Titulares

JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO
En el Exp. N° 023– 2014-PE, en los seguidos contra el inculpado DICK ROBERT VINCES DIAZ por Faltas contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, en agravio de DORA BASTIDAS HUAMAN se ha resuelto mediante RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO: AUTOS y VISTOS; conforme al estado del presente Expediente, verificándose de su revisión que la resolución número TRES de fecha veintiuno de Diciembre de dos mil quince, que declaró el DESISTIMIENTO TÁCITO DEL AGRAVIADO, y dispuso la CONCLUSIÓN de la presente causa; resolución que ha sido debidamente notificada a las partes procesales conforme obra en autos, no habiendo sido impugnada, dentro del término de ley, por la parte agraviada la cual ha sido notificada mediante edictos; en tal virtud: DECLÁRESE CONSENTIDA dicha resolución, y en consecuencia: ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE en modo y forma de ley. NOTIFICANDOSE a la presente a la parte agraviada  DORA BASTIDAS HUAMAN debiendo efectuarse las publicaciones respectivas en el Diario Oficial “El Peruano” y en “La Región” por un período de tres días consecutivos. NOTIFIQUESE.- FIRMADO ABOG. SILVANA LISELLY SALAZAR PAZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE UCAYALI-CONTAMANA. SECRETARIA JUDICIAL (E): LILIANA AYALA TANDAZO DE PEZO.
Contamana, 18  de Marzo del 2016.
V-3(29,30 y 31)

EDICTO
En el Exp. N° 044– 2014-PE, en los seguidos contra el inculpado ROMAN VILLACORTA LAULATE por Faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, en agravio de HUGO RUIZ SAJAMI se ha dispuesto mediante RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO: AUTOS y VISTOS: en atención al presente proceso; se tiene los siguientes CONSIDERANDOS:  PRIMERO: Que, mediante resolución número CUATRO, de fecha cinco de Enero de dos mil dieciséis, se citó a audiencia de FALTAS en contra de ROMAN VILLACORTA LAULATE, por la comisión de Faltas Contra la Persona, en agravio de HUGO RUIZ SAJAMI, para el día MIERCOLES NUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS 04:15 P.M.; SEGUNDO: Que, conforme se tiene, de la certificación realizada de fecha nueve de Marzo del presente, las partes procesales, no concurrieron a la citada audiencia a pesar de haber sido notificado, vía edictos, conforme consta en autos a fojas 23/26; TERCERO: Que, el artículo 110° del Código Procesal Penal, indica: “El querellante particular podrá desistirse expresamente de la querella en cualquier estado del procedimiento, sin perjuicio del pago de costas. Se considerará tácito el desistimiento cuando el querellante particular no concurra sin justa causa a las audiencias correspondientes, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al final de la audiencia. En los casos de incomparecencia, la justa causa deberá acreditarse, de ser posible, antes del inicio de la diligencia o, en caso contrario, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha fijada para aquella”; CUARTO: Que, conforme se tiene de autos, el agraviado, no ha justificado su inasistencia ni dentro del plazo de ley, ni fuera de éste; por lo que, es menester hacer efectivo el APERCEBIMIENTO decretado mediante resolución número uno que dispuso el desistimiento tácito del agraviado en caso de inconcurrencia de este; en consecuencia, SE RESUELVE: 1.- TÉNGASE por desistido tácitamente del presente proceso al agraviado HUGO RUIZ SAJAMI. 2.- DÉSE POR CONCLUIDO el proceso seguido en contra de ROMAN VILLACORTA LAULATE, por la comisión de Faltas Contrala tranquilidad Pública, en agravio de HUGO RUIZ SAJAMI, por desistimiento tácito. 3.- ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE el presente proceso, debiendo remitirse el expediente al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Loreto, previa notificación a las partes para su conocimiento. NOTIFICANDOSE a la presente a la parte inculpada ROMAN VILLACORTA LAULATE y a la parte agraviada HUGO RUIZ SAJAMI debiendo efectuarse las publicaciones respectivas en el Diario Oficial “El Peruano” y en “La Región” por un período de tres días consecutivos. NOTIFIQUESE.- FIRMADO ABOG. SILVANA LISELLY SALAZAR PAZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE UCAYALI-CONTAMANA. SECRETARIA JUDICIAL (E): LILIANA AYALA TANDAZO DE PEZO.
Contamana, 18  de Marzo del 2016.
V-3(29,30 y 31)