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JUZGADO PAZ LETRADO

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JUZGADO DE PAZ LETRADO DE URARINAS Y PARINARI
EXPEDIENTE: 07-2022-0-JP-FC
MATERIA: FILIACION EXTRAMATRIMONIAL
JUEZ: MARCO ANTONIO KAHN OLORTEGUI
ESPECIALISTA: TONNY CHRISTIAN OCAMPO PEREA
DEMANDADO: SUCESION DE ALBERTO RISSEL CABALLERO TELLO    
DEMANDANTE: KELY LAULATE RENGIFO
RAZÓN DE SECRETARÍA:
Doy cuenta a Ud. señor magistrado que debido a la itinerancia que realiza este despacho judicial en los dos distritos de Urarinas y Parinari, no fue posible dar providencia dentro del plazo de Ley al escrito presentado por la demandante con fecha 08.04.2022 dado a que el expediente se encontraba en la Localidad de Concordia – Urarinas y la itinerancia fue en el distrito de Parinari, asumiendo el término de la distancia y otros aspectos. Lo que informo para el deslinde de responsabilidad. Concordia, 09 de mayo de 2022. RESOLUCIÓN Nº 02 Concordía, nueve de mayo de dos mil veintidós. AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con las publicaciones de Edictos y con el escrito que antecede presentado por la demandante KELY LAULATE RENGIFO, agréguese a los autos. AL PRINCIPAL: se expide lo siguiente; y, CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, por resolución número uno de fecha veinticuatro de febrero de dos mil veintidós, se dispuso notificar a la sucesión del demandado Alberto Rissel Caballero Tello mediante edicto, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. SEGUNDO: Que, con las publicaciones efectuadas en el Diario “La Región”, que cuyo cargo antecede. TERCERO: Que, habiendo transcurrido el plazo establecido por el artículo 435° y 550° del Acotado Código, de acuerdo a la naturaleza del proceso; no habiendo contestado la demanda la sucesión del demandado, debe hacerse efectivo el apercibimiento decretado en la resolución aludida en el primer considerando. Por estos antecedentes. SE RESUELVE: 1.- NOMBRAR curador procesal de la sucesión del demandado ALBERTO RISSEL CABALLERO TELLO, para cuyo efecto se le remitirá oficio al Colegio de Abogados de Loreto con el fin de que remitan una relación de cinco abogados habilitados con indicación de sus direcciones, número de celular y correo electrónico, vigentes, para que desempeñen la función “Ad Honorem” (gratuita) por tratarse de un proceso de filiación. AL OTROSÍ: TENGASE por designado como abogado defensor de la demandante al letrado ALEX JOAQUIN GOMEZ MONDRAGON con registro CAL N° 1190 del Colegio de Abogados de Loreto, así como por consignado su domicilio procesal en Calle Misti N° 270 del Distrito de Iquitos, con Casilla Electrónica N° 68123 y Casilla Judicial N° 326 de la Oficina de Notificaciones de esta Sede de Corte, con correo electrónico: alexgomezmondragon34@gmail.com y Wilyfox1993@gmail.com, lugar donde se le harán llegar las resoluciones que se expidan en el presente proceso; dejándose constancia que el casillero electrónico – SINOE no es usado por este juzgado al no contarse con el Sistema Integrado Judicial – SIJ del Poder Judicial. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.
V-3(12,13 y 16)

EDICTO
EXPEDIENTE: 07-2022-0-JP-FC
ORGANO JUR.: JUZGADO DE PAZ LETRADO DE URARINAS Y PARINARI
FECHA RESOL.: 09/05/2022
NRO. RESOL.: DOS
JUEZ: MARCO ANTONIO KAHN OLORTEGUI
SECRETARIO: TONNY CHRISTIAN OCAMPO PEREA
DEMANDADO: SUCESION DE ALBERTO RISSEL CABALLERO TELLO 
DEMANDANTE: KELY LAULATE RENGIFO
El Juzgado de Paz Letrado de Urarinas y Parinari, que Despacha el juez MARCO ANTONIO KAHN OLORTEGUI, con intervención del Especialista Tonny Christian Ocampo Perea, en el Exp. N° 07-2022-0-JP-FC, seguido por KELY LAULATE RENGIFO, en contra de la SUCESION DE ALBERTO RISSEL CABALLERO TELLO, sobre FILIACION EXTRAMATRIMONIAL, por Res. 02 se ha dispuesto se notifique por EDICTO a la SUCESION DE ALBERTO RISSEL CABALLERO TELLO, el contenido de la siguiente resolución: RES. N° 02: Fecha 09-05-2022: SE RESUELVE: 1.- NOMBRAR curador procesal de la sucesión del demandado ALBERTO RISSEL CABALLERO TELLO, para cuyo efecto se le remitirá oficio al Colegio de Abogados de Loreto con el fin de que remitan una relación de cinco abogados habilitados con indicación de sus direcciones, número de celular y correo electrónico, vigentes, para que desempeñen la función “Ad Honorem” (gratuita) por tratarse de un proceso de filiación. AL OTROSÍ: TENGASE por designado como abogado defensor de la demandante al letrado ALEX JOAQUIN GOMEZ MONDRAGON con registro CAL N° 1190 del Colegio de Abogados de Loreto, así como por consignado su domicilio procesal en Calle Misti N° 270 del Distrito de Iquitos, con Casilla Electrónica N° 68123 y Casilla Judicial N° 326 de la Oficina de Notificaciones de esta Sede de Corte, con correo electrónico: alexgomezmondragon34@gmail.com y Wilyfox1993@gmail.com,  lugar donde se le harán llegar las resoluciones que se expidan en el presente proceso; dejándose constancia que el casillero electrónico – SINOE no es usado por este juzgado al no contarse con el Sistema Integrado Judicial – SIJ del Poder Judicial. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.
V-3(12,13 y 16)

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