EDICTOS
Expediente N° 00368-2017.- 1° Juzgado Paz Letrado Maynas, DEMANDA.- JOSÉ GARCÍA TAPULLIMA, demanda Rectificación Partida Nacimiento por haberse consignado erróneamente como fecha 17 de Setiembre de 1950, cuando lo real y correcto es 18 setiembre de 1950, debiendo rectificarse en el Registro de Estado Civil del Municipio Distrital de Fernando Lores Tamshiyacu, RESOLUCION NUMERO DOS, Iquitos seis Julio 2017.- AUTOS Y VISTOS: y considerando: CUARTO: Que, el artículo 820° del Código Procesal Civil estable que las personas cuyos nacimiento se hayan inscrito en los Registros del Estado Civil de las Municipalidades de la República y Consulados en cuya partida figuren por error entre sus nombres y apellidos las palabras “de” y las letras y apellidos “y”, “i”, “o”, “a” u otro error manifiesto de ortografía, de sexo o similar, que fluya del propio documento, podrá pedir su rectificación sin observar el trámite del artículo 754° del Código Procesal Civil. SE RESUELVE DECLARAR FUNDADA la solicitud de rectificación de Partida de Nacimiento N° 227 de JOSÉ GARCÍA TAPULLIMA 2.- ORDENO que se rectifique la Partida de Nacimiento N° 337 en el extremo que por error se ha consignado el 17, debiendo ser lo correcto “18”, es decir 18 de Setiembre de 1950.- Publíquese por una sola vez un extracto de la solicitud y de la presente resolución en el diario de mayor circulación del Distrito Judicial de Loreto,.- Consentida o ejecutoriada la presente resolución, ofíciese al Jefe del Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Fernando Lores Tamshiyacu, Provincia de Maynas Departamento de Loreto, así como al RENIEC.- Fdo. Dra. A Ramírez.- Juez.- Fdo. Ana del P. Fasabi V.- Secretaria.
Iquitos, 31 de Julio del 2017
Abg. ROSSANA DEL PILAR FASABI VASQUEZ
1er. Juzgado de Paz Letrado de Maynas
V-1(03)B/787
S/.41.70
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