JUZGADO MIXTO

JUZGADO MIXTO – SEDE REQUENA (MBJ)
EXPEDIENTE: 00083-2024-0-1905-JM-FP-01
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD
JUEZ: SALGADO DIAZ LUIS MIGUEL ANGEL
ESPECIALISTA: PEZO SANCHEZ SANDRA ESTHER
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA REQUENA 
INFRACTOR: S Q, V
AGRAVIADO: RODRIGUEZ ACUÑA, MARIA MARILU
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez LUIS MIGUEL ANGEL SALGADO DIAZ, Expediente: 00083-2024-0-1905-JM-FP-01, mediante resolución número cuatro, de fecha 29/08/2024, resuelve: 1.DECLARAR PROMOVIDA LA ACCIÓN PENAL A FAVOR de la adolescente presunta infractora de iniciales V.S.Q (16), como AUTORA de la infracción a la ley penal FALTAS CONTRA LA PERSONAS en la modalidad de LESIONES DOLOSAS; en agravio de MARÍA MARILU RODRIGUEZ ACUÑA (59), determinándose que la situación jurídica procesal de la adolescente presunta infractora es de CITADA. 2.EN UN SOLO ACTO EN EL MISMO DIA las siguientes diligencias en el siguiente orden: a) CITAR EL DIA VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a fin de RECEPCIONAR la Declaración Referencial de la adolescente de iniciales V.S.Q (16), quien deberá estar acompañado de uno de sus padres, o tutores y abogado defensor si lo tuviese, caso contrario se le designará en el acto Defensor Público asignado al Juzgado, con citación del Ministerio Público, diligencia que se llevará a cabo en el local del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena ubicado en calle Recreo S/N-Requena (Referencia: Frente al Cementerio) o de forma excepcional de forma virtual a través del aplicativo Google Meet con enlace meet.google.com/pyt-oqvr-vex o a través de videollamada Whatsapp. b) CITAR EL DIA VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, a fin de RECEPCIONAR la Declaración testimonial de MARÍA MARILU RODRIGUEZ ACUÑA, con citación del Ministerio Publico, diligencia que se llevará a cabo en la sala de Audiencias del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena ubicado en calle Recreo S/N-Requena (Referencia: Frente al Cementerio) o de forma excepcional de forma virtual a través del aplicativo Google Meet con enlace meet.google.com/pyt-oqvr-vex o a través de videollamada Whatsapp.c)CITAR EL DIA VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, A HORAS NUEVE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, a fin de RECEPCIONAR la Declaración testimonial de KARI MOZOMBITE CURMAYARI, con citación del Ministerio Publico, diligencia que se llevará a cabo en la sala de Audiencias del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena ubicado en calle Recreo S/N-Requena (Referencia: Frente al Cementerio) o de forma excepcional de forma virtual a través del aplicativo Google Meet con enlace meet.google.com/pyt-oqvr-vex o a través de videollamada Whatsapp. DEBIENDO notificar al domicilio consignado en el Acta de Ocurrencia Policial de fecha 19 de Agosto del 2024.d)CITAR EL DIA VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, a fin de RECEPCIONAR la Declaración testimonial del S1 PNP JUAN COLLANTES RUIZ, con citación del Ministerio Publico, diligencia que se llevará a cabo en la sala de Audiencias del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena ubicado en calle Recreo S/N-Requena (Referencia: Frente al Cementerio) o de forma excepcional de forma virtual a través del aplicativo Google Meet con enlace meet.google.com/pyt-oqvr-vex o a través de videollamada Whatsapp.e)CITAR A LA AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS, el VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, donde la adolescente investigada de iniciales V.S.Q (16),hará su Autodefensa de ley, en compañía de uno de sus padres o tutores y abogado defensor, con citación del Ministerio Publico, diligencia que se llevará a cabo en la sala de Audiencias del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena ubicado en calle Recreo S/N-Requena (Referencia: Frente al Cementerio) o de forma excepcional de forma virtual a través del aplicativo Google Meet con enlace meet.google.com/pyt-oqvr-vex o a través de videollamada Whatsapp.f)PRACTIQUESE a la adolescente investigada de iniciales V.S.Q (16) una evaluación psicológica en el plazo de siete (07) días hábiles de notificada la presente resolución (teniendo en cuenta el término de distancia entre esta sede judicial y el domicilio real de la adolescente investigada) debiendo concurrir a la Oficina del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena ubicado en calle Recreo S/N (Referencia: Frente al Cementerio)-Requena (Teléfono: 065-581212 Anexo: 30637), en compañía de uno de sus progenitores o responsables de su cuidado; para tal efecto ofíciese con tal fin, Bajo apercibimiento de prescindirse en caso de inconcurrencia.g)OFICIESE a la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO a fin de que efectúe una VISITA SOCIAL en el domicilio de la menor investigada ubicado en  Barrio Bajo S/N – Bretaña-Distrito de Puinahua, Provincia de Requena (Conforme la declaración de la agraviada que obra en autos) o calle Puinahua N° 165-Bretaña,Distrito de Puinahua, Provincia de Requena y fecho remitir a este Juzgado de forma física o de ser el caso por celeridad procesal de forma virtual.h)OFICIESE a REDIJU de la Corte Superior de Justicia de Requena, a fin de que se sirva informar si existe medida socio-educativa alguna a nombre de la adolescente investigada de iniciales V.S.Q (16). Notifíquese.
Abog. Sandra Esther Pezo Sánchez
Especialista Judicial
Juzgado Mixto de la Provincia de Requena
V-3(06, 09 y 10)

EDICTO PENAL ELECTRÓNICO
EXPEDIENTE N° 00018-2006-0-1905-JM-PE-01
DADO CUENTA; con el Dictamen Penal (fs. 941/960) y el Informe Final (fs. 970/974) obrante en autos, PÓNGASE los autos de manifiesto en Secretaría por el termino de Tres Días, y estando a lo advertido por Resolución número TREINTA Y DOS, de fecha 26.04.2010 (fs. 604), NOTIFÍQUESE a las partes mediante Edicto Judicial Electrónico y Radial, por el plazo de ley; y fecho, ELÉVENSE los actuados a la SALA PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO, con la debida nota de atención, prescindiéndose del acto de notificación.
Abg. ROLLY SLY ASIPALI GARCIA
Especialista Judicial
Juzgado Mixto, en adición Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de la Provincia de Requena
V-3(06, 09 y 10)