JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
EXPEDIENTE: 00047-2013-38-1907-JR-PE-01
JUEZ: SANTOS VANESSA DIAZ ANGULO
ESPECIALISTA: SANDRA MABEL FLORES CABRERA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE FUNCIONARIOS DE LORETO,
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADURIA PUBLICA ANTICORRUPCION DESCENTRALIZADA DE LORETO,
IMPUTADO: LOPEZ GARCIA, BILLARVA
DELITO: FALSEDAD IDEOLÓGICA.
LOPEZ GARCIA, BILLARVA
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: DIRECCION REGIONAL DE LORETO,
RESOLUCIÓN SIETE
San Lorenzo, ocho de febrero Del año dos mil veintidós
Dado cuenta con los autos, constancia que antecede y a fin de no recortar su derecho de defensa de las partes en el presente proceso, corresponde: REPROGRAMAR la presente audiencia de JUICIO para el día CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA a llevarse a cabo la audiencia mediante el aplicativo google meet y/o en el local del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañon- San Lorenzo, se señala dicha fecha de acuerdo a la disponibilidad del cuaderno de audiencias, y domicilios a notificar, para tal efecto se dispone se notifique a las partes en sus domicilios señalados en autos, debiendo las partes cumplir con señalar correo gmail, número de teléfono en el plazo de tres (03) días donde se le notificara con el código de ingreso para la presente audiencia, de lo contrario se llevara a cabo de manera presencial en la en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañon- San Lorenzo, con la concurrencia obligatoria del imputado, Fiscal, y Abogados defensores, con los mismos apercibimientos decretados en resolución uno, exhortándose a los abogados apersonados a asistir a la presente audiencia, bajo apercibimiento de excluirse de la defensa y nombrarse abogados defensores de oficio, sin perjuicio de ello REALÍCESE la publicación vía edictos. Asimismo se DISPONE LEVANTAR la orden de captura ordenada por resolución Cinco, para tal efecto: CURSESE OFICIO A LA PNP, sin perjuicio de ello REALÍCESE la publicación vía edictos. NOTIFIQUESE conforme a Ley.
V-3(02,03 y 04)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
EXPEDIENTE: 00314-2017-73-1907-JR-PE-01
JUEZ: SANTOS VANESSA DIAZ ANGULO
ESPECIALISTA: SANDRA MABEL FLORES CABRERA
MINISTERIO PUBLICO: MINISTERIO PUBLICO,
IMPUTADO: VASQUEZ RUIZ, ANGEL CLEBER
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
VASQUEZ RUIZ, CAROLINA ELDA
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
VASQUEZ RUIZ, CELIA HERCILIA
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: VASQUEZ LOPEZ, NELLY CAROLINA
RESOLUCIÓN DIEZ
San Lorenzo, Once de enero Del año dos mil veintidós
Dado cuenta con los autos, y razón dada por este despacho y estando a lo solicitado por el abogado de la parte imputada, corresponde: REPROGRAMAR la presente audiencia de JUICIO para el día QUINCE DE FEBRERO DEL 2022 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo la audiencia mediante el aplicativo google meet y/o en el local del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón – San Lorenzo, se señala dicha fecha de acuerdo a la disponibilidad del cuaderno de audiencias, y domicilios a notificar, para tal efecto se dispone se notifique a las partes en sus domicilios señalados en autos, debiendo las partes cumplir con señalar correo gmail, número de teléfono en el plazo de tres (03) días donde se le notificara con el código de ingreso para la presente audiencia, de lo contrario se llevara a cabo de manera presencial en la en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón – San Lorenzo, con la concurrencia obligatoria del imputado, Fiscal, y Abogados defensores, con los mismos apercibimientos decretados en resolución uno, exhortándose a los abogados apersonados a asistir a la presente audiencia, bajo apercibimiento de excluirse de la defensa y nombrarse abogados defensores de oficio,tener en cuenta los números de celular 980675907-988103604 de la parte agraviada el cual fue facilitado por el Abogado de la parte imputada; así mismo recomendar al fiscal brindar información con anticipación sobre su respectiva asistencia, sin perjuicio de ello REALÍCESE la publicación vía edictos. NOTIFIQUESE conforme a Ley.
V-3(02,03 y 04)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
EXPEDIENTE: 00046-2014-97-1907-JR-PE-01
JUEZ: SANTOS VANESSA DIAZ ANGULO
ESPECIALISTA: SANDRA MABEL FLORES CABRERA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO,
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADORIA PUBLICA ANTICORRUPCION DESCENTRALIZADA DE LORETO,
IMPUTADO: GONZALES ROJAS DENIS, ABOG ROSA ALEXANDRA MARAVI OVIEDO
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA
CHAVEZ POMA, JUAN JOSE
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA
CABALLERO NASHNATE, LAN
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA
SWAYNE VASQUEZ GUSTAVO ADOLFO, ABOG ROSA ALEXANDRA MARAVI OVIEDO
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA
CARRASCO CENEPO, WILMER
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA
MENDOZA DEL AGUILA, JULIO CESAR
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DATEM DEL MARAÑON,
RESOLUCIÓN NUEVE
San Lorenzo, doce de enero Del año dos mil veintidós
Dado cuenta con los autos, y razón dada por este despacho y estando a lo solicitado por el representante del ministerio público y a fin de no recortar su derecho de defensa de las partes en el presente proceso, corresponde: REPROGRAMAR la presente audiencia de JUICIO ORAL para el día CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA a llevarse a cabo la audiencia mediante el aplicativo google meet y/o en el local del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañon- San Lorenzo, se señala dicha fecha de acuerdo a la disponibilidad del cuaderno de audiencias, y domicilios a notificar, para tal efecto se dispone se notifique a las partes en sus domicilios señalados en autos, debiendo las partes cumplir con señalar correo gmail, número de teléfono en el plazo de tres (03) días donde se le notificara con el código de ingreso para la presente audiencia, de lo contrario se llevara a cabo de manera presencial en la en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañon- San Lorenzo, con la concurrencia obligatoria del imputado, Fiscal, y Abogados defensores, con los mismos apercibimientos decretados en resolución uno, exhortándose a los abogados apersonados a asistir a la presente audiencia, bajo apercibimiento de excluirse de la defensa y nombrarse abogados defensores de oficio, al escrito N° 25-2022: TENGASE por apersonado al Abg. Víctor Valdivia Pereira con domicilio procesal en la calle Echenique N° 984 – Iquitos, correo electrónico vicvvalpe2@gmail.com y celular 948099812, sin perjuicio de ello REALÍCESE la publicación vía edictos. NOTIFIQUESE conforme a Ley.
V-3(02,03 y 04)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
EXPEDIENTE: 00280-2017-2-1907-JR-PE-01
JUEZ: SANTOS VANESSA DIAZ ANGULO
ESPECIALISTA: SANDRA MABEL FLORES CABRERA
MINISTERIO PUBLICO: MINISTERIO PUBLICO DATEM DEL MARAÑON,
IMPUTADO: ZUMAETA JABA, MANUEL
DELITO: HOMICIDIO CULPOSO
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, AMZV 02 REP POR LEYSI VALCARCEL RAMIREZ
RESOLUCIÓN SEIS
San Lorenzo, veintiuno de enero Del año dos mil veintidós
Dado cuenta con los autos, razón dada por especialista y a fin de no recortar su derecho de defensa de las partes en el presente proceso, corresponde: REPROGRAMAR la presente audiencia de JUICIO para el día TRES MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA a llevarse a cabo la audiencia mediante el aplicativo google meet y/o en el local del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón- San Lorenzo, se señala dicha fecha de acuerdo a la disponibilidad del cuaderno de audiencias, y domicilios a notificar, para tal efecto se dispone se notifique a las partes en sus domicilios señalados en autos, debiendo las partes cumplir con señalar correo gmail, número de teléfono en el plazo de tres (03) días donde se le notificara con el código de ingreso para la presente audiencia, de lo contrario se llevara a cabo de manera presencial en la en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón- San Lorenzo, con la concurrencia obligatoria del imputado, Fiscal, y Abogados defensores, con los mismos apercibimientos decretados en resolución uno, exhortándose a los abogados apersonados a asistir a la presente audiencia, bajo apercibimiento de excluirse de la defensa y nombrarse abogados defensores de oficio, sin perjuicio de ello REALÍCESE la publicación vía edictos. NOTIFIQUESE conforme a Ley.
V-3(02,03 y 04)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
EXPEDIENTE: 00047-2018-39-1907-JR-PE-01
JUEZ: SANTOS VANESSA DIAZ ANGULO
ESPECIALISTA: SANDRA MABEL FLORES CABRERA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA EN DELITO DE CORRUPCION DE FUNCIONARIO DE LORETO,
IMPUTADO: CARRASCO CENEPO, WILMER
DELITO: PECULADO
GONZALES ROJAS, DENIS
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DATEM DEL MARAÑON,
RESOLUCIÓN CUATRO
San Lorenzo, veintiuno de enero Del año dos mil veintidós
Dado cuenta con los autos, razón dada por especialista y a fin de no recortar su derecho de defensa de las partes en el presente proceso, corresponde: REPROGRAMAR la presente audiencia de JUICIO para el día DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA a llevarse a cabo la audiencia mediante el aplicativo google meet y/o en el local del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón- San Lorenzo, se señala dicha fecha de acuerdo a la disponibilidad del cuaderno de audiencias, y domicilios a notificar, para tal efecto se dispone se notifique a las partes en sus domicilios señalados en autos, debiendo las partes cumplir con señalar correo gmail, número de teléfono en el plazo de tres (03) días donde se le notificara con el código de ingreso para la presente audiencia, de lo contrario se llevara a cabo de manera presencial en la en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón- San Lorenzo, con la concurrencia obligatoria del imputado, Fiscal, y Abogados defensores, con los mismos apercibimientos decretados en resolución uno, exhortándose a los abogados apersonados a asistir a la presente audiencia, bajo apercibimiento de excluirse de la defensa y nombrarse abogados defensores de oficio, sin perjuicio de ello REALÍCESE la publicación vía edictos. Al escrito Nª 1197-2021 presentado por la parte agraviada: OTORGUESE copias simples de las piezas procesales solicitadas. NOTIFIQUESE conforme a Ley.
V-3(02,03 y 04)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
EXPEDIENTE: 00034-2015-24-1907-JR-PE-01
JUEZ: SANTOS VANESSA DIAZ ANGULO
ESPECIALISTA: SANDRA MABEL FLORES CABRERA
IMPUTADO: KUNCHIMSUMPINANCH Y, ELMER
DELITO: PERTURBACIÓN O IMPEDIMENTO DEL PROCESO ELECTORAL
CHINO DAHUA, AURELIO
DELITO: PERTURBACIÓN O IMPEDIMENTO DEL PROCESO ELECTORAL
DAHUA DEL AGUILA, EDGAR
DELITO: PERTURBACIÓN O IMPEDIMENTO DEL PROCESO ELECTORAL
AREVALO BARTRA, JOSE
DELITO: PERTURBACIÓN O IMPEDIMENTO DEL PROCESO ELECTORAL
MARTINEZ ROJAS, FELIPE
DELITO: PERTURBACIÓN O IMPEDIMENTO DEL PROCESO ELECTORAL
VILLACORTA PINCHI, DEMPSEY
DELITO: PERTURBACIÓN O IMPEDIMENTO DEL PROCESO ELECTORAL
AGRAVIADO: MINISTERIO DEL INTERIOR,
JNE,
RESOLUCIÓN CINCO
San Lorenzo, doce de enero Del año dos mil veintidós
Dado cuenta con los autos, y razón dada por este despacho y estando a lo solicitado por el representante del ministerio público y a fin de no recortar su derecho de defensa de las partes en el presente proceso, corresponde: REPROGRAMAR la presente audiencia de JUICIO INMEDIATO para el día CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS , a llevarse a cabo la audiencia mediante el aplicativo google meet y/o en el local del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón – San Lorenzo, se señala dicha fecha de acuerdo a la disponibilidad del cuaderno de audiencias, y domicilios a notificar, para tal efecto se dispone se notifique a las partes en sus domicilios señalados en autos, debiendo las partes cumplir con señalar correo gmail, número de teléfono en el plazo de tres (03) días donde se le notificara con el código de ingreso para la presente audiencia, de lo contrario se llevara a cabo de manera presencial en la en la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia del Datem del Marañón – San Lorenzo, con la concurrencia obligatoria del imputado, Fiscal, y Abogados defensores, con los mismos apercibimientos decretados en resolución uno, exhortándose a los abogados apersonados a asistir a la presente audiencia, bajo apercibimiento de excluirse de la defensa y nombrarse abogados defensores de oficio, sin perjuicio de ello REALÍCESE la publicación vía edictos. NOTIFIQUESE conforme a Ley.
V-3(02,03 y 04)