JUZGADO MIXTO

JUZGADO MIXTO – Sede Caballococha
EXPEDIENTE: 00106-2021-0-1904-JM-FT-01
MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR
JUEZ: SILVA MORE ANA ELIZABETH
ESPECIALISTA: ORTIZ GUERRERO RAQUEL
MENOR: BERMEO CERRON, ESTELITA GLADIS
DEMANDADO: CERRON SAJAMI, NAIR GLADYS
AREVALO ACUÑA, ANTHONY
DEMANDANTE: MINISTERIO PUBLICO,
RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE
Caballo Cocha, Seis de abril Del año dos mil Veintidós.
DADO CUENTA; con la constancia emitida por la especialista judicial; téngase presente y continuando la secuela del proceso; REPROGRAMESE fecha para la AUDIENCIA DE EVALUACION DE LOS PARA EL DIA JUEVES CINCO DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA en las instalaciones del JUZGADO MIXTO, UNIPERSONAL Y LIQUIDADOR DE LA PROVINCIA MARISCAL RAMON CASTILLA, sito en la Calle Progreso N°207- Caballo Cocha, debiendo llevarse a cabo las siguientes diligencias: Declaración testimonial de la madre de la menor tutelada NAIR GLADIS CERRON SAJAMI, haciendo uso del apercibimiento decretado condúzcase al juzgado mixto de la provincia de mariscal ramón castilla, a la progenitora de grado fuerza, debiendo oficiarse a la Policía Nacional PVF Islandia para tal fin. Al señor juez de paz del distrito de Yavari – Islandia sirva a devolver las cedulas de notificación DILIGENCIADAS a la brevedad posible, bajo apercibimiento de remitir copias certificadas a ODECMA, en caso de incumplimiento. Notifíquese vía Edicto, sin perjuicio de notificar por conducto regular.
V-3(12,13 y 18)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00138-2018-0-1901-JM-FT-01
JUEZ: ACEVEDO CHAVEZ JAVIER ROLANDO
ESPECIALISTA: JACKELINA LLANET REATEGUI DAVILA
MINISTERIO PÚBLICO: FPFLN
DEMANDANTE: FPFLN
DELITO: CONTRAVENCIÓN AL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLECENTES
A FAVOR DE: PINEDO SANGAMA SANDRO LUY
DEMANDADO: DAVILA GARCIA GUILLIANY JISELITA, VELA PINEDO EZEQUIEL
Proceso que se sigue contra DAVILA GARCIA GUILLIANY JISELITA, VELA PINEDO EZEQUIEL Por el delito de CONTRAVENCIÓN AL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLECENTES, en agravio PINEDO SANGAMA SANDRO LUY; en consecuencia se REPROGRAMA LA AUDIENCIA PARA EL DIA JUEVES 22 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS (9:00 AM) NUEVE DE LA MAÑANA, con respecto a los imputados Notificar vía EDICTO. Notifíquese en su domicilio de ficha RENIEC y vía edicto. Bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia se le declarará REO contumaz.
Abog. JACKELINA LLANET REATEGUI DAVILA
Especialista Judicial
Juzgado Mixto y Unipersonal
Provincia de Loreto Nauta
V-3(12,13 y 18)

EDICTO JUDICIAL
EXP- 00040-2012-0-1905-JM-PE-01   
Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: LUIS MIGUEL ANGEL SALGADO DIAZ, Expediente 00040-2012-0-1905-JM-PE-01, Se notifica la resolución SIN NUMERO, de fecha 08/04/22. DADO CUENTA: puestos los autos a Despacho y estando al estado del proceso: CITESE a la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA, del ACUSADO: WILDER JESUS PILCO SALAS, audiencia que se llevara a cabo bajo la modalidad de audiencia virtual – con uso del aplicativo Google Meet, para el día MIERCOLES VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, con enlace (Google Meet), para acceso en el enlace virtual a la Sala de Audiencia (rua-coxq-dvr), por lo que deberá conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso de que no accedan en la fecha y hora programada, sin perjuicio de comunicarse días previos con el secretario cursor  Abg. David Ríos Vásquez al número 990716483, o en todo caso si las partes o/ testigos estuvieran dentro de la jurisdicción de la provincia de Requena se Llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Requena, ubicado en calle Recreo S/N- Requena, las partes se apersonaran con las medidas de Bioseguridad (tapa boca y protector facial; asimismo la audiencia se llevara a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominado “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria  Previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia, con citación al Representante del Ministerio Publico. Notifíquese al Defensor Publico de la Ciudad de Requena, a fin de estar presente en la mencionada diligencia, bajo apercibimiento de informarle a su órgano de control interno de su institución en caso de inconcurrencia. Notifíquese a todos los sujetos procesales mediante cedula y EDICTO. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por disposición superior. RIOS VASQUEZ DAVID- SECRETARIO JUDICIAL –JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE REQUENA- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO.   
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(12,13 y 18)

EDICTO JUDICIAL
EXP- 00053-2012-0-1905-JM-PE-01   
Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: LUIS MIGUEL ANGEL SALGADO DIAZ, Expediente 00053-2012-0-1905-JM-PE-01, Se notifica la resolución número CUARENTA Y SIETE, de fecha 08/04/22, DADO CUENTA: puestos los autos a Despacho y estando al estado del proceso: CITESE a la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA, de los ACUSADOS: MARITZA RIOS DE PEREZ y  JHONY DEL AGUILA URQUIA, audiencia que se llevara a cabo bajo la modalidad de audiencia virtual – con uso del aplicativo Google Meet, para el día VIERNES VEINTINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, con enlace (Google Meet), para acceso en el enlace virtual a la Sala de Audiencia (cev-sscm-xmp), por lo que deberá conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso de que no accedan en la fecha y hora programada, sin perjuicio de comunicarse días previos con el secretario cursor  Abg. David Ríos Vásquez al número 990716483, o en todo caso si las partes o/ testigos estuvieran dentro de la jurisdicción de la provincia de Requena se Llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Requena, ubicado en calle Recreo S/N- Requena, las partes se apersonaran con las medidas de Bioseguridad (tapa boca y protector facial; asimismo la audiencia se llevara a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominado “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria  Previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia, con citación al Representante del Ministerio Publico. Notifíquese al Defensor Público de la Ciudad de Requena, a fin de estar presente en la mencionada diligencia, bajo apercibimiento de informarle a su órgano de control interno de su institución en caso de inconcurrencia. Notifíquese a todos los sujetos procesales mediante cedula y EDICTO. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por disposición superior. RIOS VASQUEZ DAVID- SECRETARIO JUDICIAL –JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE REQUENA- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO.   
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(12,13 y 18)

EDICTO JUDICIAL
EXP- 00079-2012-0-1905-JM-PE-01   

                            Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: LUIS MIGUEL ANGEL SALGADO DIAZ, Expediente 00079-2012-0-1905-JM-PE-01, Se notifica la resolución número TREINTA Y SEIS, de fecha 08/04/22, DADO CUENTA: puestos los autos a Despacho y estando al estado del proceso: CITESE a la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA, del ACUSADO: AUGUSTO FLORES VELA, audiencia que se llevara a cabo bajo la modalidad de audiencia virtual – con uso del aplicativo Google Meet, para el día JUEVES VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS CUATRO DE LA TARDE, con enlace (Google Meet), para acceso en el enlace virtual a la Sala de Audiencia (ngf-iquf-ywv), por lo que deberá conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso de que no accedan en la fecha y hora programada, sin perjuicio de comunicarse días previos con el secretario cursor  Abg. David Ríos Vásquez al número 990716483, o en todo caso si las partes o/ testigos estuvieran dentro de la jurisdicción de la provincia de Requena se Llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Requena, ubicado en calle Recreo S/N- Requena, las partes se apersonaran con las medidas de Bioseguridad (tapa boca y protector facial; asimismo la audiencia se llevara a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominado “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria  Previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia, con citación al Representante del Ministerio Publico. Notifíquese al Defensor Público de la Ciudad de Requena, a fin de estar presente en la mencionada diligencia, bajo apercibimiento de informarle a su órgano de control interno de su institución en caso de inconcurrencia. Notifíquese a todos los sujetos procesales mediante cedula y EDICTO. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por disposición superior. RIOS VASQUEZ DAVID- SECRETARIO JUDICIAL –JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE REQUENA- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO.   
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(12,13 y 18)

EDICTO JUDICIAL
EXP- 00098-2008-0-1905-JM-PE-01   
Ante el Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: LUIS MIGUEL ANGEL SALGADO DIAZ, Expediente 00098-2008-0-1905-JM-PE-01, Se notifica la resolución número SESENTA Y CUATRO, de fecha 08/04/22, DADO CUENTA: puestos los autos a Despacho y estando al estado del proceso: CITESE a la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA, de los ACUSADOS: MAGNO ORBE HERRERA, RANDY FREYRE REATEGUI, JUAN CARLOS ORBE HERRERA y ROY FREYRE REATEGUI, audiencia que se llevara a cabo bajo la modalidad de audiencia virtual – con uso del aplicativo Google Meet, para el día JUEVES VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS TRES DE LA TARDE, con enlace (Google Meet), para acceso en el enlace virtual a la Sala de Audiencia (ffx-kavi-gxy), por lo que deberá conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso de que no accedan en la fecha y hora programada, sin perjuicio de comunicarse días previos con el secretario cursor  Abg. David Ríos Vásquez al número 990716483, o en todo caso si las partes o/ testigos estuvieran dentro de la jurisdicción de la provincia de Requena se Llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Requena, ubicado en calle Recreo S/N- Requena, las partes se apersonaran con las medidas de Bioseguridad (tapa boca y protector facial; asimismo la audiencia se llevara a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominado “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria  Previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia, con citación al Representante del Ministerio Publico. Notifíquese al Defensor Público de la Ciudad de Requena, a fin de estar presente en la mencionada diligencia, bajo apercibimiento de informarle a su órgano de control interno de su institución en caso de inconcurrencia. Notifíquese a todos los sujetos procesales mediante cedula y EDICTO. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por disposición superior. RIOS VASQUEZ DAVID- SECRETARIO JUDICIAL –JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE REQUENA- CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO.   
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(12,13 y 18)

JUZGADO MIXTO – Sede Caballococha
EXPEDIENTE: 00110-2021-0-1904-JM-FP-01
MATERIA: INFRACCION CONTRA EL PATRIMONIO
JUEZ: SILVA MORE ANA ELIZABETH
ESPECIALISTA: ORTIZ GUERRERO RAQUEL
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA CIVIL Y FAMILIA,
INFRACTOR: MACAHUACHI PEÑA, BINLADEN BUSH
AGRAVIADO: TURISMO Y MULTISERVICIOS CONTACTUS S.A.C.,
RESOLUCION NUMERO CUATRO
Caballococha, seis de abril del Año dos mil veintidós.
DADO CUENTA: De la cedula de notificación del menor infractor en la que el señor asistente de notificaciones hace la devolución debido a que en la balsa servicios generales “don José” ya no existe en el rio de Caballococha, asimismo de la búsqueda por la especialista al sistema RENIEC, no existe registro a nombre del infractor,  no a obra en autos la  ficha SIDPOL para mejor identificación, y que habiéndose agotado la vía de notificación por conducto regular se notificara  vía edicto al menor infractor BINLADEN BUSH MACAHUACHI PEÑA; en consecuencia: REPROGRAMESE FECHA DE AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE LO HECHOS PARA EL DIA DIECIOCHO DE ABRIL DEL  DOS MIL VEINTIDOS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del juzgado y/o a través de aplicativo de google meet al número consignado  en autos , Recabando las diligencias siguientes: a) La referencial del presunto infractor BINLADEN BUSH MACAHUACHI PEÑA (17), quien deberá estar acompañado de sus padres o tutor y abogado defensor bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente y/o declararse infractor contumaz y disponer su ubicación y búsqueda a Nivel Nacional  en caso de inconcurrencia . b) La declaración del progenitor del presunto menor infractor, don JOSE MACAHUACHI RODRIGUEZ, quien deberá de precisar donde se encontraba su menor el día de los hechos. c)    Declaración testimonial de MELQUIADES RAFAEL OGOSI LÓPEZ en su calidad de Gerente Comercial de la empresa Turismo y Multiservicios Contactus S.A.C; y la declaración testimonial de FRANK VÁSQUEZ ISUIZA y de DIONA AFRODITA ZAMBRANO MURAYARI, a fin de narrar los hechos ocurridos el día de los hechos. Al escrito N° 69-2022; agréguese a los autos, remitido por la sala civil de la corte Superior de Justicia de Loreto, que indica que el menor infractor BINLADEN BUSH MACAHUACHI PEÑA no registra medida socio-educativa. Notifíquese.
V-3(12,13 y 18)