Exp. N° 00079-2020-0-1904-JP-FC-01
Juez: Cesar Alfredo Vela Flores
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: María Elena Reyes Reyes
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO JUDICIAL
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00079-2020-0-1904-JP-FC-01, se dispuso poner en conocimiento del demandado JERSON DANIEL SILVA SIGUENZA identificado con DNI N° 76983210, con el extracto de la resolución DOCE de fecha 23 de mayo del año 2025, donde se señala lo siguiente: Se resuelve: A) Excepcionalmente por el interés Superior del Niño y del Adolescente, a partir de la fecha, el demandado tendrá que abonar mensualmente la pensión de alimentos a la cuenta del Banco de crédito del Perú n° 19403100409026 – cuenta interbancaria BCP Banco de Crédito del Perú – CCI N° 00219410310040902696;B)CURSAR OFICIO AL BANCO DE LA NACIÓN para que remita informe detallado de la cuenta de ahorros alimentista n° 04193880407 desde su apertura hasta la actualidad, una vez obtenido dicho informe solicitado a la entidad Bancaria estatal, déjese sin efecto la cuenta de ahorros alimentista y proceda el demandado a depositar la pensión de alimentos a la cuenta de ahorros del Banco de crédito del Perú n° 19403100409026- cuenta interbancaria BCP Banco de Crédito del Perú – CCI N° 00219410310040902696, primer otrosí: estese al oficio n° 251-2025 remitido al Jefe de la unidad de Registros del estado Civil- Municipalidad de Yavarí, segundo otrosí: estese al contenido de la presente resolución, notifíquese complementariamente al demandado a la dirección indicada en su ficha Reniec, sin perjuicio de edicto judicial al diario “LA REGIÓN” por el plazo de Ley, sin perjuicio de edicto electrónico por el plazo de ley, con el extracto de la presente resolución. NOTIFÍQUESE.
CABALLO COCHA, 26 DE MAYO DE 2025.
V-3 (27, 28 y 29)
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JUZGADO PAZ LETRADO
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