EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado – Sede Caballo Cocha (Expediente N° 00056-2026-0-1904-JP-CI-01), en los autos seguidos por LILIA GUERRERO DE WITANCIRT Y LILIA AGAR WITANCORT GUERRERO DE RIMABAQUE sobre SUCESION INTESTADA: Mediante RESOLUCION NUMERO UNO (Auto Admisorio), de fecha 27 de agosto de 2026, se ha resuelto: 1. ADMITIR a trámite la solicitud presentada por LILIA GUERRERO DE WITANCIRT Y LILIA AGAR WITANCORT GUERRERO DE RIMABAQUE sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fue LEONARDO WITANCORT GOMEZ, identificado con D.N.I., N° 05780514, en la vía procedimental del PROCESO NO CONTENCIOSO. 2. DISPONER la anotación preventiva de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y en el de Testamentos de la Oficina Registral de Iquitos. 3. ORDENAR la publicación de un extracto de la solicitud por el plazo legal en el Diario Judicial Local y en el Servicio de Edictos Judiciales Electrónicos (SEJ) del Poder Judicial, conforme a lo dispuesto en el artículo 833° numeral 1 y artículo 167° del Código Procesal Civil. 4. NOTIFICAR al Ministerio Público (Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Turno) y a la Beneficencia Pública de Iquitos para los fines de ley.
Caballo Cocha, 01 de octubre de 2026
Abg. ERICK GLEN SULLON REATEGUI
Especialista Judicial de Juzgado
Juzgado de Paz Letrado de Prov. Ramón Castilla
en adicción de funciones JIP y MLPT
V-3(07, 09 y 12)B/7105
S/ 150.00
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado – Sede Caballo Cocha (Expediente N° 00053-2026-0-1904-JP-CI-01), en los autos seguidos por ZACARIAS RAYMUNDO COTAQUISPE CALLANAUPA sobre SUCESION INTESTADA: Mediante RESOLUCION NUMERO UNO (Auto Admisorio), de fecha 07 de agosto de 2026, se ha resuelto: 1. ADMITIR a trámite la solicitud presentada por ZACARIAS RAYMUNDO COTAQUISPE CALLANAUPA sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fue BERNABEL RIMACHI ARONE DE COTAQUISPE, identificada con D.N.I., N° 0579283, en la vía procedimental del PROCESO NO CONTENCIOSO. 2. DISPONER la anotación preventiva de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y en el de Testamentos de la Oficina Registral de Iquitos. 3. ORDENAR la publicación de un extracto de la solicitud en el Diario Judicial Local y en el Servicio de Edictos Judiciales Electrónicos (SEJ) del Poder Judicial, conforme a lo dispuesto en el artículo 833° numeral 1 y artículo 167° del Código Procesal Civil. 4. NOTIFICAR al Ministerio Público (Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Turno) y a la Beneficencia Pública de Iquitos para los fines de ley.
Caballo Cocha, 01 de octubre de 2026
Abg. ERICK GLEN SULLON REATEGUI
Especialista Judicial de Juzgado
Juzgado de Paz Letrado de Prov. Ramón Castilla
en adicción de funciones JIP y MLPT
V-3(07, 09 y 12)B/7105
S/ 141.00
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado de Paz Letrado – Sede Caballo Cocha (Expediente N° 00043-2026-0-1904-JP-CI-01), en los autos seguidos por ELOISA BEATRIZ FASABI SANCHEZ sobre SUCESION INTESTADA: Medisante RESOLUCION NUMERO UNO (Auto Admisorio), de fecha 9 de junio de 2026, se ha resuelto: 1. ADMITIR a trámite la solicitud la solicitud de SUCESION INTESTADA presentada por ELOISA BEATRIZ FASABI SANCHEZ, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, a fin de que se le declare cómo única heredera universal de quien en vida fue su madre MARLITH MARINA SANCHEZ CASTRO, fallecida el 16 de abtil de 2021. 2. DISPONER la publicación de un extracto de la presente resolución por el plazo de UN DIA en el diario oficial El Peruano y en el diario La región (de mayor circulación de la Región Loreto), de conformidad con el artículo 833° del Código Procesal Civil. 3. ORDENAR la anotación preventiva de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada de ls Oficina Registral Sede – Iquitos. 4. NOTIFICAR a la Fiscalía Provincial Civil de la Provincnia de Mariscal Ramón Castilla – Caballo Cocha y a la Beneficencia Pública de Iquitos para los fines de ley.
Caballo Cocha, 01 de octubre de 2026
Abg. ERICK GLEN SULLON REATEGUI
Especialista Judicial de Juzgado
Juzgado de Paz Letrado de Prov. Ramón Castilla
en adicción de funciones JIP y MLPT
V-3(07, 09 y 12)B/7105
S/ 150.00
EDICTO JUDICIAL
EXPEDIENTE: 00031-2026-0-1904-JP-CI-01
JUZGADO: Juzgado de Paz Letrado – Sede Caballococha
JUEZ(A): Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Ramón Castilla
ESPECIALISTA JUDICIAL: Sullon Reátegui Erick Glen
Ante el Juzgado de Paz Letrado – Sede Caballococha, en el proceso No Contencioso tramitado bajo el Expediente N° 00031-2026-0-1904-JP-CI-01, los solicitantes JAVIER SANCHEZ ECHEVARRIA, ARISTOTELES SANCHEZ ECHEVARRIA Y LINDA CARMINA SANCHEZ ECHEVARRIA (en calidad de hermanos) han solicitado la SUCESION INTESTADA de quien en vida fue su hermano biológico, GENE CHARPENTIER ECHEVARRIA, fallecido el 20 de abril de 2023, a fin de que se les declare como sus únicos herederos universales. Mediante RESOLUCION NUMERO DOS de fecha 06 de mayo de 2026, se ha resuelto: 1. ADMITIR a trámite la solicitud presentada en la vía del Proceso NO contencioso, disponiendose la publicación de un extracto de la resolución por el plazo de UN DIA en el diario oficial el Peruano y en el diario de mayor circulación de la Región Loreto (DIARIO LA REGIÓN), a fin de que las personas que se consnideren con derecho a la herencia comparezcan a hacer valer sus derechos conforme a ley.
Caballo Cocha, 25 de setiembre de 2026
Abg. ERICK GLEN SULLON REATEGUI
Especialista Judicial de Juzgado
Juzgado de Paz Letrado de Prov. Ramón Castilla
en adicción de funciones JIP y MLPT
V-3(07, 09 y 12)B/7105
S/ 132.00
EDICTO JUDICIAL
EXPEDIENTE: 00032-2026-0-1904-JP-CI-01
JUZGADO: Juzgado de Paz Letrado – Sede Caballococha
JUEZ(A): Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Ramón Castilla
ESPECIALISTA JUDICIAL: Sullon Reátegui Erick Glen
Ante el Juzgado de Paz Letrado – Sede Caballococha, en el proceso No Contencioso seguido bajo el Expediente N° 00031-2026-0-1904-JP-CI-01, el solicitante MIGUEL MURRIETA CAYETANO (en calidad de hijo) ha peticionado la SUCESION INTESTADA del causante quien en vida fue su padre biológico, MIGUEL MURRIETA TANANTA, fallecido el 11 de febrero de 2025, solicitando se le declare como su único heredero universal. Mediante Resolución Número Uno (auto Admisorio) de fecha 31 de marzo de 2026, se ha resuelto ADMITIR a trámite la referida solicitud en la vía del Proceso no contencioso, disponiendose la publicación del presente extracto por el plazo de UN DIA en el diario oficial el Peruano y en el diario de mayor circulación regional (Diario La Región), a fin de que las personas que se consideren con derecho a la herencia comparezcan a hacer valer sus derechos conforme a ley.
Caballo Cocha, 25 de setiembre de 2026
Abg. ERICK GLEN SULLON REATEGUI
Especialista Judicial de Juzgado
Juzgado de Paz Letrado de Prov. Ramón Castilla
en adicción de funciones JIP y MLPT
V-3(07, 09 y 12)B/7105
S/ 132.00





