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JUZGADO PAZ LETRADO

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EDICTO
EXP. 00035-2025-0-1901-JP-PE-01
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CONCORDIA, que Despacha el Señor Juez Abg. TONNY CHRISTIAN OCAMPO PEREA, asistido por el Especialista Judicial, Abg. MARTIN MIGUEL BARDALES RENGIFO, NOTIFICA a los señores GUIDO CÓRDOVA NOLORBE, ALEX OROCHE BARDALES, JANS HUAYLLAHUA TAPULLIMA, DARLYN ALARCON AHUANARI Y JOYSER PIZANGO GONZALES, a fin de que tomen conocimiento de la resolución número DOS de fecha tres de abril del dos mil veinticinco, QUE RESUELVE: 1) DICTAR EL AUTO DE CITACIÓN A JUICIO a GUIDO CÓRDOVA NOLORBE, ALEX OROCHE BARDALES, JANS HUAYLLAHUA TAPULLIMA Y JOYSER PIZANGO GONZALES, por presunta Faltas Contra La Persona en la modalidad de lesión dolosa y lesión culposa en agravio de DARLYN ALARCON AHUANARI, prevista y sancionada en el artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra los imputados GUIDO CÓRDOVA NOLORBE, ALEX OROCHE BARDALES, JANS HUAYLLAHUA TAPULLIMA, DARLYN ALARCON AHUANARI Y JOYSER PIZANGO GONZALES orden de COMPARECENCIA SIMPLE y de conformidad con el artículo 5) del artículo 483° del código procesal penal, FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA, la misma que se realizara el día VIERNES VEINTIOCHO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICINCO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado de Paz Letrado de Concordia, sito en Calle 12 de setiembre S/N de la Localidad de Maypuco – Urarinas/Loreto/Loreto (Ref. instalaciones del Centro Cívico de la Municipalidad Distrital de Urarinas). 3) NOTIFIQUESE a los sujetos procesales en el domicilio signado en autos o mediante Edicto de Ley del Poder Judicial (…), debiendo las partes asistir acompañado de los medios probatorios que pretendan hacer valer de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Art. 484° del Código Adjetivo Penal. 4) BAJO APERCIBIMIENTO de disponer la conducción compulsiva de los imputados en caso de inconcurrencia y ser conducido de GRADO O FUERZA al local del juzgado, por la autoridad policial conforme lo prescribe el inciso 2 del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como en caso de inconcurrencia del agraviado de tenerse por DESISTIDA del presente proceso, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal y ARCHIVAR el proceso. 5) PONER A CONOCIMIENTO de los sujetos procesales que sus escritos lo pueden presentar en físico ante Mesa de Partes del juzgado o de forma virtual mediante el SINOE.
Fdo. Juez TONNY CHRISTIAN OCAMPO PEREA. – Sec. Jud. MARTIN MIGUEL BARDALES RENGIFO.
Maypuco, 03 de abril de 2025.
V-3(21, 22 y 23)

UNIDAD DESCENTRALIZADA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
UDPD – LORETO
EXPEDIENTE: 278-2024-ODANC-LORETO
MOTIVO: INCONDUCTA FUNCIONAL
QUEJOSO: JOSE ROBERTO KOO ROJAS
QUEJADO: LUIS ALBERTO PALACIOS ALVAN
RESOLUCION NUMERO TRES
Caballo Cocha, tres de marzo del año dos mil veinticinco.
Por las consideraciones expuestas, SE RESUELVE: 1. ADECUAR el presente procedimiento disciplinario
conforme a lo dispuesto en la resolución administrativa N° 002-2023-JN-ANC-PJ; y póngase conocimiento del presente al magistrado responsable de la unidad descentralizada de procedimiento administrativo. 2. CORRER TRASLADO al investigado LUIS ALBERTO PALACIOS ALVAN, en su condición de JUEZ DE PAZ NO LETRADO DEL DISTRITO DE PEBAS, por la presunta infracción al artículo 50 numerales 08 y 10 de la ley de Justicia de Paz – Ley N° 29824, por el PLAZO DE CINCO (05) DÍAS HÁBILES, NOTIFICÁNDOSE OPORTUNAMENTE con los recaudos pertinentes, A FIN DE QUE SE ABSUELVA LOS CARGOS QUE SE LE ATRIBUYE MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 01, adjuntando los medios probatorios que estime conveniente, bajo apercibimiento de tenerse en cuenta su conducta al momento de resolver. 3. RECABESE como actos de investigación las diligencias siguientes: 3.1 RECIBASE la declaración del investigado LUIS ALBERTO PALACIOS ALVAN, quien será notificado en su domicilio real, laboral y de acuerdo a su Ficha RENIEC; la cual se llevará a cabo el JUEVES VEINTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL VEINTICINCO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado Mixto de Mariscal Ramon Castilla, sito en calle Progreso N° 207 – Caballococha; bajo apercibimiento de ser conducido por grado o fuerza, en caso de inconcurrencia. 3.2 RECIBASE la DECLARACION DE TENIENTE GOBERNADOR RAYMUNDO INUMA MERMAO, el día JUEVES VEINTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL VEINTICINCO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado Mixto de Mariscal Ramon Castilla, sito en calle Progreso N° 207 – Caballococha. 3.3 NOTIFIQUESE a la JUNTA DE REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PEBAS, para que remitan un informe respecto a su estado político actual del señor LUIS ALBERTO PALACIOS ALVAN.
V-3(21,22 y 23)

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