EDICTO
EXPEDIENTE: 00038-2025-0-1901-JM-FC-01
La señora Juez del Juzgado Mixto de Loreto Nauta CORELI ARMAS CHAPIAMA y la secretaria judicial Abg. JAQUELINA LLANET REATEGUI DAVILA; PONE A CONOCIMIENTO que, en este Juzgado Mixto de Loreto Nauta, se ha tramitado un proceso de DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA, del que en vida fue BETMAN HOYOS CALDERON, cuyo expediente es el 00038-2023-0-1901-JM-FC-01; Que, la demandante MARIA PINTO ICOMENA solicita la declaración de muerte presunta de su conviviente BETMAN HOYOS CALDERON señalando que su conviviente laboraba como tripulante en la embarcación M7F corrientes», con matrícula IQ-68498, razón por la cual, este se trasladó hasta la ciudad de Yurimaguas, dicha embarcación se encontraba acoderado en el Puerto “La Boca» de la ciudad de Yurimaguas, siendo que, con fecha 16 de julio del 2024, aproximadamente a las 15.00 horas realizando trabajos de mantenimiento, perdió estabilidad y provoco que mi conviviente cayera al rio Huallaga, junto con las escalera, y desapareció de manera inmediata, hecho lamentable que fue presenciado por sus compañeros de trabajo, de los medios probatorios admitidos ofrecidos por la demandante consistente en la denuncia policia N°30026814 de fecha 20/07/2024, desaparecido Betman Hoyos Calderon, de fecha 16 de julio de 2024, las partidas de nacimiento de mis menores hijos, copia del DNI del desparecido, certificado negativo de propiedad inmueble. En ese sentido y estando a las pruebas aportadas hasta la fecha el cadáver de Betman Hoyos Calderon no ha sido encontrado; asimismo y habiendo ocurrido la desaparición en un lugar donde el caudal del río es riesgoso (rio Huallaga), se acredita la desaparición de Betman Hoyos Calderon, sin que el cadáver sea encontrado, siendo ello asi arribamos a la conclusión que la presente demanda debe ser amparada. FALLA: Declarando FUNDADA la demanda presentada por MARIA PINTO ICOMENA sobre declaración de muerte presunta del que en vida fue BETMAN HOYOS CALDERON, la misma que habría ocurrido presuntamente el día 16 de julio del 2024, a horas 15.00 aproximadamente; asimismo publíquese un extracto de esta sentencia por una sola vez en el Diario Oficial «El Peruano» y en el Diario «La Región». NOTIFIQUESE.
Abog. Jaquelina Llanet Reategui Davila
Especialista Judicial
Juzgado Mixto y Unipersonal
V-1(19)B/6609
S/73.00
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