EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00049-2019-49-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra Willy García López, por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de Violación Sexual de Menor, ilícito previsto en el artículo 170º numerales 5) y 10) del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.I.M.I. (14); el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Módulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante edicto a la persona de WILLY GARCÍA LÓPEZ y representante de la menor agraviada BENANCIO MORI CURINUQUI, con la parte resolutiva de la presente resolución. Resolución Nº CINCO.- San Lorenzo, veintitrés de junio del año dos mil veintiuno (…), SE RESUELVE: Declarar FUNDADO el Sobreseimiento en la investigación seguidA contra WILLY GARCÍA LÓPEZ, en la condición de AUTOR del delito Contra la libertad – Violación de la Libertad Sexual en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL, tipificado y sancionado en el artículo 170° numerales 5) y 10) del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.I.M.I. (14), quien está representada por su progenitor Benancio Mori Curinuqui, conforme al siguiente detalle Consentida y/o Ejecutoriada que sea la presente ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; LEVANTÁNDOSE toda medida que pudiera existir. La Especialista de causa suscribe la presente resolución por mandato superior.- Hágase saber. Notificándose. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MÓDULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑÓN. ABG. MARÍA JESÚS ARANDA FERNÁNDEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO”.
V-3(05,06 y 07)
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