JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO
Que en el proceso Nº 1202-2012-0-1903-JP-CI-03, iniciado por CERVECERIA SAN JUAN S.A., en contra de ALEJANDRO AREVALO FLORES, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JUAN, que despacha la Juez MARYSUE DIAZ RENGIFO, y el Secretario Judicial Dino Zamora Pezo, se ha dispuesto se notifique mediante edicto con el siguiente tenor:
CERVECERIA SAN JUAN S.A., representado por su Abogado Apoderado ROBERTO TELLO PEREYRA, interpone DEMANDA DEC OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, en la vía de Proceso Sumarísimo, contra ALEJANDRO AREVALO FLORES, a fin de que previo a los trámites de ley cumpla con pagar la suma de S/.5,211,00 (CINCO MIL DOSCIENTOS ONCE Y 00/100 Nuevos Soles), por la adquisición de productos  cerveceros, más intereses legales, costas y costos.
RESOLUCION NUMERO UNO. Iquitos, diez de septiembre del año dos mil doce. SE RESUELVE: 1) ADMITIRA a trámite la demanda interpuesta por CERVECERIA SAN JUAN S.A., representado por ROBERTO TELLO PEREYRA, contra ALEJANDRO AREVALO FLORES, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, en la vía del PROCESO SUMARISINO. Ordenándose correr traslado de la presente acción a la demandada por el término de CINCO DIAS para que la absuelva, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se indican. Fdo. Simi Kamini Vásquez Martínez (Secretaria Judicial).
Iquitos, 20 de diciembre del 2013.
DINO ZAMORA PEZO
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado San Juan
V-3(23,24 y 26)F/90432
S/.22.70