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JUZGADO PAZ LETRADO

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EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: N° 09-2013-JPLTE-PE
Ante el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Estrecho, que despacha el señor Juez ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el Secretario Judicial BRANDO AGUSTIN PAREDES CORDOVA, Expediente  N° 09-2013-JPLTE-PE, mediante resolución número DOS de fecha cinco de setiembre del dos mil catorce,  por lo dispuesto en su CUARTO CONSIDERANDO, se dispone notificar a las partes procesales, debiendo los inculpados asistir de manera obligatoria bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza y en caso de inconcurrencia por la parte agraviada, se tendrá por DESISTIDO del presente proceso y con ello proceder a su archivo provisional del presente expediente, conforme a las normas pertinentes acorde a Ley. EN CONSECUENCIA REPROGRAMESE FECHA Y HORA, PARA LA AUDIENCIA UNICA, PARA EL DIA MIERCOLES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE A HORAS DOCE DE LA MAÑANA, EN EL LOCAL DE ESTE JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL ESTRECHO SITO EN CALLE AREQUIPA S/N- DE ESTA CAPITAL DE PROVINCIA (2do Piso del Hotel Municipal); Avocándose al conocimiento de la causa el señor juez que suscribe y secretario judicial que da cuenta por disposición superior,  notifíquese en su domicilio procesal  y  real,  vía edictos hágase saber.
Abog. ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES.
Juez del Juzgado de Paz Letrado del  Estrecho
Abog. BRANDO AGUSTIN PAREDES CORDOVA
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Estrecho
V-3(16,17 y 18)

EXPEDIENTE: N° 022-2013-JPLTE-FC
Ante el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Estrecho, que despacha el señor Juez ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el Secretario Judicial BRANDO AGUSTIN PAREDES CORDOVA, Expediente  N° 022-2013-JPLTE-FC, mediante resolución número CUATRO de fecha Veinticinco de Agosto del dos mil catorce,  SE RESUELVE: PRIMERO.- La misma que pone a conocimiento que la demandante se encuentra laborando en la comunidad nativa de Angusilla,  no siendo posible realizar  la notificación. SEGUNDO.- El oficio remitido por el Juez de  Paz de El Estrecho, se aprecia que no se ha realizado la debida notificación al demandado por motivo que no existe medios económicos y movilidad permanente a los lugares alejados como la comunidad nativa de HAUPAPA, en consecuencia estando a lo expuesto: REPROGRAMESE  por última vez  la Audiencia Única que se llevara a cabo para el día  MIERCOLES DIEZ DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE  A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, . Asimismo  prescíndase  de la notificación a las partes  de este presente proceso por celeridad procesal a efectos de que sean debidamente notificados  por VIA EDICTO,  bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 203° del Codigo Procesal Civil modificado por la Ley N° 29057, en caso de inconcurrencia de las partes de este presente proceso.
Abog. ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES.
Juez del Juzgado de Paz Letrado del  Estrecho
Abog. BRANDO AGUSTIN PAREDES CORDOVA
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Estrecho
V-3(16,17 y 18)

EDICTO PENAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LORETO NAUTA – SEDE COMISARÍA
EXPEDIENTE    : 2014-062PE/JPLN-SC
DENUNCIADO: MARCOS FLORES GOMEZ Y MARCOS FLORES GUEVARA
DENUNCIANTE: MANUEL A. TELLO VASQUEZ Y EMILIO VALSECA PADILLA
FALTA: LESION DOLOSA – VIOLENCIA FAMILIAR
SECRETARIO JUDICIAL : QUIÑONES GONZALES CRISTHIAN L.
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
Nauta, Doce de Setiembre
del Dos Mil Catorce.
El  Juzgado de Paz Letrado Sede Comisaría de la Provincia de Loreto Nauta – Sede Comisaría, que despacha la Señora Magistrada MARIA INEZ DIAZ LOZANO y asistido por el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior manda que se publique un extracto de la resolución número tres donde SE VUELVE: FECHA PARA LA AUDIENCIA  DE CITACION A JUCIO que se llevará a cabo el día TREINTA DE SETIEMBRE del DOS MIL CATORCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en el local del Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría ubicado en la calle Manuel Pacaya Número trescientos cuarenta y siete – interior de la Comisaría Sectorial Nauta; ordenado por resolución número uno. Bajo expreso apercibimiento del inculpado de ordenar su conducción de grado o fuerza en caso de inconcurrencia el mismo que deberá presentarse con su abogado de su elección de no ser el caso se le asignara uno de oficio y del agraviado tenerse por desistida.
Nauta, 12 de Setiembre del 2014
CRISTHIAN L. QUIÑONES GONZALES
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado Nauta – Sede Comisaria
V-3(16,17 y 18)

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