 NOTIFÍQUESE: 1. Al acusado RUSS LAULATE VASQUEZ, en el domicilio de CALLE JERUSOLA S/N – AA.HH. NUEVO REQUENA (CANCHA SINTETICA CEI SANTA CATALINA) – REQUENA, sin perjuicio de ello atendiendo que el acusado no tiene una dirección domiciliaria exacta NOTIFIQUESE mediante EDICTO en el Diario Oficial La Región, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la sala virtual de audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. 2. Al acusado ISRAEL CAMPOS VASQUEZ en el domicilio de PASAJE REQUENA S/N – AA.HH. VILLA UNIVERSITARIA – REQUENA, sin perjuicio de ello atendiendo que el acusado no tiene una dirección domiciliaria exacta NOTIFIQUESE mediante EDICTO en el Diario Oficial La Región, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la sala virtual de audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional.3. Al acusado EDIN ESCOBAR INGA en el domicilio de CALLE MICAELA S/N – 4ª. CDRA – PP.JJ. PETROPERU – REQUENA, sin perjuicio de ello atendiendo que el acusado no tiene una dirección domiciliaria exacta NOTIFIQUESE mediante EDICTO en el Diario Oficial La Región, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la sala virtual de audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. 4. Al agraviado RONALD LAZO TELLO, en su domicilio de AA.HH. EPIFANIO FLORES QUISPE S/N – REQUENA, sin perjuicio de ello atendiendo que el agraviado no tiene una dirección domiciliaria exacta NOTIFIQUESE mediante EDICTO en el Diario Oficial La Región. 5. Al agraviado LAIZAMON PEREZ CHUMBE, en su domicilio de CALLE VICTOR DE LA PEÑA S/N – AA.HH. VICTOR DE LA PEÑA – REQUENA, sin perjuicio de ello atendiendo que el agraviado no tiene una dirección domiciliaria exacta NOTIFIQUESE mediante EDICTO en el Diario Oficial La Región.
V-3(29,02 y 03)





