JUZGADO PAZ LETRADO

Exp. N° 00044-2023-0-1904-JP-FC-01
Juez: Pedro Iván Murillo Mendives
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Horfa Llarely Murayari Tapayuri.
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00044-2023-0-1904-JP-FC-01, se dispuso poner en conocimiento de los sujetos del proceso tanto de la demandante HORFA LLARELY MURAYARI identificada con DNI N° 62778364, así como del demandado JUAN CARLOS GARCIA NINA identificado con DNI N° 48805618, con el extracto de la resolución DOCE de fecha 18 de OCTUBRE de 2024, donde se señala lo siguiente: SE RESUELVE: 1. ADMITIR A TRÁMITE la demanda de Alimentos, en la vía del PROCESO ÚNICO, interpuesta por HORFA LLARELY MURAYARI TAPAYURI a favor de su menor hijo MICHELI GARCIA MURAYARI; 2. Confiérase TRASLADO de la presente demanda al demandado JUAN CARLOS GARCIA NINA por el plazo de CINCO DÍAS a fin de que cumpla con contestar la misma, bajo apercibimiento de declarársele rebelde en caso de incumplimiento, debiendo acompañar a su contestación el documento previsto en el artículo 565° del Código Adjetivo; y señalar su domicilio procesal dentro del radio urbano de esta sede judicial; 3. Por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos, los anexos que se adjuntan; 4. FÍJESE como asignación anticipada, una pensión ascendente en la suma de TRESCIENTOS Y 00/100 soles [S/300.00], a favor de su menor hijo MICHELI GARCIA MURAYARI representada por su madre, suma de dinero que el demandado, deberá depositar en la cuenta de ahorros del Banco de la nación N° 04-526-299049 perteneciente a la madre de la menor alimentista; notifíquese al demandado conforme a lo indicado en su ficha Reniec y mediante edictos mediante el diario “LA REGIÓN” por el termino de 03 días, suscribe la presente el especialista judicial por disposición superior. Notifíquese y Publíquese.
CABALLO COCHA, 14 DE NOVIEMBRE DE 2024.
V-3(15, 18 y 19)