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JUZGADO PAZ LETRADO

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JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Requena (MBJ)
EXPEDIENTE: 00161-2018-0-1905-JP-FC-01
MATERIA: FILIACION EXTRAMATRIMONIAL
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: CUEVA SILVA CLARITA MARGARITA
DEMANDADO: ESCOBEDO PANDURO, OLTER ILDER
DEMANDANTE: ZUMBA VASQUEZ, LUZ YSABEL
PUBLICACION EN EL DIARIO LA REGION
EDICTO
En el Expediente Nº 00161-2018-0-1905-JP-FC-01 seguido por ZUMBA VASQUEZ, LUZ YSABEL contra ESCOBEDO PANDURO, OLTER ILDER sobre FILIACION EXTRAMATRIMONIAL, el señor JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE REQUENA mediante RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO.- de fecha 09/10/2018, ha expedido la siguiente: RESOLUCION NUMERO CUATRO.- Requena, nueve de octubre Del año dos mil dieciocho.- AUTOS Y VISTOS; dado cuenta con el escrito presentado por  la demandante de fecha cinco de octubre del año en curso; Y CONSIDERANDO; PRIMERO: Que, la demandante solicita que se emplace al demandado mediante edictos, declarando en su escrito haber agotado las gestiones para conocer el domicilio del demandado, pues como manifestó en su escrito de demanda el demandado domicilia en la Urbanización Pamplona Mz 11 – Lote 29 – San Juan de Miraflores – Lima por lo que en su registro de la RENIEC no arroja mayores datos no siendo posible su ubicación ni en la dirección consignada en su ficha RENIEC; SEGUNDO: Que, se advierte que el demandante ha cumplido con el requisito que prescribe el Inciso 4 del artículo 424º del Código Procesal Civil, por lo que es procedente emplazar al demandado mediante edictos en el diario la Región, y debe concederse un plazo especial en el emplazamiento al demandado conforme a lo dispuesto por el artículo 550º del Código antes anotado; por estas consideraciones, SE RESUELVE: EMPLAZAR con la parte resolutiva de la resolución admisoria (por disposición del área de imagen institucional por el costo de la publicación) al demandado ESCOBEDO PANDURO, OLTER ILDER, por el plazo de VEINTICINCO DÍAS, bajo apercibimiento de NOMBRASELE CURADOR PROCESAL conforme a ley; EMPLACESE al demandado mediante edictos en el diario La Región, por el plazo de tres días hábiles. NOTIFÍQUESE. RESOLUCIÓN NÚMERO UNO. Requena, once de julio Del año dos mil dieciocho.- III. SE RESUELVE: 1.-ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por ZUMBA VASQUEZ, LUZ YSABEL contra ESCOBEDO PANDURO, OLTER ILDER, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL y ACUMULATIVAMENTE la demanda de ALIMENTOS como pretensión accesoria, la misma que se tramitará como Proceso Especial; 2.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE al demandado y conforme a ley, para que DENTRO DEL PLAZO DE DIEZ DÍAS DE NOTIFICADO CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN ACEPTE LA PATERNIDAD o FORMULE SU OPOSICIÓN, BAJO APERCIBIMIENTO de expedirse resolución DECLARÁNDOSE JUDICIALMENTE LA PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL de ESCOBEDO PANDURO, OLTER ILDER, con respecto a la menor MARIA DE GUADALUPE ESCOBEDO ZUMBA a falta de oposición; 3.- CÓRRASE TRASLADO al emplazado con la pretensión de alimentos; debiendo absolver dentro del término de ley y conforme a ley; 4.- INFÓRMESE al demandado que la oposición suspende el mandato siempre y cuando el emplazado se obligue a realizarse la prueba biológica del ADN; 5.- TENGASE presente para su oportunidad los medios probatorios que se ofrecen, los mismos que serán actuados en su oportunidad y agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados; 6.- HABILÍTESE FECHA y HORA para la notificación al demandado, incluyendo días Sábado, Domingo y Feriados. Hágase Saber.- Avocándose al conocimiento del presente proceso el señor Juez que suscribe e interviniendo la Secretaria Judicial que autoriza por Disposición Superior. NOTIFÍQUESE.
Requena, 09 de Octubre del 2018
Clarita M. Cueva Silva
Secretaria Judicial
Paz Letrado De Requena
V-3(15,16 y 17)

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