EDICTO PENAL
EXP. N° 00340-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: CATALINA ANDREA CARVALLO DEL AGUILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la agraviada: LUCILA TUESTA CHAVEZ, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que ha sido devuelta la cédula de notificación perteneciente a la agraviada: LUCILA TUESTA CHAVEZ, manifestando el notificador en su razón de dicho que la destinataria no vive en ése domicilio.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Iquitos, Ocho de Julio Del Año Dos Mil Trece.- DADO CUENTA: la razón de la cursora, y la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Uno, perteneciente a la agraviada LUCILA TUESTA CHAVEZ, agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), de fecha Diez de Junio del presente año, la que DICTA: AUTO DE CITACIÓN A JUICIO, contra PAULINO VIDAL CAICEDO por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de MALTRATO DE OBRA; y FALTAS CONTRA LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, en agravio de la LUCILA TUESTA CHAVEZ, FIJÁNDOSE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA, que se realizará el día MARTES CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL CATORCE, a horas: NUEVE Y TREIN TA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) y la presente Resolución; BAJO APERCIBIMIENTO el inculpado de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la parte agraviada, se tendrá POR DESISTIDA de la presente causa en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 08 de Julio del 2,014.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(11,14 y 15)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00168-2014
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: CATALINA ANDREA CARVALLO DEL AGUILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al agraviado: WILDER WARNE TELLO CHAVEZ y al denunciado: ISAIAS GRANDEZ MANUYAMA, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que han sido devueltas las cédulas de notificación pertenecientes al agraviado: WILDER WARNE TELLO CAHVEZ y al inculpado: ISAIAS GRANDEZ MANUYAMA, manifestando el notificador en su razón de dicho que el agraviado ya no trabaja hace dos meses cuidando la Balsa y el inculpado ya no se aloja en dicho hospedaje; Asimismo, de la revisión de sus Fichas Reniec, se advierte que la dirección del agraviado es inexacta (FAP S) y del inculpado Calle Sargento Lores S/N Tamanco (Fuera de la Jurisdicción).- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Iquitos, Siete de Julio Del Año Dos Mil Trece.- DADO CUENTA: la razón de la cursora, y las cédulas de notificación devueltas en la que se anexan la Resoluciones Número Uno, pertenecientes al agraviado: WILDER WARNE TELLO CHAVEZ, y al denunciado ISAIAS GRANDEZ MANUYAMA, agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la Resolución Número Uno (AUTO DE APERTURA DE INSTRUCCIÓN), de fecha Veintiuno de Mayo del presente año, la que DICTA: AUTO DE CITACIÓN A JUICIO, contra ISAIAS GRANDEZ MANUYAMA por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de la WILDER WARNE TELLO CHAVEZ, y la presente Resolución que REPROGRAMA la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA para el día MARTES VEINTISÉIS DE AGOSTO del año en curso a horas CINCO Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Turno “A”, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552- 2° Piso; BAJO APERCIBIMIENTO el inculpado de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la parte agraviada, se tendrá POR DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 07 de Julio del 2,014.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(11,14 y 15)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00278-2014
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: CATALINA ANDREA CARVALLO DEL AGUILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la agraviada: LIDIA FABIOLA ARIRAMA CARRASCO y al denunciado: GADIEL RUCOBA YAICATE, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que de la revisión de autos, se advierte que mediante Resolución Número Uno de autos, se emite el Auto de AUTO DE CITACIÓN A JUICIO; empero en el Considerando Primero de la parte Resolutiva, se advierte que por error material se ha consignado el nombre del procesado como LIDIA FABIOLA ARIRAMA CARRASCO, debiendo ser lo correcto GADIEL RUCOBA YAICATE.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley. RESOLUCIÓN NUMERO DOS Iquitos, Siete de Julio Del Año Dos Mil Catorce
AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta la razón de la cursora, téngase presente; Y CONSIDERANDO:
PRIMERO.- Que, el Artículo 407° Primer Párrafo del Código Procesal Civil; CORRECCIÓN: “Antes que la Resolución cause Ejecutoria, el Juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución”.-
SEGUNDO.- Que, al emitirse la Resolución Número Uno de fecha Veinticuatro de Mayo del año Dos Mil Catorce, en el punto 1) de la parte Resolutiva, se consigna el nombre del procesado como: LIDIA FABIOLA ARIRAMA CARRASCO. TERCERO: Que, de la revisión de autos, se advierte éste error material.- Por estas consideraciones, y a fin de evitar nulidades posteriores SE RESUELVE: corregir la Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO) debiendo ser lo correcto: en el punto 1) de la parte Resolutiva, el nombre del denunciado: GADIEL RUCOBA YAICATE.- NOTIFICANDOSE
RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que han sido devueltas las cédulas de notificación pertenecientes a la agraviada: LIDIA FABIOLA ARIRAMA CARRASCO, y al inculpado: GADIEL RUCOBA YAICATE, manifestando el notificador en su razón de dicho que no existe el AA.HH. 05 de Julio en el caso del denunciado, y en el caso de la agraviada la dirección domiciliaria fue difícil ubicar.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley. RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Ocho de Julio Del Año Dos Mil Catorce.- DADO CUENTA: la razón de la cursora, y las cédulas de notificaciones devueltas en la que se anexan la Resolución Número Uno, pertenecientes a la agraviada y denunciado, agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), de fecha Veinticuatro de Mayo del presente año, la que DICTA: AUTO DE CITACIÓN A JUICIO, contra GADIEL RUCOBA YAICATE por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de LIDIA FABIOLA ARIRAMA CARRASCO, y la presente Resolución que REPROGRAMA la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA para el día MIÉRCOLES VEINTISIETE DE AGOSTO del año en curso, a horas CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Turno “A”, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552- 2° Piso; BAJO APERCIBIMIENTO el inculpado de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia; DEBIENDO presentarse obligatoriamente acompañado por su Abogado Defensor; EXHORTESE a la agraviada: LIDIA FABIOLA ARIRAMA CARRASCO asistir obligatoriamente en la fecha y hora señalada.- NOTIFÍQUESE a la agraviada: LIDIA FABIOLA ARIRAMA CARRASCO, en la dirección signada en su Declaración a nivel de la 2° Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Maynas, la misma que obra en autos a fojas 16 vuelta, sito en el Pasaje 05 de Julio N° 45 del AA.HH. “Nuestra Señora de la Salud” – Circunvalación – PUNCHANA; y al denunciado: GADIEL RUCOBA YAICATE, en la dirección signada en su Declaración de la misma Fiscalía, la misma que obra en autos a fojas 18 vuelta, sito en Pasaje 05 de Julio Mz. “C” Lote 45 AA.HH. Nuestra Señora de la Salud” – PUNCHANA (Ref. entre Amazonas e Independencia); Sin perjuicio de notificárseles en sus direcciones signadas en sus Fichas Reniec, siendo de la agraviada en el Calle Acción Católica 01 AA.HH. Las Flores – PUNCHANA y del denunciado Pasaje 5 de Julio 24 – PUNCHANA; Asimismo, notifíquese la Resolución Número Dos de fecha Siete de Julio del presente año.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 08 de Julio del 2,014.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(11,14 y 15)





